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ES CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA 7360/11 (OR. en) PRESSE 52 PR CO 12 COMUNICADO DE PRENSA Sesión n.º 3073 del Consejo Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores Empleo y Política Social Bruselas, 7 de marzo de 2011 Presidente D. Sándor CZOMBA, Secretario de Estado de Política de Empleo D. Miklos RÉTHELYI, Ministro de Recursos Nacionales de Hungría PRENSA Rue de la Loi, 175 B – 1048 BRUSELAS Tfno.: +32 (0)2 281 5272 / 6319 Fax: +32 (0)2 281 8026 press.office@consilium.europa.eu http://www.consilium.europa.eu/Newsroom 7360/11 1 ES 7.III.2011 Principales resultados del Consejo El Consejo ha mantenido un debate de orientación sobre su contribución al Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo, en el que ha tratado tanto el tema del empleo como los aspectos sociales. En este marco, ha adoptado el Informe conjunto sobre el empleo, junto con las conclusiones correspondientes y las conclusiones sobre la Plataforma Europea contra la Pobreza. Se le ha informado del orden del día de la Cumbre Social Tripartita que se celebrará el 24 de marzo por la mañana, antes del Consejo Europeo. El Consejo ha adoptado el nuevo Pacto Europeo por la Igualdad de Género para el período comprendido entre 2011 y 2020, en la forma de conclusiones del Consejo. Los ministros han cambiado impresiones sobre el resultado de la consulta relativa al Libro Verde "En pos de unos sistemas de pensiones europeos adecuados, sostenibles y seguros". 7360/11 2 ES 7.III.2011 ÍNDICE1 PARTICIPANTES ............................................................................................................................. 5 PUNTOS OBJETO DE DEBATE CONTRIBUCIÓN AL CONSEJO EUROPEO DE PRIMAVERA .................................................... 7 Informe conjunto sobre el empleo - conclusiones ............................................................................... 9 Orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros ............................................... 10 Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social - conclusiones .................................... 10 Dimensión social de la Estrategia Europa 2020................................................................................. 11 Preparación de la Cumbre Social Tripartita ....................................................................................... 11 DIRECTIVA SOBRE DESPLAZAMIENTO DE TRABAJADORES ............................................. 12 NUEVO PACTO EUROPEO POR LA IGUALDAD DE GÉNERO (2011-2020) conclusiones ....................................................................................................................................... 13 PROGRESOS EN LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES - INFORME ANUAL DE 2010 ............................................................................................................................................. 14 SISTEMAS DE PENSIONES: INFORME SOBRE LA CONSULTA RELATIVA AL LIBRO VERDE ................................................................................................................................. 15 OTROS PUNTOS APROBADOS ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS – Grecia - Procedimiento por déficit excesivo ......................................................................................................... 17 JUSTICIA Y ASUNTOS DE INTERIOR – Adhesión de Liechtenstein al Acuerdo entre la UE y Suiza sobre el acervo de Schengen .................................... 17 – Adhesión de Liechtenstein al acuerdo entre la UE y Suiza sobre asilo ................................................................. 17 1 Cuando el Consejo ha adoptado formalmente declaraciones, conclusiones o resoluciones, el título del punto correspondiente así lo indica, y el texto va entrecomillado. Los documentos cuyo número de referencia aparece en el texto pueden consultarse en el sitio Internet del Consejo: http://www.consilium.europa.eu. Los actos adoptados que van acompañados de declaraciones no confidenciales consignadas en acta se señalan con asterisco. Las declaraciones pueden consultarse en el sitio Internet del Consejo o solicitarse al Servicio de Prensa. 7360/11 3 ES 7.III.2011 ASUNTOS EXTERIORES – Mecanismos financieros y protocolos sobre pesca: UE, Islandia, Liechtenstein y Noruega ................................. 