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PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 ELABORÓ: REVISÓ: APROBÓ: Profesional Subdirección Financiera Subdirector Financiero Secretario General Profesional Oficina Asesora de Planeación Jefe Oficina Asesora de Planeación FECHA: FECHA: FECHA: 17/09/2014 24/09/2014 24/09/2014 Generar, validar y aprobar los Estados Financieros de la Entidad, a reportar al Ente Regulador -Contaduría General de la Nación –CGN- y demás Entes de vigilancia y control, mediante la verificación y clasificación de la información de entrada, recibida de las áreas fuente respecto de los hechos económicos, financieros, sociales y ambientales a OBJETIVO registrar; la realización de conciliaciones periódicas; el reconocimiento y causación de la información pertinente en el Sistema Integrado de Información Financiera- SIIF Nación II y la realización de ajustes contables a que haya lugar, de conformidad con los principios y normas de contabilidad pública, con el propósito de obtener Estados Contables razonables y oportunos en procura de una gestión pública eficiente y transparente. Inicia con el envío por parte de las áreas fuente de información de la información relacionada con los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales de la Entidad; el análisis y clasificación de la misma asegurando que se ajuste a los requerimientos establecidos. Continúa con la validación y registro de la información contable en el SIIF Nación ALCANCE II; la verificación de saldos de cuentas; y realización de los ajustes contables a que haya lugar. Termina con: la generación de los Estados Financieros de la Entidad; la estructuración de las matrices CGN001 y CGN002 exigidas por la Contaduría General de la Nación y el cargue y transmisión en el Sistema de Información Consolidador de Hacienda e Información Pública-CHIP. AMBITO DE Este procedimiento aplica para todos procesos financieros que se desarrollan en la entidad. APLICACIÓN DEFINICIONES Causación: Es un principio de la contabilidad, el cual consiste en que los hechos financieros o económicos se reconocen en el momento en que sucedan con independencia del instante en que suceda la corriente de efectivo o del equivalente que se deriva de éstos. Catálogo General de Cuentas: se constituye en el instrumento para el reconocimiento y revelación de los hechos, transacciones y operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales, con base en una clasificación organizada, flexible y pormenorizada de las cuentas, que identifica la naturaleza y funciones de cometido estatal de la Entidad contable pública. (Tomado del Régimen de Contabilidad Pública –RCP- de la CGN, Título I) Cierre Contable: El cierre contable es el proceso consistente en cerrar o cancelar las cuentas de resultados y llevar su resultado a las cuentas de balance respectivas. Al finalizar un periodo contable, se debe proceder a cerrar las cuentas de resultado para determinar el resultado económico del ejercicio o del periodo que bien puede ser una pérdida o una utilidad. Clasificación: actividad en la que, de acuerdo con las características del hecho, transacción u operación, se determina en forma cronológica su clasificación conceptual según Catálogo General de Cuentas. (Tomado del régimen de Contabilidad Pública, aspectos relacionados con el proceso contable- CGN. Pág. 570) Consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública CHIP: es una herramienta a través de la cual se genera, transmite, y difunde la información financiera producida por las entidades públicas con destino al gobierno central, las entidades de control y la ciudadanía en general. El objetivo del CHIP es mejorar la capacidad de seguimiento y control de las autoridades nacionales y territoriales y de la ciudadanía en general sobre la información proveniente de las entidades públicas colombianas, así como apoyar la definición de políticas públicas y la adecuada toma de decisiones por parte de estas autoridades. (Tomado del Régimen de Contabilidad Pública) Pág. 1 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Comprobantes de Contabilidad: Son documentos en los cuales se resumen las operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales de la entidad. Deben elaborarse en Castellano indicando la fecha, origen descripción y cuantía de las operaciones, cuentas afectadas, personas que los elaboran y autorizan y numerarse en forma consecutiva y continúa, su codificación se hará de acuerdo con el catálogo general de cuentas. Contabilidad Pública: Para efectos de la presente ley, la contabilidad pública comprende, además de la Contabilidad General de la Nación, la de las entidades u organismos descentralizados, territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan y la de cualquier otra entidad que maneje o administre recursos públicos y sólo en lo relacionado con éstos. (Tomado de la Ley 298 de 1996). Estados Contables Básicos: Los estados contables básicos constituyen las salidas de información de conformidad con las necesidades generales de los usuarios y presenta la estructura de los activos, pasivos y patrimonio, ingresos, gastos y cuentas de orden de la entidad a una fecha determinada, con el fin de presentar información financiera económica y social, son elaborados siguiendo los lineamientos y normatividad de la Contaduría General de la Nación. Informes contables complementarios: se