Download DFOE-SO-34-2004 - Contraloría General de la República
Document related concepts
Transcript
INFORME Nro. DFOE-SO-34-2004 25 de noviembre, 2004 DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO DEL PRESUPUESTO ORDINARIO DEL FONDO DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES PARA EL AÑO 2005 2004 CONTENIDO No. de página 1. 2. INTRODUCCION. 1 1.1. Origen del estudio. 1 1.2. Alcance del estudio. 1 RESULTADOS. 2 2.1. Presupuesto ordinario. 2 2.1.1. Aprobaciones. 2 2.1.2. Improbaciones. 4 2.2. Plan anual operativo y distribución de los recursos del FODESAF 4 3. CONCLUSIONES. 8 4. DISPOSICIONES. 9 4.1. Al Ministro de Trabajo y Seguridad Social. 9 4.2. A la Auditoría Interna del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. 10 INFORME Nro. DFOE-SO-34-2004 DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO DEL PRESUPUESTO ORDINARIO DEL FONDO DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES PARA EL AÑO 2005 1. INTRODUCCIÓN. 1.1. ORIGEN DEL ESTUDIO. Con fundamento en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 175 y 184 de la Constitución Política de la República, 18 de su Ley Orgánica Nro. 7428, y otras leyes conexas, se analizó el presupuesto ordinario del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), su plan operativo anual y el procedimiento utilizado por la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (DESAF) para la distribución de dichos recursos y su relación con el “Plan Vida Nueva: Superación de la Pobreza y Desarrollo de las Capacidades Humanas”. 1.2. ALCANCE DEL ESTUDIO. Para el análisis respectivo se han tenido a la vista los siguientes documentos: Presupuesto Ordinario del FODESAF y su correspondiente Plan Anual Operativo para el ejercicio económico que va desde el 1º de enero al 31 de diciembre de 2005, remitidos mediante oficio DMT-1067-04 del 30 de setiembre de 2004, recibido en esta Contraloría General el 1 de octubre siguiente. La verificación del cumplimiento del bloque de legalidad en el plan operativo anual y el presupuesto, se fundamentó en las guías remitidas por esa entidad, según lo establecido en la normativa vigente. La veracidad de su contenido es responsabilidad de los funcionarios que las emitieron. En el estudio de las propuestas contenidas en los documentos presentados por la institución se han aplicado técnicas selectivas. 2 2. RESULTADOS. 2.1 PRESUPUESTO ORDINARIO. La DESAF presentó una propuesta de ingresos (y por lo tanto de egresos) por un monto de ¢97.133.885.7 miles. Después del análisis realizado se aprueba por ese mismo monto. Es importante aclarar que el monto correspondiente a las improbaciones de los egresos que más adelante se comentarán, se deberán trasladar a la partida de Asignaciones Globales. 2.1.1. Aprobaciones Como resultado del análisis de los documentos presentados, se efectúan las siguientes aprobaciones: a) El aporte del Gobierno Central -código contable Nro.15735-00-664-210-01- por un monto de ¢10.438.800.7 miles, con base en el Dictamen Afirmativo de Mayoría del Proyecto de Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico de 2005. De presentarse alguna diferencia entre dicho monto y el aprobado en la Ley de Presupuesto de la República para el año 2005, se deberán efectuar los ajustes necesarios mediante un presupuesto extraordinario. b) El monto de ¢1.000.000.0 miles, asignado al programa “Reactivación FOSUVI” ejecutado por el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), únicamente para atender la carga financiera (intereses) generada por la emisión de títulos valores en colones dentro del programa para la reactivación FOSUVI, denominados Bonos Tasa Real y Bonos FONAVI Serie A, en el tanto no supere el límite de colocación de bonos por la suma de ¢20.000.000 miles, así como los intereses adicionales que se generen por un eventual atraso en la transferencia de los recursos destinados a la atención de aquella carga financiera, sin que sea factible jurídicamente atender cualquier otra suma que no responda a estos conceptos. Se recuerda que la veracidad y corrección del monto de los recursos que se giren es responsabilidad de esa Dirección y no es objeto de análisis por parte de este órgano contralor en esta etapa de autorización presupuestaria, sin perjuicio de otras observaciones que a futuro pueda realizar esta Contraloría General en cumplimiento de sus funciones de fiscalización superior. c) Los recursos asignados al Fondo de Apoyo para la Educación Superior y Técnica del Puntarenense, por ¢233.121.3 miles, y al Fondo Nacional de Becas de Solidaridad Social por ¢738.217.5 miles, en el entendido de que se estimaron de conformidad con lo establecido en el transitorio ll de la Ley Nro. 7667. 