18 – Renovación de las medidas en apoyo del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia ............................ 18 TRANSPORTE – Acuerdo de cooperación con EE.UU. sobre seguridad de la aviación civil ........................................................... 19 – Certificación de las entidades encargadas del mantenimiento de los vagones de mercancías ............................... 19 – Interoperabilidad del sistema ferroviario europeo - material rodante .................................................................... 19 POLÍTICA COMERCIAL – Comercio de bananos - celebración de acuerdos y nuevos aranceles para el banano ............................................ 20 – Convenio relativo a las exposiciones internacionales ............................................................................................ 20 7360/11 4 ES 7.III.2011 PARTICIPANTES Bélgica: D.ª Joëlle MILQUET D. Michel DAERDEN Viceprimera Ministra y Ministra de Trabajo y de Igualdad de Oportunidades, encargada de Inmigración y Asilo Ministro de Pensiones y Grandes Núcleos Urbanos Bulgaria: D. Totyu MLADENOV Ministro de Trabajo y Política Social República Checa: D. Jaromir DRÁBEK Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales Dinamarca: D.ª Inger STØJBERG D.ª Benedicte KJÆR Ministra de Empleo Ministra de Asuntos Sociales Alemania: D. Andreas STORM Secretario de Estado del Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales Estonia: D. Hanno PEVKUR Ministro de Asuntos Sociales Irlanda: D.ª Geraldine BYRNE NASON Representante Permanente adjunta Grecia: D. Andreas PAPASTAVROU Representante Permanente adjunto España: D.ª María Luz RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ D. Leandro GONZÁLEZ GALLARDO Secretaria de Estado de Empleo Subsecretario de Sanidad, Política Social e Igualdad Francia: D. Xavier BERTRAND Ministro de Trabajo, Empleo y Sanidad Italia: D. Maurizio SACCONI Ministro de Trabajo y Política Social Chipre: D.ª Sotiroula CHARALAMBOUS Ministra de Trabajo y Seguridad Social Letonia: D.ª Ilona JURŠEVSKA Ministra de Asuntos Sociales Lituania: D.ª Audrone MORKŪNIENĖ Subsecretaria de Seguridad Social y Trabajo 7360/11 5 ES 7.III.2011 Luxemburgo: D. Nicolas SCHMIT D. Mars DI BARTOLOMEO Ministro de Trabajo, Empleo e Inmigración Ministro de Sanidad y Seguridad Social Hungría: D. Miklòs RÉTHELYI D. Sándor CZOMBA Ministro de Recursos Nacionales Secretario de Estado de Empleo Malta: D.ª Dolores CRISTINA Ministra de Educación, Empleo y Familia Países Bajos: D. Henk KAMP Ministro de Asuntos Sociales y Empleo Austria: D. Rudolf HUNDSTORFER Polonia: D. Radoslaw MLECZKO Ministro Federal de Trabajo, Asuntos Sociales y Protección de los Consumidores Subsecretario de Estado, Ministerio de Trabajo y Política Social Portugal: D.ª Helena ANDRÉ Ministra de Trabajo y Solidaridad Social Rumanía: D. Cristian BĂDESCU Representante Permanente adjunto Eslovenia: D. Ivan SVETLIK Ministro de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales Eslovaquia: D. Peter JAVORCIK Representante Permanente adjunto Finlandia: D.ª Anni SINNEMÄKI D. Juha REHULA Ministra de Trabajo Ministro de Asuntos Sociales y Sanidad Suecia: D.ª Hillevi ENGSTRÖM D. Ulf KRISTERSSON Ministra de Empleo Ministro de Seguridad Social Reino Unido: D. Chris GRAYLING Ministro de Empleo Comisión: D.ª Viviane REDING D. László ANDOR Vicepresidenta Miembro 7360/11 6 ES 7.III.2011 PUNTOS OBJETO DE DEBATE CONTRIBUCIÓN AL CONSEJO EUROPEO DE PRIMAVERA El Consejo ha mantenido un debate de orientación sobre cuestiones que guardan una importante relación con el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento y el Semestre Europeo, concretamente el Informe conjunto sobre el empleo y las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros, y sobre cuestiones relacionadas con la Estrategia "Europa 2020", a saber: la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social y las principales indicaciones del informe sobre la dimensión social de la Estrategia. Los resultados de este debate, junto con el Informe conjunto sobre el empleo, se presentarán al Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo como parte de la contribución del Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores. El debate se ha basado en un cuestionario de la Presidencia (6912/11). Los ministros han indicado en sus respuestas, en particular, que tanto el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento como el Informe conjunto