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(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 28 de agosto de 2000 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION LISTADO de municipios afectados por los efectos de los incendios forestales en el Estado de Durango. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO DE DURANGO. Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los incendios que afectaron a diversas zonas forestales en varios municipios del Estado de Durango, publicada en el mismo órgano de difusión el pasado 17 de mayo y habiéndose concluido los trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, determinó procedente expedir el siguiente: LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO DE DURANGO CANATLAN CANELAS DURANGO GUANACEVI MEZQUITAL NUEVO IDEAL OTAEZ PUEBLO NUEVO SAN DIMAS SANTIAGO PAPASQUIARO TAMAZULA TEPEHUANES TOPIA El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil, Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica. LISTADO de municipios afectados por los efectos de los incendios forestales en el Estado de Guerrero. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO DE GUERRERO. Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los incendios que afectaron a diversas zonas forestales en varios municipios del Estado de Guerrero, publicada en el mismo órgano de difusión el pasado 17 de mayo y habiéndose concluido los trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la Lunes 28 de agosto de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, determinó procedente expedir el siguiente: LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO DE GUERRERO ACATEPEC AJUCHITLAN DEL PROGRESO ATLIXTAC ATOYAC DE ALVAREZ AYUTLA DE LOS LIBRES COYUCA DE CATALAN CHILAPA DE ALVAREZ CHILPANCINGO DE LOS BRAVO GENERAL HELIODORO CASTILLO JOSE AZUETA LEONARDO BRAVO MALINALTEPEC METLATONOC QUECHULTENANGO SAN MIGUEL TOTOLAPAN TECPAN DE GALEANA TETIPAC TLACOACHISTLAHUACA El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil, Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica. LISTADO de municipios afectados por los efectos de los incendios forestales en el Estado de Jalisco. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO DE JALISCO. Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los incendios que afectaron a diversas zonas forestales en varios municipios del Estado de Jalisco, publicada en el mismo órgano de difusión el pasado 17 de mayo y habiéndose concluido los trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, determinó procedente expedir el siguiente: LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO DE JALISCO AYUTLA CABO CORRIENTES (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 28 de agosto de 2000 CUAUTITLAN DE GARCIA BARRAGAN GOMEZ FARIAS MASCOTA TALA TALPA DE ALLENDE TECALITLAN TOMATLAN ZAPOPAN El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil, Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica. LISTADO de municipios afectados por la ruptura de un bordo del canal del río de La Compañía, derivado de las lluvias torrenciales del 31 de mayo y 1 de junio de 2000, en el Estado de México. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LA RUPTURA DE UN BORDO DEL CANAL DEL RIO DE LA COMPAÑIA, DERIVADO DE LAS LLUVIAS TORRENCIALES DEL 31 DE MAYO Y 1 DE JUNIO DE 2000, EN EL ESTADO DE MEXICO. Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los efectos de la ruptura de un bordo del canal del río de La Compañía, derivado de las lluvias torrenciales del 31 de mayo y 1 de junio de 2000, en el Estado de México, publicada en el mismo órgano de difusión el pasado 7 de junio y habiéndose concluido los trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, determinó procedente expedir el siguiente: LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LA RUPTURA DE UN BORDO DEL CANAL DEL RIO DE LA COMPAÑIA, DERIVADO DE LAS LLUVIAS TORRENCIALES DEL 31 DE MAYO Y 1 DE JUNIO DE 2000, EN EL ESTADO DE MEXICO CHALCO IXTAPALUCA VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil, Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica. LISTADO de municipios afectados por los efectos de los incendios forestales en el Estado de Morelos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO DE MORELOS. Lunes 28 de agosto de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los incendios que afectaron a diversas zonas forestales en varios municipios del Estado de Morelos, publicada en el mismo órgano de difusión el pasado 17 de mayo y habiéndose concluido los trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, determinó procedente expedir el siguiente: LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO DE MORELOS CUERNAVACA HUITZILAC TEPOZTLAN TLALNEPANTLA El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil, Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica. LISTADO de municipios afectados por los efectos de los incendios forestales en el Estado de Zacatecas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO DE ZACATECAS. Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los incendios que afectaron a diversas zonas forestales en varios municipios del Estado de Zacatecas, publicada en el mismo órgano de difusión el pasado 17 de mayo y habiéndose concluido los trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, determinó procedente expedir el siguiente: LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO DE ZACATECAS CONCEPCION DEL ORO JEREZ TLALTENANGO DE SANCHEZ ROMAN VALPARAISO ZACATECAS El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil, Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica. EXTRACTO de las solicitudes de registro constitutivo presentadas por dos entidades internas de la Arquidiócesis Primada de México, A.R., como Asociaciones Religiosas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 28 de agosto de 2000 EXTRACTO DE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADAS POR DOS ENTIDADES INTERNAS DE LA ARQUIDIOCESIS PRIMADA DE MEXICO, A.R. Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de las solicitudes de registro que presentó la ARQUIDIOCESIS PRIMADA DE MEXICO, A.R., de las entidades cuya denominación se señala a continuación, presentadas a la Dirección General de Asociaciones Religiosas, en los términos del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. Fecha de recepción de las solicitudes: 12 y 14 de julio de 2000. Domicilio legal: señalado en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes. Denominación Representante 1. SAN JUAN MARIA VIANNEY, D.F. FRANCISCO TISCAREÑO DURAN 2. DIVINO ROSTRO, LOMAS QUEBRADA, D.F. FRANCISCO ZEPEDA VALENCIA Apoderados: señalados en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes. Estatutos y otros requisitos: con la solicitud se exhiben diversos documentos en los que se contienen las bases fundamentales de su doctrina, determinan a sus asociados y ministros de culto, a sus representantes y se detallan los demás datos necesarios para cumplir con los requisitos previstos en la ley de la materia. Bienes que señalan para cumplir con su objeto: relacionados en el apartado correspondiente de la solicitud, conforme a lo dispuesto en la fracción III del artículo 7o. de la ley de la materia. Ministros de culto: señalados en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes. Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación, aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado. Atentamente México, D.F., a 25 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán Delgado.- Rúbrica. EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo de Iglesia Católica, Apostólica, Ortodoxa, Antigua Tradicional, como Asociación Religiosa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO DE IGLESIA CATOLICA, APOSTOLICA, ORTODOXA, ANTIGUA TRADICIONAL. Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó IGLESIA CATOLICA, APOSTOLICA, ORTODOXA, ANTIGUA TRADICIONAL, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas con fecha 17 de julio de 2000. 1.