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FONDO ESPAÑOL DE GARANTIA AGRARIA MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACION Y MEDIO AMBIENTE GUÍA PARA LAS ENTIDADES BENÉFICAS PARTICIPANTE EN EL PLAN DE AYUDA ALIMENTARIA A LAS PERSONAS MÁS NECESITADAS DE LA UNIÓN EUROPEA OBJETIVO DE ESTE DOCUMENTO Este documento tiene como objetivo exponer mediante un formato de preguntas y respuestas, de una manera clara y sencilla los puntos fundamentales que toda entidad benéfica que participe o que quiera participar en el plan de ayuda a las personas más necesitadas de la Unión Europea debe conocer. El documento se ha estructurado en dos partes: I. Generalidades del Plan II. Requisitos y condiciones que deben cumplir las entidades benéficas CORREO ELECTRÓNICO: sg.regulacionmercados@fega.es Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 C/JOSÉ ABASCAL C/ALMAGRO, 33 4 28010 - MADRID 28003 TEL: 91 347 49 18 FAX: 91 34747 07 I. GENERALIDADES DEL PLAN 1 QUÉ ES EL PLAN DE AYUDA ALIMENTARIA A LAS PERSONAS MÁS NECESITADAS DE LA UNIÓN EUROPEA El Plan de ayuda alimentaria a las personas más necesitadas de la Unión Europea (UE), se viene desarrollando desde 1986, cuando el Consejo de la UE aprobó las normas que permitieron utilizar los productos agrícolas almacenados por los organismos públicos de intervención como ayuda alimentaria destinada a las personas más necesitadas. El Plan de ayuda alimentaria nació por tanto con el doble objetivo de facilitar la salida de los productos agrícolas almacenados1 por los organismos de intervención en el marco de la Política Agrícola Común (PAC) y, al mismo tiempo, poner a disposición de las personas más necesitadas alimentos básicos de calidad. Durante estos años, el importe obtenido de la subasta pública de los productos de intervención, ha permitido a los Estados miembros que participan en el Plan, adquirir productos de primera necesidad directamente en el mercado para su posterior distribución a las personas más necesitadas a través de entidades benéficas. Con el paso del tiempo, la PAC ha ido evolucionando, de manera que la cantidad de productos almacenados por los organismos de intervención ha ido reduciéndose progresivamente, hasta la situación actual en la que las existencias son prácticamente nulas en la UE. Al mismo tiempo, para compensar la reducción de existencias de productos de intervención, la UE ha ido incrementando la partida financiera asignada a los Estados miembros destinada a la compra de alimentos, de manera que, actualmente, la mayor parte de los recursos del Plan proceden directamente del presupuesto de la UE en lugar del valor de las existencias de los productos agrícolas almacenados por los organismos de intervención. 2 QUIÉN ES EL RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DEL PLAN EN ESPAÑA El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). 3 1 CÓMO SE OBTIENEN Y SE DISTRIBUYEN LOS ALIMENTOS DEL PLAN DE AYUDA ALIMENTARIA En la actualidad, cereales, mantequilla y leche desnatada en polvo Página 2 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente publica anualmente una licitación dirigida a empresas agroalimentarias con el fin de obtener alimentos y hacerlos llegar a las personas más necesitadas. Los alimentos se obtienen a través del intercambio de productos en poder de la intervención pública (cereales, mantequilla y leche desnatada en polvo) o bien mediante la compra directa a las empresas del sector agroalimentario que hayan resultado adjudicatarias cuando resultan escasas las existencias de productos de intervención. La distribución territorial de los alimentos se realiza de forma equitativa en base a indicadores objetivos que tienen en cuenta la tasa de paro, índice de pobreza y exclusión social y número de personas con menos recursos en cada provincia. 4 QUIENES SON LAS ORGANIZACIONES DESIGNADAS Son organizaciones caritativas que colaboran con el Plan y cuya participación es indispensable para poder hacer llegar los alimentos hasta las personas más necesitadas. En la actualidad la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL) y Cruz Roja Española, vienen colaborando con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en las labores de almacenamiento y distribución de los alimentos adquiridos por el FEGA, a través de los almacenes que disponen en todas las provincias los Bancos de Alimentos y los centros provinciales de Cruz Roja Española. Además, gracias a la extensa experiencia de estas organizaciones en la asistencia a las personas más necesitadas, son ellas las que se encargan de velar para que los alimentos se destinen finalmente a quienes más lo necesitan. En el desempeño de esta labor, informan y asesoran al FEGA para garantizar la correcta ejecución del Plan, a través de comisiones de seguimiento permanentes. 5 QUIENES SON LAS ENTIDADES BENÉFICAS La Federación Española de Bancos de Alimentos y Cruz Roja Española, distribuyen los alimentos que reciben del FEGA a través de más de 8.000 entidades benéficas que, a su vez, atienden a 2.000.000 de personas cuya situación económica o familiar de necesidad, les impide adquirir alimentos de forma regular. Estas entidades benéficas entregan los alimentos de forma gratuita de dos formas: - Mediante el reparto de los alimentos de forma directa a las personas que acuden a sus locales, como parroquias, fundaciones, servicios sociales de ayuntamientos, etcétera, o Página 3 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 - 6 Mediante el consumo directo de los productos en sus instalaciones donde se preparan los alimentos para ser consumidos, tanto en comedores como en casas de acogida. QUIENES SON LOS DESTINATARIOS FINALES DE LOS ALIMENTOS Las personas más necesitadas que acudan a las entidades benéficas autorizadas para participar en el Plan de Ayuda. Se entiende por personas más necesitadas las personas físicas, individuos y familias o agrupaciones compuestas por estas personas, cuya situación de dependencia social y financiera está juzgada con relación a los criterios utilizados por organizaciones caritativas y aprobados por las autoridades competentes. Así, las entidades benéficas, deben distribuir los alimentos entre colectivos cuya situación de dependencia social y financiera haya sido debidamente justificada. Los criterios utilizados por las entidades benéficas para juzgar dicha dependencia social y financiera deberán ponerse en conocimiento de las organizaciones designadas o del FEGA bien directamente o a través de las unidades de control. 