
Vida consagrada

Se denomina Vida consagrada en la Iglesia católica a las personas consagradas a Dios mediante el rito de profesión o mediante el de consagración de vírgenes. Estas personas adquieren el compromiso de seguimiento de los consejos evangélicos mediante la emisión de votos o promesas, pudiendo quedar consagradas o bien por la misma profesión de votos ante un superior o bien por la solemne oración consecratoria pronunciada por un Obispo.La vida consagrada está formada por los Institutos de vida consagrada (Institutos religiosos e Institutos seculares) , el Orden de las vírgenes, la vida eremítica y las Sociedades de Vida Apostólica. También se consideran vida consagrada a las nuevas formas de vida consagrada.Los Institutos de vida consagrada son sociedades eclesiásticas erigidas, aprobadas y competentemente organizadas por la Iglesia a través de una adecuada legislación general y particular (573-746 del Código de Derecho Canónico de 1983); también en esos cánones del Código de Derecho Canónico se legisla sobre el Orden de las vírgenes (canon 604), las Sociedades de vida apostólica, la vida eremítica y las nuevas formas de vida consagrada. Todas estas realidades eclesiales de vida consagrada son supervisadas por la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica.Pertenecen a la vida consagrada hombres y mujeres que añaden a los preceptos comunes para todos los fieles, los tres consejos evangélicos de castidad, pobreza y obediencia, por medio de los votos o promesas perpetuas o temporales.