preparan por sujeción a las reglas de clasificación de usuarios estratégicos, para satisfacer necesidades de información financiera, económica, social y ambiental y pueden prepararse y presentarse en forma comparativa con el periodo anterior. Esto implica la relevancia de la información de base contable como insumo para elaboración de otro tipo de informes para sistemas estadísticos y macroeconómicos. (Tomado del Régimen de Contabilidad Pública, 9. Normas Técnicas de Contabilidad Pública) Informes contables específicos: se preparan para satisfacer necesidades particulares de ciertos usuarios de la información contable y se caracteriza por tener uso limitado y por suministrar mayor detalle de algunas transacciones, hechos y operaciones. Cuando sea necesario suministrar información adicional a la estructura del informe se hará por medio de notas. (Tomado del Régimen de Contabilidad Pública, 9. Normas Técnicas de Contabilidad Pública) Libros de Contabilidad: Son estructuras que sistematizan de manera cronológica y nominativa los datos obtenidos de las transacciones, hechos y operaciones que afectan la situación económica y financiera de la entidad y son la base para el control de los recursos, por lo que se constituyen en soporte documental. Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública: Entiéndase por Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública el conjunto de lineamientos, directrices, parámetros y acuerdos en materia contable para el adelanto del registro, causación, depuración y demás operaciones contables al interior de la Superintendencia Nacional de Salud . Usualmente este conjunto de requerimientos se adoptará mediante un Acto Administrativo que responderá a los requerimientos de la Contaduría General de la República. Periodo Contable: Es el tiempo máximo en que la entidad contable pública debe medir los resultados de sus operaciones financieras, económicas, y sociales y el patrimonio público bajo su control, efectuando las operaciones contables de ajustes y cierre. El período contable es el lapso transcurrido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. No obstante se pueden solicitar reportes intermedios e informes y reportes contables de acuerdo con las necesidades o requerimientos de las autoridades competentes, sin que esto signifique un cierre. Procedimientos contables: contienen las directrices que deben seguir los usuarios de la información y regulación contable pública en armonía con las normas técnicas contenidas en el Plan General de Contabilidad Pública, contienen orientaciones para reconocer y revelar determinados hechos, operaciones y transacciones de las entidades contables públicas con el objeto de que cumplan con las características cualitativas de la información contable pública. (Tomado del Régimen de Contabilidad Pública, Titulo III) Reconocimiento: es la etapa de captura de datos de la realidad económica y jurídica, su análisis desde la óptica del origen y la aplicación de recursos y el proceso de su incorporación a la estructura sistemática de clasificación cronológica y conceptual de la contabilidad. Esta etapa incluye el reconocimiento inicial de las transacciones, hechos u operaciones, así como las posteriores actualizaciones de valor. (Tomado del régimen de Contabilidad Pública, aspectos relacionados con el proceso contable- CGN. Pág. 570) Pág. 2 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Registro: Actividad en la que se elaboran los comprobantes de contabilidad y se efectúan los registros en los libros respectivos. Corresponde también a la verificación de la información producida durante las actividades precedentes al proceso contable, para corroborar su consistencia y confiabilidad. (Tomado del régimen de Contabilidad Pública, aspectos relacionados con el proceso contable- CGN. Pág. 570) Reportes Contables: son informes de propósito específico que suministran datos e información necesaria para el proceso de consolidación desarrollado por la Contaduría General de la Nación CGN. Estos informes constituyen el insumo básico para la preparación de informes requeridos por diferentes usuarios estratégicos Revelación: es la etapa que sintetiza y representa la situación, los resultados de la actividad y la capacidad de prestación de servicios o generación de flujos de recursos, en estados, informes, y reportes contables confiables, relevantes y comprensibles. Esta etapa se compone de las actividades: 1. elaboración de los estados, informes y reportes contables y 2. Análisis, interpretación y comunicación de la información. (Tomado del régimen de Contabilidad Pública, aspectos relacionados con el proceso contable- CGN. Pág. 571) Soportes de contabilidad: son aquellos documentos idóneos que soportan las operaciones realizadas por la Entidad, de tal manera que la información registrada sea susceptible de verificación y comprobación exhaustiva o aleatoria. Los documentos soporte de contabilidad comprenden las relaciones, escritos, contratos, escrituras, matriculas inmobiliarias, facturas de compra, facturas de venta, títulos de venta, títulos valores, comprobantes de pago, o egresos, comprobantes de caja, o ingreso, extractos bancarios. y conciliaciones bancarias, o mensajes de datos que son indispensables para efectuar los registros contables de las transacciones, hechos y operaciones que realice la Entidad Sistema Nacional de Contabilidad Pública: es el conjunto de políticas, principios, normas y procedimientos técnicos de contabilidad, estructurados lógicamente, que al interactuar con las operaciones, recursos y actividades desarrolladas por los entes públicos, generan la información necesaria para la toma de decisiones y el control interno y externo de la administración pública. (tomado de la Ley 298 de 1996) Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF: es un conjunto integrado de procesos automatizados, de base contable, que permite la producción de información para la gestión financiera pública. (Tomado de la Ley 298 de 1996). Módulo de contabilidad: opera en función de una base de datos central racionalmente organizada y elabora los estados financieros de las unidades ejecutoras que conforman la administración central nacional como resultado de la agregación de la información económico-financiera previamente almacenada en los módulos de ingresos, egresos, y cuenta única nacional, situación que garantiza la coherencia de los mismos, dado que se da originan en la misma fuente informativa. Formularios contables: constituyen el mecanismo a través del cual las entidades reportan la información financiera, económica, social y ambiental de naturaleza cuantitativa y cualitativa, es decir, son las diferentes estructuras informáticas que se obtienen a partir de las categorías de información y se integran por la agrupación de conceptos y variables NORMAS REQUISITO LEGAL DIRECTRIZ DE CUMPLIMIENTO Art. 7o. SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA. El Sistema Nacional de Contabilidad Pública es el conjunto de políticas, principios, normas y procedimientos técnicos de contabilidad, estructurados lógicamente, que al interactuar con las operaciones, recursos Ley 298 de 1996 "Por la cual se desarrolla el artículo 354 y actividades desarrolladas por los entes públicos, generan la información necesaria para la toma de decisiones y el control interno y de la Constitución Política, se crea la Contaduría General externo de la administración pública. de la Nación como una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se Art. 8o. SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA. El Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF-, es un conjunto dictan otras disposiciones sobre la materia" integrado de procesos automatizados, de base contable, que permite la producción de información para la gestión financiera pública. Pág. 3 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Art. 10. CONTABILIDAD PÚBLICA. Para efectos de la presente ley, la contabilidad pública comprende, además de la Contabilidad General de la Nación, la de las entidades u organismos descentralizados, territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan y la de cualquier otra entidad que maneje o administre recursos públicos y sólo en lo relacionado con éstos. Art. 11. Las entidades u organismos de carácter público que actualmente se encuentran sujetos a normas contables expedidas por organismos que ejerzan funciones de inspección, vigilancia y control, deberán aplicar las políticas, normas y principios contables que determine la Contaduría General de la Nación, en los términos y condiciones que ésta establezca Artículo 34. Deberes. Son deberes de todo servidor público 31. Adoptar el Sistema de Control Interno y la función independiente de Auditoría Interna que trata la Ley 87 de 1993 y demás normas que la modifiquen o complementen. 36. Publicar mensualmente en las dependencias de la respectiva entidad, en lugar visible y público, los informes de gestión, resultados, financieros y contables que se determinen por autoridad competente, para efectos del control social de que trata la Ley 489 de 1998 y demás normas vigentes. Ley 734 de 2002 "por la cual se expide el Código Artículo 48. Faltas gravísimas. Son faltas gravísimas las siguientes: Disciplinario Único". 52. No dar cumplimiento injustificadamente a la exigencia de adoptar el Sistema Nacional de Contabilidad Pública de acuerdo con las disposiciones emitidas por la Contaduría General de la Nación y no observar las políticas, principios y plazos que en materia de contabilidad pública se expidan con el fin de producir información confiable, oportuna y veraz Parágrafo 5°. Las obligaciones contenidas en los numerales 23, 26 y 52 sólo originarán falta disciplinaria gravísima un año después de la entrada en vigencia de este Código. El incumplimiento de las disposiciones legales referidas a tales materias serán sancionadas conforme al numeral 1 del artículo 34 de este código. Artículo 2°. Obligaciones de las entidades públicas que tengan cartera a su favor. Cada una de las entidades públicas que de manera Ley 1066 de 2006 "por la cual se dictan normas para la permanente tengan a su cargo el ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios del Estado y que normalización de la cartera pública y se dictan otras dentro de estas tengan que recaudar rentas o caudales públicos del nivel nacional o territorial deberán: disposiciones." Pág. 4 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 5. Reportar a la Contaduría General de la Nación, en las mismas condiciones establecidas en la Ley 901 de 2004, aquellos deudores que hayan incumplido los acuerdos de pagos con ellas realizadas, con el fin de que dicha entidad los identifique por esa causal en el Boletín de Deudores Morosos del Estado. Ley 1266 de 2008 “por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones“ Artículo 2°. Ámbito de aplicación. La presente ley se aplica a todos los datos de información personal registrados en un banco de datos, sean estos administrados por entidades de naturaleza pública o privada. Esta ley se aplicará sin perjuicio de normas especiales que disponen la confidencialidad o reserva de ciertos datos o información registrada en bancos de datos de naturaleza pública, para fines estadísticos, de investigación o sanción de delitos o para garantizar el orden público. Artículo 3°. Campo de aplicación. El presente decreto aplica a todas las entidades y órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación. Decreto 2674 de 2012 “Por el cual se reglamenta el Artículo 5°. Obligatoriedad de utilización del Sistema. Sistema de Información Financiera – SIIF Nación” CAPÍTULO III Del pago a beneficiario final, (Art. 18 y Art. 19) Artículo 27. Obligaciones de las entidades y de los usuarios del SIIF Nación. Artículo 28. Responsabilidades de las entidades y de los usuarios del SIIF Nación. Artículo 30. Del período de ajustes previos al cierre definitivo del sistema. Resolución 248 de 2007 "por la cual se establece la CAPITULO I Aspectos Generales información a reportar, los requisitos y los plazos de CAPITULO II Información financiera, económica, social y ambiental envío a la Contaduría General de la Nación." Resolución 356 de 2007 “por la cual se adopta el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Aplica toda la norma. Pública” Resolución 375 de 2007 "por la cual se modifican los artículos 10 y 11 de la Resolución 248 de 2007 respecto Aplica toda la norma. a los plazos de reporte de la información contable a la Contaduría General de la Nación." Resolución 145 de 2008 "por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Aplica toda la norma. Pública." Pág. 5 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Resolución 557 de 2008 "por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública." Resolución 669 de 2008 "Por la cual se modifica el Plan General de Contabilidad Pública y el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública." Resolución 141 de 2009 "Por la cual se modifica la vigencia de la Resolución 669 de 2008 y se precisa su ámbito de aplicación" Resolución 237 de 2010 "Por medio de la cual se modifica el Régimen de Contabilidad Pública y se deroga la Resolución 192 del 27 de julio de 2010." Resolución 2343 de 2013 “Por la cual se conforma el Comité de Sostenibilidad Contable de la Superintendencia Nacional de Salud, se derogan las Resoluciones 1331 de 2008 y 0025 de 2009 y se dictan otras disposiciones.” 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Aplica toda la norma. Aplica toda la norma. Aplica toda la norma. Aplica toda la norma. Artículo 10: (…Adóptese para la Superintendencia Nacional de Salud, el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública …) POLÍTICAS DE OPERACIÓN La causación y cierre contable de los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales de la Entidad se regirá con los principios, normas y procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública. La información contable pública deberá garantizar las características cualitativas de confiabilidad, relevancia y comprensibilidad, así como deberá suministrarse con la debida oportunidad y calidad al Grupo de Contabilidad. Previo al registro contable de todo hecho económico, financiero, ambiental y social de la Entidad en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación II, toda adquisición de costo o gasto con recursos propios o administrados debe tener disponibilidad y compromiso presupuestal. Todo comprobante de contabilidad debe contar con los documentos fuente o soportes de las operaciones respectivos, en cada caso, éstos deberán cumplir los requisitos que señalen las disposiciones legales que le apliquen. En todos los casos las facturas y las cuentas de cobro, deben cumplir con todos los requisitos exigidos por la DIAN, tales como contener la fecha, periodo de prestación de servicio, número y objeto del contrato. Surtido el proceso de registro y pago de la transacción, hecho u operación, deberán archivarse y conservarse los documentos soporte contable en la forma y el orden en que hayan sido expedidos, bien sea por medios físicos, ópticos o electrónicos. El cargue de los Estados Financieros de la Entidad en el Sistema de Información Consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública – CHIP, será de obligatorio cumplimiento en los plazos y requisitos de envió establecidos por la Contaduría General de la Nación. Consultar permanentemente la página web de la Contaduría General de la Nación para actualizarse sobre normas contables expedidas o de cambios producidos. Pág. 6 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 8. La publicación de los Estados Financieros de la Entidad será en lugar visible y de fácil acceso para que sea consultada por los ciudadanos y demás usuarios. 