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Código de Ética y Buen Gobierno Te entiende. Te atiende Contenido Presentación.1 Generalidades de la Entidad.3 Órgano de dirección.3 Asamblea General de Accionistas.3 Órganos de Administración.3 Estructura Organizacional.4 Nuestra Misión.4 Nuestra Visión.5 Nuestra Política de Calidad.5 Valores Corporativos.5 Principios Éticos.6 Introducción.7 CAPITULO 1. 8 Conceptos generales de la Ética y la Bioética.8 Los Principios de la Bioética.12 Código de ética y buen gobierno CAPITULO 2. 17 Desarrollo de Criterios Éticos de Capital Salud EPS-S.17 ARTÍCULO 1º. Declaración de principios éticos 17 de Capital Salud EPS-S. ARTÍCULO 2°. Sobre la persona. 19 ARTÍCULO 3º. Relaciones éticas. ARTÍCULO 4°. De las relaciones del personal administrativo con la institución. 24 CAPÍTULO 3. 26 25 De los Derechos y Responsabilidades de los Usuarios y Pacientes de Capital Salud EPS-S.26 ARTÍCULO 5º. Los 10 mandamientos para un buen servicio de excelencia frente a los usuarios. 26 CAPÍTULO 4. 33 De diversas actuaciones de los colaboradores de Capital Salud EPS-S. Apartes que se resaltan.33 ARTÍCULO 6º. Información confidencial. 33 ARTÍCULO 7º. Protección de bienes de Capital Salud EPS-S. 35 ARTÍCULO 8º. Medios electrónicos. 35 ARTÍCULO 9º. Etiqueta profesional. 36 ARTÍCULO 10º. Regalos y propinas. 37 ARTÍCULO 11º. Incentivos profesionales. 37 ARTÍCULO 12º. Personal de dirección, manejo o confianza. 38 ARTÍCULO 13º. Vinculación del personal. 39 ARTÍCULO 14º. Relaciones con los subcontratistas y proveedores. 39 ARTÍCULO 15º. Proceso de cuentas médicas. 40 Investigaciones legales.45 Ambiente general del sitio de trabajo.46 Obligación personal de reportar.47 Ambiente laboral libre de drogas. 47 Recursos para obtener asesoría y reportar inquietudes. 48 Señales de advertencia. 48 Medición e indicadores. 49 Mecanismos de difusión y socialización. 49 De la adopción, vigencia, divulgación y reforma del código. 49 Disposiciones finales. 50 Bibliografía.51 Presentación Apreciada Familia Capital Salud EPS-S: Todos nos hemos comprometido a una práctica profesional ética y legal. Este compromiso debe ser consistente con nuestros valores corporativos y en este sentido, es esencial vivir nuestra misión ajenos a consideraciones de índole personal. Éste Código de Ética y Buen Gobierno es nuestro documento de referencia, para aplicar en la actuación diaria dentro de la entidad. Está conformado por los principios, valores y directrices, que en coherencia con un buen gobierno, todo directivo y/o colaborador de la Entidad debe observar en el ejercicio de su función administrativa. Esperamos que esta guía, nos ayude a comprender de una mejor manera, la complejidad de los asuntos legales y éticos del comportamiento humano y reafirme el hecho de que comprometernos a cumplir nuestra plataforma estratégica y organizacional, puede ayudarnos a obtener mejores resultados, en el desempeño diario y evitar conflictos con nuestros semejantes. La implementación del Código de Ética y Buen Gobierno contribuye a que en Capital Salud EPS-S, se desarrolle un clima interno de reglas de juego claras y precisas que trasparentemente definen las expectativas de comportamiento de los funcionarios y servidores de la entidad, generan un estilo de dirección unificado de comportamientos trasparentes, propicia la confianza interna entre los miembros de la institución, incrementa la credibilidad y confianza entre los diferentes grupos de interés y fortalece la cultura organizacional. Todo esto orientado al cumplimiento de los fines de nuestra entidad, apoyando nuestra vocación de servicio hacia nuestros usuarios. Esmerán- 1 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO donos diariamente por garantizar y ofrecer a nuestros afiliados servicios de salud con calidad y actuar con absoluta integridad. Es de suma importancia para la viabilidad de la Organización que rijamos nuestro actuar por el espíritu del Código y cumplamos con sus estipulaciones específicas. Esperamos, también, que todos los colaboradores directos, contratistas, practicantes, voluntarios y en general cualquier persona vinculada a Capital Salud EPS-S, practique las normas que se presentan en este Código y que conduzcan todos los asuntos y las relaciones profesionales y laborales de Capital Salud EPS-S de manera consistente con nuestros valores Fundamentales. Los motivamos, entonces, a que participen activamente para que juntos hagamos de Capital Salud EPS-S una empresa líder en el aseguramiento de servicios de salud con los mejores estándares de calidad, cumpliendo con las leyes y normas con un sentido de humanidad, admiración, respeto y profundo amor por nuestros usuarios, que son la razón de ser de nuestra compañía. Agradecemos su permanente participación en la construcción de esta Organización de la cual todos podemos sentirnos orgullosos. Esperando que este documento favorezca el mejor desempeño de todos y cada uno de ustedes, nos suscribimos con sentimiento de gratitud y aprecio. Junta Directiva Capital Salud EPS-S 2 Generalidades de la Entidad Capital Salud EPS-S S.A.S es una sociedad por acciones simplificada, de origen y naturaleza mixta con aportes públicos y privados, cuya participación mayoritaria es del Distrito Capital, sujeta a las disposiciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud y designada empresa promotora de los servicios de salud y administradora de los recursos del régimen subsidiado, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio. Órgano de dirección La Empresa cuenta con órganos de dirección y administración que le fijan legal y estatutariamente las directrices de su gestión social y ejecutan y cumplen todos los actos en procura de la realización de su objeto social. Asamblea General de Accionistas La Asamblea General es la máxima autoridad de la sociedad, integrada por los accionistas, los cuales estarán representados por su representante legal o su delegado. Órganos de Administración La administración de la compañía está conformada por la Junta Directiva, el Gerente General, el Secretario General y Jurídico, los Directores de áreas, Gerentes de Sucursal y los Coordinadores. 3 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO Estructura Organizacional La estructura organizacional de la Empresa puede ser consultada en la página web de Capital Salud EPS-S (www.capitalsalud.gov.co) Dentro de la estructura jerárquica de la Empresa y dependiendo del Gerente General, se encuentran las Direcciones y Gerencias de Sucursal, éstas tienen como misión el asegurar la permanencia, sostenibilidad y crecimiento integral de la Organización, mediante el direccionamiento estratégico de la Gerencia General frente al entorno; bajo su responsabilidad está el de crear las condiciones para el desarrollo y satisfacción integral del talento humano, asegurar el uso eficiente de los recursos de la Entidad, con la aplicación de criterios de costo - beneficio; y garantizar la permanente satisfacción del usuario. Dependiendo de los directores de área se encuentran las coordinaciones, las cuales tienen como misión desarrollar las estrategias para alcanzar la visión de la institución, a través de la gestión del talento humano y la integración de las habilidades y capacidades de los equipos de trabajo para lograr los resultados. Nuestra Misión Somos una E.P.S de economía mixta, que contribuye al mejoramiento de las condiciones de vida de nuestra población afiliada, a través de la prevención y gestión del Riesgo, garantizando los Derechos en Salud con humanidad, dignidad y altos estándares de calidad. 4 Nuestra Visión En el 2017 Capital Salud EPS-S se posicionará como una entidad líder en la garantía de la prestación y administración del acceso a los servicios de salud con responsabilidad social empresarial y ambiental. Nuestra Política de Calidad En Capital Salud EPS-S nos comprometemos a: Garantizar y mejorar permanentemente los niveles de calidad en cada uno de los procesos del aseguramiento de los servicios de salud, en busca de altos estándares de satisfacción de las personas afiliadas a la EPS-S, sus familias, colaboradores, proveedores, accionistas y comunidad en general, orientando el desarrollo profesional de los integrantes de la organización Capital Salud EPS-S, con enfoque en el mejoramiento de las competencias para obtener el mejor desempeño del talento humano. Además, propenderemos por la innovación y la creatividad en cada una de las fases de la cadena de servicio, así como por el uso racional de los recursos disponibles. Valores Corporativos Los valores corporativos que inspiran y soportan la gestión de la organización son: 1. Respeto: Valorar a los demás, acatando su autoridad, considerando su dignidad para facilitar el logro de objetivos corporativos. 2. Responsabilidad: Ser conscientes de nuestra obligación con la vida de las personas, asumiendo éticamente nuestros actos en lo 5 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO que hacemos y decimos para cumplir de manera eficiente, eficaz y efectiva con nuestros deberes. 3. Ética: Ser responsables y coherentes con nuestras actuaciones y decisiones, de manera que éstas vayan acorde a los principios básicos que rigen la sociedad; evitando a toda costa y rechazando cualquier actuación que vaya en contra de la compañía, de nuestros usuarios y/o de alguno de nuestros colaboradores. 4. Solidaridad: Apoyar y colaborar a nuestros compañeros o superiores cuando éstos lo necesiten, sin necesidad de ninguna solicitud expresa, cumpliendo con el sentido de humanidad y trabajo en equipo. Todo enfocado al logro de los objetivos corporativos. 5. Actitud de servicio: Orientar nuestros esfuerzos a entender y atender las necesidades y expectativas de nuestros clientes externos e internos de manera amable y oportuna. 6. Lealtad: Compromiso de actuar con rectitud, prudencia y sentido de pertenencia; defendiendo los intereses de nuestros usuarios que son nuestra razón de ser. 7. Honestidad: Hacer nuestra labor de manera correcta, justa y sincera, aplicando los principios del respeto por el otro y la buena fe, que deben regir nuestro actuar y más aun siendo trabajadores del sector de la salud. Principios Éticos Los principios éticos de la entidad, son: 1. Sentido de la excelencia, fundamental dentro de nuestras actividades. 6 2. Solidaridad y disponibilidad permanentes son actitudes de servicio que orientan nuestras funciones. 