Download capitulo 9 “responsabilidades”
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA TALA DE MONTES DE EUCALIPTUS, PROPIEDAD DE LA FUNDACIÓN PARQUE DE VACACIONES PARA FUNCIONARIOS DE UTE – ANTEL.LICITACIÓN Nro. 08/2011 CAPITULO 1 " OBJETO " 1.1. – La Fundación Parque de Vacaciones Para Funcionarios U.T.E. – ANTEL llama a licitación por la explotación de hasta 500 toneladas de leña de un monte propiedad de la Fundación, con opción a 500 toneladas más. Y elaboración de 500 toneladas de chips, con opción a 500 toneladas más. CAPITULO 2 " DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DEL MONTE " 2.1. - El monte objeto de este llamado se encuentra ubicado en la zona de “PUNTA DE LANZA”, del Parque de Vacaciones. 2.2. - Será imprescindible la visita al monte objeto del llamado, se les entregará a los interesados que hayan concurrido una constancia, la que deberá de adjuntar a la oferta presentada. La misma se realizará a los efectos de no argumentar desconocimiento del lugar en donde se deberá realizar la tarea. 2.3. La VISITA OBLIGATORIA se realizará el 14 de septiembre de 2011, a la hora 10:00, la misma se coordinará con el Sr. Quintín Melgar, el teléfono de contacto es el Nro. 444 30424.CAPITULO 3 " CONDICIONES DE LA EXPLOTACIÓN " 3.1.- La explotación se realizará de acuerdo a las siguientes características en dos ítems: 3.1.1 Rolos y Astillas Las medidas para los diferentes cortes serán las siguientes: a) hasta 10 centímetros de diámetro, en rolos de hasta 2 metros de largo. b) de màs de 10 y hasta 20 centímetros de diámetro, en rolos de hasta 1 metro de largo. c) De màs de 20 centímetros de diámetro, se realizaran astillas. A los efectos de evaluar las ofertas se tomaran en cuenta los siguientes porcentajes de elaboración: - 250 Toneladas de Rolos de 1 mts. de largo (50%) - 125 Toneladas de Rolos de 2 mts. de largo (25%) - 125 Toneladas de Astillas de 40 cmt. de largo (25%) 3.1.2. Chips, elaborar chips de acuerdo a la demanda real del generador a vapor, para ello se deberá manejar la máquina chipeadora propiedad del Parque (y el traslado del chip hasta la tolva, ubicada adjunta al generador, previo pesaje del mismo en la balanza ubicada en portera. Como dato estadístico, el consumo de chip se estima entre 80 y 100 toneladas mensuales. Para mantener la tolva (silo) completa se necesitan entre 5 y 10 toneladas, deberá asegurarse un mínimo de chips para funcionar. Los gastos de funcionamiento de la máquina correrán por cuenta de la Fundación (ej.combustible, afilado de cuchillas, reparaciones, mantenimiento en general). Los gastos de maquinaria a emplear van por cuenta de la empresa contratada (ej, camión, pala cargadora, etc).Estos datos son meramente estadísticos, pueden variar dado que no hay antecedentes de trabajos solo con chips. Pudiéndose acopiar en el leñero hasta la mitad del consumo mensual estimado. 3.2. - La leña se entregará un día sólo en la semana, el que se coordinará oportunamente, la que será estibada y ordenada en la forma y lugar que la Unidad Agro - Forestal determine, dentro del predio de la Fundación Parque de Vacaciones. 3.3. - La liquidación se hará de acuerdo al peso, que registrará la balanza de la Fundación Parque de Vacaciones (Portería), en rolos, astillas y Chip, destarándose cada carga individual. 3.4. - El trabajo se realizará de manera continua e ininterrumpida en una plazo máximo 4 meses, con un mínimo de entrega mensual de 125 toneladas, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas, entre las que pueden considerarse los días de intensas lluvias, que no permitan el ingreso y condiciones fuera de lo normal para desempeñar la tarea correspondiente.3.5. - Los daños y perjuicios que se ocasionen a porteras, alambrados, construcciones, etc., como consecuencia de los trabajos de explotación, serán por cuenta del adjudicatario, él que deberá reparar los daños causados, previo a cobro final del contrato. 