9. El uso de los documentos GCFT01, GCFT02 Y GCFT03 por parte de los funcionarios responsables del Grupo de Contabilidad podrá realizarse mediante el registro en bases de datos de Excel, que permitan el almacenamiento de la información allí especificada, sin perjuicio de que los campos de tales bases de datos guarden plena correspondencia con los documentos GCFT01, GCFT02 Y GCFT03 colgados en la intranet en el proceso de Gestión Contable, Siguiendo para su actualización los lineamientos del Procedimiento ASPD01 – Elaboración de Documentos y Registros del Proceso de Administración del Sistema Integrado de Gestión. ID 1. ACTIVIDAD / TAREA ¿QUÉ? Generar la información de los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales oportunamente. DESCRIPCIÓN ¿CÓMO? ÁREA RESPONSABLE Las áreas fuente generan y consolidan la información de los hechos financieros, Superintendencia económicos, sociales y ambientales y la remiten al Grupo de Contabilidad, según el Delegada de Procesos Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Administrativos Pública, código GCDS01. La información requerida se relaciona con: Oficina Asesora Jurídica Reportes liquidación de nómina de funcionarios y seguridad social. Relación incapacidades originadas y canceladas por las EPS. Oficina de Control Reporte trimestral de los valores a provisionar y causados por conceptos inherentes Disciplinario Interno a la nómina. Relación de actos administrativos contra funcionarios o contratistas en procesos de Oficina de Control Interno responsabilidad fiscal por pérdida de fondos, bienes o derechos. Relación de entradas y salidas de almacén. Secretaría General – Relación de saldos de cuentas de almacén y de propiedad, planta y equipo. Grupo de Talento Reporte movimientos de inventarios y de compra de activos, debidamente soportados. Humano. Actas de adquisición y venta de inversiones y valoración del Portafolio. Relación de Actos Administrativos de multas y sanciones impuestas. Relación de los Títulos de Depósito Judicial en custodia. Secretaría General – Relación de saldos de Cuentas por Cobrar por tasa, régimen subsidiado y multas y Subdirección sanciones en gestión de cobro coactivo. Administrativa –Grupo de Relación discriminada de los saldos por tercero y total de las cuentas por cobrar (Tasa, Recursos Físicos. Sanciones y multas y Régimen Subsidiado). Documentos soporte de cuentas por pagar a proveedores de bienes y servicios. Secretaría General – Devoluciones de Cuentas por pagar sin el lleno de los requisitos a proveedores de Subdirección Financiera bienes y servicios. –Grupo de Tesorería CARGO Superintend ente Delegado ÁREÁ PARTICIPANTE REGISTRO ASFL01 Memorando Interno radicado, remitiendo información. GCDS01 Modelo Estándar Jefe Oficina Secretaría General de – Subdirección Procedimientos Financiera –Grupo para la Jefe Oficina de Contabilidad Sostenibilidad del Asesora Sistema de Contabilidad Pública. Coordinador PCFT06Certificación de supervisión para Profesional pagos GCFT04Devoluciones de Cuentas por Pág. 7 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 pagar sin el lleno de los requisitos El envío de la anterior información se realizará mediante memorando interno, Código Secretaría General – ASFL01, a través del Sistema de Gestión Documental. Subdirección Financiera –Grupo de Control Financiero de Cuentas El profesional asignado deberá efectuar la verificación del cumplimiento de los parámetros mínimos que debe contener la información remitida, de acuerdo al Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública, código GCDS01. Superintendencia Delegada de Procesos GCDS01 Administrativos Modelo Estándar de Oficina Asesora Procedimientos Jurídica para la Sostenibilidad del Oficina de Control Sistema de Disciplinario Contabilidad Interno Pública. En caso de inconsistencia en la información recibida, se devuelve para ser corregida por la dependencia correspondiente. En caso contrario, se inicia el proceso de registro en el Modulo Contable del SIIF Nación II, como se detalla en la actividad No. 3. 2. Verificar que la información recibida se ajuste a los parámetros establecidos. Según corresponda se realiza cruces de información con los registros históricos contables y adelanta conciliación con los profesionales a cargo de la información en las áreas fuente. La conciliación contable implica realizar el cruce de información de los registros contables con los documentos soporte, disponibles en las áreas fuente. El Secretaría General resultado de la conciliación queda evidenciado en el Formato Acta de Reunión, código Subdirección Financiera ASFT06. Grupo de Contabilidad Profesionales Oficina de Control ASFT06 - Acta de Interno Reunión, con Secretaría General soportes de – Grupo de Talento Conciliaciones Humano. contables realizadas. Secretaría General – Subdirección Administrativa – Grupo de Recursos Físicos. Pág. 8 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Secretaría General – Subdirección Financiera –Grupo de Tesorería Secretaría General – Subdirección Financiera –Grupo de Control Financiero de Cuentas 3. Clasificar la Información de acuerdo al tipo de hecho generador. Previo análisis de la información que soporta el hecho financiero, económico, social o ambiental, se clasifica según la clase, grupo, cuenta y subcuenta contable que afecta, de acuerdo con las normas técnicas relativas a cada tipo de cuenta y de elaboración de los comprobantes de contabilidad GCDE02. Secretaría General Subdirección Financiera Grupo de Contabilidad No Aplica Profesionales GCDE01 Soportes Contables GCDE02 Comprobantes Contables - SIIF GCDE03 Registros Contables - SIIF GCDE04 Reporte de Saldos y Movimientos SIIF GCDE05 Reporte de Obligaciones Recíprocas - SIIF GCDE06 Reportes Libro Pág. 9 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Atendiendo a la técnica contable y a los parámetros y condiciones establecidas por la administración del SIIF Nación II se realiza el reconocimiento inicial de las transacciones, hechos u operaciones, mediante el registro en el SIIF Nación II, de conformidad con la dinámica, características y condiciones específicas del movimiento contable. El funcionario a cargo del perfil aprobador en el SIIF Nación II registra aprobación del movimiento efectuado, tratándose de comprobantes manuales. 