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SERVICIO SOCIAL Lineamientos para instituciones receptoras del Servicio Social 1. Se considera institución receptora a toda institución, área o departamento que se beneficie de la labor de los prestadores de Servicio Social de la UPAEP. 2. La instituciones receptoras pueden ser: - Dependencias gubernamentales. (DIF, SEDESOL, CNDH, ETC.) - Instituciones de asistencia pública o privada. - Direcciones y coordinaciones académicas, culturales y de investigación de la UPAEP que estén realizando un proyecto de servicio social con grupos o comunidades vulnerables. 3. Se considera como institución receptora aquella que cumple con los siguientes requisitos: - Proponer un programa de Servicio Social con fines sociales comprobables y objetivos medibles. - Llenar correcta y totalmente el formato de registro electrónico del proyecto de servicio social. - Recibir por escrito la notificación de aceptación por parte de la Coordinación de Servicio Social. 4. La institución receptora tendrá que brindar información clara, precisa y objetiva a los prestadores de Servicio Social, así como brindar apoyo, capacitación y respeto constante durante el desempeño de sus actividades a los mismos. 5. Los estudiantes podrán liberar por periodo 240hrs como máximo o 120hrs como mínimo. 6. Otorgar la documentación requerida de manera puntual a los prestadores de Servicio Social: carta de inicio y de término. 7. Notificar a la Coordinación de Servicio Social el cambio de responsable, de domicilio y número telefónico en caso de que ocurra. 8. Renovar su programa de Servicio Social semestralmente de acuerdo a los lineamientos que presenta la Coordinación de Servicio Social de manera electrónica. 9. Las instituciones receptoras del Servicio Social deberán participar en las Ferias de Servicio Social (2 al año) para que sus proyectos sean difundidos. 10. Si las actividades descritas en la carta de aceptación no fueron previamente inscritas, no se le tomará en cuenta dicha carta al estudiante. 11. Evaluar el desempeño del alumno una vez que concluya su ciclo de servicio social. SERVICIO SOCIAL 12. Se prohíben de manera terminante, los programas de servicio social cuyo objetivo principal sea la recaudación de fondos, donaciones en especie, actividades administrativas o referentes a la carrera del estudiante o que tenga fines políticos. 13. Partiendo de que el servicio social busca que el estudiante tenga una experiencia de vida donde colabore de forma directa en beneficio de su prójimo y de la sociedad. Se ha contemplado la modalidad de que los estudiantes colaboren en proyectos sociales ya sean de investigación, culturales, salud pública, etc. Y puedan acreditar 240 horas de un total de 480 horas. Entre las condiciones para ello deberá contemplarse lo siguiente: - El proyecto deberá ser 100% social. - Si el estudiante se involucra desde la creación del proyecto, este cuenta el 30% de las horas. - Se deberá entregar a la coordinación de servicio social - Con este proceso, se busca profesionalizar los proyectos sociales llevados a cabo por los estudiantes gracias al seguimiento y asesoramiento de un maestro experto por medio del cual logremos generar proyectos de calidad a nuestra sociedad y con un mayor impacto social. - El maestro encargado del proyecto deberá emitir una carta de aceptación y de término del servicio social para el estudiante que esté a su cargo.