sobre el empleo delimitan correctamente las perspectivas macroeconómicas y la situación del empleo y que son un buen punto de partida para el Semestre Europeo. A este respecto, han destacado los vínculos existentes entre los distintos ámbitos de actuación. Algunos ministros han subrayado que podría reforzarse la dimensión social del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento. Han observado asimismo que efectuar una buena evaluación del empleo y la inclusión social lleva tiempo. Varios ministros han hecho también hincapié en que, para lograr el objetivo de la UE a largo plazo en cuanto al empleo y la inclusión social, es necesario demostrar suficiente ambición a la hora de establecer los objetivos nacionales, pero que también es preciso ser realista y tener en cuenta las diferentes posiciones de partida de los Estados miembros. Es preciso acelerar las reformas estructurales necesarias para la creación de empleo y para el crecimiento, y el Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores tiene un papel que desempeñar en ese proceso. Tiene también un papel que desempeñar a la hora de debatir el tema de las pensiones y la política salarial, junto con el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros, en el marco del nuevo pacto por la competitividad. Son elementos importantes en este contexto el saneamiento presupuestario y el aumento de la competitividad en el sector empresarial. Varios ministros han destacado que el reto consiste en aprovechar las posibilidades que brinda el mercado laboral de la UE. Los regímenes de prestaciones deben alentar a las personas a trabajar, ya que el trabajo es la mejor forma de salir de la pobreza. Es necesario examinar desde la perspectiva de la inclusión social los planteamientos de flexiguridad adoptados por distintos Estados miembros. 7360/11 7 ES 7.III.2011 Los ministros han comentado que deben tomarse medidas para mejorar la formación y ofrecer incentivos para el empleo, dirigidos en particular a los grupos más vulnerables como los jóvenes, las mujeres, las personas de edad avanzada, de forma que puedan adaptar sus cualificaciones y conocimientos a las necesidades del mercado laboral. Han acogido con satisfacción la Plataforma contra la Pobreza y han destacado que los Gobiernos deben coordinar las medidas de inclusión social, con objeto de alcanzar los objetivos de lucha contra la pobreza. Numerosos ministros han subrayado el importante papel de los interlocutores sociales, en particular en la determinación de los salarios y la reforma de los sistemas de pensiones. A este respecto, varios ministros han considerado que, pese a que la coordinación a escala de la UE puede resultar útil, las políticas salariales y de pensiones son competencia de los Estados miembros. El Fondo Social Europeo puede desempeñar un papel crucial, más eficiente y eficaz, sobre todo en lo que se refiere a la asignación de recursos y la ayuda a las personas en busca de empleo. 7360/11 8 ES 7.III.2011 Informe conjunto sobre el empleo - conclusiones El Consejo ha adoptado el Informe conjunto sobre el empleo (7396/11) junto con las correspondientes conclusiones. En este informe se examina la situación actual del empleo en Europa y la aplicación de las orientaciones para el empleo adoptadas en octubre de 2010. Este año, el informe está más orientado al futuro que en años anteriores, y tiene también en cuenta que la ejecución de la Estrategia "Europa 2020" está en sus primeras fases. En los mensajes principales del Informe se indica que, a pesar de que los mercados laborales de la UE se están estabilizando, los efectos de la crisis se siguen notando y el desempleo sigue siendo una de las preocupaciones más importantes de los ciudadanos de la UE. La crisis también ha evidenciado que los mercados laborales europeos presentan problemas estructurales que requieren un tratamiento urgente. En consonancia con los objetivos de la estrategia "Europa 2020", resulta esencial introducir reformas estructurales destinadas a estabilizar la economía y a relanzar el crecimiento económico para crear condiciones que propicien un aumento del empleo, y en particular la creación de nuevos puestos de trabajo permanentes. Un rápido retorno al crecimiento y unas políticas bien concebidas en materia de empleo y de educación también resultan esenciales para reducir la pobreza y la exclusión social. Las conclusiones del Consejo contienen los principales mensajes destinados