3.6. - La Unidad Agro-Forestal realizará las inspecciones y visitas que considere necesarias, en el modo y forma que la misma determine, tanto al lugar de donde se realiza la tala (monte), como en el leñero donde se estibará la leña procesada. 3.7. - La Empresa adjudicataria informará la nómina del personal que participará en los trabajos objeto de la licitación y/o modificaciones que sufriera aquella. Además la maquinaria, el combustible y todo tipo de gastos que genere el trabajo, será responsabilidad de dicha empresa.3.8. - Se podrá rechazar algún funcionario de la firma adjudicataria, cuando su comportamiento no sea satisfactorio. 3.9. - No podrán ingresar con animales domésticos al predio de la Fundación Parque de Vacaciones. 3.10. - En caso de incendio de la masa boscosa, y que se pruebe que el fuego se inició por prácticas no adecuadas, por el personal de la empresa adjudicataria se exigirá el pago total de la oferta presentada, o en el caso de que los daños sean parciales, el pago proporcional a los mismos, estimados por el personal técnico de la Fundación Parque de Vacaciones. 3.11.- La Fundación Parque de Vacaciones, no se responsabiliza de extravíos, robos, desperfectos o destrucción parcial o total de cualquier material, equipo o uniforme suministrado por la empresa adjudicataria, en ningún caso. 3.12.- La empresa adjudicataria será responsable de la seguridad de sus empleados. La Fundación Parque de Vacaciones mediante sus oficinas competentes, controlará que la totalidad de los empleados que cumplan con la tarea adjudicada, tengan cobertura ante en BANCO DE SEGURO DEL ESTADO sobre, seguro contra riesgo de accidente de trabajo y enfermedades profesionales. 3.13.- Las empresas deberán incluir cláusulas que garanticen a sus trabajadores: A) El jornal diario vigente establecido en los Consejos de Salario, para el Grupo No. 24 “FORESTACIÓN”, de acuerdo a las categorías establecidas. B) Que se cumplan con las normas de seguridad e higiene en lo que refiere a uniformes, implementos de seguridad y cartelería sobre seguridad. C) Que se viertan los aportes y contribuciones de las personas empleadas en los trabajos licitados, a los organismos correspondientes (BPS y BSE).3.14.- La Fundación Parque de Vacaciones, cuenta con un servicio de locomoción Minas-ParqueMinas, como así mismo un servicio de comedor para el personal, cuyo costo será a cargo de la empresa o de la persona que haga uso del mismo, lo que se reglamentará en el respectivo contrato. CAPITULO 4 “FORMA DE COTIZAR” Los oferentes deberán cotizar por separado: a) Elaboración de leña: Rolos de 1 mts, Rolos de 2 mts y Astillas. b) Producción de chips (manejo de máquina y traslado a tolva del chips), de acuerdo a lo expresado en el punto 3.1.2. La cotización deberá ser en “pesos uruguayos” e indicar si el valor incluye el IVA. La Fundación no reconocerá otros costos, que el ofertado por tonelada, para los diferentes cortes y la producción de chips. CAPITULO 5 " CONDICIONES DE LA OFERTA " 5.1. – La Fundación Parque de Vacaciones para Funcionarios de Ute - Antel se reserva el derecho de aceptar la propuesta más conveniente o rechazarlas todas. 5.2. - Los oferentes deberán presentar antecedentes comerciales, últimos trabajos realizados (contrato de obra) y equipamiento de que dispone. 5.3. DOCUMENTACION A PRESENTAR CON LA OFERTA: Conjuntamente con la oferta, se deberán de presentar los Certificados de: - Certificado único de D.G.I. (Dirección General Impositiva) - Certificado común de B.P.S. (Banco de Previsión Social) - Certificado del BSE de póliza de seguros contra Riesgo de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. - Comprobante de compra del pliego. - Anexo I debidamente implementado. - Documentación probatoria de lo solicitado en el punto 5.2. - Constancia de vista al monte. 