7 QUIENES SON LAS UNIDADES DE CONTROL Son las autoridades competentes que tratan de garantizar el buen funcionamiento del Plan a nivel provincial o autonómico, según los casos. Realizan los controles sobre los centros de almacenamiento y distribución de las organizaciones designadas y sobre las entidades benéficas a través de un acuerdo con el FEGA que es el responsable último de la gestión y control del Plan. Su actuación está supervisada por el FEGA. 8 QUÉ ES REDABAL Es una herramienta informática de gestión del plan de ayuda puesta a disposición de las organizaciones designadas y de las unidades de control. 9 QUÉ ES EL COMITÉ DE SEGUIMIENTO Es un Comité formado por el FEGA, FESBAL y Cruz Roja Española y los organismos pagadores de País Vasco y Navarra, en el cual se estudian las solicitudes de alta, baja y modificaciones de entidades benéficas además de velar por el buen funcionamiento del Plan de ayuda alimentaria. Página 4 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 Este Comité se reúne al menos, una vez antes del inicio de cada una de las fases de distribución de alimentos. Tras cada Comité, el FEGA autoriza las altas, bajas y modificaciones de entidades benéficas correspondientes a la fase que comienza. 10 QUÉ ALIMENTOS SE DISTRIBUYEN EN EL PLAN Los alimentos que se distribuyen en el Plan son alimentos variados, de calidad, básicos, de fácil manipulación y conservación, que no necesiten refrigeración y que permitan realizar comidas completas. 11 POR QUÉ PASA CIERTO TIEMPO ENTRE LA ÚLTIMA DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS DE UN PLAN Y LA PRIMERA DEL PLAN SIGUIENTE Para poder obtener alimentos es necesario que el FEGA tenga la aprobación y asignación de dinero de la Unión Europea. Una vez obtenida dicha aprobación el FEGA tiene que obtener los alimentos de las empresas agroalimentarias mediante contratación pública dentro del año natural. La duración del proceso de contratación desde la publicación de la licitación correspondiente a los mismos hasta la firma de los contratos es aproximadamente de 5 meses. Por último, el FEGA tiene que designar a las organizaciones caritativas para que puedan almacenar y distribuir los alimentos. La duración de este proceso es de aproximadamente 3 meses II. REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES BENÉFICAS 1 QUÉ REQUISITOS MÍNIMOS DEBE CUMPLIR UNA ENTIDAD PARA PARTICIPAR EN EL PLAN Los establecidos en la Resolución del 20 de febrero del FEGA publicada en el BOE el 28 de febrero de 2013. A continuación se indican algunos aspectos considerados de relevancia relacionados con el cumplimiento de estos requisitos mínimos a) Todas las entidades benéficas dadas de alta en el Plan deben ser entidades sin ánimo de lucro. Página 5 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 b) No podrán recibir alimentos del Plan aquellas entidades que estén constituidas como sociedades mercantiles c) Las entidades que participen en el Plan deben estar legalmente registradas. Para ello deben estar inscritas en el registro correspondiente (Ministerio del Interior, Registro de Fundaciones, Ministerio de Justicia, registro de su comunidad autónoma, etc.). Están exentas de registro las parroquias, circunscripciones territoriales y diócesis de la Iglesia católica. d) Las entidades deben prestar asistencia social y atención a personas y colectivos desfavorecidos y este requisito se debe encontrar entre los fines estatutarios de la entidad. e) Las entidades deben distribuir los alimentos a los beneficiarios, de forma gratuita (más información en el apartado II. 14) f) Las entidades deben atender a un mínimo de 10 beneficiarios. Si, por cualquier motivo y en cualquier momento del Plan, el número de beneficiarios es menor de 10 se dará de baja a esa entidad y sus beneficiarios podrán pasar a ser atendidos por cualquier otra entidad autorizada. g) Las entidades deben disponer de personal suficiente y, a ser posible, con la formación necesaria para poner los alimentos del Plan a disposición de los beneficiarios de manera adecuada. h) Las entidades deben disponer también de personal suficiente y, a ser posible con la formación necesaria para realizar las labores administrativas relacionadas con el Plan, entre las que se encuentran: i) Elaboración del listado de beneficiarios a los que atiende la entidad en entidades de reparto. Valoración de la situación de necesidad de los beneficiarios Comprobación del adecuado cumplimiento de las notas de entrega a los beneficiarios finales Información a los beneficiarios finales de la ley de protección de datos. Otras labores administrativas relacionas con el Plan (conservación de documentación, elaboración de documentos de apoyo para la entidad, etc) Las entidades deben disponer de medios materiales suficientes para realizar la correcta distribución de alimentos, observándose en lo que se refiere a los almacenes y forma de almacenar lo siguiente: Es fundamental que las entidades dispongan de almacenes adecuados para contener los alimentos. Página 6 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 Los almacenes deberán disponer de dimensiones adecuadas con capacidad suficiente para almacenar la cantidad de alimentos que se vayan a recibir en cada una de las fases. Los almacenes deberán tener unas condiciones higiénicas adecuadas que impidan que los alimentos sufran alteraciones o deterioros Los alimentos no podrán almacenarse al aire libre. Los alimentos deberán estar debidamente protegidos de agentes que puedan poner en riesgo el buen estado de los alimentos (roedores u otros animales, temperaturas extremas, humedad…). Se deberá evitar un apilamiento excesivo de los alimentos que provoque roturas innecesarias de los envases y embalajes. j) Las entidades deben justificar el número de beneficiarios que declara atender. k) Las entidades deben valorar la situación de necesidad de los beneficiarios a los que atiende en función de unos criterios que confirmen su situación de dependencia social y financiera. l) Las entidades deben ser capaces de justificar los criterios de selección de los beneficiarios que declara atender. Los criterios utilizados por las entidades benéficas para juzgar dicha dependencia social y financiera