3. Buscamos una permanente identidad de compromiso entre las expectativas del usuario y los propósitos de la organización. Para el efecto, se pretende implantar cultura de cordialidad, que conduzca al trato amable, cálido y humano, dentro de un marco de respeto mutuo. 4. Laboramos con honestidad, ética y compromiso. 5. Trabajamos exigiendo responsabilidad y eficiencia en el manejo de recursos, basados en altos estándares laborales. Creamos una audaz cultura empresarial en nuestras actividades. 6. Respetamos y cuidamos el medio ambiente. 7. Buscamos, dentro de una alta competitividad, la sostenibilidad de nuestra compañía, calidad de vida para nuestros usuarios, estabilidad y crecimiento para nuestros colaboradores. Introducción Capital Salud EPS-S se ha comprometido con la sociedad a brindar, de manera ética y legal, servicios de salud de la más alta calidad. Es un compromiso esencial que se manifiesta a través de nuestra plataforma estratégica. Es una promesa de servicio que ayuda a preservar la confianza y el respeto de nuestros usuarios y de las comunidades a las cuales brindamos servicios. Para reforzar este compromiso, Capital Salud EPS-S se involucra permanentemente en asuntos relacionados con la calidad y el cumplimiento permanente de las leyes y los reglamentos que nos rigen. 7 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO Nuestro Código de Ética y Buen Gobierno, nos sirve a todos de guía y nos ayuda a efectuar nuestras actividades diarias cumpliendo con las normas legales y éticas establecidas por la Ley y la institución. Estas normas aplican a las relaciones que hay entre nosotros al igual que a las que establecemos con IPS, usuarios, contratistas y proveedores, asesores, directivas, y colaboradores en general. Este Código de Ética y Buen Gobierno, que es la base de nuestra plataforma Institucional, provee las normas que debemos seguir para proteger y promover la integridad y para incrementar la capacidad de Capital Salud EPS-S para alcanzar esa plataforma. Capital Salud EPS-S, teniendo en cuenta los derechos y deberes que le asisten a los accionistas, afiliados, colaboradores, personas naturales y jurídicas relacionadas con la Entidad, compila en el presente documento las prácticas y mecanismos empleados por la EPS-S para construir y fortalecer una cultura organizacional fundamentada en valores y buenas prácticas, brindando a los diferentes grupos de interés confianza, credibilidad y transparencia en nuestra gestión organizacional. CAPITULO 1 Conceptos generales de la Ética y la Bioética Las cuestiones éticas no tienen una respuesta fácil o sencilla, que pueda encontrarse previamente en los códigos de ética o en las leyes. Tanto los códigos como las leyes son importantes para los profesionales que trabajan en el campo de la salud, pero por su naturaleza intrínseca, los códigos y las leyes tienden a estar limitados a declaraciones generales. En la actualidad los códigos pueden proporcionarnos directrices generales acerca de cómo abordar los dilemas éticos que con tanta diversidad 8 y frecuencia se nos plantean, pero los profesionales que trabajan en el campo de la salud y los aseguradores, como personas y como profesionales de la promoción y el cuidado de la salud y como generadores de bienestar emiten juicios cada día que afectan a las vidas humanas y que tienen influencia en el bienestar de los usuarios, de sus familias y de las personas que conforman una comunidad, influyendo también en la toma de decisiones de otros profesionales que trabajan en el campo de la salud. “La ética no es cosa de intuición, imaginación, capacidad de persuasión, sentimientos ni “opiniología”, ni urbanidad de estilos de gestión económica y social, sino que sus conclusiones se fundamentan en argumentos lógicos basados en hechos reales. El análisis ético es el que más abarca porque debe considerar todas las dimensiones humanas de cada caso, pero lo hace con una jerarquía” (Sánchez Torres, Fernando, Temas de Ética Médica, Rodríguez Luño, Ángel, p.17. J Ferrater Mora, Diccionario de Filosofía, Ed. Ariel, Barcelona, pp. 1.141-1.148). Podemos definir los “valores” como una estimación positiva, que se caracterizan porque son universales o pretenden serlo; los poseedores de éstos son las personas, la exigencia es ilimitada, se presentan como criterios que abarcan toda nuestra conducta y tienen validez exigible durante toda nuestra vida. El valor moral se constituye en la expresión correcta de los actos del ser humano que a través de su intersubjetividad posibilita la comunicación, la convivencia, la interacción y la racionalidad en su comportamiento y actuaciones. El valor es una expresión de cualidad, calidad o naturaleza importante y deseable. Es aquello que tiene significado físico, estético, espiritual, social e histórico; se relaciona con las creencias y la cultura, se traduce en comportamientos y responde a la finalidad última del hombre, su intencionalidad, sus necesidades reales y trascendentes. El valor de cada ser humano radica en el hecho de pertenecer a la especie humana y desde este punto de vista todos merecen respeto por encima de los intereses individuales y sociales. 9 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO El proceso de valoración del ser humano incluye una compleja serie de condiciones intelectuales y afectivas que suponen: la toma de decisiones, la estimación y la actuación. Las personas valoran al preferir, al estimar, al elegir unas cosas en lugar de otras, al formular metas y propósitos personales. Las valoraciones se expresan mediante creencias, intereses, sentimientos, convicciones, actitudes, juicios de valor y acciones. Todos los valores que se relacionan con el respeto y la promoción de la dignidad de cada ser humano son valores morales y en este sentido hay una connotación moral en muchos valores profesionales, culturales y familiares. Muchas de las situaciones que se enfrentan y con las que conviven los profesionales de la salud llevan aparejadas relaciones y decisiones en las que existen conflictos de valores, prioridades y compromisos asociados con lo que es “bueno” o “correcto” para los individuos, las familias, las comunidades y la sociedad, así como para los profesionales de la salud. Los aseguradores de la prestación de servicios de salud y gestores del riesgo en salud se enfrentan a situaciones en las que los problemas éticos requieren un momento de reflexión que por regla general se consideraría como un juicio diferente, en él cobran importancia y peso: • Los valores personales y laborales del personal que administra y gestiona el riesgo en salud. • Los valores personales del personal administrativo que soporta toda la operación de aseguramiento y prestación. • El respeto por los valores del otro o de los otros. Los valores expresados con más frecuencia son: • El valor del ser humano. 10 • La vida. • La dignidad y el respeto. • La salud física, psicológica y espiritual. • La relación solidaria con los demás. • El ejercicio responsable de la autonomía. • La confidencialidad. • El bienestar individual y social, la unidad y participación de la familia. • La veracidad, la rectitud, la honradez, el buen juicio en la toma de decisiones. • El empeño por actualizar conocimientos y mantener la competencia. • El buen uso y aprovechamiento de los recursos. • El mantener un ambiente laboral seguro, cálido, respetuoso y de trabajo en equipo. • La entrega, dedicación y convencimiento, siempre presentes en nuestras acciones, para el cumplimiento de los objetivos personales e institucionales. • El cumplir eficientemente con los compromisos adquiridos y asumimos positivamente las consecuencias de nuestros actos. • La excelencia. • La creatividad e imaginación en nuestro trabajo con dinamismo y conocimiento, teniendo mente abierta hacia un nuevo horizonte. 11 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO • El liderazgo para orientar los esfuerzos en la consecución de los objetivos organizacionales y personales a través de la innovación, competitividad, motivación y conocimiento, generando valor agregado al bienestar y calidad de vida de la comunidad. • El compromiso de superar las expectativas de nuestros usuarios, ofreciendo un servicio cálido y humano, que garantice el buen trato y evidencie nuestro interés hacia sus necesidades. • La amabilidad en nuestras relaciones con los demás. Los principios de la Bioética Partiendo de la definición de Bioética como: “La conciencia de la ciencias médicas y biológicas, como una práctica dinámica, racional, y reguladora de los valores éticos y reales con la característica de ser multidisciplinaria y que tiene como objetivo la preservación de la dignidad humana en sus diversas expresiones”. Han de tenerse en cuenta sus principios fundamentales como son: la beneficencia - la no maleficencia, autonomía y justicia. Autonomía El respeto por las personas es el primer principio y éste exige que cada individuo sea tratado como un ser único y como un ser igual a todos los demás individuos. Se requiere una justificación ética especial para interferir en los propósitos, la privacidad o los comportamientos individuales de cada persona. Con este principio se reconoce el deber de respetar la libertad individual que tiene cada persona para determinar sus propias acciones (Fry, Sara, p. 29). 