3 Se recuerda que la DESAF, como unidad técnica responsable de la administración de los recursos del FODESAF, debe garantizarse que la constitución, la organización y los mecanismos de funcionamiento de dichos Fondos, se ajusten estrictamente a lo establecido en la mencionada ley. d) El aporte para el programa “Suministro de Agua Potable a las Comunidades Rurales” ejecutado por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados” (ICAA) por ¢1.155.600.0 miles; no obstante, previo al giro de los recursos, la DESAF debe verificar la ejecución de los recursos y la producción de este programa en el último período y el cumplimiento de las disposiciones emitidas en los informes Nros. DFOE-PR-17-2004 y DFOE-PR-18-2004, de conformidad con los plazos acordados entre el ICAA y este órgano contralor. e) Las transferencias a los programas “Beca Inicial” y “Fondo de Becas” por ¢831.677.6 miles y ¢3.298.356.9 miles, respectivamente, ejecutados por el Fondo Nacional de Becas (FONABE). Sobre estos programas, la DESAF deberá verificar, previo al giro de los recursos, que la unidad ejecutora esté cumpliendo las disposiciones emitidas por esta Contraloría General en el informe DFOE-EC-23-2004, de conformidad con los plazos acordados entre esa dependencia y este órgano contralor. En relación con ese informe, la DESAF debe dar especial importancia a la disposición 4.1., la cual señala lo siguiente: “Hacer los ajustes correspondientes al contrato de fideicomiso... en vista de que el addendum al contrato de fideicomiso con el Banco Nacional tiene vicios de nulidad absoluta, por cuanto le otorga al Fideicomiso atribuciones que no tienen asidero en la Ley 7658, ya que la autorización que otorga esta ley es para la creación de un fideicomiso de inversión, cuya finalidad es el manejo de los fondos que obtenga el FONABE y el logro de una rentabilidad de los fondos ociosos mediante la inversión en títulos valores. Además, el contrato de fideicomiso debe cumplir con lo indicado por la Tesorería Nacional, en el oficio Nro. TN-124-2004, de manera que se ajuste al principio de caja única./ El ajuste al contrato del fideicomiso, bajo los términos señalados en esta disposición, es requisito fundamental para que esta Contraloría General le dé trámite al presupuesto 2005 del Fideicomiso de FONABE”. 4 2.1.2. Improbaciones. Como resultado del análisis de los documentos presentados, se efectúan las siguientes improbaciones: a) La transferencia para el programa “Construyendo Alternativas Juveniles para la Inserción Laboral”, ejecutado por el Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven por ¢152.330 miles. Lo anterior por cuanto esta Contraloría General no ha recibido la información solicitada en el oficio No. 6544 del 15 de junio del año en curso referente a: las razones que motivaron el cambio del enfoque tradicional del programa, pasando de una modalidad de gestión empresarial a una de emprendimientos económicos juveniles, la forma de evaluar el programa, los indicadores a utilizar, etc. b) No obstante la importancia del nuevo programa denominado “MAG–Turismo Rural Comunitario”, a ejecutar por el Instituto de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), cuyo objetivo es la generación de empleo en las zonas de desarrollo turístico; se imprueban los recursos propuestos por ¢600.000.0 miles, por cuanto, la información presentada no es suficiente para resolver, ya que, entre otros aspectos, no se aclara la forma en que va a operar el programa, la responsabilidad de cada una de las entidades participantes, cómo se seleccionarán los proyectos y los beneficiarios y cómo se evaluarán los resultados. Además, algunas de las subpartidas propuestas tales como “Otros materiales y suministros”, “Textiles y vestuarios”, “Instrumentos herramientas y otros”, en principio pareciera que son gastos indirectos del programa que deben ser asumidos por la unidad ejecutora con recursos de la contrapartida institucional. 