4. Registrar los hechos, operaciones y transacciones. Cuando se trata del registro de obligaciones, se imprime y el Coordinador del Grupo de Contabilidad o quien haga sus veces aprueba documento mediante la firma del mismo, Secretaría General dado así el trámite para continuar el procedimiento para el pago (Procedimiento Gestión Subdirección Financiera de Pagos, identificado con el código GTPD03). Grupo de Contabilidad De igual manera se señala que en adelante estas actividades de Registro se utilizarán los formatos GCFT01 – Relación de Cuentas por pagar. No Aplica Profesionales Mayor y Balances - SIIF GCDE07 Reportes Libro Diario - SIIF GCDE08 Reportes Libro Auxiliar - SIIF GCFT01 – Relación de Cuentas por pagar GCFT02 Formato de Liquidación de Impuestos – GCFT03 – Relación Órdenes de Pago Remitidas a Tesorería GCDE01 Soportes Contables GCDE02 Comprobantes Contables - SIIF GCDE03 Registros Contables - SIIF GCDE04 Reporte de Pág. 10 de 21 5. Verificar saldos de cuentas y realizar ajustes contables. PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Periódicamente, como mínimo cada trimestre, se genera reporte del SIIF Nación II denominado Balance de Prueba, con el fin de verificar movimientos y saldos de cada cuenta contable. En caso de identificarse inconsistencias, se genera un reporte auxiliar Secretaría General de la cuenta afectada y se analiza para definir el ajuste a que haya lugar. Subdirección Financiera El ajuste proyectado se presenta y analiza junto con el Coordinador de Grupo, de ser Grupo de Contabilidad necesario con todo el grupo, y como resultado el Coordinador aprueba su cargue en el SIIF Nación II. No Aplica Profesionales Saldos y Movimientos SIIF GCDE05 Reporte de Obligaciones Recíprocas - SIIF GCDE06 Reportes Libro Mayor y Balances - SIIF GCDE07 Reportes Libro Diario - SIIF GCDE08 Reportes Libro Auxiliar - SIIF GCDE01 Soportes Contables GCDE02 Comprobantes Contables - SIIF GCDE03 Registros Contables - SIIF GCDE04 Reporte de Saldos y Movimientos SIIF Pág. 11 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Previo al cierre contable de operaciones de la Entidad, se deberá registrar el reembolso de las Cajas Menores, viáticos y gastos de viaje, a través de la solicitud en el SIIF Nación II, por parte de las dependencias responsables del manejo de las mismas. 6. Realizar cierre contable de operaciones. Secretaría General Subdirección Financiera Teniendo en cuenta las fechas y políticas de la Contaduría General de la Nación-CGN y de la administración del SIIF Nación II, en los plazos establecidos se procede a realizar Grupo de Contabilidad el cierre contable de las operaciones, integrando la información producida en todas las áreas que generan hechos financieros, económicos, sociales y ambientales aplicando los procedimientos contables del régimen de Contabilidad Pública. No Aplica Profesionales GCDE05 Reporte de Obligaciones Recíprocas - SIIF GCDE06 Reportes Libro Mayor y Balances - SIIF GCDE07 Reportes Libro Diario - SIIF GCDE08 Reportes Libro Auxiliar - SIIF GCDE01 Soportes Contables GCDE02 Comprobantes Contables - SIIF GCDE03 Registros Contables - SIIF GCDE04 Reporte de Saldos y Movimientos SIIF GCDE05 Reporte de Obligaciones Recíprocas - SIIF Pág. 12 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Dando cumplimiento a las disposiciones del Régimen de Contabilidad Pública y los procedimientos relativos a los estados, informes y reportes contables, el Coordinador del Grupo de Contabilidad al finalizar el periodo contable, previo ajustes y cierre de las operaciones en los libros de contabilidad, genera los Estados Financieros del SIIF Nación II, que se conforman por: 7. Balance General Estado de actividad financiera, económica, social y ambiental. Estado de cambios en el Patrimonio, Estado de flujos de efectivo Notas a los estados financieros Generar los Estados Financieros de la Entidad para el periodo Se conserva copia electrónica de los Estados Financieros en el archivo de gestión del contable Grupo de Contabilidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el régimen establecido. de contabilidad pública, para tal fin. Registrar la información requerida del Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME), en los formularios y en los plazos dispuestos por la Contaduría General de la Nación: CGN2009 BDME REPORTE SEMESTRAL CGN2009 BDME INCUMPLIMIENTOS Secretaría General Subdirección Financiera Grupo de Contabilidad Profesional Coordinador Subdirector GCDE06 Reportes Libro Mayor y Balances - SIIF GCDE07 Reportes Libro Diario - SIIF GCDE08 Reportes Libro Auxiliar - SIIF GCDE09 Reportes Estado de Cambios en el Patrimonio - SIIF GCDE10 Reportes Estado Actividad Financiera Pérdidas y Ganancias - SIIF GCDE11 - Notas a los Estados Financieros - SIIF GCDE16 Informes Contables Específicos – SIIF GCDE17 Boletín de Deudores Morosos - CHIP Pág. 13 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 