al Consejo Europeo (7397/11). En particular: – subrayan que el saneamiento presupuestario debe correr parejo con la recuperación del crecimiento económico y con el aumento del empleo; – destacan que las reformas del mercado laboral son insuficientes por sí mismas para generar demanda de mano de obra. Para crear más y mejores empleos, mejorar la cohesión social y aprovechar todo el potencial del capital humano de la Unión Europea, son necesarios un entorno empresarial más favorable al empleo y un mayor crecimiento económico, impulsado por actividades económicas innovadoras y de elevado valor añadido, y por el aprovechamiento de las oportunidades que ofrece el paso a una economía más ecológica; – exhortan a todos los Estados miembros a que establezcan objetivos ambiciosos para el empleo, y a que fomenten la inclusión social mediante la reducción de la pobreza para lograr, a más tardar en 2020, alcanzar una tasa de empleo del 75 % y liberar al menos a 20 millones de personas del riesgo de caer en la pobreza y la exclusión. 7360/11 9 ES 7.III.2011 Orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros El Consejo ha aprobado una orientación general sobre la Decisión relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros para 2011 (6192/2/11). Habida cuenta de que las orientaciones para el empleo de 2010 se adoptaron solamente en octubre de ese año, se ha propuesto mantenerlas sin cambios para 2011. Sin embargo, el Consejo no ha podido adoptar hoy las orientaciones para el empleo, ya que tiene que esperar la adopción de las conclusiones del Consejo Europeo del 24 de marzo sobre la base del Informe conjunto sobre el empleo, y está pendiente también el dictamen del Comité de las Regiones. El Parlamento Europeo, el Comité del Empleo y el Comité Económico y Social Europeo han aceptado ya la propuesta de la Comisión de mantener inalteradas las orientaciones en 2011. Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social - conclusiones El Consejo ha adoptado las conclusiones sobre la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social (7434/1/11), en las que establece su posición respecto de los elementos clave de la iniciativa emblemática de la Comisión en el contexto de las medidas que deben tomarse para alcanzar el objetivo de la UE en materia de inclusión social y reducción de la pobreza fijado por el Consejo Europeo en junio de 2010. Las conclusiones recuerdan que determinados grupos de la población están especialmente expuestos al riesgo de pobreza y exclusión social, mientras que otros padecen formas extremas de pobreza, destacan que la actuación contra la pobreza y la exclusión social exige que se combinen todos los esfuerzos e instrumentos pertinentes a nivel nacional y de la UE y, en este sentido, celebran el planteamiento integrado de la Plataforma para abordar las múltiples facetas de la exclusión social. El Consejo ha aprobado asimismo el dictamen del Comité de Protección Social sobre la Plataforma, que ha sido presentado por su Presidente (6491/11). El dictamen subraya el papel que este Comité se propone desempeñar en la aplicación de las medidas previstas en el marco de la Plataforma y su contribución en distintos ámbitos como la inclusión activa, las pensiones, la atención sanitaria, los servicios sociales, la pobreza infantil y la inclusión social de los grupos que se encuentran en situaciones de riesgo. 7360/11 10 ES 7.III.2011 Dimensión social de la Estrategia Europa 2020 El Consejo ha aprobado los puntos destacados del informe (6624/11) sobre la dimensión social de la Estrategia "Europa 2020" preparado por el Comité de Protección Social. El Presidente de éste ha señalado que el Comité ha ultimado su primer informe sobre la supervisión de la situación social y el desarrollo de las políticas de protección social, que incluye la evaluación de la dimensión social de la Estrategia "Europa 2020". El informe se centra en los elementos siguientes: – progreso hacia el objetivo principal de la UE en materia de inclusión social y reducción de la pobreza, e interacción de este objetivo con otros; – supervisión de la aplicación de los aspectos sociales de la orientaciones integradas, centrándose sobre todo en la "Orientación n.