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0 UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA AREA MÉDICO QUIRÚRGICA UNIDAD DE CIRUGÍA BUCAL Y FARMACOLOGÍA CURSO CIRUGÍA Y FARMACOLOGÍA I TERCER AÑO 2012 AUTOR: Dr. Julio R. Pineda Cordón Profesor Titular V 0 1 INTRODUCCIÓN Con la buena intención de elaborar documentos de apoyo a la docencia he iniciado la redacción del presente. He combinado la revisión de literatura confiable con la experiencia personal y la de mis colegas de la Unidad de Cirugía Bucal y Farmacología. El objetivo principal de este documento es proporcionar al estudiante de Odontología que inicia el estudio de la Farmacología, un pilar o una base sobre la cual redactar prescripciones o recetas que estén de acuerdo a la legislación nacional y, por supuesto, que sea útil para su aplicación en la Facultad de Odontología y en las clínicas particulares. Se trata pues, de brindar un documento que incluya información clara de las características y componentes que debe cumplir una buena prescripción. El estudiante interesado podrá, por supuesto, ampliar su conocimiento del tópico en las referencias brindadas en la bibliografía. El Odontólogo General es afortunado en su práctica clínica porque la gran mayoría de fármacos que pertenecen a su “grupo personal de medicamentos” para utilizar en sus pacientes no son en general, de uso delicado o arriesgado. Sin embargo, siempre debe tener presente la farmacodinámica y la farmacocinética al considerar la utilización de un fármaco único o también en las posibles interacciones medicamentosas entre los fármacos que el paciente ya toma y los que el odontólogo le va a recetar, así como las posibles reacciones adversas o contraindicación de los medicamentos que el clínico prescribe a un paciente que tiene enfermedades sistémicas presentes; o también, si el paciente es pediátrico o geriátrico. En fin, toda la precaución se recomienda siempre que se prescribe un medicamento cualquiera que éste sea, con el objeto de evitar complicaciones innecesarias. Redactar buenas prescripciones en principio, es ya una ayuda para prevenir estas complicaciones. 1 2 UBICACIÓN TEMÁTICA DIÁLOGO HIPOTÉTICO ENTRE UN ESTUDIANTE DE CUARTO AÑO DE LA CARRERA DE CIRUJANO DENTISTA Y UN PROFESOR DE LA UNIDAD DE CIRUGÍA BUCAL, AMBOS DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA. Estudiante: - Doctor, ya terminé la extracción. Me puede revisar al paciente... Doctor: - Con mucho gusto. Veamos..., muy bien, todo está muy bien. Le coloca una gasa estéril en el lugar de la extracción al paciente y hágame el favor de leerle las instrucciones postoperatorias y a continuación se las entrega. Por cierto, ¿Qué le va a medicar a su paciente? Estudiante: - ¡Ehhhhh! ¿Ibuprofén? Doctor: - Mmmm..., podría ser. ¿A qué dosis se lo va a recetar? Estudiante: - ¡Ehhhhh, 500 miligramos! Doctor: - ¡¡Glups!! ¿Cada cuánto? Estudiante: - ¿Cada 8 horas? Doctor: - Nada que ver usted, hágame el favor...El ibuprofén usualmente se prescribe en dosis de 400 miligramos cada 6 horas, pero la historia médica anterior del paciente nos podría contraindicar su uso. Por ejemplo: ¿Tiene el paciente algún problema renal o de presión arterial? Estudiante: - No doctor, es normotenso y no refirió problemas en sus riñones. Doctor: - ¿Tiene gastritis su paciente actualmente? Estudiante: - Eso sí, Doctor. Refiere que estuvo tomando Ranitidina porque su médico se lo recetó, pero cuando se sintió bien dejó de tomarlas y actualmente dice que siente una “sensación quemante otra vez en la boca del estómago.” Doctor: - Bueno, en ese caso y para evitar complicaciones mejor vamos a cambiar de medicamento. Como fue una extracción simple y poco traumática de lo cual puede usted inferir que habrá ninguno o muy poco dolor e inflamación, agregando además, que su paciente es “ayudante de obra” según lo refiere en su ficha clínica, un Acetaminofén desde el punto de vista económico, parece ser una buena opción. ¿Qué opina usted? Estudiante: -Ehhhhhh.... Me parece bien...