12 La palabra autonomía deriva del griego “autos” (propios) y “nomos” (regla, autoridad o ley), se utilizó por primera vez con referencia a la autorregulación y autogobierno de las ciudades. Este término se ha ampliado en la actualidad y se utiliza para las personas adquiriendo significados bastante diversos, como autogobierno, derechos de libertad, intimidad, elección individual, libre voluntad, elegir el propio comportamiento y ser dueño de uno mismo. El significado de la palabra autonomía, como ocurre con muchos otros consejos filosóficos, se vuelve más específico en el contexto de la teoría. Por eso, se sostiene que toda persona autónoma debe tener, entre otras, la capacidad de autogobierno que incluye: la comprensión, el razonamiento, la reflexión, la elección independiente. El principio del respeto por las personas exige que tengamos en cuenta las elecciones y valores que el paciente tiene a la hora de tomar decisiones sobre los cuidados y el tratamiento, y respetarlo como agente autónomo activo. Las reglas morales, que nos sirven de afirmación del respeto por la autonomía del paciente son: decir la verdad, respetar la intimidad, proteger la información confidencial, obtener el consentimiento para las intervenciones médicas y ayudarlo a tomar decisiones cuando se nos pida, sin coerción o manipulación. El respeto por la autonomía como principio es muy amplio y no debe ser utilizado en aquella persona que por inmadurez, incapacidad, ignorancia, coerción o explotación, sea incapaz de actuar en forma competente. La reflexión se basa en si los pacientes o usuarios son psicológica o legalmente capaces de tomar decisiones adecuadas. La medicina, la psiquiatría, el derecho y la filosofía han elaborado informes muy distintos sobre las habilidades que una persona debe demostrar para ser considerada competente. Si el paciente o el usuario, es incompetente por cualquiera de las razones mencionadas anteriormente, se delega en los padres, familiares o de 13 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO no tenerlos, en aquella persona que represente los mejores intereses del paciente, o en último caso se dará intervención a la justicia. No maleficencia, o no hacer daño Es otro principio ético que desde la máxima hipocrática “primum non nocere” y desde las notas de Florence Nightingale es parte del juramento de compromiso y responsabilidad moral que asumen los profesionales de la salud como la obligación de extremar siempre los posibles beneficios y minimizar los posibles riesgos (Fry, Sara. pág. 28). Beauchamp, T. L y J. F. Childress, en su libro sobre Principios de la ética biomédica, distinguen entre: el principio de No maleficencia y el principio de Beneficencia. Particularmente, no establecen un orden normativo o jerárquico y adquieren estos dos principios las siguientes formas: No Maleficencia: • No se debe causar daño o mal. Beneficencia: • Se debe prevenir el daño o el mal. • Se debe evitar o rechazar el daño o el mal. • Se debe hacer o promover el bien. Estas tres formas de beneficencia implican ayudar de manera activa (previniendo el mal, evitando el mal y promocionando el bien), mientras que la no maleficencia implica simplemente abstenerse intencionalmente de realizar aquellas acciones que puedan causar daño. 14 No hay una sola interpretación del término “daño”, puede también considerarse como injuria, injusticia, violación o agravio, obstaculizar o alterar los intereses físicos o psicológicos. Esto crea ambigüedad en la práctica ya que podemos agraviar a un paciente por omitir la información prometida y no le estamos infligiendo un daño físico. Es, por lo tanto, importante centralizarnos en primera instancia en el daño físico, incluidos el dolor, las incapacidades y la muerte, sin por ello negar la importancia de aquellos otros daños que con nuestros actos pueden obstaculizar o alterar la reputación, la propiedad, la intimidad o la libertad de los pacientes a nuestro cuidado. Las reglas morales en las que basamos el principio de no maleficencia son: No matarás. No causarás dolor o harás sufrir a otros. No ofenderás. No privarás a los demás de los bienes de la vida. Beneficencia El término beneficencia se define en el diccionario español como “la virtud de hacer el bien”; en la lengua inglesa el término beneficence connota actos de misericordia, bondad y caridad. El altruismo, el amor y la humanidad son a veces considerados también formas de beneficencia. Entendemos que una acción es beneficente cuando proporciona beneficios a otras personas. Es importante que identifiquemos en nuestra práctica las reglas morales que reconocen al principio de beneficencia: proteger y defender los derechos de los pacientes y de los usuarios, prevenir que suceda algún daño acudiendo a las instancias competentes, suprimir las condiciones que puedan producir perjuicio a otros, ayudar a las personas con discapacidades. 15 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO Justicia El principio de justicia estipula la igualdad de trato entre los iguales, y la diferencia de trato entre los desiguales, conforme a sus necesidades (Beauchamp & Childress, 1989). Esto significa que las personas que tienen necesidades iguales en materia de aseguramiento y necesidades de salud deben recibir la misma cantidad de recursos sanitarios (igualdad de trato entre iguales). Significa también que si algunas personas tienen más necesidades que otras, deberán recibir más recursos sanitarios. Hacer hincapié en las necesidades permite una distribución más equitativa de los recursos disponibles. En lo que compete a los profesionales de la salud las cuestiones por plantear tienen que ver con la asignación de los recursos, por ejemplo: cuántos profesionales de la salud se requieren en un determinado servicio para garantizar cuidados del paciente en forma adecuada y segura, qué nivel de capacitación deberían tener el profesional de la salud para asumir el cuidado de tal paciente, cómo distribuir los recursos materiales escasos para cada paciente o usuario de acuerdo a su necesidad. La justicia en la atención por parte del personal de la salud no se refiere solamente a la disponibilidad y utilización de recursos físicos y biológicos, sino a la satisfacción de necesidades básicas de la persona, en su orden biológico, espiritual, afectivo, social y psicológico que se traducen en recurso humano que ofrezca una adecuada calidad de atención. Es un principio ético básico para la sociedad; implica lo público, por ende, trasciende las decisiones de la ética entidad y compromete a los agentes de salud en actos donde se requieren acuerdos sociales de justicia distributiva. El término “justicia distributiva” se refiere a la distribución equitativa y adecuada de los beneficios y cargas de acuerdo a las circunstancias y situaciones particulares de las personas, sus actos y consecuencias hacia los demás. 16 CAPITULO 2 Desarrollo de criterios éticos de Capital Salud EPS-S ARTÍCULO 1º. Declaración de principios éticos de Capital Salud EPS-S 1. Todo el personal de la entidad debe obrar en consideración a nuestra condición de asegurador de salud, entendiendo por aseguramiento en salud, la administración del riesgo financiero, la gestión del riesgo en salud, la articulación de los servicios que garantice el acceso efectivo, la garantía de la calidad en la prestación de los servicios de salud y la representación del afiliado ante el prestador y los demás actores sin perjuicio de la autonomía del usuario. Lo anterior exige que el asegurador asuma el riesgo transferido por el usuario y cumpla con las obligaciones establecidas en los Planes Obligatorios de Salud. 2. Todos los trabajadores de la entidad tienen como fin cuidar de la salud del hombre y propender por la prevención de las enfermedades, el perfeccionamiento de la especie humana y el mejoramiento de los patrones de vida de la colectividad, sin distingos de nacionalidad, ni de orden económico-social, racial, político y religioso. 3. El personal debe considerar y estudiar al usuario y al paciente, como persona que es, en relación con su entorno, con el fin de proveer las autorizaciones de servicio y gestionar su estado de bienestar conforme la cobertura del respectivo plan y debe propender, en su calidad de prestador directo, cuando ello suceda, por diagnosticar la enfermedad y sus características individuales y ambientales, y 17 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO adoptar las medidas, curativas y de rehabilitación correspondiente. Si así procede, a sabiendas podrán hacer contribuciones a la ciencia de la salud, a través de la práctica cotidiana de su profesión. 4. Todo el personal se ajustará a los principios metodológicos y éticos que salvaguardan los intereses de la ciencia y los derechos de la persona, protegiéndola del sufrimiento y manteniendo incólume su integridad. 5. La relación personal de la salud-paciente es elemento primordial en la práctica de las ciencias de la salud, incluido el aseguramiento. Para que dicha relación tenga pleno éxito debe fundarse en un compromiso responsable, leal y auténtico, el cual impone la más estricta reserva profesional y legal. 6. Conforme con la tradición de las ciencias de la salud, incluido el aseguramiento en salud, todo el personal está obligado a transmitir conocimientos e información relevante, con miras a preservar la salud de las personas, sus familias y de la comunidad. Por ello todo el personal tendrá un compromiso con los pacientes y usuarios en brindarles información y educación en los aspectos concernientes a las coberturas de su plan y los modos de acceso al mismo, sobre su enfermedad, el tratamiento, el autocuidado, la detección temprana y específica de la enfermedad . 7. Adoptar como postulados básicos para propender por la humanización en la atención a los pacientes y usuarios y garantizar el mejoramiento de la calidad en la prestación del servicio de salud en Capital Salud EPS-S, los derechos y deberes de los usuarios y pacientes, siendo sus multiplicadores y velando por su cumplimiento en la institución. 18 ARTÍCULO 2°. Sobre la persona Sobre la persona y el ejercicio de su trabajo 1. Los principios rectores de este Código son el respeto por la persona, la justicia, la equidad y la igualdad, advirtiendo que el ejercicio de los propios derechos, además de estar unido siempre al cumplimiento de los respectivos deberes, jamás podrá ser utilizado como pretexto para violentar los derechos de los demás. De igual manera, resulta fundamental el respeto de los derechos humanos. 2. La veracidad, la transparencia en la conducta y la integridad moral son valores básicos de la actuación de los empleados y contratistas de la entidad, quienes se sentirán comprometidos a contribuir con su trabajo a mantener la empresa en una situación altamente competitiva. 3. Quienes ingresen a Capital Salud EPS-S lo harán con base en sus méritos profesionales y calidades humanas. En el proceso de selección, como en todos los demás procesos que se adelanten en la empresa se obrará con honestidad y transparencia. La información para la selección de los candidatos a un cargo se protegerá con la debida confidencialidad. Así mismo, se verificarán con diligencia los certificados de estudio y experiencia profesional, y se comprobarán las referencias y documentos de acreditación, sin aceptar presiones o influencias indebidas por parte de los empleados de la entidad o de personas ajenas a ella. 4. Los colaboradores y contratistas desarrollarán su trabajo con rectitud y sentido profesional, con preparación, seriedad, dedicación, compromiso, iniciativa, responsabilidad y sentido de pertenencia, prestando servicios de calidad al usuario y haciendo de su trabajo una oportunidad para servir como éste espera ser servido. 