º 10: Promover la inclusión social y luchar contra la pobreza"; – temas prioritarios en el contexto del método abierto de coordinación en materia social. Preparación de la Cumbre Social Tripartita La Presidencia ha informado al Consejo del orden del día de la Cumbre Social Tripartita, que se celebrará el 24 de marzo por la mañana, antes del Consejo Europeo. La Cumbre Social Tripartita brindará una oportunidad única para mantener con los interlocutores sociales un debate sobre el crecimiento y el empleo en tiempos de saneamiento presupuestario. Habida cuenta del papel que desempeñan los interlocutores sociales en la gobernanza de la Estrategia "Europa 2020", la Cumbre debatirá también de qué forma las prioridades propuestas en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento pueden ayudar a lograr los objetivos de la Estrategia. La Cumbre Social Tripartita, que se reúne en general dos veces al año, tiene por misión garantizar un diálogo continuo al más alto nivel entre el Consejo, la Comisión y los interlocutores sociales. Reúne a los Presidentes del Consejo Europeo y de la Comisión Europea, a los Jefes de Gobierno de la Presidencia de turno (Hungría) y de las dos Presidencias siguientes (Polonia y Dinamarca), acompañados por sus respectivos ministros de Empleo, al Comisario de Empleo y a los Presidentes o Secretarios Generales de las principales organizaciones patronales y sindicales de Europa. 7360/11 11 ES 7.III.2011 DIRECTIVA SOBRE DESPLAZAMIENTO DE TRABAJADORES El Consejo ha adoptado las conclusiones sobre el comienzo de la fase piloto de un sistema de intercambio electrónico que facilite la cooperación administrativa en el marco de la Directiva sobre desplazamiento de trabajadores (6196/1/11). La Directiva sobre desplazamiento de trabajadores, adoptada en 1996, establece la obligación de que los Estados miembros cooperen entre sí e intercambien información administrativa acerca de los trabajadores desplazados. Habida cuenta de ello, el Consejo ha llegado a la conclusión de que debe ponerse en marcha un proyecto piloto a fin de realizar ensayos que permitan determinar la utilidad de un módulo independiente del sistema de intercambio electrónico de información, destinado a mejorar la cooperación administrativa de los Estados miembros, como estipula la Directiva sobre desplazamiento de trabajadores. La Comisión ha indicado ya que está dispuesta a iniciar el proyecto piloto en un futuro próximo. El Consejo espera con interés recibir informes sobre los resultados de este proyecto piloto. 7360/11 12 ES 7.III.2011 NUEVO PACTO EUROPEO POR LA IGUALDAD DE GÉNERO (2011-2020) - conclusiones El Consejo ha adoptado el nuevo Pacto Europeo por la Igualdad de Género (2011-2020). El nuevo Pacto, anejo a las conclusiones del Consejo (7370/11), reitera el compromiso de la UE de reducir las desigualdades entre hombre y mujer en materia de empleo, educación y protección social, promover un mayor equilibrio entre la vida laboral y la vida privada de las mujeres y combatir todas las formas de violencia contra la mujer. Insta a que los Estados miembros y la Unión adopten medidas destinadas a: – eliminar los estereotipos de género, garantizar una misma retribución para un mismo trabajo y fomentar la igualdad de participación de las mujeres en el proceso decisorio; – mejorar la oferta de servicios de guardería asequibles y de elevada calidad y promover modalidades de trabajo flexibles; – reforzar la prevención de la violencia contra las mujeres y la protección de las víctimas y poner de relieve el papel de hombres y muchachos en la erradicación de la violencia. La igualdad de género tiene una importante dimensión económica y todos los Estados miembros han acordado impulsar el empleo tanto de las mujeres como de los hombres en el contexto de la Estrategia "Europa 2020". El Pacto alienta por ello a los Estados miembros a que fomenten las políticas de igualdad entre hombres y mujeres, sobre todo en lo que se refiere a las orientaciones de la UE para el empleo. También invita a la Comisión y al Consejo a que integren la perspectiva de la igualdad de género en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento de la UE. También reitera la importancia de incorporar la perspectiva de género en todas las políticas, incluidas las actividades exteriores de la UE. Las conclusiones se publicarán en el Diario Oficial. 