deberán ponerse en conocimiento de las organizaciones designadas a través de la propuesta de distribución. Las organizaciones designadas los pondrán en conocimiento del FEGA a través de la aplicación informática Redabal y serán aprobados en el Comité de seguimiento. m) Las entidades de reparto deben disponer de un listado actualizado de los beneficiarios a los que atiende que contenga al menos nombre y apellido del beneficiario y su NIF-NIE-NºPasaporte. El listado de beneficiarios deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo 1 de esta guía con el fin de facilitar las labores de control. En el anexo 1 también se indican las instrucciones precisas para el adecuado cumplimiento de estos ficheros por parte de las entidades benéficas. En caso de que una entidad no dispongan de medios para cumplimentar dicho listado de acuerdo al modelo establecido podrá contactar con el CAD correspondiente para solicitar apoyo en la cumplimentación del mismo. n) Las entidades de reparto deben disponer de los documentos justificativos de las entregas de los alimentos. Deberán ajustarse al modelo establecido en la Resolución del FEGA del 20 de febrero de 2013 o a un modelo que contenga, al menos, los puntos establecidos en dicho anexo. En el anexo 3 de esta guía se incluye un posible modelo a utilizar como nota de entrega para el Plan 2013. En Página 7 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 las notas de entrega deben figurar las cantidades de alimento recibidas (preferentemente expresadas en kilo/litro), la fecha de recepción del alimento y la firma de los beneficiarios como prueba de haberlos recibido. Este documento será el justificante de las entregas realizadas a los beneficiarios. La entidad benéfica deberá cumplimentar los datos de la nota de entrega antes de ser firmada por los beneficiarios finales. El beneficiario no deberá, en ningún caso, firmar notas de entrega en blanco. Es conveniente que el beneficiario final se quede con una copia de la nota de entrega como prueba de la recepción de los alimentos. En caso de que al cabeza de familia no le sea posible recoger los alimentos, podrá autorizar a otra persona, bien mediante la autorización establecida en la nota de entrega o bien presentando una autorización similar, a que retire los alimentos en su nombre. Para ello, dicha autorización deberá ser presentada junto a una fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte del cabeza de familia así como del DNI/NIE/Pasaporte de la persona autorizada o) Las entidades de reparto deben poder justificar el sistema de reparto de alimentos entre los beneficiarios. Los alimentos se deben distribuir de manera homogénea en función del número de beneficiarios a los que se atiende sin ningún tipo de discriminación. En casos excepcionales y debidamente justificados se podrán utilizar otros criterios de reparto p) Las entidades deberán recabar el consentimiento de los beneficiarios para que sus datos puedan ser comunicados a las autoridades competentes en materia de gestión y control del Plan, de acuerdo con la normativa vigente en la materia (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal). (Más información en el apartado 21 de esta Guía). q) Las entidades deberán colaborar con las autoridades competentes en la realización de actuaciones de control a fin de supervisar el correcto desarrollo del Plan de ayuda. En particular, deberán facilitarles el acceso a los locales donde se almacenen y se consuman o repartan los alimentos y a la información que justifique el destino final de los alimentos así como el listado de los beneficiarios a los que atiende. r) Las entidades deberán conservar los documentos y justificantes relacionados con el Plan de ayuda durante un periodo mínimo de 5 años, permitiendo a las autoridades competentes el acceso a los mismos para efectuar los controles necesarios. Página 8 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 s) Las entidades deben conocer la normativa que regula el Plan de ayuda alimentaria y aceptar de forma expresa e incondicional todos sus requisitos y condiciones, que se compromete a asumir. Toda la información relativa al Plan de ayuda alimentaria podrá consultarse en la página web del FEGA (www.fega.es) en el apartado “Ayuda alimentaria a las personas más necesitadas”. t) Las entidades deben exponer claramente en sus instalaciones un cartel informativo, que le será facilitado al efecto, (ver apartado II.13). En caso de no disponer de dicho cartel deberá solicitárselo a la organización designada que le distribuya los alimentos. 2 QUÉ DEBE HACER UNA ENTIDAD BENÉFICA QUE DESEE RECIBIR ALIMENTOS DEL PLAN POR PRIMERA VEZ 1. En primer lugar deberá dirigirse bien a la sede de Cruz Roja Española o al Banco de Alimentos de su provincia, pero únicamente a uno de ellos. 2. En segundo lugar deberá cumplimentar la solicitud de participación (Anexo 2: Propuesta de distribución) A continuación la organización designada valorará si dicha entidad cumple con los requisitos mínimos exigidos y, en caso de ser así, propondrá al FEGA su participación en el Plan y será este el que finalmente autorice o no a la entidad en cuestión a que reciba alimentos del Plan. 3 ¿SE PODRÍA RECIBIR UNICAMENTE UNOS TIPOS DE ALIMENTOS Y RENUNCIAR A OTROS? En casos debidamente justificados sí. Por ejemplo, si una entidad benéfica únicamente proporciona desayunos deberá solicitar alimentos propios de un desayuno como galletas, leche, cacao soluble…y renunciar a alimentos como judías verdes en conserva, pasta o atún en conserva o, si una entidad no atiende a niños ni a lactantes no solicitará cereales infantiles, leche de continuación infantil o potitos salvo excepciones justificadas 4 COMO DEBE RETIRAR UNA ENTIDAD BENÉFICA LOS ALIMENTOS DEL ALMACÉN Las entidades deben retirar los alimentos con un vehículo apto para el transporte de alimentos. Página 9 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 A la hora de retirar los alimentos, la entidad debe, enviar a una persona autorizada para poder llevar a cabo la recogida la cual tendrá que identificarse con el DNI o autorización, firmar y sellar el acta de distribución Las entidades deben comprobar que los alimentos que se llevan corresponden con el acta de distribución ANTES de trasladarlos a sus almacenes. 