¡También! 2 3 Doctor: -Bueno, entonces haga una recta para el paciente, pero antes de entregársela, me la enseña. Estudiante: -Sí, Doctor. Momentos después, el estudiante muestra la siguiente receta al Doctor: 3 4 Doctor: -¡¡Glups!! Analicemos su redacción. En primer lugar, “Acetaminofen” lleva tilde en la letra “e”. Por otro lado, si bien es aceptable que recete en nombre genérico; al hacerlo de este modo le da libre albedrío al farmacéutico para que le dispense al paciente una marca de acetaminofén según su criterio. Los pacientes que asisten a la clínica de la Facultad de Odontología, usualmente son de recursos económicos limitados e imagínese usted ¿Qué tal si el farmacéutico decide darle una marca que es cara? Ése es precisamente el problema de recetar únicamente nombres genéricos: Al paciente se le pueden dispensar medicamentos de alto coste o en el peor de los casos, medicamentos de mala calidad lo cual es totalmente opuesto a los criterios de selección de medicamentos por parte del Odontólogo. Estudiante: -¡¡Ahhhhh!! Doctor: -Otra cosa es la dosis (o potencia) que escribió en la receta. 90 miligramos se parece a la dosis pediátrica de una tableta masticable de acetaminofén que varía entre 80 a 100 miligramos. Esta dosis, es totalmente inadecuada para un adulto de 24 años como su paciente. Estudiante: -¡Hay disculpe!, Doctor. No me recordaba. Doctor: -Tampoco indica al farmacéutico cuántas tabletas (que es la presentación del medicamento prescrito), le debe dispensar al paciente. Por otro lado, no le está dando la vía de administración del fármaco. Hubiese bastado con anotar: “Tomar” lo cual implica que el paciente entenderá lo que para nosotros los clínicos es “por vía oral, bucal o ingestión”. Fíjese también, que el intervalo de la dosis es de 4 a 6 horas y no de 8 horas como usted apuntó. Además, no le indica al paciente cuántos días durará el régimen terapéutico. Estudiante: -¿Sí Doctor? Doctor: -Y finalmente, observe que su letra no es del todo clara, debe hacerla lo más legible posible. Ya para concluir, tiene la obligación de firmar la receta. Hágame el favor de hacerla de nuevo. Estudiante: -¡¡Claro Doctor!! 4 5 Momentos después, el estudiante de turno de exodoncia muestra la siguiente receta al Doctor: Doctor: -¡¡Maravilloso, Usted!! Ahora sí, entréguela al paciente. Estudiante: -Muchas gracias, Doctor. 5 6 IMPORTANTE: El anterior diálogo hipotético muestra mucho de la realidad de los estudiantes de nuestra Facultad. Entre otras cosas, no están familiarizados con la farmacodinámica, la farmacocinética ni las dosis de medicamentos básicos para un odontólogo como lo son los Analgésicos-Antiinflamatorios. Situación similar ocurre con antibióticos, antimicóticos y antivirales. Además, no saben redactar recetas adecuadas; razón por la cual los profesores de la Unidad de Cirugía Bucal y Farmacología hemos decidido siempre solicitar al estudiante que nos muestre su receta previo a entregarla a su paciente con el fin de hacer las correcciones necesarias. Por este medio, instamos a nuestros estudiantes a revisar previo a sus turnos, la farmacodinámica, farmacocinética y farmacoterapéutica de los medicamentos básicos arriba descritos. PRINCIPIOS PARA LA REDACCIÓN DE RECETAS Una prescripción o receta, es una orden escrita o verbal para medicación a ser utilizada para el diagnóstico, prevención o tratamiento de la enfermedad específica del paciente por un médico licenciado, un dentista, un veterinario o incluso, un pedicuro. Una prescripción también puede ser escrita por optometristas apropiadamente entrenados, asistentes de médicos y enfermeras graduadas (8). Según la “Guía de la Buena Prescripción” de la Organización Mundial de la Salud (4), una prescripción es una