7360/11 13 ES 7.III.2011 PROGRESOS EN LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES - INFORME ANUAL DE 2010 El Consejo ha tomado nota del informe de la Comisión (6571/11) y ha convenido en remitirlo al Consejo Europeo. La Comisión ha presentado su informe anual sobre la igualdad entre mujeres y hombres en respuesta a la petición formulada por el Consejo Europeo en primavera de 2003. El informe describe la evolución reciente en materia de igualdad entre mujeres y hombres tanto en la UE, con datos estadísticos para todas las esferas analizadas, como en los Estados miembros. Expone la situación en los cinco ámbitos prioritarios que define la estrategia de la Comisión para la igualdad entre mujeres y hombres (2010-2015), esto es: – igual independencia económica; – salario igual a trabajo igual y trabajo de igual valor; – igualdad en la toma de decisiones; – dignidad, integridad y fin a la violencia sexista; – igualdad en la acción exterior. El informe será también la base para los debates del próximo diálogo de alto nivel sobre igualdad entre mujeres y hombres anunciado por la Comisión en su nueva Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres, en el que participarán el Sr. Barroso, Presidente de la Comisión, la Sra. Reding, Vicepresidenta, y los representantes del Trío de Presidencias, el Parlamento Europeo, los interlocutores sociales y las organizaciones no gubernamentales. 7360/11 14 ES 7.III.2011 SISTEMAS DE PENSIONES: INFORME SOBRE LA CONSULTA RELATIVA AL LIBRO VERDE El Consejo ha cambiado impresiones sobre las conclusiones iniciales del informe (6918/11). El Comisario Laszlo Andor ha informado al Consejo sobre el resultado de la consulta relativa al Libro Verde y sobre las posibles orientaciones de las medidas que deben tomarse, que se incluirán en el Libro Blanco que se presentará a finales de año. Todos los ministros han destacado la importancia de que, al plantear cualquier mejora del marco existente en la UE en lo que respecta a las pensiones, se evite optar por un planteamiento unificado y se respete plenamente el principio de subsidiariedad, dada la diversidad de los sistemas nacionales de protección social, que son fruto de trayectorias económicas y tendencias demográficas diferentes. La modernización de los sistemas de pensiones debe permitir equilibrar los objetivos de sostenibilidad y de adecuación, lo que supone mantener cierto grado de proporcionalidad entre las contribuciones y las prestaciones de jubilación. Se precisan políticas bien coordinadas para abordar las múltiples dimensiones de esta cuestión, entre las cuales figuran elementos como el mantenimiento en el trabajo de los trabajadores de mayor edad, la limitación de los mecanismos de jubilación anticipada a los trabajadores de las empresas que estén en proceso de reestructuración, la mejora de la calidad de los servicios de empleo, la mejora de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo y la lucha contra el empleo ilegal. Según los ministros, el objetivo debería ser lograr un equilibrio justo entre trabajo y jubilación, y facilitar la prolongación de la vida activa. Será necesario garantizar unos ingresos suficientes durante la jubilación, como red de seguridad contra la pobreza para las personas de mayor edad. Aunque generalmente se reconoce que es necesario fijar una edad de jubilación efectiva más avanzada, ésta deben determinarla las políticas nacionales con la participación de los interlocutores sociales. Algunos ministros han considerado que la edad de jubilación debe evolucionar con arreglo a la esperanza de vida, mientras que otros han estimado que la reforma de las pensiones ha de ir pareja con políticas activas de mercado laboral, oportunidades de aprendizaje permanente, sistemas de seguridad social y de sanidad eficaces y mejores condiciones de trabajo. Varios ministros han destacado la importancia de que se coordinen las políticas de pensiones de la UE facilitando la supervisión, la coordinación y el aprendizaje mutuo entre Estados miembros. En particular, se ha considerado que el método abierto de coordinación en materia social es el instrumento apropiado para apoyar a los Estados miembros en sus esfuerzos por mejorar la adecuación de las pensiones. 