5 a) QUÉ HACER SI LOS ALIMENTOS RECIBIDOS ESTÁN DETERIORADOS Si el deterioro se produce como consecuencia de un defecto de fabricación en la empresa, el responsable de la entidad benéfica comunicará al centro de almacenamiento y distribución (CAD) qué alimentos se han deteriorado y en qué cantidades y este lo pondrá en conocimiento de la unidad de control correspondiente. El alimento, en este caso, podrá ser retirado y repuesto por la empresa, si así lo autoriza el FEGA. En estos casos, los gastos de retirada y destrucción de los alimentos correrán a cargo de la empresa. La unidad de control deberá estar presente en el momento retirada del alimento en la entidad benéfica y levantará la correspondiente acta de retirada. Ningún alimento deteriorado podrá ser retirado ni repuesto por la empresa una vez finalizado el Plan correspondiente, aunque su deterioro sea por causas atribuibles a una empresa. Por ejemplo, un alimento correspondiente al Plan 2011, deteriorado por causas atribuibles a la empresa que lo ha suministrado no podrá ser retirado ni repuesto por la empresa una vez sobrepasada la fecha de finalización de dicho Plan (30 de abril de 2012). El FEGA es el encargado de comunicar a las organizaciones designadas la fecha de finalización del Plan para que estas a su vez lo pongan en conocimiento de las entidades a las que distribuyen alimentos. b) Si el deterioro se produce como consecuencia de un mal manejo de la mercancía y no por causas atribuibles a la empresa fabricante el responsable de la entidad benéfica comunicará al centro de almacenamiento y distribución (CAD) qué alimentos se han deteriorado y en qué cantidades y este lo pondrá en conocimiento de la unidad de control correspondiente. En estos casos, los gastos de retirada y destrucción de los alimentos correrán a cargo de la entidad benéfica. En este caso se deberá proceder según lo indicado en el apartado II.8. Página 10 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 6 QUÉ HACER CUANDO LOS ALIMENTOS ESTÁN PRÓXIMOS A LA FECHA DE CONSUMO PREFERENTE Es muy importante para el buen funcionamiento del plan que la entidad se asegure de que los alimentos almacenados no superan la fecha de consumo preferente. Para ello es conveniente que se realice una revisión periódica de las existencias. Cuando un alimento esté próximo a la fecha de consumo preferente la entidad benéfica deberá: o o 7 Distribuirlos inmediatamente para que sean consumidos antes de que se sobrepase dicha fecha. Si esto no fuese posible la entidad deberá contactar con el centro de almacenamiento y distribución (CAD) y devolver los alimentos para que sean distribuidos a otras entidades que sí puedan utilizarlos rápidamente. QUÉ HACER SI LOS ALIMENTOS HAN SOBREPASADO LA FECHA DE CONSUMO PREFERENTE Se debe proceder a su destrucción que, en todo caso, debe estar supervisada por el representante de la unidad de control para que levante el acta de retirada correspondiente. Para ello, el representante de la entidad tendrá que ponerlo en conocimiento del centro de almacenamiento y distribución (CAD) correspondiente quien lo pondrá en conocimiento del representante de la unidad de control. El representante del centro de almacenamiento y distribución (CAD) informará a la entidad benéfica de los pasos a seguir. 8 COMO SE DEBE PROCEDER A LA DESTRUCCIÓN DE LOS ALIMENTOS DEL PLAN Cuando en una entidad se detecten alimentos deteriorados como consecuencia de un inadecuado almacenamiento o manipulación en dicha entidad, el procedimiento para retirar y destruir dicho alimento seguirá los siguientes pasos: 1) La entidad benéfica comunicará al responsable del Centro de almacenamiento y distribución (CAD) que se ha detectado alimento deteriorado. 2) El CAD comunicará a la Unidad de control dicha incidencia. 3) La Unidad de control comunicará la incidencia al FEGA, quien facilitará a la entidad benéfica el contacto de un transportista autorizado, en el caso de que la propia entidad benéfica tenga dificultades para conseguir algún transportista autorizado para la retirada de mercancía objeto de destrucción. 4) Asimismo el FEGA concretará con la unidad de control, la entidad benéfica y el transportista autorizado la fecha y hora para que realice la retirada del alimento Página 11 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 deteriorado de la entidad benéfica, y su transporte hasta una planta de transformación autorizada: a. Incineradora en el caso de alimentos de origen animal. b. Vertedero orgánico en el caso de alimentos de origen vegetal La unidad de control deberá estar presente en el momento en el que el transportista autorizado realice la retirada del alimento de la entidad benéfica, con el objetivo de levantar el acta correspondiente. Los gastos de retirada y destrucción (transporte y tasas de destrucción) correrán a cargo de la entidad benéfica responsable de un mal almacenamiento o inadecuada manipulación de los alimentos. 9 SI ME SOBRAN ALIMENTOS LOS PUEDO ENTREGAR A OTRA ENTIDAD BENÉFICA No, en ningún caso. Los alimentos que no vayan a ser utilizados por el motivo que sea, deben ser devueltos al centro de almacenamiento y distribución (CAD) de origen para su redistribución entre entidades que puedan utilizar dichos alimentos. 10 CUÁNDO SE TRAMITAN LAS SOLICITUDES DE ALTA, MODIFICACIÓNES E INTERRUPCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES BENÉFICAS Las solicitudes de las entidades benéficas se tramitan únicamente antes del comienzo de cada una de las fases de distribución de alimentos. En caso de que, por cualquier motivo, no fuese posible tramitar una autorización antes de una de las fases se deberá esperar al comienzo de la siguiente fase para su tramitación. 11 CÓMO PUEDO SABER SI UNA ENTIDAD BENÉFICA HA SIDO AUTORIZADA PARTICIPAR EN EL PLAN DE AYUDA La relación de entidades benéficas autorizadas se publicará en la página web del FEGA (www.fega.es) en el apartado “Ayuda alimentaria a las personas más necesitadas”. Página 12 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 No obstante, las organizaciones designadas comunicarán a las entidades benéficas su participación en la distribución de alimentos del Plan. Si una entidad no aparece en el listado de entidades de la web del FEGA ésta no está autorizada y por tanto no recibirá alimentos. Cuando se detecte que una entidad benéfica no cumple con los requisitos establecidos en la Resolución indicada en el apartado II.1, el FEGA comunicará a la entidad benéfica las incidencias comprobadas y le otorgará un plazo para presentar alegaciones en virtud del artículo 84 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Transcurrido dicho plazo y previo examen en el Comité de Seguimiento, el FEGA podrá interrumpir la participación de dicha entidad y procederá a comunicárselo al interesado. 