- Representante: NESTOR GUIJARRO y GONZALEZ. Lunes 28 de agosto de 2000 2.- Asociados: DIARIO OFICIAL (Primera Sección) NESTOR GUIJARRO y GONZALEZ, ANTONIO RAMON CAMACHO DIAZ, JOSE DE LA ROSA CRESCENCIANO GARCIA SANCHEZ, OCTAVIO GALAN CRUZ y demás relacionados en el listado respectivo. 3.- Ministros de culto: NESTOR GUIJARRO y GONZALEZ, ANTONIO RAMON CAMACHO DIAZ, JOSE DE LA ROSA CRESCENCIANO GARCIA SANCHEZ, OCTAVIO GALAN CRUZ y demás relacionados en el listado respectivo. 4.- Apoderado: OCTAVIO GALAN CRUZ. 5.- Domicilio legal: CALLE NORTE 7 NUMERO 6213, COLONIA GERTRUDIS SANCHEZ, 1a. SECCION, DELEGACION GUSTAVO A. MADERO, MEXICO, DISTRITO FEDERAL, CODIGO POSTAL 06830. 6.- Objeto: PROCLAMACION EN PALABRA Y HECHOS DE LO QUE DIOS HACE EN EL MUNDO POR MEDIO DE JESUCRISTO, PARA MANIFESTAR SU GLORIA . 7.- Señala dos inmuebles para cumplir con su objeto: a) Como susceptibles de adquirirse en propiedad. Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación, aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado. Atentamente México, D.F., a 28 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán Delgado.- Rúbrica. EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo presentada por Congregación de Religiosas del Verbo Encarnado, Viceprovincia de Santa María de Guadalupe, entidad interna de Congregación de Religiosas del Verbo Encarnado, A.R., como Asociación Religiosa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADA POR CONGREGACION DE RELIGIOSAS DEL VERBO ENCARNADO, VICEPROVINCIA DE SANTA MARIA DE GUADALUPE, ENTIDAD INTERNA DE CONGREGACION DE RELIGIOSAS DEL VERBO ENCARNADO, A.R. Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó CONGREGACION DE RELIGIOSAS DEL VERBO ENCARNADO, VICEPROVINCIA DE SANTA MARIA DE GUADALUPE, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas con fecha 21 de febrero de 2000 y complementada el 6 de junio de 2000. 1.- Representantes: MARIA GUADALUPE MORAN DE LA ROSA y LUZ MARIA GONZALEZ ACEVES. 2.- Asociadas: MARIA GUADALUPE MORAN DE LA ROSA, ANA MARIA VARGAS MENDOZA, LUZ MARIA GONZALEZ ACEVES y demás relacionadas en el listado respectivo. 3.- Domicilio legal: ANTONIO DEL CASTILLO NUMERO 43, COLONIA SAN RAFAEL, DELEGACION CUAUHTEMOC, MEXICO, DISTRITO FEDERAL, CODIGO POSTAL 06470. (Primera Sección) 4.- Objeto: DIARIO OFICIAL Lunes 28 de agosto de 2000 ANUNCIAR, IMPARTIR Y PROPAGAR LA DOCTRINA DE LA IGLESIA CATOLICA Y APOSTOLICA Y ROMANA, EVANGELIZANDO DE ACUERDO A SUS PRINCIPIOS Y MAGISTERIO . 5.- Señala un inmueble para cumplir con su objeto: a) Manifestado en comodato. Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado. Atentamente México, D.F., a 11 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán Delgado.- Rúbrica. EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo presentada por San Martín Caballero, D.F., entidad interna de la Arquidiócesis Primada de México, A.R., como Asociación Religiosa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADA POR SAN MARTIN CABALLERO, D.F. , ENTIDAD INTERNA DE LA ARQUIDIOCESIS PRIMADA DE MEXICO, A.R. Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó SAN MARTIN CABALLERO, D.F. , para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas con fecha 9 de junio de 2000. 1.- Representante: JOSE LAZARO DURAN HERRERA. 2.- Asociados: NORBERTO RIVERA CARRERA, MARCELINO HERNANDEZ RODRIGUEZ y JOSE LAZARO DURAN HERRERA. 3.- Ministro de culto: JOSE LAZARO DURAN HERRERA. 4.- Apoderado: HORACIO AGUILAR ALVAREZ DE ALBA. 5.- Domicilio legal: AVENIDA POZOS y LIMON SIN NUMERO, MANZANA 2, LOTE 18, COLONIA LOMAS SANTA CRUZ MEYEHUALCO, DELEGACION IZTAPALAPA, MEXICO, DISTRITO FEDERAL, CODIGO POSTAL 09760. 6.- Objeto: PRACTICA Y PROPAGACION DE LA DOCTRINA CRISTIANA . 7.- Señala un inmueble para cumplir con su objeto: a) Manifestado como bien de propiedad federal. Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones Lunes 28 de agosto de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación, aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado. Atentamente México, D.F., a 28 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán Delgado.