7360/11 15 ES 7.III.2011 En julio de 2010, la Comisión puso en marcha un debate a escala de la UE sobre la forma de garantizar unas pensiones suficientes, sostenibles y seguras y sobre el modo en que la UE podría respaldar mejor las políticas de los Estados miembros. Se han recibido casi 1 700 respuestas de muy diversas instituciones y partes interesadas. En el Libro Verde se ha examinado de forma integrada el marco existente en la UE en materia de pensiones, abarcando temas como la prolongación de la vida laboral, el mercado interior de las pensiones, la movilidad de éstas en la UE, el futuro régimen de solvencia para los fondos de pensiones, el riesgo de insolvencia del empleador, la toma de decisiones con conocimiento de causa y la gobernanza a escala de la UE. 7360/11 16 ES 7.III.2011 OTROS PUNTOS APROBADOS ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS Grecia - Procedimiento por déficit excesivo El Consejo ha adoptado la Decisión (6754/11) por la que se modifica la Decisión 2010/320/UE, dirigida a Grecia, con objeto de reforzar y profundizar la supervisión presupuestaria y de formular una advertencia a Grecia a fin de que adopte las medidas para la reducción del déficit, considerada necesaria para poner remedio a la situación de déficit excesivo. La modificación tiene en cuenta, por una parte, el hecho de que las tasas de crecimiento del PIB para 2011 y 2012 serán inferiores a las previstas y, por otra, la actualización de los deflactores para los años 2010 a 2014, aunque deja inalterado el plazo para la corrección del déficit excesivo. JUSTICIA Y ASUNTOS DE INTERIOR Adhesión de Liechtenstein al Acuerdo entre la UE y Suiza sobre el acervo de Schengen El Consejo ha adoptado la Decisión (6077/10 + COR 1) relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea, la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein sobre la adhesión del Principado de Liechtenstein al Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen. Adhesión de Liechtenstein al acuerdo entre la UE y Suiza sobre asilo El Consejo ha adoptado la Decisión relativa a la celebración de un Protocolo entre la Unión Europea, la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein sobre la adhesión del Principado de Liechtenstein al Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en un Estado miembro o en Suiza (6242/10). 7360/11 17 ES 7.III.2011 ASUNTOS EXTERIORES Mecanismos financieros y protocolos sobre pesca: UE, Islandia, Liechtenstein y Noruega El Consejo ha adoptado la Decisión (9902/10) relativa a la celebración de: – un Acuerdo entre la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein y Noruega sobre un Mecanismo Financiero EEE para 2009-2014; – un Acuerdo entre la Unión Europea y Noruega sobre un Mecanismo Financiero Noruego para el período 2009-2014; – un Protocolo Adicional del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea e Islandia, sobre disposiciones especiales aplicables a las importaciones a la Unión Europea de determinados pescados y productos pesqueros para el período 2009-2014; y – un Protocolo Adicional del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y Noruega, sobre disposiciones especiales aplicables a las importaciones a la Unión Europea de determinados pescados y productos pesqueros para el período 2009-2014. La celebración de estos acuerdos y protocolos se considera un desarrollo importante del Espacio Económico Europeo (EEE). Los dos Acuerdos sustituyen los mecanismos financieros existentes por nuevos mecanismos relacionados con distintos periodos, distintos importes de fondos y distintas disposiciones de aplicación. Los Protocolos Adicionales renuevan y prorrogan las concesiones relativas a determinados peces y productos de la pesca. Renovación de las medidas en apoyo del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia Decisión del Consejo por la que se renuevan otro año las medidas en apoyo de la aplicación efectiva del mandato del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia. El Consejo ha adoptado la Decisión por la que se renuevan un año más las medidas, inicialmente introducidas en 2004, en apoyo de la aplicación efectiva del mandato del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia. Estas medidas, que expiraban el 16 de marzo de 2011, quedan prorrogadas hasta el 16 de marzo de 2012. 