2.2. PLAN ANUAL OPERATIVO Y DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL FODESAF. Según información contenida en el Dictamen Afirmativo de Mayoría del Proyecto de Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico de 2005, el monto que percibiría el Gobierno Central por concepto de “Impuesto sobre las ventas” es de ¢436.000.0 millones, de los cuales en primera instancia le correspondería a FODESAF el 20%, o sea aproximadamente ¢87.200.0 millones, sin embargo, únicamente se le asignaron ¢25.000.0 millones, o sea, un 28%. Para el año 2004 el Gobierno presupuestó ¢20.938.8 millones, de los cuales al 30 de setiembre no había girado ningún monto. Ante este panorama, se debe dar especial importancia a la formulación del Plan Anual Operativo y al procedimiento para la asignación de los recursos del FODESAF, de modo que los mismos se distribuyan de la mejor manera posible, con fundamentos técnicos amparados en una planificación adecuada. Sobre el particular se comentan los siguientes aspectos determinados en el estudio: 5 a) En el Plan Anual Operativo del FODESAF para el 2005, a diferencia de otros años, se exponen algunos temas importantes como “Los Retos de las Políticas Redistributivas y de Integración Social”, “Mercado Laboral y Exclusión Social” y “Particularidades del Fenómeno de la Pobreza”, en este último se incluyen datos sobre la pobreza en las mujeres, los jóvenes, los menores, los adultos mayores, los indígenas y los discapacitados. Además, se realiza un diagnóstico que señala algunas limitaciones de la DESAF y las acciones que se están llevando a cabo para la incorporación del “Enfoque de Gerencia por Resultados” y finalmente presentan una caracterización de los programas que serán financiados por el FODESAF, ubicando dichos programas en diferentes matrices, a saber: i) Matriz de Pertinencia que presenta cada programa en términos de los ejes de desarrollo, áreas temáticas, políticas y acciones del Plan Nacional de Desarrollo y se define el eje del Plan Vida Nueva al que corresponde la programación presentada como marco estratégico de la política social. ii) Matriz de Focalización que incluye el detalle de la distribución de la inversión de los programas prioritarios del Plan Vida Nueva. iii) Matriz de Producción que incorpora la caracterización del producto, el volumen de producción por producto, la estructura de costo y el presupuesto a asignar. b) A pesar de la abundante e importante información incluida en el Plan Anual Operativo, que evidencia que la DESAF ha venido avanzando en una reforma de sus procesos de planificación y evaluación, no se evidencia un vínculo entre esos planteamientos y la forma en que la DESAF distribuyó los recursos del Fondo para el 2005. Así por ejemplo, la DESAF plantea como objetivo general “Coadyuvar a la disminución de los niveles de pobreza a través de la administración del FODESAF, financiando y promocionando programas de inversión social...todo ello en concordancia con los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, la política social expresada en el Plan Vida Nueva y la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares”, sin embargo según la información contenida en la Matriz de focalización precitada, más del 65% de los beneficiados no pertenecen a los cantones prioritarios del Plan Vida Nueva. En el IMAS, institución que tiene como fin la disminución de la pobreza, componentes como “Oportunidades para la atención y la niñez”, “Servicios básicos” “Mejoramiento de vivienda”, “Oportunidades de capacitación” y “Creciendo Juntas” el porcentaje de beneficiarios que no están dentro de los cantones prioritarios son 82.9%, 69.0%, 70.3% y 90,72% respectivamente, con lo que se concluye que la distribución de los recursos no se realizó en concordancia con el Plan Vida Nueva, tal como se pretendía con el objetivo precitado. Aunque en los cantones no prioritarios puede existir población de escasos recursos, lo ideal sería que la distribución planteada sea más congruente con el objetivo definido. 6 c) Tampoco se consideraron para la asignación de los recursos del FODESAF, los criterios técnicos elaborados por la DESAF sobre los proyectos de presupuesto de las diferentes unidades ejecutoras que reciben recursos con base en convenios. La DESAF luego de recibir la información solicitada en los “Lineamientos para la Formulación de Programas Sociales para el Plan Anual Operativo del FODESAF para el ejercicio económico del 2005”, realizó el análisis a los proyectos de presupuesto aplicando la “Guía de evaluación ex ante de los Programas sociales que soliciten financiamiento a FODESAF”, se estudiaron ampliamente aspectos tanto del Plan Anual Operativo (definición de objetivos y metas, vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo y el establecimiento de indicadores entre otros) como del presupuesto (justificaciones de subpartidas, la no inclusión de gastos