instrucción de un prescriptor a un dispensador. El prescriptor no es siempre un médico, ya que puede ser también otro trabajador paramédico, como una comadrona o una enfermera. El dispensador no es siempre un farmacéutico, pues puede ser también un mozo de farmacia, un ayudante o una enfermera. En cada país hay normas sobre la información mínima que debe constar en una prescripción, así como los fármacos cuya dispensación requiere receta y sobre las personas autorizadas para realizar estas funciones. En muchos países existen normas especiales para las prescripciones de derivados opiáceos. En otras palabras, las prescripciones están sujetas a las regulaciones estatales, federales y locales. Además, es un documento legal del cual tanto el prescriptor como el farmacéutico son responsables (8). Específicamente en Guatemala, existe el “Reglamento para el Control Sanitario de los Medicamentos y Productos Afines” del Acuerdo Gubernativo Número 712-99 emitido por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (9), el cual en sus diferentes Títulos y Capítulos contiene los siguientes Artículos relacionados con recetas o prescripciones: Artículo 7 (7.37): Receta médica: Orden suscrita por médicos u odontólogos, a fin de que una cantidad de cualquier medicamento o mezcla de ellos sea despachada conforme a lo señalado por el profesional que la extiende. Las recetas se distinguen en: receta médica simple u ordinaria, muy utilizada por nosotros los odontólogos para prescribir medicamentos 6 7 como analgésicos-antiinflamatorios, antibióticos, antimicóticos y antivirales, flúor, etc, receta que ampara un producto de venta restringida, la cual se utiliza para adquirir plaguicidas o reactivos de laboratorio químico- biológico (están fuera de nuestra profesión) y receta de talonario oficial para estupefacientes: Los odontólogos que prescriban medicamentos opiáceos como la morfina y sus derivados así como también benzodiazepinas y otros tranquilizantes, deberán tramitar ante el Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines de la Dirección General de Regulación, Vigilancia y Control de la Salud del Ministerio de Salud, un recetario especial para la extensión de recetas de estupefacientes y psicotrópicos, los cuales son proporcionados al clínico por el Departamento antes mencionado a precio de costo y en un formato especial (9). Por otro lado, el Reglamento en cuestión, agrega en su Artículo 96: La receta es el documento que respalda la dispensación bajo prescripción médica y es válido para todo el territorio nacional. Las recetas y órdenes hospitalarias de dispensación deben estar escritas en idioma español y contener los datos básicos de identificación del prescriptor, paciente y medicamentos. En las recetas y órdenes, el médico debe incluir las advertencias pertinentes para el farmacéutico y las instrucciones para la mejor observancia del tratamiento. El Ministerio de Salud podrá regular con carácter básico lo dispuesto en los párrafos anteriores y establecer la exigencia de otros requisitos que, por afectar a la salud pública o al sistema sanitario hayan de ser de aplicación general en las recetas u órdenes hospitalarias. Toda la legislación anterior será aplicada en la siguiente sección “información contenida en una prescripción”. sobre INFORMACIÓN CONTENIDA EN UNA PRESCRIPCIÓN La condición más importante es que la prescripción sea clara. Debe ser legible y debe indicar con precisión lo que hay que suministrar. En la actualidad ya se escriben pocas prescripciones en latín, y se prefiere la lengua nacional. En Guatemala, por legislación, toda receta debe escribirse en español ( 9 ). Se recomienda al lector, revisar las figuras 1 y 2 (páginas 9 y 10) en donde se presenta, en primer lugar, el nuevo formato del recetario de la Clínica de Exodoncia y Cirugía de la Facultad de Odontología, que contiene ejemplos claros y en orden de la información contenida en una prescripción, para que el lector vaya comparando la información descrita a continuación con dichas figuras. Si al elaborar sus recetas, incluye la información que se indica, la probabilidad de cometer errores será mínima: 1. Nombre, dirección, número de teléfono y de Colegiado del prescriptor (3, 4, 7). Incluir Especialidad si es que la tiene (7). Generalmente esta información se encuentra impresa en la receta. Si el farmacéutico tiene alguna duda, podrá contactar fácilmente al prescriptor (4). 