12 A QUÉ ENTIDADES BENÉFICAS SE LES INTERRUMPIRA SU PARTICIPACION EN EL PLAN Aquellas que lo soliciten de manera voluntaria a través de su organización designada o aquellas que no cumplan con los criterios mínimos de entidades benéficas establecidos en el apartado II.1 13 CARTEL DEL PLAN DE AYUDA ALIMENTARIA DE LA UNIÓN EUROPEA La colocación de este cartel en un lugar claramente visible es un requisito obligatorio para que una entidad pueda recibir alimentos del Plan. Página 13 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 La ausencia de este cartel supondrá que esta entidad no pueda seguir recibiendo alimentos del plan a) ¿Quién me proporcionará el cartel? La Organización designada, Cruz Roja Española o el Banco de Alimentos, a la que esté asociada la entidad. b) ¿Dónde se debe poner el cartel? En un lugar claramente visible para los beneficiarios, en los locales donde se realice la distribución o el consumo de los alimentos del plan. Se entiende por un “lugar claramente visible” aquel en el que los beneficiarios de los alimentos puedan verlo y leerlo con claridad c) ¿Qué se debe hacer con el cartel si la entidad se ha dado de baja en el plan? Se debe devolver al Centro de almacenamiento y distribución (CAD) de la organización designada que ha suministrado el alimento. 14 SE PUEDE COBRAR AL BENEFICIARIO POR DARLE ALIMENTOS DEL PLAN No, en ningún caso. Las entidades benéficas se comprometen a poner los alimentos a disposición de los beneficiarios de forma gratuita. Las entidades benéficas no podrán, en ningún caso, cobrar dinero a los beneficiaros por la entrega alimentos del Plan, ni antes ni después de la misma. Por tanto la entidad no recibirá contraprestación económica, ni de ningún otro tipo, por las tareas que lleve a cabo en la distribución de alimentos. No obstante, en caso de que exista una aportación económica en forma de cuota esta no estará vinculada en ningún caso a la entrega de alimentos que será siempre gratuita. Algunos de los ejemplos de actuaciones por las que no está permitido cobrar alimentos a los beneficiarios son los siguientes: no está permitido cobrar dinero a los beneficiarios ni por la recogida de alimentos, ni por su almacenamiento, ni por su transporte, ni por la preparación de bolsas de alimentos, ni por el cocinado de los mismos, etc. 15 PUEDE UNA ENTIDAD BENÉFICA SER INSPECCIÓNADA Sí, en cualquier momento. Página 14 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 La falta de colaboración de la entidad en la realización de las actuaciones de control, dará lugar a que se interrumpa la participación de la entidad benéfica en la distribución de alimentos del Plan de ayuda alimentaria. 16 ¿QUÉ PUEDO HACER SI NO ES POSIBLE RETIRAR LOS ALIMENTOS DEL CENTRO DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN (CAD) EN LA FECHA HORA Y LUGAR ACORDADO CON LA ORGANIZACIÓN DESIGNADA? La entidad debe retirar los alimentos en la fecha, hora y lugar que le comunique el centro de almacenamiento y distribución (CAD) de la organización designada que le corresponda. En caso de no poder cumplir con dicha planificación debe comunicárselo al centro de almacenamiento y distribución (CAD) correspondiente para que se vuelva a planificar la entrega. 17 QUE DEBO HACER SI TENGO ALGUNA DUDA O SE HA PRODUCIDO UNA INCIDENCIA DE CUALQUIER TIPO A la mayor brevedad posible, ponerme en contacto con el centro de almacenamiento y distribución que me haya suministrado los alimentos 18 QUE DEBO HACER SI SE HAN PRODUCIDO CAMBIOS EN LOS DATOS DE LA ENTIDAD A la mayor brevedad posible, comunicárselo al centro de almacenamiento y distribución que me haya suministrado los alimentos 19 ¿QUÉ PASA SI LA ENTIDAD BENÉFICA REALIZA TANTO LABORES DE REPARTO COMO DE CONSUMO? En caso de que una entidad realice labores tanto de reparto como de consumo deberá ser dada de alta en el Plan como entidad de reparto y como entidad de consumo. En este caso será considerada como dos entidades diferentes por lo que la gestión y entrega de alimentos deberá ser realizada de forma independiente. Los beneficiarios a los que atienden una y otra entidad deberán estar claramente diferenciados. Página 15 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 20 COMO SE DEBEN CONTABILIZAR LOS BENEFICIARIOS Y QUÉ TIPOS DE BENEFICIARIOS HAY EN EL PLAN EN FUNCIÓN DE LOS TIPOS DE ALIMENTOS A ENTREGAR/CONSUMIR En las entidades de reparto se contabilizará el número promedio de personas a las que se entregan los alimentos (no de familias, de parejas, etc. sino de personas individuales) Por ejemplo: Si una familia tiene 4 miembros se contabilizarán 4 beneficiarios y no uno. En las entidades de consumo, el número promedio de personas a las que se da de comer al día. Cada persona se contabilizará una única vez, aunque se le entreguen o consuma alimentos en más de una ocasión. Cuando una entidad actúe al mismo tiempo como entidad de consumo y reparto, deberá justificar los beneficiarios de cada una de ellas. En relación con los alimentos que se van a entregar/consumir, existen tres tipos de beneficiarios: 1. Lactantes (menores de 2 años). 