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“2013 – Año 60.° Aniversario de la Provincialización de Misiones” Cámara de Representantes Provincia de Misiones PROYECTO DE LEY LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Establécese en el ámbito del Ministerio de Salud Publica de la Provincia de Misiones el “Programa de Detección Sistemática de Situaciones de Violencia contra la mujer en la Consulta Médica”, para su implementación por parte de las instituciones públicas y privadas de la Salud en consultas o entrevistas profesionales, conforme el anexo I de esta Ley. ARTÍCULO 2.- El presente Programa tiene por objeto la intervención activa del Estado en la disminución de los casos de violencia contra la mujer. ARTÍCULO 3.- La finalidad de su utilización, es: a) la detección precoz de indicadores de violencia e intervención temprana ante casos de violencia que afecten a la población femenina; b) seguimiento del caso y establecer red de apoyo o contención a las victimas. c) la recolección y tratamiento de información estadística vinculada a la violencia contra la mujer en todas sus formas: Quien la propina (victimario) Tiempo de sometimiento Tipo de violencia ARTÍCULO 4.- Para su implementación, se consideran destinatarias prioritarias del presente programa a todas las mujeres que reciban atención en consultas o entrevistas por parte de profesionales de la salud en el territorio de la Provincia de Misiones, independientemente del campo profesional o los niveles de complejidad en los que se desempeñen, los que deberán ser prudentemente elaborados que será adosada a la Historia Clínica del paciente y posteriormente cursada, al área que el Ministerio de Salud Publica de la Provincia disponga para su recolección y tratamiento. ARTÍCULO 5.- Promover la formación y capacitación de los profesionales de la salud, para llevar a cabo la implementación del Programa. Cod_veri: 748753 “2013 – Año 60.° Aniversario de la Provincialización de Misiones” Cámara de Representantes Provincia de Misiones ARTÍCULO 6.- El Programa también contendrá y facilitara a las pacientes información sobre los Servicios de Atención de Violencia contra la Mujer prestados por el Estado en la jurisdicción correspondiente. Por medio de los indicadores de violencia y ante la sola sospecha, se propiciara su intervención y derivación a los Centros que presten dichos servicios. ARTÍCULO 7.- La recolección y tratamiento de la información estadística será de carácter anónimo de acuerdo a la Ley 25326 en sus artículos 7º y 8º, con la sola excepción de lo previsto en el artículo 4º en el que se adosara a la Historia Clínica. ARTICULO 8.- El Ministerio de Salud Publica de la Provincia de Misiones determinara el área de recolección y modalidades de elaboración de cuadros estadísticos, con el objeto de diseñar e implementar políticas públicas específicas en la materia. ARTÍCULO 9.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente. ARTÍCULO 10.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- FUNDAMENTOS La violencia contra la mujer tiene innumerables riesgos directos e indirectos. Principalmente atenta contra la integridad bio-psico-socio-espiritual de la victima, así también le quita calidad de vida, produce enfermedades agudas y crónicas, afectando el rendimiento laboral, su desempeño social, repercutiendo en una dinámica familiar, comunitaria y social de tipo disfuncional y patológica. El Estado tiene la obligación de intervenir activamente en la disminución de los casos de violencia contra la mujer, por ello el objetivo principal del Programa es detectar de manera precoz los casos de violencia de género, facilitar la intervención temprana y recolectar información estadística vinculada a la violencia contra la mujer en todas sus formas. Atendiendo a lo establecido en la Ley 26.485 de “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” en su artículo 4º se entiende por violencia contra las mujeres “toda conducta acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, Cod_veri: 748753 “2013 – Año 60.