19 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO 5. En Capital Salud EPS-S es importante el trabajo de todos y cada uno de sus empleados y se presupone el cumplimiento de las funciones asignadas al respectivo cargo, el empeño constante en crear un clima laboral positivo y estimulante, y un decidido interés en contribuir a la excelencia en el cumplimiento de los fines corporativos. 6. Los empleados y contratistas de la entidad aportarán la capacidad personal, orden y esfuerzo requeridos para cumplir sus objetivos y metas, efectuando su trabajo con eficiencia, eficacia y efectividad, de modo que redunde en los resultados positivos de su área de trabajo y en los de toda la empresa. 7. Como manifestación de honestidad y de lealtad se observará la reserva profesional sobre los asuntos que han conocido en razón de su oficio y que sean de interés exclusivo de Capital Salud EPS-S. Así mismo, los productos que se elaboren o los resultados de los estudios que se realicen como parte del trabajo dentro de la empresa, serán de propiedad de Capital Salud EPS-S. 8. Corresponde a todos velar por el buen nombre de la empresa, dentro y fuera de ella y hacer, con ánimo constructivo, observaciones y sugerencias que permitan elevar la calidad de la prestación de los servicios, corregir posibles errores y, al mismo tiempo, fomentar un clima de comunicación basado en el respeto, la cooperación y el trabajo en equipo. 9. Es obligación moral de todos los colaboradores mejorar su rendimiento, capacitarse para el perfeccionamiento de su trabajo y su desarrollo humano integral, contando con sus posibilidades y con los medios que la empresa está obligada a facilitarle para ese efecto. 10.La protección de los bienes de la empresa es responsabilidad de todos, además de cuidarlos, los aprovecharán al máximo posible, 20 en orden al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. Estos bienes, equipos y elementos de trabajo, no se utilizarán para fines distintos a la función que fueron asignados, se velará por su conservación, informando diligentemente de los riesgos, daños o pérdidas que se presenten. Sobre la persona en su comportamiento dentro de la institución 11.Las relaciones dentro de la institución se basarán en el respeto y la buena fe. No se hará discriminación alguna por razón del género, raza, edad, religión, ideología o procedencia. 12.La conducta de los empleados y contratistas se orientará, ante todo, a la protección de los intereses de la entidad, sin que esto sea impedimento, a su vez, para la legítima protección de sus propios intereses. 13.Los empleados de Capital Salud EPS-S no aceptarán obsequios o recompensas en dinero o en especie, de proveedores o empresas vinculadas contractualmente a la empresa o que aspiren a vincularse a ella. 14.Se observarán, de modo especial, la veracidad, la exactitud y claridad de las cuentas e informes internos de todo tipo y de modo particular de aquellos que se destinen a los usuarios o a las empresas vinculadas a Capital Salud EPS-S. 15.La competitividad necesaria para los servicios y productos de la entidad se regirá por normas de calidad, veracidad, seguridad y adquisición lícita de información sobre la competencia. No se admitirán prácticas de competencia desleal, ni en favor ni en contra de la Institución. 16.Los empleados y contratistas de la entidad no harán declaraciones a nombre de ella, salvo las expresamente autorizadas por la Gerencia General, incluidas las referentes a los procesos que están 21 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO en estudio o en trámite dentro de la empresa. 17.La publicidad de los productos y servicios de Capital Salud EPS-S, se ajustará a criterios éticos de imparcialidad, veracidad, honestidad, respeto a la ley, la moral pública y las buenas costumbres. 18.La empresa, sus colaboradores y contratistas velarán por la protección del medio ambiente, evitando todo lo que pueda suponer deterioro de los recursos, contaminación o peligro para el ecosistema. Sobre la persona y la institución en sus relaciones externas 19.Las relaciones entre los directivos y empleados o contratistas de la organización y los usuarios se regirán por el respeto, la correcta actuación profesional y el esfuerzo por cumplir con las expectativas de los usuarios sobre la calidad del servicio. 20.Se respetarán los principios éticos de competencia leal en las relaciones comerciales, protegiendo como es debido los intereses de la empresa, de los usuarios y de la sociedad. 21.Nadie ejecutará actos que pongan en peligro la seguridad y la integridad de los usuarios ni de los demás empleados, ni que atenten contra la moral y las buenas costumbres tales como el acoso sexual u otras ofensas al honor, como lo dicta el sentido común de una persona éticamente íntegra, de un buen compañero, de un empleado honesto y de un buen ciudadano. 22.Las inversiones financieras, inmobiliarias y de todo orden deben estar precedidas por los criterios de seguridad, protección, precio y rentabilidades adecuadas, obtención de garantías oportunas y suficientes, y por la prudencia de quien maneja esos bienes bajo la premisa de que pertenecen a los usuarios y a los accionistas. 23.En situación de conflicto de intereses no se obtendrá beneficio personal o en favor de terceros a costa de la empresa. Para no 22 incurrir en ellos, se evitará realizar operaciones legalmente aceptadas en las que, empleando la autoridad del cargo o posición de la entidad o la relación con los usuarios, proveedores o competidores, estos pueden obtener beneficios que afecten al patrimonio de la empresa. 24.Es un claro deber de los empleados o contratistas interesarse por incrementar la eficiencia de los procesos y, por tanto, ejercitar la creatividad, la iniciativa y la innovación, con miras al mejoramiento de la calidad de los productos y servicios de la empresa. 25.Para alcanzar resultados óptimos a nivel personal y corporativo, los empleados y contratistas pondrán la mayor diligencia en el aprovechamiento de los medios de capacitación y desarrollo humano que la empresa ponga a su disposición, lo cual redundará en la competitividad y en un efectivo logro de los fines de la empresa. 26.Los empleados y contratistas de Capital Salud EPS-S cumplirán sus deberes profesionales en forma compatible con sus deberes familiares buscando coherencia en su conducta para bien de la familia y de la empresa, sin ninguna interferencia de una en otra. 27.Como ciudadanos, los empleados y contratistas de Capital Salud EPS-S y esta como entidad, darán ejemplo en la observancia de sus deberes cívicos, sociales y políticos; de participación, solidaridad y colaboración, con espíritu de servicio y de compromiso a la comunidad a la cual pertenece. Además, al cumplir sus obligaciones para con la entidad y el público, practicarán la justicia, porque lo recibido como retribución por su trabajo corresponderá a lo entregado en servicios a la sociedad. 28.Capital Salud EPS-S y sus empleados y contratistas, a través de la prestación de los servicios propios de la entidad y del cumplimiento de sus fines, se sienten cada vez más comprometidos en la construcción de la justicia social, la convivencia y la paz. 23 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO ARTÍCULO 3º. Relaciones éticas Relaciones éticas entre la aseguradora y los usuarios Los usuarios son la razón de ser de la existencia de la entidad. Por ello la entidad garantiza a los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud la debida organización y prestación del servicio público de salud, en los siguientes términos: 1. La atención de los servicios del Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado, a través de las Instituciones Prestadoras de servicios de salud de la red adscrita. 2. La libre escogencia y traslado de la aseguradora, de conformidad con los procedimientos, tiempos, límites y efectos que determine el gobierno nacional dentro de las condiciones previstas en la Ley. Están prohibidos todos los acuerdos o convenios, así como las prácticas y decisiones concertadas que, directa o indirectamente, tengan por objeto impedir, restringir o falsear el juego de la libre escogencia dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud. 3. La escogencia de las Instituciones Prestadoras de Servicios y de los profesionales entre las opciones que la entidad ofrezca dentro de su red de servicios. 4. La participación de los afiliados, individualmente o en sus organizaciones, en todas las instancias de asociación, representación, veeduría de las entidades rectoras, promotoras y prestadoras y del Sistema de Seguridad Social en Salud. 5. Con el fin de obtener calidad y eficiencia en la provisión de los servicios de salud, se aplicarán sistemas de incentivos a la oferta de servicios dirigidos al control de costos, al aumento de productividad y a la asignación de recursos utilizando criterios de costo - eficiencia. De la misma manera, se aplicarán sistemas de incentivos a la demanda con el fin de racionalizar el sistema de 24 referencia y contrareferencia de pacientes, ampliar el conocimiento y manejo del sistema de parte de los beneficiarios y promover un servicio de mayor calidad al usuario. 6. La entidad proveerá información suficiente y veraz a los usuarios, y evitando el abuso de posición dominante en el sistema. 7. Están prohibidos todos los acuerdos o convenios que tengan por objeto o efecto impedir, restringir o falsear el juego de la libre competencia dentro del mercado de servicios de salud, o impedir, restringir o interrumpir la prestación de los servicios de salud. Relaciones éticas entre el personal de la EPS 1. La lealtad y la consideración mutuas constituyen el fundamento esencial de las relaciones entre los colaboradores de Capital Salud EPS-S. 2. El respeto mutuo entre el personal administrativo de las diferentes áreas, y el no valerse de otros medios que los derivados de la competencia científica y profesional y legal, constituyen la base de la ética que rigen las relaciones profesionales en la Institución. 3. Se propenderá por un clima de respeto y armonía en las relaciones entre colegas y compañeros evitando que estas trasciendan el terreno de lo estrictamente profesional. ARTÍCULO 4°. De las relaciones del personal administrativo con la institución 1. El personal de la institución cumplirá a cabalidad sus deberes profesionales y administrativos, así como el horario de trabajo y demás compromisos a que esté obligado en la institución. 2. El personal administrativo no podrá percibir honorarios, ni preben25 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO das de los usuarios que atienda en la institución. 