2. Población infantil (niños entre 2 y 8 años y adultos que requieran una alimentación especial) 3. Población adulta (mayores de 8 años) a) ¿Cómo se debe contabilizar los beneficiarios de los alimentos destinados a la población lactante? Se deberá indicar el número de beneficiarios de la población lactante, es decir, el número de niños menores de 2 años. Los lactantes únicamente podrán recibir alimentación infantil, es decir, cereales infantiles y potitos b) ¿Cómo se debe contabilizar el número de beneficiarios que consumen los alimentos destinados a la población infantil? Se deberá indicar el número de beneficiarios de la población infantil es decir, el número de niños entre 2 y 8 años. En este grupo también se podrá contabilizar a los adultos que requieran una alimentación especial, generalmente ancianos, en aquellos casos debidamente justificados. Los adultos que requieran una alimentación especial deberán contabilizarse en este grupo y no en el de “población adulta” Los beneficiarios incluidos en este grupo podrán recibir todos los alimentos excepto los potitos que están destinados únicamente a lactantes. Página 16 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 c) ¿Cómo se debe contabilizar el número de beneficiarios que consumen los alimentos destinados a la población adulta? Se deberá indicar el número de beneficiarios de la población adulta, es decir, el número de personas mayores de 8 años. En este grupo no se deben contabilizar los adultos que requieran una alimentación especial y que se hayan incluido en el apartado b) La población adulta podrá recibir todos los alimentos a excepción de potitos, cereales infantiles y leche de continuación en polvo. El número total de beneficiarios de una entidad deberá ser siempre superior a 10. Es recomendable que la entidad benéfica informe a los beneficiarios de que únicamente podrán recibir alimentos de la Unión Europea a través de una sola entidad benéfica autorizada y que, en ningún caso, podrán acudir a varias entidades para recibir estos alimentos. 21 COMO CUMPLIR CON LA LEY ORGÁNICA 15/1999, DE 13 DE DICIEMBRE, DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 1) La entidad benéfica deberá cumplir con las obligaciones establecidas en dicha norma que se pueden consultar en la web de la Agencia Española de Protección de Datos: www.agpd.es dentro de “canal responsable” pinchando en “obligaciones”. 2) Entre estas obligaciones está la de dar de alta el fichero de datos personales de los beneficiarios en el Registro General de Protección de datos de la Agencia Española de Protección de Datos. Se entiende por fichero, el conjunto de toda la información concerniente a los beneficiarios de los alimentos del Plan. Para dar de alta un fichero en dicho Registro se deberán seguir los pasos establecidos en el apartado “Inscripción de ficheros” dentro del apartado “canal responsable” de la web: www.agpd.es Para más información se podrá contactar con el teléfono de atención al ciudadano de la Agencia Española de Protección de datos: 901 100 099 912 663 517 . Página 17 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 ANEXO 1: FICHERO DE BENEFICIARIOS REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN EL FICHERO DE BENEFICIARIOS A. REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA INFORMACIÓN A INCLUIR EN EL FICHERO “PLANTILLA DE BENEFICIARIOS EB” El fichero está compuesto por las siguientes columnas que deben cumplir escrupulosamente con los siguientes requisitos formales: Nº ORDEN: es el número secuencial con el que se detallan las distintas unidades familiares incluidas en el fichero (P.e: 1, 2, 3,4, etc...) NOMBRE DE ENTIDAD: se debe introducir el nombre completo de la entidad benéfica. BENEFICIARIO/ APELLIDOS Y NOMBRE: se debe incluir los apellidos y el nombre del representante de la unidad familiar que recibe/consume los alimentos. Se debe introducir los datos en ese orden, primero los apellidos y luego el nombre. Este campo debe ser rellenado obligatoriamente. NIF/NIE/PASAPORTE: se debe incluir el dato del documento identificativos del representante de la unidad familiar. Este campo debe ser rellenado obligatoriamente. Página 18 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 < 2 años: se deben reflejar el número de miembros menores de dos años que compongan la unidad familiar. 2-8 años: se deben reflejar el número de miembros de la unidad familiar entre 2 y 8 años y adultos que requieran alimentación especial. RESTO: se deben reflejar el número de miembros de la unidad familiar mayores de 8 años excluyéndose los adultos que requieran alimentación especial contabilizados en el grupo anterior TOTAL: se deben reflejar el número total de miembros de la unidad familiar incluido el representante de la unidad familiar y la pareja. PAREJA/ APELLIDOS Y NOMBRE: se debe incluir los apellidos y el nombre de la pareja del representante de unidad familiar que recibe/consume el alimento Se deben introducir los datos en ese orden, primero los apellidos y luego el nombre NIF/NIE/PASAPORTE: se debe incluir el dato del documento identificativos de la pareja del representante de la unidad familiar. . NOTA IMPORTANTE: NO SE DEBERÁ INCLUIR O INCORPORAR NINGÚN CAMPO ADICIONAL A LOS ESTABLECIDOS EN EL MODELO DE FICHERO PROPORCIONADO POR EL FEGA Página 19 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 ANEXO 2 PROPUESTA DE DISTRIBUCION DE ALIMENTOS DEL PLAN 2013 DE AYUDA ALIMENTARIA A LAS PERSONAS MAS NECESITADAS DE LA UE ENTIDAD BENEFICA Para que la entidad reciba los alimentos del Plan, es imprescindible que facilite la información precedida de un asterisco (*) y marcada en negrita. La aportación del resto de la información se podrá tener en cuenta para priorizar la propuesta. DATOS GENERALES *Denominación:…………………………………………………………………………….. * CIF: ………………………………………… * Domicilio social…………………………………………………………………………. Municipio (social): …………………………Provincia:…………………………………. * Código postal (domicilio social): …………………………… * Domicilio donde se almacenan/reparten o consumen los alimentos2…….…… ……………………….………………………………………………………………………. *Municipio (almacén): ……………………………………* Provincia (almacén): …………………………………..* Código postal (almacén): ……………………… Señalar con una X lo que proceda: * Entidad legalmente registrada *Entidad exenta de registro3 Si la entidad no está exenta de registro: * Nº de Registro4: ……………………………. * Autoridad registral5:…………………………………………………………………… * Representante legal: * Nombre y Apellidos …...............…..…………………………………………. * DNI …………………………………. Indicar, al menos, uno de los tres medios de comunicación siguientes: Teléfono: ……………………………………. Fax: …………………………………… 2 En caso de que coincida con el domicilio social, indicar simplemente “el mismo”. Están exentas las parroquias, circunscripciones territoriales y diócesis de la Iglesia católica. 4 Este será un dato obligatorio siempre que se marque la casilla entidad legalmente registrada. 5 Este será un dato obligatorio siempre que se marque la casilla entidad legalmente registrada. 3 Página 20 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 Correo electrónico: ………………………………………………………………………... *Persona de contacto: * Nombre y Apellidos …...............…..