- Rúbrica. EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo de Refugio de Esperanza, como Asociación Religiosa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO DE REFUGIO DE ESPERANZA. Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó REFUGIO DE ESPERANZA, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas con fecha 23 de mayo de 2000 y complementada el 14 de julio del mismo año. 1.- Representantes: JOSE MARIO CAMACHO PEREZ, MARGARITA IBARRA PEREZ y JUANA GUADALUPE CANCINO MONTOYA. 2.- Asociados: JOSE MARIO CAMACHO PEREZ, MARGARITA IBARRA PEREZ y JUANA GUADALUPE CANCINO MONTOYA. 3.- Ministros de culto: JOSE MARIO CAMACHO PEREZ, MARGARITA IBARRA PEREZ, JUANA GUADALUPE CANCINO MONTOYA y demás relacionados en el listado respectivo . 4.- Apoderada: NELLI HORTENSIA LOPEZ ILLESCAS. 5.- Domicilio legal: FRANCISCO VILLA NUMERO 10, BARRIO DE FATIMA, SAN CRISTOBAL DE LAS CASAS, CHIAPAS, CODIGO POSTAL 29264. 6.- Objeto: PROPAGACION DEL EVANGELIO DE NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO . 7.- Señala dos inmuebles para cumplir con su objeto: a) Como susceptibles de adquirirse en propiedad. Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación, aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado. Atentamente México, D.F., a 28 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán Delgado.- Rúbrica. EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo presentada por Parroquia San Juan Bautista de la Salle, entidad interna de la Diócesis de León, A.R., como Asociación Religiosa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADA POR PARROQUIA SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE, ENTIDAD INTERNA DE LA DIOCESIS DE LEON, A.R. (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 28 de agosto de 2000 Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó PARROQUIA SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas con fecha 21 de junio de 2000. 1.- Representante: FERNANDO BRISEÑO GONZALEZ. 2.- Asociados: JOSE GUADALUPE MARTIN RABAGO, HECTOR GUTIERREZ LEDESMA y FERNANDO BRISEÑO GONZALEZ. 3.- Ministro de culto: JOSE GUADALUPE MARTIN RABAGO, HECTOR GUTIERREZ LEDESMA y FERNANDO BRISEÑO GONZALEZ. 4.- Domicilio legal: PROLONGACION GUANAJUATO. 5.- Objeto: LA PROPAGACION DE LA VERDAD EVANGELICA POR TODOS LOS MEDIOS LICITOS . IZTLACIHUALT, COLONIA SAN JUAN BOSCO, LEON, 6.- Señala un inmueble para cumplir con su objeto: a) Manifestado como susceptible de adquirirse en propiedad. Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado. Atentamente México, D.F., a 11 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán Delgado.- Rúbrica. EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo de Fraternidad de Iglesias Evangélicas Pentecosteses de la República Mexicana, como Asociación Religiosa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO DE FRATERNIDAD DE IGLESIAS EVANGELICAS PENTECOSTESES DE LA REPUBLICA MEXICANA. Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó FRATERNIDAD DE IGLESIAS EVANGELICAS PENTECOSTESES DE LA REPUBLICA MEXICANA , para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas con fecha 29 de junio de 2000. 1.- Representante: AURELIANO TRINIDAD MONDRAGON. 2.- Asociados: AURELIANO TRINIDAD MONDRAGON, GASPAR DOMINGUEZ OLIVO, GORGONIO AMADO, JAVIER RAMIREZ PEREZ y JOEL RODRIGUEZ FORTOZO. 3.- Ministro de culto: JAVIER RAMIREZ PEREZ. 4.- Apoderado: BERNARDO JOSE ARZOLA NAVARRETE. 5.- Domicilio legal: CALLE CAMELIA LOTE 9, COLONIA SANTA MARIA LA QUEBRADA, CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, CODIGO POSTAL 54769. 6.- Objeto: PREDICAR EL EVANGELIO DE JESUCRISTO . 7.- Señala un inmueble para cumplir con su objeto: a) Manifestado como susceptible de adquirirse en propiedad. Lunes 28 de agosto de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación, aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado. Atentamente México, D.F., a 28 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán Delgado.- Rúbrica.