° Aniversario de la Provincialización de Misiones” Cámara de Representantes Provincia de Misiones integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción u omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón”. Debemos aprender a detectar, parar y prevenir la violencia, y solo así se produciría un punto de inflexión en su evolución, el primer paso para afrontar el reto de la erradicación de la violencia de género es aprender a detectarla. Los profesionales de la salud, psicología, asistencia social y otros especialista involucrados en el tema, tienen una posición privilegiada y un importantísimo papel que jugar en la detección, atención, derivación de la víctima y denuncia si fuera necesario, de allí facilitar las herramientas para su capacitación y formación para la puesta en marcha del presente Programa. Los informes recolectados por los profesionales servirán a su vez como pruebas, en caso de que decida realizar la denuncia. De acuerdo con el Informe Mundial sobre la Violencia y la Salud de la Organización Mundial de la Salud, a partir de 48 encuestas realizadas en diversos países, se encontró que entre 10 y 69% de las mujeres encuestadas mencionaron haber sido agredidas físicamente por su pareja en algún momento de sus vidas. Ante esta problemática social que incide directamente en la salud es que debemos y es preciso concentrar los esfuerzos de modo que las intervenciones para la prevención, la detección y la adecuada atención a las mujeres víctimas de la violencia, sean cada vez más efectivas. Por las razones y consideraciones expuestas solicito la aprobación de mis pares al presente proyecto de ley.- Cod_veri: 748753 “2013 – Año 60.° Aniversario de la Provincialización de Misiones” Cámara de Representantes Provincia de Misiones ANEXO I: PROGRAMA DE DETECCIÓN SISTEMÁTICA DE SITUACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Responderán a las siguientes preguntas sólo las mujeres que así lo deseen. El contenido de las respuestas será absolutamente confidencial. 1. ¿Alguien le ha causado daño emocional o psicológico por medio de algunas de las siguientes situaciones en forma repetida? Por ejemplo: insultos hacerla sentir avergonzada o humillada burlas amenazas rechazo o desprecio otras................................................................ Sí ------- maltrato a sus hijos/as desprecio por las tareas que Ud. realiza destrucción de objetos propios daño a mascotas aislamiento de amigos/as o parientes No ------- No desea contestar ------- Quién emplea estos actos es: Familiar ------- No familiar ------- ¿En qué etapas de su vida sucedió? (puede marcar más de una si corresponde) Embarazo y postparto ------- Adultez ------- Juventud ------- Adolescencia ------- Niñez ------- Mayor de 65 años ------- ¿Sucede actualmente? Sí ------- No ------- No desea contestar ------- 2. ¿Alguien le ha causado daño físico grave al menos una vez, o ha recibido agresiones menores en forma reiterada? Si ------- No ------- No desea contestar ------- ¿Que tipo de conducta recibe usted? Zamarreos Patadas Ahorcamiento Golpes con objetos Mordeduras Cachetadas Pellizcos Quemaduras Tirón de pelo Empujones Palizas Golpes de puño Daño con armas Otra forma --------------------------------------------- Quién emplea estos actos es: Familiar ------- No familiar ------- ¿En qué etapas de su vida sucedió? (puede marcar más de una si corresponde) Cod_veri: 748753 “2013 – Año 60.° Aniversario de la Provincialización de Misiones” Cámara de Representantes Provincia de Misiones Embarazo y postparto ------- Adultez ------ Juventud ------- Adolescencia ------- Niñez ------- Mayor de 65 años ------- ¿Sucede actualmente? Si ------- No ------- No desea contestar ------- 3. ¿Cuándo usted era niña recuerda haber sido tocada de una manera inapropiada por alguien o haber tenido relaciones o contacto sexual contra su voluntad? Si ------- No ------- No desea contestar ------- 4. ¿Alguna vez en su vida ha sido obligada a tener relaciones sexuales o contacto sexual? Si ------- No ------- No desea contestar ------- ¿Quién (quienes) lo hizo? -------------------------------¿En qué etapas de su vida sucedió? (Puede marcar más de una si corresponde) Embarazo y postparto ------- Adultez ------ Juventud ------- Adolescencia ------- Niñez ------- Mayor de 65 años ------- ¿Sucede actualmente? Si ------- No ------- No desea contestar ------- 5. Alguien la imposibilita a Usted (puede marcar mas de una opción) * Trabajar ------- * Estudiar ------ * Realizar actividades recreativas ------* Compartir con su familia de origen ------* Salir de compras ------- * Practicar algún culto ------* Compartir con amigas ------* Participar en reuniones sociales ------ 6. ¿Has buscado o has recibido ayuda por lesiones que te hayan causado con anterioridad? (Primeros auxilios, atención médica, psicológica o legal) Si ------- No ------- No desea contestar ------- 7. ¿ha sido necesario llamar a la policía o lo has intentado al sentir que tu vida ha sido puesta en peligro? Si ------- Cod_veri: 748753 No ------- No desea contestar ------- “2013 – Año 60.° Aniversario de la Provincialización de Misiones” Cámara de Representantes Provincia de Misiones Cod_veri: 748753