…………………………………………. * DNI …………………………………. Indicar, al menos, uno de los tres medios de comunicación siguientes Teléfono: ……………………………………. Fax: …………………………………… Correo electrónico: ………………………………………………………………………... DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD ASISTENCIAL * Tipo de entidad (señalar con una X lo que proceda) Servicios sociales de la Administración Entidad religiosa católica Entidad religiosa otras confesiones Asociación Fundación Asamblea de Cruz Roja Española Otros (especificar) …………………………………………………………………….. * Tipo de distribución6 (señalar con una X lo que proceda) Reparto Consumo *Tipo de beneficiario al que se atiende (señalar con una X lo que proceda y únicamente se deberá señalar una opción) Personas mayores. Infancia y juventud. Mujeres. Transeúntes, sin techo y no domiciliados Inmigrantes. 6 En caso de que la entidad proponga ambas formas de distribución se cumplimentarán dos propuestas, una para cada actividad. Página 21 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 Drogodependientes Grupos étnicos. Enfermos. Personas con discapacidad Atiende a distintos colectivos, (familias, etc), con dificultades económicas que conllevan a una exclusión social. * Número de beneficiarios de los alimentos7 Adultos8 ………………………………………. Población infantil/alimentación adulta especial9 …………………….. Lactantes10 ……………………………………. Condiciones de la distribución Solo para entidades de reparto (señalar con una X lo que proceda) Periodicidad del reparto (a un mismo beneficiario) Semanal Mensual Trimestral Una vez por cada fase del Plan Otros (especificar) ………………..…………………………. Solo para entidades de consumo Tipo de comida/-s que se sirven diariamente (señalar con una X lo que proceda) Desayuno Almuerzo Merienda 7 En las entidades de reparto se contabilizará el número promedio de personas a las que se entregan los alimentos. En las de consumo, el número promedio de personas a las que se da de comer al día. Cada persona se contabilizará una única vez, aunque se le entreguen o consuma alimentos en más de una ocasión. El número total de beneficiarios deberá ser superior a 10. 8 Indicar el nº de beneficiarios de + de 8 años. No se deberá incluir en este apartado los adultos que requieren alimentación especial que se incluirán en el grupo población infantil. Este grupo podrá recibir todos los alimentos a excepción de cereales infantiles y potitos. . 9 Indicar el nº de beneficiaros entre 2 a 8 años + el nº de personas adultas que requieran una alimentación especial: (por ejemplo, ancianos).) Este grupo podrá recibir todos los alimentos a excepción de potitos 10 Indicar el número de beneficiarios menores de 2 años. Este grupo podrá recibir únicamente cereales infantiles y potitos Página 22 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 Cena Para todas las entidades (señalar con una X lo que proceda) *La entidad distribuye los alimentos entre las personas necesitadas de acuerdo a unos criterios de selección de los beneficiarios SI NO En caso afirmativo, indicar la relación de los criterios empleados ………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………… . *La entidad dispone de una valoración de la situación de necesidad de los beneficiarios (realizada por la propia entidad, los servicios sociales, etc) SI NO Existe vinculación de los beneficiarios a la entidad (socio, afiliado, etc) SI NO La entidad presta otros servicios asistenciales (sanidad, formación, etc) SI NO Otra información de interés que la entidad desee manifestar ……………………….. ……………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………… Página 23 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 ALIMENTOS A DISTRIBUIR * Alimentos que la entidad propone distribuir entre los beneficiarios (señalar con una X lo que proceda) Arroz Lentejas Garbanzos Harina Leche UHT Queso parafinado Aceite de oliva Tomate frito en conserva Pasta alimenticia Galletas Cereales infantiles Judías verdes en conserva Fruta en conserva sin azúcar añadido Potitos COMPROMISOS QUE CONLLEVA LA DISTRIBUCION Es imprescindible que la entidad conozca y asuma los siguientes compromisos, cuyo cumplimiento podrá ser comprobado por las autoridades competentes. 1. La entidad está legalmente constituida como entidad sin ánimo de lucro y no es una sociedad mercantil. 2. La entidad está inscrita en el registro correspondiente (Ministerio del Interior, Registro de Fundaciones, Ministerio de Justicia, registro de su comunidad autónoma, etc.), o es una entidad benéfica religiosa exenta de registro (parroquias, circunscripciones territoriales y diócesis de la Iglesia católica). 3. Entre sus fines estatutarios se encuentra la prestación de asistencia social y la atención a personas y colectivos desfavorecidos. 4. Los alimentos se pondrán a disposición de los beneficiarios de forma gratuita, sin repercutir cantidad económica alguna sobre los mismos. Asimismo, la entidad no recibirá contraprestación económica, ni de ningún otro tipo, por las tareas que lleve a cabo en la distribución de alimentos. En caso de que exista una aportación económica en forma de cuota esta no Página 24 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 estará vinculada en ningún caso a la entrega de alimentos que será siempre gratuita. 5. La entidad puede justificar el número de personas necesitadas a las que declara atender, así como los criterios de selección y de valoración de la situación de necesidad de las mismas y, en el caso de entidades de reparto, el sistema de reparto de los alimentos entre todas ellas. 6. La entidad dispone de medios, humanos y materiales suficientes para realizar la correcta distribución de los alimentos entre los beneficiarios a los que atiende. 7. En el caso de las entidades de reparto, la entidad dispone de una relación actualizada de los beneficiarios destinatarios de los alimentos del plan, así como de los documentos justificativos de entrega de los mismos debidamente cumplimentados, que debe ajustarse, al menos, al modelo establecido en el anexo 2 de la Resolución de 20 de febrero de 2013, del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se establece el procedimiento para la designación de las organizaciones caritativas y los requisitos que deben cumplir las entidades benéficas, encargadas de la distribución de alimentos en el marco del Plan 2013 de ayuda alimentaria a las personas más necesitadas de la Unión Europea. 