5.4. - Las ofertas que no se ajusten a lo solicitado en él numeral anterior (5.3), no serán tenidas en cuenta, como asi mismo tampoco aquellas que no cumplan con el Capítulo 2, numerales 2 .2 y 2.3. LOS OFERENTES HAN DE APORTAR AL MOMENTO DE LA APERTURA FOTOCOPIA SIMPLE DE TODOS LOS RECAUDOS CAPITULO 6 "EVALUACION ECONIMICA" La evaluación económica se realizará por ítem. Al sólo efecto del cálculo y análisis de las ofertas para su adjudicación se considerará la explotación de acuerdo al detalle expresado en el punto 3.1.: ITEM 1 a) 250 ton. rolos de 1,00 mt., b) 125 ton. Rolos de 2 mts. c) 125 ton. Astillas. ITEM 2 - 500 Ton. de Chips. CAPITULO 7 " ADJUDICACIÓN " La adjudicación se realizará de uno o de ambos ítems de acuerdo a lo que resulte más conveniente a los intereses de la Fundación. CAPITULO 8 " CONDICIONES DE PAGO " El servicio se facturará a mes vencido. Las facturas mensuales se presentarán en las Oficinas de la Fundación Parque de Vacaciones el primer días del mes siguiente al que se liquida, pagándose dentro de los 10 primeros días de dicho mes.La leña se entiende por entregada, una vez que la misma fue pesada y se encuentra acondicionadas en el lugar escogido por las autoridades de la Fundación.El Chip se entiende por entregado, una vez que el mismo fue pesado y depositado en la tolva adjunto a la nueva Sala del Generador de Vapor (Caldera). CAPITULO 9 “RESPONSABILIDADES” 9.1 Generales El adjudicatario será totalmente responsable frente a la Fundación Parque de Vacaciones por los daños y perjuicios que puedan causar a ésta Institución y/o a terceros, los actos cumplidos por el personal destinado a efectuar los servicios licitados. Se considerará incluido en el precio de oferta todas esas eventualidades. La Fundación Parque de Vacaciones no se responsabiliza de extravíos, robos, desperfectos o destrucción parcial o total de cualquier material, equipo o uniforme suministrado por la empresa adjudicataria, en ningún caso. El adjudicatario será responsable por la seguridad de sus empleados y del cumplimiento, por parte de los mismos, de las normas de seguridad e higiene laboral vigentes. Asimismo deberá asegurarlos contra accidentes de trabajo en el Banco de Seguros del Estado. La Fundación Parque de Vacaciones podrá requerir en cualquier momento la presentación de la documentación que avale lo antedicho. El adjudicatario deberá presentar a sola solicitud de la Fundación Parque de Vacaciones, la planilla de trabajo presentada ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y la nómina de historia laboral mensual presentada al Banco de Previsión Social (BPS), en cuanto al importe nominal a liquidar al personal provisto. La no presentación de dicha documentación cuando fuere solicitada por la Fundación Parque de Vacaciones se considerará un incumplimiento.. El adjudicatario deberá comunicar a la Fundación Parque de Vacaciones el nombre de la Institución asistencial al que pertenecen sus empelados, al solo efecto de requerir asistencia médica cuando el caso lo amerite. 9.2. Cumplimiento de normas laborales La Fundación Parque de Vacaciones tendrá el derecho de ejercer todos los actos de control tendientes a comprobar el cumplimiento de las normas laborales (especialmente las relacionadas con la contratación de menores) y de seguridad e higiene laboral por parte del adjudicatario, quien será el único responsable en del cumplimiento de las obligaciones correspondientes a las Leyes Sociales por sus contratados así como de todas las que la ley y/o reglamentación vigente o futura pone a cargo de los patronos. Se obliga además, a suministrar toda documentación que le fuere requerida por la Fundación Parque de Vacaciones y a permitir el examen de la misma