7360/11 18 ES 7.III.2011 TRANSPORTE Acuerdo de cooperación con EE.UU. sobre seguridad de la aviación civil El Consejo ha autorizado la celebración del Acuerdo entre la UE y los EE.UU. sobre cooperación en materia de reglamentación de la seguridad en la aviación civil (6821/11 + 8312/09), firmado en junio de 2008. El Acuerdo pretende permitir el reconocimiento mutuo de las conclusiones en materia de conformidad y de las aprobaciones, promover un alto grado de seguridad en el transporte aéreo y garantizar la cooperación reglamentaria y de armonización que existe entre los EE.UU. y la UE en los ámbitos de las aprobaciones de aeronavegabilidad y la supervisión de productos aeronáuticos civiles, las comprobaciones y aprobaciones medioambientales de dichos productos y la aprobación y supervisión de instalaciones de mantenimiento. Certificación de las entidades encargadas del mantenimiento de los vagones de mercancías El Consejo ha decidido no oponerse a que la Comisión adopte el Reglamento relativo a un sistema de certificación de las entidades encargadas del mantenimiento de los vagones de mercancías que se utilicen en la red ferroviaria de la Unión (5781/11). El proyecto de Reglamento define, en particular, los requisitos que toda entidad encargada del mantenimiento de vagones de mercancías ha de cumplir para garantizar que los vagones estén en condiciones de funcionar de manera segura, los criterios para la acreditación de los organismos de certificación y el formato de los certificados concedidos a las entidades, válidos en toda la Unión. El proyecto de Reglamento está sujeto al procedimiento de reglamentación con control; ahora que el Consejo ha dado su aprobación, la Comisión podrá adoptarlo, a menos que el Parlamento Europeo se oponga. Interoperabilidad del sistema ferroviario europeo - material rodante EL Consejo ha decidido no oponerse a que la Comisión adopte la Decisión sobre la especificación técnica de interoperabilidad del subsistema de material rodante "locomotoras y material rodante de viajeros" del sistema ferroviario transeuropeo convencional (5145/11 + ADD 1). El material rodante de que se trata incluye locomotoras, vagones de viajeros y ciertos tipos de material de construcción y mantenimiento de infraestructuras ferroviarias móviles. El proyecto de Decisión está sujeto al procedimiento de reglamentación con control; ahora que el Consejo ha dado su aprobación, la Comisión podrá adoptarla, a menos que el Parlamento Europeo se oponga. 7360/11 19 ES 7.III.2011 POLÍTICA COMERCIAL Comercio de bananos - celebración de acuerdos y nuevos aranceles para el banano El Consejo ha adoptado la Decisión (7782/10) relativa a la celebración de los dos Acuerdos siguientes sobre el comercio de bananos: – Acuerdo de Ginebra sobre el comercio de bananos entre la Unión Europea y Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú y Venezuela; – Acuerdo sobre el comercio de bananos entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América. El Parlamento Europeo dio su aprobación a la celebración de estos Acuerdos el 3 de febrero de 2011. El Acuerdo de Ginebra establece una disminución de los aranceles para las importaciones de bananos en la UE y permite resolver oficialmente las diferencias pendientes con los proveedores latinoamericanos de bananos acogidos al trato de nación más favorecida. También garantiza que el compromiso final en materia de acceso a los mercados para los bananos que asumirá la UE en las próximas negociaciones multilaterales de la OMC sobre acceso a los mercados para los productos agrícolas no exceda de lo establecido en los acuerdos relativos al trato arancelario de los bananos. Además, a la vista del nuevo arancel para los bananos que habrá de aplicarse a tenor de este acuerdo, el Consejo ha adoptado en primera lectura el Reglamento por el que se deroga el Reglamento sobre los tipos arancelarios aplicables a los plátanos. Esta propuesta había sido adoptada previamente por el Parlamento Europeo el 3 de febrero de 2011 (7/11). El Acuerdo entre la UE y los Estados Unidos permite resolver su diferencia en relación con los bananos. Convenio relativo a las exposiciones internacionales El Consejo ha adoptado la Decisión por la que se autoriza a los Estados miembros a adherirse al Convenio relativo a las exposiciones internacionales (Convenio de París) (8100/10) en lo que respecta a las disposiciones que son competencia de la UE. El Convenio de París exige que los países que organizan exposiciones internacionales autoricen la admisión temporal de objetos por parte de los participantes. Estas disposiciones forman parte de las competencias exclusivas de la Unión en lo que respecta a la política comercial común, y están reglamentadas por el Código Aduanero Comunitario. La función del Convenio de París es regular la frecuencia, la calidad y los procedimientos de las exposiciones internacionales contempladas en su ámbito de aplicación. La Unión Europea no puede adherirse por sí misma al Convenio de París, porque solamente pueden ser partes en él los Estados soberanos. 7360/11 20 ES