3. El Personal de Dirección y Coordinación guardará por el personal en general, la consideración, aprecio y respeto que se merecen, teniendo en cuenta su categoría profesional, sin menoscabo del cumplimiento de sus deberes como superior. 4. El personal deberá demostrar su idoneidad a la institución a través de la presentación de los títulos académicos que respaldan su profesión, según lo definido en la legislación vigente. Adicionalmente deberá cumplir con los demás requisitos señalados por la institución. CAPÍTULO 3 De los Derechos y Responsabilidades de los Usuarios y Pacientes de Capital Salud EPS-S ARTÍCULO 5º. Los 10 mandamientos para un buen servicio de excelencia frente a los usuarios: 1. El usuario es la persona más importante en la empresa. 2. El usuario no depende de nosotros, nosotros dependemos del cliente. Nosotros trabajamos para nuestros usuarios. 3. El usuario no interrumpe nuestro trabajo, sino es el propósito de nuestro trabajo. 4. El usuario nos hace un favor en visitarnos o llamarnos. Nosotros 26 no le hacemos ningún favor sirviéndolo, simplemente cumplimos nuestra misión. 5. El afiliado es parte de la institución, es su verdadero dueño. 6. El afiliado no es una fría estadística, sino una persona con sentimiento y emociones, igual que usted. Trátelo mejor de lo que desearía que a usted lo trataran. 7. El afiliado no es alguien con quien discutir o para ganarle con astucia. 8. Nuestro trabajo es satisfacer las necesidades, deseos y expectativas de los afiliados, disipar sus temores y resolver sus quejas. 9. El afiliado merece que se le trate con la mayor atención, cortesía y profesionalismo que usted pueda brindarle. 10.El afiliado es parte vital de nuestra institución. Recordemos: sin nuestros afiliados, no tendríamos actividad laboral, nosotros trabajamos para ellos. Derechos de los afiliados y pacientes: • Acceder, en condiciones de calidad y oportunidad y sin restricción a las actividades, procedimientos intervenciones, insumos y medicamentos incluidos en el plan de beneficios. • Acceder a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos no incluidos en el plan de beneficios y que sean requeridos con necesidad. • Acceder a las pruebas y exámenes diagnósticos indispensables para determinar si requiere o no un servicio de salud. • A que la entidad promotora de salud autorice los servicios que requiera y aquellos que requiera con necesidad, incluso si no se 27 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO encuentra en el plan obligatorio de salud. El acceso a los servicios de salud debe ser oportuno, de calidad y eficiente. • Protección especial a niños y niñas. Indicar que los derechos a acceder a un servicio de salud que requiera un niño o una niña para conservar su vida, su dignidad y su integridad así como para desarrollarse armónica e integralmente, están especialmente protegidos. Se entiende por niño o niña toda persona menor de 18 años. • Recibir la atención de urgencias que sea requerida con la oportunidad que su condición amerite sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo alguno, ni que sea obligatoria la atención en una institución prestadora de servicios de salud de la red definida por la entidad promotora de salud. Los pagos moderadores no pueden constituir barreras al acceso a los servicios de salud para las personas que no tienen la capacidad económica de acuerdo con la estratificación socioeconómica de soportar el pago del mismo. • Disfrutar y mantener un comunicación plena y clara con el personal de la salud, apropiada a sus condiciones sicológicas y culturales y, en caso de enfermedad, estar informado de los procedimientos y tratamientos que se le vayan a practicar y el pronóstico y el riesgo que dicho tratamiento conlleve. • El derecho a que los familiares o representantes, en caso de inconsistencia, incapacidad para decidir o minoría de edad del paciente, consientan o rechacen procedimientos o tratamientos. Lo profesionales de la salud, los progenitores y los tutores o curadores promoverán la adopción de decisiones autónomas por parte de los menores de edad. • Mantener la confidencialidad y secreto de su información clínica, 28 sin perjuicio de la posibilidad de acceso a la historia clínica con su autorización o por parte de las autoridades competentes en las condiciones que la ley determine. • Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mayor asistencia médica posible, respetando los deseos del paciente, incluso en el caso de enfermedad irreversible. • Revisar y recibir explicaciones acerca de los costos de los servicios obtenidos. • Aceptar o rechazar procedimientos, por sí mismo o en caso de inconsciencia, incapacidad para decidir o minoría de edad, por sus familiares o representantes, dejando expresa constancia en lo posible escrita de su decisión. • Recibir un trato digno en el acceso a servicios de salud que respete sus creencias y costumbres, su intimidad, así como las opiniones personales que tenga, sin recibir trato discriminatorio. • Recibir los servicios de salud en condiciones de habitabilidad, higiene, seguridad y respeto a su intimidad. • Recibir información sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con la administración de las instituciones, así como para recibir respuesta oportuna. • Agotar las posibilidades razonables de tratamiento efectivo para la superación de su enfermedad y a recibir, durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica posible por personal de la salud debidamente competente y autorizado para su ejercicio. • Elegir libremente el asegurador, el médico y en general los profesionales de la salud, como también las instituciones de salud que 29 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO le presten la atención requerida dentro de la oferta disponible. Los cambios en la oferta de prestadores por parte de las entidades promotoras de salud no podrán disminuir la calidad o afectar la continuidad en la provisión del servicio y deberá contemplar mecanismos de transición para evitar una afectación de la salud del usuario. Dicho cambio no podrá eliminar alternativas reales de escogencia donde haya disponibilidad. Las eventuales limitaciones deben ser racionales y proporcionales. • Recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera sea el culto religioso que profesa o si no profesa culto alguno. • Ser respetado en su voluntad de participar o no en investigaciones realizadas por el personal científico calificado, siempre y cuando se le haya informado acerca de los objetivos, métodos, posibles beneficios, riesgos previsibles e inconformidades que el proceso investigativo pueda explicar. • Ser respetado en su voluntad de aceptar o reusar la donación de sus órganos para que estos sean trasplantados a otros enfermos. • Morir con dignidad y respeto de su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad. • Recibir una segunda opinión por parte del profesional de la salud en caso de duda. • Recibir valoración científica y técnica por parte de la entidad promotora de salud, cuando del concepto médico externo de un profesional de salud reconocido, se considere que la persona requiere dicho servicio. • Recibir las prestaciones económicas por licencia e incapacidad, 30 aún ante la falta de pago o cancelación extemporánea de las cotizaciones cuando la entidad promotora de salud no ha hecho uso de los diferentes mecanismos de cobro que se encuentran a su alcance para lograr el pago de los aportes atrasados. • Recibir protección especial cuando se padecen enfermedades catastróficas o de alto costo. Esto implica el acceso oportuno a los servicios de salud y la prohibición que ‘bajo ningún pretexto’ se pueda dejar de atender a la persona, ni pueda cobrársele copagos. • Acceder a los bienes y servicios de salud con continuidad. El acceso a un servicio de salud debe ser continuo y en ningún caso puede ser interrumpido súbitamente. • Toda persona tiene derecho a que las entidades promotoras de salud o autoridades públicas no obligadas a autorizar un servicio de salud solicitado, adopten las medidas adecuadas para, por lo menos, (i) suministrar la información que requiera para saber cómo funciona el sistema de salud y cuáles son sus derechos, (ii) entregarle al afiliado por escrito las razones por las cuales las cuales no se autoriza el servicio, (iii) indicar específicamente cuál es la institución prestadora de servicios de salud que tiene la obligación de realizar las pruebas diagnósticas que requiere y una cita con un especialista, y (iv) acompañarla durante el proceso de solicitud del servicio, con el fin garantizar el goce efectivo de sus derechos. • Recibir por escrito, del prestador de servicios de salud, las razones por las cuales el servicio no será prestado cuando se presente dicha situación. • Acceder a los servicios de salud sin que la entidad promotora de salud pueda imponer como requisito de acceso a un servicio de salud el cumplimiento de cargas administrativas propias de la 31 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO entidad. Toda persona tiene derecho a que su entidad promotora autorice y tramite internamente los servicios de salud ordenados por el médico tratante. El médico tratante tiene la carga de iniciar dicho trámite. • Para la verificación de derechos se solicitara únicamente el documento de identidad. No podrá exigirse al afiliado copias, fotocopias o autenticaciones de ningún documento. • Acceder a los servicios de salud de acuerdo con el principio de integralidad. Deberes de los afiliados y pacientes • Propender por su autocuidado, el de su familia y de la comunidad. • Atender oportunamente las recomendaciones formuladas por el personal de salud y las recibidas en los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad. • Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o salud de las personas. • Respetar al personal responsable de la prestación y administración de los servicios de salud. • Usar adecuada y racionalmente las prestaciones ofrecidas por el sistema de salud, así como los recursos del mismo. • Cumplir las normas del sistema de salud. • Actuar de buena fe frente al sistema de salud. • Suministrar de manera voluntaria, oportuna, y suficiente la información que se requiera para efectos de recibir el servicio. 