8. La entidad se compromete a retirar los alimentos en la fecha, hora y lugar que le comunique el centro de almacenamiento y distribución (CAD) de la organización designada que le corresponda, a devolver a dicho CAD los alimentos que no vaya a utilizar con una antelación suficiente a su caducidad para que puedan ser redistribuidos a otras entidades; a no ceder por su cuenta los alimentos a ninguna otra entidad aunque también distribuya alimentos del Plan; a comunicar al CAD, con la mayor brevedad posible, cualquier tipo de incidencia en la distribución, sin tomar ninguna decisión individual sin el consentimiento del CAD, y a informar al CAD de cualquier cambio en los datos recogidos en la presente propuesta. 9. La entidad realiza el tratamiento de los datos de carácter personal relacionados con el Plan de ayuda alimentaria de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. En particular, informa a los beneficiarios y recaba su consentimiento para que sus datos sean comunicados a las autoridades competentes en materia de control encargadas de verificar el correcto desarrollo del Plan. 10. La entidad se compromete a colaborar con las autoridades competentes, debidamente acreditadas, en la realización de actuaciones de control a fin de supervisar el correcto desarrollo del Plan de ayuda alimentaria, facilitándoles el acceso a los locales donde se almacenen y se consuman o repartan los alimentos y a la información que justifique el destino final de los alimentos. 11. La entidad se compromete a conservar los documentos y justificantes relacionados con el Plan de ayuda alimentaria durante un periodo mínimo de Página 25 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 5 años, permitiendo a las autoridades competentes el acceso a los mismos para efectuar los controles necesarios. 12. La entidad se compromete a exponer claramente en sus instalaciones un cartel informativo que le será facilitado a tal efecto. 13. La entidad conoce la normativa que regula el Plan de ayuda alimentaria, que está a su disposición, entre otros, en la página web del FEGA (www.fega.es), y acepta de forma expresa e incondicional todos sus requisitos y condiciones que se compromete a asumir. El incumplimiento de los requisitos anteriores así como la falta de colaboración de la entidad en la realización de las actuaciones de control dará lugar a que se interrumpa la distribución de alimentos del Plan de ayuda alimentaria a través de la entidad benéfica, sin perjuicio de las demás responsabilidades que se deriven del incumplimiento. Señalar con una X * Declaro que conozco y asumo los compromisos que conlleva la distribución de alimentos del Plan de ayuda alimentaria a las personas más necesitadas de la Unión Europea, en mi calidad de representante de la entidad benéfica que formula la presente propuesta. * En ………………………………….., a … de ……………….. de 2……. * Firma del representante legal de la entidad benéfica * Fdo. ………………………………………………………………………………………. por * Sello de la entidad benéfica Página 26 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 Las entidades que presenten una propuesta por primera vez deberán acompañarla de: - Copia de los estatutos de la entidad - DNI del representante legal - Copia del NIF - Documentación acreditativa de que la entidad está legalmente registrada - Última memoria de actividades realizada - Un compromiso de disponer de listado actualizado de beneficiarios a los que atiende11 Posteriormente, deberán presentar esta documentación únicamente cuando haya cambios. Esta propuesta consta de (8) páginas. 11 Este listado deberá ser puesto a disposición de las autoridades competentes cuando así lo soliciten. Página 27 de 28 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 ANEXO 3 NOTA DE ENTREGA DE ALIMENTOS PLAN 2013 AYUDA ALIMENTARIA UE DATOS DE LA ENTIDAD BENÉFICA NOMBRE ENTIDAD BENÉFICA: ………………………………………………………………….. DIRECCIÓN DE LA ENTIDAD BENÉFICA: ……………………………………………………………….…. …………………………………………………………....……. DATOS DE LA UNIDAD FAMILIAR NOMBRE Y APELLIDOS DEL CABEZA DE FAMILIA: ………………………………………………………………..…... D.N.I./N.I.E/Pasaporte.…..………...…… Teléfono: ……....... DOMICILIO: Calle: ……………….……………….…………………………. Localidad: ……………………..………… CP: ……………… MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR Bebés (menores de 2 años) Niños (de 2 a 8 años) Adultos (mayores de 8 años) Nº TOTAL MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR AUTORIZACIÓN PARA RETIRAR LOS ALIMENTOS si quién los retira no es el cabeza de familia. En este caso, el cabeza de familia debe cumplimentar esta autorización por escrito y se debe adjuntar una fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del mismo. La persona que retire los alimentos deberá identificarse con su DNI/NIE/Pasaporte. NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA AUTORIZADA………. ………………………....................................... ….…………… DNI/NIE/Pasaporte….……………………………………... FIRMA DEL CABEZA DE FAMILIA: ●LAS ENTIDADES BENÉFICAS ESTÁN SOMETIDAS A CONTROLES POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES. ●LOS ALIMENTOS RECIBIDOS SON GRATUITOS. ●ESTÁ PROHIBIDA SU VENTA. ●ESTÁ PROHIBIDA SU CESIÓN O ENTREGA A OTRAS ENTIDADES BENÉFICAS. ●LOS ALIMENTOS RECIBIDOS SON PARA LA UNIDAD FAMILIAR DE LA PERSONA QUE HA RECOGIDO LOS ALIMENTOS. ALIMENTOS RECIBIDOS LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS En cumplimiento de lo dispuesto en la ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este documento, van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero cuyo titular es la entidad benéfica. Asimismo se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tiene como finalidad exclusiva el control de los alimentos entregados y de las familias que los reciben dentro del Plan de ayuda alimentaria a las personas más necesitadas llevada a cabo por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a esta entidad benéfica. Arroz Lentejas Garbanzos Harina Leche UHT Queso parafinado Aceite de oliva Tomate frito en conserva Pasta alimenticia Galletas Cereales infantiles Judías verdes en conserva Fruta en conserva sin azúcar añadido Potitos CONFORMIDAD En ____________________, a ________ de _______________________ de ________ Recibí, Fdo.: Código documento 251109188041927831 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013 ALIMENTOS CORRESPONDIENTES AL PLAN…….. Entregué, Responsable entidad benéfica (1)Se entiende por envase el número de unidades incluidas en cada caja o paquete de alimentos. Nº ENVASES (1)