2. Fecha de la prescripción (1, 4, 5, 7, 8): En muchos países la validez de una prescripción no tiene límite de tiempo pero en otros el farmacéutico no dispensa 7 8 los medicamentos consignados en prescripciones que tienen más de 3 a 6 meses. En Guatemala esto no se encuentra legislado (9). 3. SUPERSCRIPCIÓN (5) O SOBREESCRITO (3): En algunos países se usa el símbolo D/ que significa dispénsese. También se emplea el símbolo R/ o Rp/, derivado del latín Recipe que significa tome o tómese (4). En Guatemala debe adoptarse el símbolo D/ de “dispénsese” por ser idioma español (9). 4. INSCRIPCIÓN (8): Esta parte provee información específica del nombre del medicamento y su dosificación. 4.1 Nombre del medicamento (8): Puede hacerlo en su denominación común internacional o DCI que es lo que en nuestro medio se conoce como nombre genérico, también en su nombre o denominación comercial o ambos. Si se anotan ambos nombres o denominaciones se anota primero el genérico y a continuación, entre paréntesis el comercial (8). Se recomienda usar nombre genérico únicamente si el prescriptor está seguro de que en la farmacia se ofrecerá en primer lugar la alternativa menos cara al paciente (4), a lo cual hay que agregar que también el producto dispensado al paciente sea de buena calidad y efectivo. 4.2 Dosificación o potencia (4, 7, 8) Se anota a continuación la cantidad en miligramos, gramos, unidades, miligramos o gramos por mililitro (mg, g, U, mg o g/ml,), según sea el caso del medicamento. 5. SUSCRIPCIÓN (8): Son las indicaciones del prescriptor para el farmacéutico con respecto de cumplir los datos incluidos en la inscripción. Debido a que los medicamentos que utilizamos en Odontología ya vienen preparados y listos para dispensar, la suscripción es usualmente breve incluyendo únicamente lo siguiente: 5.1 Cantidad del fármaco a ser dispensada: Se debe anotar la palabra “Dispensar” y a continuación en números arábigos la cantidad. Al final del formato de receta, se puede imprimir un apartado para resurtir, anotando en letras el número de veces que el paciente puede volver a proveerse del medicamento con la misma receta. 5.2 Forma o presentación del medicamento: Luego de anotar la cantidad del medicamento, indicar su forma farmacéutica, es decir: tabletas, pastillas, cápsulas, comprimidos, jarabes, viales para inyección IM, SC o IV, etc. 6. TRANSCRIPCIÓN (8) O SIGNA (5): Son las indicaciones o instrucciones que se dan al paciente y consisten en la vía de administración, número de formas farmacéuticas a una dosificación determinada a ser tomadas por el paciente (también aplican otras vias de administración) y el número de tomas del medicamento a intervalos de tiempo (evitar anotar: “3” veces al día”, 4 veces al día”, etc.) debiendo ser específico: cada 8 horas, cada 6 horas, etc. Finalmente, anotar el número de días que durará el régimen. 7. FIRMA DEL CLÍNICO QUE REDACTÓ LA RECETA. 8 9 Figura número 1: Se presenta el nuevo formato del recetario de la Clínica de Exodoncia y Cirugía de la Facultad de Odontología de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Contiene escritas a mano, las partes principales que debe contener una receta. 9 10 Figura número 2: Se muestra una receta redactada adecuadamente. 