32 • Contribuir al financiamiento de los gastos que demande la atención en salud y la seguridad social en salud, de acuerdo con su capacidad de pago. • Asistir de manera puntual a las citas que solicite o le sean asignadas. CAPÍTULO 4 De diversas actuaciones de los colaboradores de Capital Salud EPS-S. Apartes que se resaltan ARTÍCULO 6º. Información confidencial La información confidencial que posee o utiliza Capital Salud EPS-S sobre estrategias o actividades administrativas es de gran valor. La información confidencial incluye entre otros, datos personales que aparecen en las listas de pacientes de la entidad y en los expedientes clínicos, datos sobre costos y servicios, información relacionada con los procesos de gestión, el sistema de gestión y garantía de calidad inclusive sus documentos, registros, formatos etc., las compras, afiliaciones y uniones profesionales, datos financieros, datos de investigación, planeación estratégica, estrategias de mercadeo, listas de socios, colaboradores en general, datos sobre los proveedores, los contratistas y el software que es propiedad de la Entidad. Todos miembros vinculados bajo cualquier modalidad contractual con Capital Salud EPS-S tienen la obligación de proteger y cuidar activamente esta información confidencial, sensitiva y exclusiva de manera que se evite la divulgación no autorizada de la misma. La información que le pertenece a Capital Salud EPS-S no puede discutirse con nadie sin antes obtener la autorización debida, por parte de la representación legal de la Organización. Mantenga todos los docu33 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO mentos y medios de información entregados para el buen desempeño de las labores, protegidos y seguros, pues en caso de darse un manejo impropio el responsable de la información dará las explicaciones legales de tal acto. Ningún colaborador, o proveedor de Capital Salud EPS-S tiene derecho a ver o revisar información del paciente o usuario que no sea necesaria para su trabajo. Con la excepción de situaciones de urgencia, los pacientes pueden esperar que su privacidad esté protegida y que su información específica va a ser compartida únicamente con personas autorizadas por la ley o con la expresa autorización escrita del paciente. Gran parte de nuestra información entidad y corporativa se genera y se almacena en nuestros sistemas de cómputo, por lo tanto, es esencial que todos los miembros de Capital Salud EPS-S, protejan nuestro sistema de información y la información que se almacena en los computadores evitando compartir contraseñas, revisando y cumpliendo con los reglamentos y los procedimientos de seguridad para la información. Si llegara a finalizar por cualquier razón una relación laboral, de prestación de servicios o como proveedor de Capital Salud EPS-S, la persona continúa obligada a mantener la confidencialidad de la información que ha visto, recibido o utilizado durante su vinculación a Capital Salud EPS-S. Cómo asegurar la confidencialidad Honrar el privilegio de tener información sobre nuestros usuarios y pacientes en Capital Salud EPS-S usándola y compartiéndola únicamente siguiendo las pautas establecidas. Proteger de manera razonable y legal los derechos individuales de nuestros usuarios, empleadores y pacientes. 34 Limitar el acceso a información restringida a aquellos que necesitan saberla. Evitar discutir información restringida/confidencial en áreas públicas. No permitir que otros examinen, fotocopien, o compartan documentos o información restringida si no es parte de su trabajo. ARTÍCULO 7º. Protección de bienes de capital salud EPS-S Todos los colaboradores de Capital Salud EPS-S son responsables por el uso adecuado de los bienes de la Organización. Estos bienes se deben utilizar y mantener con el mayor cuidado posible, evitando desperdicio y abuso. Sea consciente del costo y manténgase alerta de cualquier oportunidad para mejorar el rendimiento mientras se disminuyen los costos. Se prohíbe el uso del tiempo, del material y de las facilidades de Capital Salud EPS-S para cualquier propósito que no esté directamente relacionado con asuntos de la Entidad. También está prohibido remover o tomar prestado bienes propiedad de Capital Salud EPS-S sin obtener permiso previo. ARTÍCULO 8º. Medios electrónicos Todos los sistemas de comunicación, incluyendo el correo electrónico, el acceso a Internet, teléfonos fijos, celulares corporativos y contestadores, son propiedad de Capital Salud EPS-S y se deben utilizar primordialmente para la realización eficaz de las tareas encomendadas durante su permanencia en la Organización y en pro del usuario, de acuerdo con los reglamentos y las normas para comunicaciones electrónicas. Los usuarios de sistemas computarizados y teléfonos no deben esperar privacidad para cualquier artículo que hayan creado, guardado, enviado, o recibido en la computadora o por teléfono. Capital Salud EPS-S se re- 35 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO serva su derecho a monitorear u obtener acceso al uso y al contenido de las comunicaciones según nuestros procedimientos, respetando siempre la normatividad vigente al respecto. Los colaboradores no pueden utilizar canales de comunicación interna o acceso al Internet para colocar, guardar, transmitir, obtener o distribuir material amenazante, falso o malicioso; material obsceno; o cualquier artículo que constituya o promueva una ofensa criminal, ocasione una obligación civil o que de otra manera esté en violación de una ley. Además, estos canales de comunicación no deben utilizarse para enviar cadenas de cartas, mensajes personales o documentos con derechos reservados cuya reproducción no haya sido autorizada. Las personas que abusen nuestros sistemas de comunicación o los usen excesivamente para propósitos que no sean propios de la razón de ser de Capital Salud EPS-S, pueden perder su vinculación a la empresa y estar sujetos a una acción disciplinaria. Todos los colaboradores son responsables de cumplir con los requisitos de las licencias del software y de los programas de software que utilizan en la realización de sus procesos. PARÁGRAFO. Se prohíbe, el uso personal de artículos o recursos de Capital Salud EPS-S para fines caritativos o para la comunidad, sin obtener autorización previa de la Gerencia General, una Dirección, del representante legal o de la junta directiva; o cualquier uso de recursos de Capital Salud EPS-S para ganancia económica personal. ARTÍCULO 9º. Etiqueta profesional Esta sección del Código de Conducta no debe considerarse de ninguna manera como una invitación a efectuar, solicitar o recibir cualquier tipo de regalo o incentivo. Para propósitos de clarificación, nótese que estas 36 limitaciones rigen las actividades con aquellos fuera de Capital Salud EPS-S. Esta sección no se refiere a las acciones entre Capital Salud EPS-S y sus colaboradores o las acciones entre los propios colaboradores de Capital Salud EPS-S. Es de importancia crítica evitar la apariencia de impropiedad cuando se otorgan regalos a individuos que efectúan negocios o buscan entablar negocios con Capital Salud EPS-S. No es aceptable utilizar regalos u otros incentivos para influir de manera inadecuada las relaciones o los resultados de los negocios. Regalos de Proveedores (incluye casas comerciales, laboratorios farmacéuticos, productores de tecnología biomédica, etc.). ARTÍCULO 10º. Regalos y propinas Los regalos influyen las decisiones que se toman. Los colaboradores de Capital Salud EPS-S no pueden aceptar regalos, favores, servicios, entretenimiento o artículos de valor si estos pueden influir en acciones o decisiones que afectan a Capital Salud EPS-S. Además se prohíbe estrictamente recibir dinero, servicios o artículos de valor para influir el criterio o el proceso que utiliza Capital Salud EPS-S para tomar decisiones sobre algún comprador, proveedor, cliente, o cualquier otra persona. Cualquier conducta de esta índole debe ser reportada inmediatamente a la Jefatura de Gestión Humana, a la administración, a la Gerencia General, o a la Junta Directiva. ARTÍCULO 11º. Incentivos profesionales Para Capital Salud EPS-S es claro que las entidades con las cuales efectuamos negocios pueden ofrecer comisiones, contrapropuestas, descuentos o incentivos. Cualquier pago de esta índole debe ser aproba- 37 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO do por Capital Salud EPS-S y este tiene que determinar que es aceptable y usual, y que no se considera una oferta ilegal o inapropiada. Se prohíbe ofrecer, extender, solicitar, o recibir cualquier tipo de prebenda o cualquier tipo de pago impropio. Capital Salud EPS-S puede tener derecho a recibir contrapropuestas, descuentos e incentivos de otras entidades con las cuales mantiene relaciones profesionales. Todas estas contrapropuestas, descuentos y complementos, deben ser aprobados por la Gerencia General de Capital Salud EPS-S como algo aceptable y usual, y que no se considere una oferta ilegal o inapropiada. Decline cortésmente cualquier oferta de dinero de los usuarios, empleadores y pacientes, sus familiares o visitantes y otras personas, que pretendan motivarlo a cambiar los reglamentos o permitir conductas que contravengan las normas corporativas. Obtenga autorización por escrito de la Gerencia General para entablar relaciones profesionales con cualquier entidad que pueda darle, o aparentar darle, ganancias personales a un colaborador representante de Capital Salud EPS-S. ARTÍCULO 12º. Personal de dirección, manejo o confianza El Gerente General, los directores y similares, los coordinadores, los supervisores, líderes, jefes, y los colaboradores partícipes de la planeación estratégica, tienen la responsabilidad de brindarle a Capital Salud EPS-S lealtad absoluta y plena. Las personas en estas posiciones no pueden usar su rol, para obtener ganancias personales o ayudar a otros a beneficiarse a expensas de Capital Salud EPS-S. Puede ocurrir un conflicto de interés si las actividades externas o los intereses personales influyen o aparentan influir la capacidad de efectuar decisiones objetivas como parte de las responsabilidades profesionales. Es importante reconocer que las apariencias son muy importantes. Cuando se trata de conflictos de interés, es importante 38 recordar que nuestro éxito depende de la manera en que nos perciben los demás. También puede ocurrir un conflicto de interés cuando las exigencias de actividades externas afectan o distraen las responsabilidades del trabajo o utilizan recursos de la Entidad para propósitos que no están relacionados con nuestro objeto social. Si desea saber si una actividad externa puede ser o aparenta ser un conflicto de interés debe hablar con el Gerente General antes de participar en esta actividad. Los colaboradores de Capital Salud EPS-S deben actuar con integridad, honestidad e imparcialidad, evitando cualquier conflicto, o apariencia de conflicto, entre sus intereses personales y los intereses de Capital Salud EPS-S. Algunas formas en que puede surgir un conflicto de interés: • Ser contratado por un competidor o competidor potencial, sin importar la naturaleza del trabajo, mientras está vinculado a Capital Salud EPS-S. • Actuar como asesor de los competidores o competidores potenciales, en asuntos propios del objeto social de Capital Salud EPS-S, estando vinculado a este. • Aceptar regalos, invitaciones, servicios u otros, por parte de proveedores que pretenden realizar negocios con Capital Salud EPS-S. • Ser propietario, socio, o poseer interés sustancial en una compañía competidora. ARTÍCULO 13º. Vinculación del personal Ningún profesional será vinculado a Capital Salud EPS-S, antes de disponer de todos los documentos que dan fe de su idoneidad profesional y experiencia. 