que éste disponga. A modo de ejemplo el adjudicatario se obliga a exhibir los registros y/o archivos de la aportación al BPS por la nómina de personal que trabaje o haya trabajado para la Fundación Parque de Vacaciones, en forma mensual recibos de salarios, contratos laborales de sus empleados, planilla de trabajo, historia laboral, altas correspondiente ante el B.S.E. La comprobación del incumplimiento de las normas laborales y de seguridad social será causa de retención del pago de facturas, rescisión del contrato; ejecución de garantía de fiel cumplimiento de contrato y futuras acciones civiles por los perjuicios que se pudieren ocasionar CAPITULO 10 “INCUMPLIMIENTOS” Se consideraran incumplimientos de la empresa prestadora del servicio, la constatación de alguna de las siguientes irregularidades: a) Si se comienza a prestar el servicio con retraso dentro de las 24 horas, de comunicada la adjudicación del trabajo. b) Si no cumplen con las entregas establecidas, de acuerdo al punto 3.4. c) Si el trabajo de corte y estiba no cumple con lo establecido, referente a medidas y orden en el lugar establecido para su almacenamiento (leñero). d) Si la empresa no cumple con los requisitos exigidos en el Capítulo 9.- CAPITULO 11 " SANCIONES " La Fundación Parque de Vacaciones, se reserva el derecho de aplicar sanciones por lo incumplimientos en que recaiga la empresa. En caso de verificarse incumplimientos se procederá a descontar de la liquidación quincenal, del período que se produjo el mismo, de acuerdo a la siguiente escala que a continuación se detalla: 1er. Incumplimiento: 5% de la factura quincenal. 2do. Incumplimiento: 10 % de la factura quincenal. 3er. Incumplimiento: 20 % de la factura quincenal. 4to. Incumplimiento: 30 % de la factura quincenal. 5to. Incumplimiento: 30 % y pre aviso de rescisión de contrato. 6to. Incumplimiento: Rescisión de contrato. Estas penalidades serán calculadas sobre el valor actualizado del servicio del mes que se produjo el incumplimiento. Acaecido el incumplimiento, la Fundación Parque de Vacaciones lo comunicará por medio fehaciente, con constancia de recibo, (fax, telegrama colacionado, o entrega personal) al adjudicatario. 11.1. Rescisión de contrato. Podrá rescindirse el contrato y ejecutarse la garantía de fiel cumplimiento de contrato cuando: a) Si pasadas las 24 horas de que la empresa debe comenzar a realizar los trabajos, no lo hiciere. b) Si se demuestra que la empresa adjudicataria no ha cumplido con las normas laborales y de seguridad social exigidas en el Capítulo 9. c) Al 6to. Incumplimiento. CAPÍTULO 12 “PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS OFERTAS” 12.1.- La presentación de las ofertas se realizará en oficinas de la Fundación Parque de Vacaciones en Lavalleja, Ruta 12 kmt. 347,500, en el Dpto. de Abastecimientos.12.2.- Se fija como fecha de apertura de las ofertas el día 21 de setiembre de 2011, a la hora 11:00 en el lugar antes mencionado (Lavalleja, Ruta 12, kmt. 347,500 paraje San Francisco, Dpto. de Abastecimientos).CAPÍTULO 13 “ PLIEGO DE CONDICIONES” Los mismos se encuentran para la venta en el Parque de Vacaciones Ute – Antel, en Ruta 12 Kmt. 347,500 Minas – Lavalleja.13.1.- El costo del presente Pliego de condiciones es de $ 800,oo (Pesos Uruguayos, ochocientos). 13.2.- En los aspectos que exista discrepancia en lo establecido en el presente Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de Condiciones Generales, primará éste Pliego Particular. 13.3.- La normativa que regula los contratos de nuestra empresa se denomina “Reglamento de Compras”, que se adjunta. 13.4. Se deja constancia que a las empresas que participaron en la licitación anterior (Nro.07/2011), sobre el mismo tenor, no tendrán que hacer la visita obligatoria y se les entregará el pliego de condiciones sin costo.