ACUERDO PAGO SEMESTRAL CGN2009 BDME RETIROS CGN2009 BDME CANCELACION ACUERDOS DE PAGO CGN2011 BDME ACTUALIZACION El diligenciamiento de los anteriores formularios y formatos externos deberá realizarse de acuerdo a las herramientas de captura para reporte de BDME y para retiros y actualizaciones del BDME. Previo al cargue de información en el CHIP se verifica la consistencia y veracidad de la misma registrada en los formularios exigidos. Los Estados Financieros de la Entidad generados del SIIF Nación II, se convierten en archivos planos para proceder al cargue de información trimestral el CHIP, dispuesto por la Contaduría General de la Nación –CGN, en los siguientes formularios: 8. Registrar y validar la información en el Sistema de Información dispuesto por la Contaduría General de la Nación. CGN2005_001 Saldos y Movimientos CGN2005_002 Operaciones reciprocas CGN2005NE_003 Notas de Carácter Especifico CGN2005NG_003 Notas de Carácter General Secretaría General Subdirección Financiera Grupo de Contabilidad Coordinador Profesionale s GCDE12 - Matriz CGN2005-001 Saldos y Movimientos CHIP GCDE13 - Matriz CGN2005-002 Operaciones Recíprocas CHIP GCDE14 - Matriz CGN2005NE003 Notas de Carácter Específico - CHIP GCDE15 - Matriz CGN2005NG003 Notas de Carácter General - CHIP Pág. 14 de 21 9. Elaborar los informes contables. Publicar los Estados 10. Financieros de la Entidad. PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 De acuerdo con los procedimientos contables del régimen de contabilidad pública se elaboran los informes contables básicos y de acuerdo a las solicitudes internas y Secretaría General externas los demás requeridos. Subdirección Financiera Tales documentos deberán responder a los requerimientos efectuados de acuerdo y en Grupo de Contabilidad concordancia a la información reportada de manera periódica a la Contaduría General de la Nación y a la información registrada en el SIIF. Teniendo en cuenta las formalidades comunes para la elaboración y divulgación de los Estados Financieros, encabezado, referencias cruzadas, certificación y firmas de los Estados Financieros, señalados en el Régimen de Contabilidad Pública, el representante legal de la Entidad deberá garantizar la publicación de los Estados Financieros certificados, junto con la declaración de la certificación, en un lugar visible y público, para la Superintendencia Nacional de Salud se emplea la cartelera y página web institucional. Secretaría General – Subdirección Financiera Grupo de Contabilidad Coordinador Profesional Profesional GCDE12 - Matriz CGN2005-001 Saldos y Movimientos CHIP GCDE13 - Matriz CGN2005-002 Operaciones Recíprocas CHIP GCDE14 - Matriz CGN2005NE003 Notas de Carácter Específico - CHIP GCDE15 - Matriz CGN2005NG003 Notas de Carácter General – CHIP GCDE16 Informes Contables Específicos - SIIF GCDE12 - Matriz Despacho del CGN2005-001 Superintendente Saldos y Nacional de Salud Movimientos CHIP GCDE13 - Matriz CGN2005-002 Operaciones Pág. 15 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Recíprocas CHIP GCDE14 - Matriz CGN2005NE003 Notas de Carácter Específico - CHIP GCDE15 - Matriz CGN2005NG003 Notas de Carácter General – CHIP GCDE16 Informes Contables Específicos - SIIF ID 2. NOMBRE DE LA ACTIVIDAD / TAREA Verificar que la información requerida se ajuste a los parámetros establecidos. PUNTOS DE CONTROL MÉTODO DE CONTROL FRECUENCIA El profesional asignado deberá efectuar la verificación del cumplimiento de los parámetros mínimos que debe contener la información remitida, de acuerdo al Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública, código GCDS01. Podrá realizarse cruces de información con los registros históricos y adelantarse Diaria ejercicios de conciliación con los responsables del registro de la información en las áreas. En caso de encontrarse inconsistencia en la información recibida, se devuelve para ser subsanada por área correspondiente. RESPONSABLE REGISTRO Secretaría General Subdirección Financiera Grupo de Contabilidad GCDS01 - Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública. Pág. 16 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Verificación de la consistencia, idoneidad, confiabilidad y archivo de la información que soporta el comprobante de contabilidad, comprobar la causación oportuna y el correcto registro de todas las operaciones en el sistema integrado de información financiera SIIF Nación II, previo a la revelación en los Estados Contables de la Entidad. 4. Registrar los hechos, operaciones y transacciones. 7. Generar los Estados Financieros en el SIIF. Diaria Verificación de los saldos de los libros frente a los Estados Contables e informes producidos para determinar las situaciones que ameriten ser explicadas o Anual Secretaría General Subdirección Financiera Grupo de Contabilidad Secretaría General Subdirección Financiera - ASFT06 - Acta de Reunión, con soportes de Conciliaciones contables realizadas. GCDE01 Soportes Contables GCDE02 Comprobantes Contables - SIIF GCDE03 Registros Contables - SIIF GCDE04 - Reporte de Saldos y Movimientos - SIIF GCDE05 - Reporte de Obligaciones Recíprocas - SIIF GCDE06 - Reportes Libro Mayor y Balances - SIIF GCDE07 - Reportes Libro Diario - SIIF GCDE08 - Reportes Libro Auxiliar - SIIF GCDE09 - Reportes Estado de Cambios en el Patrimonio SIIF Pág. 17 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 subsanadas, a través de ajustes y elaboración de notas a los estados contables y así obtener una mejor comprensión de la información. Grupo de Contabilidad Verificar que los datos registrados en los libros de contabilidad corresponden con la información contenida en los comprobantes de contabilidad y demás documento soporte. En el proceso de validación y envió de los diferentes formularios, el sistema Trimestral advierte a la Entidad, sobre diferentes tipos de mensajes que indican que la información no cumple con algún parámetro de validación previamente definido por la Contaduría General de la Nación, los cuales están clasificados en permisibles y no permisibles 8. 