39 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO ARTÍCULO 14º. Relaciones con los subcontratistas y proveedores Debemos administrar nuestras relaciones con los subcontratistas y los proveedores en forma justa y razonable, libre de conflictos de intereses y de acuerdo con todas las leyes aplicables y la práctica de buenas empresas comerciales. Nuestra selección de subcontratistas y proveedores se hace de acuerdo a un criterio objetivo que incluye calidad, excelencia técnica, precio, entrega, cumplimiento con los horarios, servicio, y mantenimiento de fuentes adecuadas de suministros. Nuestras decisiones de compra serán tomadas de acuerdo con la capacidad del proveedor para satisfacer nuestras necesidades, y no se basan en relaciones personales o en amistad. Nosotros empleamos los criterios éticos más altos en las prácticas de las empresas comerciales para la selección de fuentes de recursos, negociaciones, determinación de contratos, y en la administración de todas las actividades relacionadas con compras. Es política de Capital Salud EPS-S y de conformidad con su sistema de gestión y garantía de calidad, seleccionar proveedores a partir de su capacidad de satisfacer las necesidades de Capital Salud EPS-S como cliente y para ello efectúa periódicamente evaluación objetiva de proveedores. Es posible obtener información acerca de otras organizaciones, incluyendo competidores, a través de estrategias de comunicación y bench marking, avalado por la Gerencia General. ARTÍCULO 15º. Proceso de cuentas médicas Capital Salud EPS-S tiene implementado un proceso de REVISIÓN DE CUENTAS MÉDICAS, apoyado en un sistema que facilita la gestión y garantiza la información de los pagos efectuados por la prestación de servicios de salud a los diferentes proveedores. El proceso cumple con las disposiciones reglamentarias y legales expedidas por las autoridades competentes en la materia. 40 La documentación correcta y disponible dentro de un período de tiempo razonable también depende de la diligencia y la atención de los médicos que brindan sus servicios en nuestras instalaciones. Los médicos deben proveer información completa, clara, legible y correcta dentro de un período de tiempo razonable, para que el proceso se realice diligentemente. Se espera que las personas que llevan a cabo el proceso tenga las destrezas necesarias, el conocimiento y manejo del sistema de gestión de calidad y el proceso propio de cuentas médicas, el manejo de los sistemas, y los procedimientos apropiados para asegurar que todos los pagos a los proveedores se hagan oportunamente conforme lo pactado y conforme la legislación vigente, y que estén correctos y completos. Según nuestro sistema de calidad, todas las actividades están sujetas a revisiones y auditorias por el Servicio de Auditoria. Como principio de Calidad y Ética, Capital Salud EPS-S no realizará pagos si no existe evidencia objetiva de la prestación del servicio. En caso de que se descubra que existe un error en el pago o en la glosa, se deben tomar medidas inmediatas para corregirlo, avisar a la persona responsable del pago y al proveedor afectado. En el proceso de conciliación de glosa con los proveedores, no obstante, no se autoriza a ningún representante de la organización, salvo el representante legal o a quien éste delegue con autorización escrita, a decidir sobre porcentajes o montos que se asumirán como perdida del ejercicio. Reportes y documentos financieros Capital Salud EPS-S ha establecido y mantiene un alto nivel de precisión y cumplimiento al documentar y reportar sus informes financieros. Estos documentos sirven como base de la administración de la organización y son importantes para satisfacer nuestras obligaciones con los pacientes, colaboradores, clientes, proveedores, y otros. Éstos, también son necesarios para cumplir con los requisitos de los reportes financieros y de los 41 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO impuestos establecidos en la legislación vigente. Toda la información financiera debe reflejar las transacciones actuales y debe ajustarse a los principios de contabilidad generalmente aceptados. Capital Salud EPS-S mantiene un sistema de controles internos para proveer garantías razonables de que todas las transacciones se efectúan de manera reglamentaria y están documentadas para soportar las negociaciones y los bienes de la de la entidad. Las leyes y las regulaciones requieren que Capital Salud EPS-S presente informes y de cuenta del resultado de su gestión, gastos de operación y estadísticas entre otros. El cumplimiento de esas exigencias es fundamental, para el buen nombre y operación de Capital Salud EPS-S. Por tanto es de obligatorio cumplimiento el reporte y entrega oportuna de la información a los entes reguladores. Los colaboradores de Capital Salud EPS-S no deben falsificar o alterar documentos con información ficticia. Identificar y excluir los gastos que no están permitidos; adherirse a normas de documentación, y, al utilizar cartas de transmisión para reportar artículos protestados y proveer otra información apropiada. Además, al someter los reportes de gastos a auditorías internas y al proceso de revisión por otros colegas reflejamos más a fondo nuestro compromiso con el cumplimiento. Todos los asuntos relacionados con la preparación, presentación, y pago de reportes de gastos deben ser efectuados y/o coordinados por nuestra Dirección Administrativa y Financiera. Los colaboradores de Capital Salud EPS-S de esta división, o que estén relacionados con este proceso, deben buscar ayuda pertinente cuando sea necesario para poder asegurar el cumplimiento continuo de las regulaciones. Además, los colaboradores de la Dirección Administrativa y Financie42 ra de Capital Salud EPS-S, deben cumplir con las leyes de auditorías, contabilidad, y financieras que apliquen. Se invita a los colaboradores a discutir con su jefe de división cualquier asunto que los preocupe. Se requiere que cualquiera que tenga una preocupación o pregunta acerca de un asunto relacionado con contabilidad o auditoria lo reporte al Director, con quien se podrá aclarar cualquier asunto de esta índole. Investigaciones internas de violaciones reportadas Capital Salud EPS-S investigará inmediatamente y de manera confidencial, según sea posible, todos los asuntos que se reporten. La Gerencia General coordinará en colaboración con la Revisoría Fiscal, cualquier hallazgo que resulte de las investigaciones y recomendará las acciones o los cambios correctivos que se necesitan llevar a cabo de acuerdo con este Código con las normas de Capital Salud EPS-S y con las leyes y regulaciones aplicables. Se espera que todos los colaboradores cooperen con los esfuerzos de las investigaciones. Siempre que una investigación interna confirme una violación que haya sido reportada, es política de Capital Salud EPS-S iniciar acciones correctivas, incluyendo, según sea apropiado, la implementación de cualquier acción disciplinaria necesaria, y la implementación de cambios sistemáticos para prevenir la recurrencia futura de violaciones similares en Capital Salud EPS-S. Cualquier miembro que viole el Código será sujeto a acciones disciplinarias. La acción disciplinaria específica dependerá del tipo, severidad, y frecuencia de la violación y podría resultar en cualquiera de las siguientes acciones: acción correctiva verbal o escrita, suspensión o despido, conforme con el Reglamento Interno de Trabajo. Auditorias y monitoreo Capital Salud EPS-S, está comprometido con el monitoreo permanente del cumplimiento de su sistema de gestión y garantía de calidad y su código de ética y buen gobierno. La Gerencia General a través del área 43 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO de Control Interno se responsabiliza de la mayor parte de este monitoreo, y rutinariamente lleva a cabo auditorías internas de asuntos que tienen implicaciones relacionadas con regulaciones o cumplimientos legales. Capital Salud EPS-S también utiliza habitualmente otras vías para asegurar y demostrar el cumplimiento con las leyes, las regulaciones las normas y políticas de Capital Salud EPS-S. Mantenimiento de documentos El mantenimiento de los documentos debe evidenciar nuestras acciones de manera fiel y exacta. No es posible enumerar las reglas que aplican a todos estos documentos. Todo colaborador de Capital Salud EPS-S es responsable de la integridad y la precisión de los documentos y los expedientes, no sólo para cumplir con los requisitos legales y reglamentarios, sino también para asegurar que los documentos estén disponibles para apoyar las prácticas y las acciones de nuestra Organización. Nadie puede alterar o falsificar información en ningún documento o expediente. Los documentos sólo se deben destruir conforme las reglamentaciones que así lo contemplen. Los colaboradores de Capital Salud EPS-S no deben falsificar o alterar documentos. Estas reglas comunes aplican a todos los documentos: No falsifique datos o cree documentos falsos. Cree solamente aquellos documentos que son necesarios y requeridos por la ley o van a hacer más fácil la realización de su trabajo y asegurar calidad en la prestación del servicio a los pacientes y/o usuarios. Entregue documentos, con la debida autorización, solamente a aquellas personas que tienen derecho legal de “conocer” la información. 