10 11 RECOMENDACIONES FINALES (3, 8): - Las recetas deben ser escritas claramente con tinta o mecanografiadas. No deben tener enmendaduras o “tachones”. - Se deben dar instrucciones cuidadosas del uso de los medicamentos, especialmente si son enjuagatorios o soluciones. También si son medicamentos de tipo narcótico o tranquilizantes. - Se debe hacer 1 receta por cada fármaco prescrito. - El Odontólogo debe firmar la receta en el momento que se la da al paciente. - Como ya se indicó, si se prescribe un NARCÓTICO o DEPRESORES DEL SNC el Odontólogo debe poseer un “talonario para extensión de recetas de estupefacientes” adquirido mediante trámite y a precio de costo en el Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines del MSPAS (9). - Anotar siempre en la ficha del paciente el fármaco prescrito. Si no tiene este cuidado, en las citas de control del paciente probablemente el clínico no recordará qué medicamento o medicamentos le prescribió lo cual podría ser contraproducente en el manejo específico del caso del paciente. No está de más indicar que previo a la redacción de una receta se debe haber seleccionado ya el medicamento a prescribir, esto, basado en el diagnóstico de la enfermedad y tomando en cuenta la historia médica anterior del paciente que incluye por supuesto enfermedades y medicamentos que pudiera estar tomando ya el paciente. A continuación se brindan más ejemplos de recetas redactadas adecuadamente. Estas cumplen con los principios descritos. Nótese que la letra a pesar de la caligrafía, son perfectamente legibles. Por otro lado, siguen en su redacción un orden definido, el mismo en el cual se describió la información contenida en una receta. 11 12 12 13 13 14 BIBLIOGRAFÍA 1. Benet, Leslie Z. Principios de la redacción de recetas e instrucciones para el apego a la prescripción por parte del paciente. En: Hardman, J.G. Et all, Goodman & Gilman, Las Bases Farmacológicas de la Terapéutica. Apéndice I, 9ª. Ed Vol. II, McGraw-Hill-Interamericana, 1996 pp. 1,809-1,818 2. Boucher, Carl O. Writing as a means for learning. J Prosthet Dent Vol 27 Number 2 February 1,972, pp. 229-234 3. Ciancio, S. G. Farmacología clínica para odontólogos. 2ª. Ed. El Manual Moderno, México, 1,987 pp. 812-813 4. De Vries, T.P.G.M. et all Guía de la Buena Prescripción. Organización Mundial de la Salud (OMS), Programa de Acción sobre Medicamentos Esenciales, Ginebra, Suiza, 1,998 pp. 54-58 5. Dobbs, E.C. y H. Prinz Farmacología y Terapéutica Dental. UTEHA, México, 1,953 pp. 419-440 6. Henning, Rob H. et all Teacher´s Guide to Good Prescribing. Fourth Draft, World Health Organization (WHO) Department of Essential Drugs and Other Medicines, Geneva, Switzerland, may 2,000 7. Huy, D.P. y B. Rouveix. Farmacología Odontológica. Masson, Barcelona, 1,994 pp. 9-11 8. Picozzi, Anthony and Vahn A. Lewis Prescription Writing and Drug Regulations. Chapter 53, in: Yagiela, J. A., E. A Neidle and F. J. Dowd Pharmacology and Therapeutics for Dentistry, 4th ed, Mosby, St. Louis, Missouri, 1,998 pp. 696-706 9. Reglamento para el Control Sanitario de los Medicamentos y Productos Afines. Acuerdo Gubernativo Número 712-99, Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Guatemala, 17 de septiembre de 1,999, pp.4-10, 14-15, 33, 34, 45-46 El Autor, agradece a la Licenciada en Letras y Profesora en Lengua y Literatura Amanda Judith López de León, por su amable colaboración al haber revisado este texto. 14 15 ANEXO: ANÁLISIS DE PRESCRIPCIONES Las recetas que se muestran a continuación fueron redactadas por estudiantes de cuarto y quinto años de la Facultad de Odontología y turno de Exodoncia. Basándose en la información proporcionada en este documento detecte los errores cometidos en cada una de ellas. Para el manejo de la información farmacoterapéutica de los medicamentos puede consultar cualquier libro de farmacología para odontología. Finalmente, redacte usted todas las recetas proporcionadas ya corregidas. 15 16 16 17 17