9. Secretaría General Subdirección Financiera Grupo de Contabilidad Registrar y validar la información en el Sistema de Información dispuesto por la Contaduría General de la Nación. Elaborar los informes contables Depende del informe Verificar que la información contable suministrada a la Alta Dirección o entes requerido externos se ajuste a lo reportado por las áreas fuente y bajo los parámetros establecidos. Secretaría General Subdirección Financiera - GCDE10 - Reportes Estado Actividad Financiera Pérdidas y Ganancias - SIIF GCDE11 - Notas a los Estados Financieros - SIIF GCDE16 - Informes Contables Específicos - SIIF GCDE12 - Matriz CGN2005-001 Saldos y Movimientos - CHIP GCDE13 - Matriz CGN2005-002 Operaciones Recíprocas - CHIP GCDE14 - Matriz CGN2005NE-003 Notas de Carácter Específico - CHIP GCDE15 - Matriz CGN2005NG-003 Notas de Carácter General - CHIP GCDE16 - Informes Contables Específicos - SIIF Pág. 18 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Grupo de Contabilidad ANÁLISIS DE TIEMPO Las diferentes actividades de este procedimiento se desarrollan en un tiempo no mayor a un día. El reporte de la información a la Contaduría General de la Nación viene dado por la ley. Adicionalmente, cuando se presentan eventos adversos que impidan adelantar las actividades contables libre y deliberadamente, estos factores se dirimirán en un término prudencial y generalmente no mayor a una semana. DOCUMENTOS DE REFERENCIA Normas Técnicas de Contabilidad Pública relativas a las etapas de reconocimiento y revelación de los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales. Régimen de Contabilidad Pública. Normas Técnicas de Contabilidad Pública relativas a los soportes, comprobantes y libros de contabilidad. Normas Técnicas relativas a los estados, informes y reportes contables. Normas Técnicas relativas a los hechos posteriores al cierre contable. Catálogo General de Cuentas que complementa y desarrolla la estructura, descripción y dinámicas de la clasificación conceptual. Guía para la Elaboración de los Formularios CHIP Categorías – CGN.2012 Guía para la Elaboración de los Formularios de la Categoría Boletín de Deudores Morosos del Estado - BDME. Guía de operación herramienta de captura Boletín de Deudores Morosos del Estado - BDME. Archivo para la Guía del deudor moroso del Estado. CONTROL DE CAMBIOS ASPECTOS QUE CAMBIARON EN DETALLES DE LOS CAMBIOS RESPONSABLE DE LA SOLICITUD DEL FECHA DEL CAMBIO VERSIÓN EL DOCUMENTO EFECTUADOS CAMBIO DD/MM/AAAA Adopción del documento Mediante Resolución 2239 de 2014 Artículo 20 Secretario General 07/10/2014 1 se adoptan los procedimientos del Proceso de Gestión Contable. Adopción del documento Mediante Resolución 4086 de 2014 se derogó Secretario General 19/12/2014 1 Resolución 1622 y se adoptó el Manual de Procesos y Procedimientos de la entidad. Modificación del documento Mediante NURC: 3-2015-015312 se Ajustan las Secretario General 04/08/2015 2 Actividades del Procedimiento sustituyendo al Grupo de Cartera por Grupo de Control Financiero de Cuentas. Pág. 19 de 21 Modificación del documento Modificación del documento PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 Como Resultado de Plan de Mejoramiento suscrito por la Dependencia se remite Mediante NURC: 3-2015-023433 la Política de Operación Número 9 del Procedimiento GCPD02. Teniendo en cuenta que se debe dejar una trazabilidad de la devolución de documentos para el cobro de manera que se pueda hacer seguimiento al documento principal y a sus anexos se incorpora el formato GCFT04. Secretario General 27/11/2015 3 Secretario General 22/06/2016 1 Secretario General 05/07/2016 4 Adicionalmente se elimina Actas de adquisición y venta de inversiones y valoración del Portafolio. Porque la entidad ya no adquiere ni vende dichos títulos, estos títulos son manejados directamente por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Modificación del documento Eliminar el formato “El envío de la anterior información se realizará mediante memorando interno, Código ASFL01, a través del Sistema de Gestión Documental.”, porque se encuentra relacionado como un registro. Se modificó la actividad No 1 así: Eliminar; Actas de adquisición y venta de inversiones y valoración del Portafolio. El envío de la anterior información se realizará mediante memorando interno, Código ASFL01, a través del Sistema de Gestión Documental. Se adicionó, Devoluciones de Cuentas por pagar sin el lleno de los requisitos a Pág. 20 de 21 PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCPD01 PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN Y CIERRE CONTABLE VERSIÓN 4 proveedores de bienes y servicios, y GCFT04Devoluciones de Cuentas por pagar sin el lleno de los requisitos, mediante NURC 3-2016012781 Pág. 21 de 21