44 Mantenga siempre la confidencialidad del usuario y solamente utilice los documentos para su propósito original. Mantenga los documentos el tiempo que sea requerido por la ley, dependiendo del tipo de documento. Disponga los documentos de acuerdo a nuestra política de retención de documentos. Investigaciones legales Capital Salud EPS-S cumple con la ley y coopera con cualquier exigencia razonable que se haga como parte de una investigación legal. Es imprescindible, no obstante, que protejamos los derechos de la Entidad y de su personal. Si cualquier colaborador es interrogado, o recibe una solicitud, una citación u otro documento legal relacionado con los asuntos de la Entidad, él o ella debe ponerse en contacto con la Secretaría General y Jurídica o quien haga sus veces. A veces, es difícil interpretar cuando una interrogación legal, auditora, o inspección de rutina puede intensificarse y convertirse en una investigación más formal y seria del ente regulador o gubernamental. Por lo tanto, si se sigue este proceso, Capital Salud EPS-S, podrá determinar su plan específico de acción o respuesta para cada situación que se presente. Como regla general, es una conducta inaprobada, impedir el desempeño de las obligaciones legales de un agente, incluyendo el uso de una orden de registro y allanamiento válida. Algunos ejemplos adicionales de conducta ilegal son alterar o destruir documentos solicitados en una investigación y después negar falsamente haber tenido conocimiento de la información. Si usted nota que algún colaborador está participando en alguna actividad prohibida de esta índole, según hemos descrito anteriormente, comuníquelo inmediatamente a la Gerencia General o Junta Directiva. Recuerde que su información será confidencial. 45 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO Ambiente general del sitio de trabajo Acoso general Todo colaborador tiene derecho a trabajar en un ambiente libre de acoso, comentarios despectivos y conducta perjudicial, y Capital Salud EPS-S tiene una política de cero tolerancias para el acoso. Capital Salud EPS-S no permite bromas degradantes o humillantes, difamación, intimidación o cualquier otra conducta de acoso a ninguno de sus colaboradores. Acoso sexual El acoso sexual está terminantemente prohibido. El comportamiento prohibido incluye avances importunos o solicitudes de favores sexuales relacionadas con decisiones del empleo. Además, cualquier conducta verbal o física de naturaleza sexual que interfiera con el desempeño profesional de un individuo o que cree un ambiente laboral intimidante, hostil u ofensivo no tiene lugar en Capital Salud EPS-S. Discriminación El trato justo y equitativo de todos los colaboradores, usuarios, y otras personas es fundamental para poder satisfacer y cumplir la misión y las metas de Capital Salud EPS-S. Los usuarios deben de ser tratados sin tener en cuenta su raza, color, religión, género, origen étnico, edad, incapacidad, fuente de pago o cualquier otra clasificación prohibida por la ley. Capital Salud EPS-S emplea, recluta, entrena, promueve, asigna, transfiere, y despide a los colaboradores, también solicita la exclusión en la prestación de los servicios del personal de las cooperativas o proveedores de servicios de salud, de acuerdo a factores como capacidad individual, logros, experiencia adquirida, y conducta, sin tomar en cuenta su raza, color, religión, sexo, origen étnico, edad o incapacidad o cualquier otra clasificación prohibida por la ley. 46 Capital Salud EPS-S no discrimina contra ningún individuo discapacitado con respecto a una oferta, al plazo o a la condición de empleo. Nosotros haremos adaptaciones razonables para las limitaciones físicas, que se nos hayan informado de los individuos con incapacidades que de otro modo están capacitados para desempeñar el trabajo. Obligación personal de reportar Nos hemos comprometido a mantener una conducta ética y legal que cumpla con las leyes y reglamentos relevantes y a corregir todas las malas acciones donde sea que ocurran en Capital Salud EPS-S. Cada colaborador tiene la responsabilidad personal de reportar cualquier actividad de un colaborador, subcontratista, o asociado, que actúe de una manera inapropiada que pueda violar las leyes, los reglamentos, las pautas de certificación, o este Código. Si reporta un asunto que pueda poner a la organización en un alto riesgo de cumplimiento o que esté relacionado con un asunto serio de ética profesional, resultados clínicos o con la seguridad de los pacientes, y si el individuo que hizo el reporte no considera que se le ha dado la importancia o la atención apropiada, el individuo debe reportarle este asunto a los directivos que se encuentren en niveles más altos dentro de la Organización, hasta que esté satisfecho que se ha reconocido completamente la importancia de este asunto. Ambiente laboral libre de drogas En Capital Salud EPS-S estamos comprometidos en mantener un ambiente laboral libre de drogas, por este razón, no se permite distribuir, vender, utilizar o encontrarse bajo la influencia de drogas ilícitas mientras se encuentre al servicio de Capital Salud EPS-S. 47 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO Recursos para obtener asesoría y reportar inquietudes Para recibir servicios de consejería con respecto a un asunto relacionado con el cumplimiento o para reportar una inquietud, los individuos pueden escoger distintas opciones. Capital Salud EPS-S fomenta la resolución de asuntos, incluyendo los relacionados con recursos humanos (por ejemplo, nómina, trato justo y asuntos relacionados con disciplina) a través de las vías apropiadas de acuerdo a cada caso. (Área de Gestión Humana, Comité de Convivencia). Capital Salud EPS-S hace todo esfuerzo posible por mantener, dentro de los límites estipulados por la ley, la confidencialidad, la identidad de cualquier individuo que reporte inquietudes o conductas inapropiadas. Favorecemos una conducta, libre de represalias que protege a cualquier persona que reporte una inquietud como un acto de buena fe. Señales de advertencia El cumplimiento de los reglamentos se ve comprometido cuando participa, o induce conductas en las que se manejan términos como: “Bueno, a lo mejor una sola vez”. “Nadie se va a enterar”. “No importa la manera en que se haga lo importante es que se haga”. “Parece demasiado bueno para ser cierto”. “Todo el mundo lo está haciendo”. “Hay que destruir ese documento”. “Lo podemos esconder”. “Nadie saldrá afectado”. 48 “ ¿Cómo puedo beneficiarme de esto?”. “Con esto lograremos destruir a la competencia”. “Nunca hablamos de esto”. “Siempre lo hemos hecho así”. Medición e indicadores Con el propósito de conocer el clima ético y organizacional de la entidad se realizarán mediciones del mismo a través de la aplicación de una encuesta por lo menos una vez al año. Será responsable de la aplicación, tabulación y acciones de mejoramiento que se deban adelantar la Dirección de Gestión Humana y/o quien haga sus veces. Mecanismos de difusión y socialización Las modificaciones al Código de Ética se divulgarán a través de la página web, la Intranet y se remitirán al correo de todos los funcionarios, labor que desarrollará el Coordinador de Comunicaciones o quien haga sus veces. De la adopción, vigencia, divulgación y reforma del Código Vigencia del código El Código entrará en vigencia a partir de su aprobación por parte de la Junta Directiva de Capital Salud EPS-S. En caso de ser susceptible el código de ser ajustado con los comentarios de los colaboradores, tendrá vigencia una vez la junta directiva o la comisión que ella designe, aprueben el código ajustado. 49 CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO El código hará parte integral del contrato de trabajo y de los contratos con los proveedores de servicios de salud y de servicios administrativos o de cualquier índole. Divulgación del Código El Código se divulgará a los miembros de la Entidad y a sus grupos de interés a través de los medios de los que dispone la empresa para tal fin. Reforma del Código El presente Código podrá ser reformado únicamente por decisión de la Junta Directiva de Capital Salud EPS-S y las validaciones se deben realizar en periodos que no superen los dos (2) años. Por esta razón, tanto los códigos primarios como cualquier modificación que se haga a los mismos, será puesta a consideración de los trabajadores por al menos tres (3) días hábiles, por cualquier medio escrito o vía e-mail o publicación en Intranet (avisada por cualquier medio escrito) para que dentro de dicho término presenten sus observaciones, las cuales serán evaluadas por la Junta Directiva o la comisión designada para ello y de esta manera surtirse su aprobación definitiva. Este código modifica y sustituye cualquier disposición interna que le sea contraria. Disposiciones finales Le corresponderá a la Dirección de Gestión Humana de Capital Salud EPS-S o quien haga sus veces, encargarse de la difusión de los Códigos adoptados, realizar la constante capacitación entre sus empleados y directivos, así como realizar el seguimiento y aplicación de su contenido, adoptando las medidas que considere necesarias para la obtención de los resultados pertinentes. En la página Web de Capital Salud EPS-S (www.capitalsalud.gov.co) se destinará un espacio permanente para incluir el texto del Código de Ética y Buen Gobierno. 50 Bibliografía SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, Circular Externa 047, 2007 y sus modificaciones. Antón Almanera, Pilar, Enfermería, Ética y Legislación, Masson Salvat, 1994. Arroyo, M.P., A. Cortina. y M.J. Torralba, Ética y Legislación en Enfermería, McGraw-hill, Interamericana, 1997. Beauchamp, T. y J. Chidress, Principios de ética Biomédica, 4ta Edición, Masson, Barcelona, 1999. Bordín, C., M. Francapani, L. Giannacari y A. Bochatey, Bioética, Lumen, Argentina, 1996. CONSEJO INTERNACIONAL DE ENFERMERAS, Código de Ética de Enfermería, 2000. FEDERACIÓN PANAMERICANA DE ENFERMERAS, Código de Ética de Enfermería, 1997. FRY, SARA, La ética en la Práctica de la Enfermería, Ed. Consejo Internacional de Enfermería, Ginebra, Suiza, 1994. GRACIA GUILLÉN, D., Procedimientos de decisión en ética entidad, Eudema, Madrid, España, 1991. GUY DURAND, Encyclopedia of Bioethics, Georgetown University, 1978. LOSOVITZ, A. y COLABORADORES, “Reflexiones interdisciplinarias sobre ética en medicina”, en El guardián de los vientos, Catálogos, Argentina, 1998. MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. Resolución 4343 de fecha 19 de diciembre de 2012. 51 OFICINA DE COMUNICACIONES 2014 Te entiende. Te atiende Calle 77A No. 12A-35 Tel: 326 5410 www.capitalsalud.gov.co @Capitalsalud CapitalsaludEPS Capital Salud Eps-s