administrativos, la clasificación presupuestaria, etc). Como resultado de esa revisión se emitieron diferentes informes técnicos en los cuales se evidencian deficiencias de los diferentes programas, tales como: no existen los instrumentos necesarios ni el reglamento para la operación del programa Turismo Rural Comunitario, el Centro Nacional de Infraestructura Física y Educativa (CENIFE) no ha sido una fuente de información válida y relevante para la programación de las nuevas obras por construir con los recursos del FODESAF en el programa “Construcción de Comedores estudiantiles” además se debe coordinar con la DANEA el equipamiento de dichos comedores, se ha presentado baja ejecución en programas como “Transporte para estudiantes con discapacidad” “Abastecimiento de Agua Potable a Sistemas Rurales, “Proinfancia y Desarrollo Rural”, etc, el programa “Construyendo Alternativas Juveniles para la inserción laboral ” carece de estructuras técnico administrativas en las regiones y cantones donde se ejecutará, el IDA y el ICCA deben definir los mecanismos de control, seguimiento y evaluación con base en indicadores de impacto. A pesar de las deficiencias comentadas los recursos del FODESAF siempre fueron asignados a esas unidades ejecutoras, con el visto bueno del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, a pesar de que quedan muchos asuntos importantes por corregir. Esta situación no es nueva, ya que en el oficio No. 6544 del 15 de junio del año en curso este Órgano Contralor señaló lo siguiente: “Es importante recordar que la DESAF debe cumplir con la función establecida en el numeral 8 del artículo 12 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, en cuanto esa Dirección deberá “Analizar, evaluar y emitir criterio sobre los presupuestos ordinarios y extraordinarios que presenten las unidades ejecutoras, para financiar proyectos, programas y servicios con recursos del FODESAF...”. 7 “Se debe tener en cuenta que esfuerzos como los que está realizando la DESAF por medio de proyectos o propuestas como la Reestructuración y el Fortalecimiento para la Gestión del FODESAF y el Proyecto Piloto de Acciones de Control y Evaluación de Programas Sociales tendrán poco impacto si se continúan presentando situaciones como la comentada, de que no se utiliza un criterio técnico para la presupuestación de las transferencias, a pesar de que la normativa lo exige y las disposiciones emitidas por esta Contraloría sobre el particular”. Los criterios técnicos deben ser el fundamento para que el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, como superior jerarca del Fondo, decida sobre la asignación de los recursos a los programas, sin embargo eso aún no se ha logrado. En razón de lo anterior esa Dirección debe informar a esta Oficina sobre las deficiencias determinadas para cada uno de los programas propuestos e indicar el plazo que se dará a las unidades ejecutoras para solucionarlas, además deberá indicar si su cumplimiento será requisito para el giro de los recursos. De conformidad con lo señalado en los párrafos anteriores se concluye que la distribución de los recursos del FODESAF se hizo usando el procedimiento tradicional, que considera aspectos como: los montos solicitados por las unidades ejecutoras, los montos asignados el año anterior, los topes definidos por la Secretaria Técnica de la Autoridad Presupuestaria y las proyecciones de ingresos del Fondo y no con fundamento en el plan anual operativo ni los criterios técnicos emitidos por la DESAF. Pese a lo comentado, se debe reconocer el avance que ha mostrado la DESAF en materia de formulación presupuestaria, sin embargo dichos avances deben quedar plasmados en una adecuada distribución de recursos, de lo contrario no tendrían sentido las mejoras alcanzadas. En virtud de lo anterior se solicitará un replanteamiento de los montos asignados, con base tanto en la información contenida en el plan anual operativo como en los criterios técnicos elaborados por la DESAF o en su defecto indicar las razones que justifiquen el mantener las sumas propuestas en este documento. d) No obstante lo comentado en los puntos precedentes, es necesario señalar que esta Contraloría General conoce de la labor que ha desarrollado la DESAF durante el 2004 dentro del proyecto “Fortalecimiento Institucional para la Gestión del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares”, entre otras cosas, realizando talleres, reuniones, emitiendo los “Lineamientos para la Formulación de Programas Sociales para el Plan Anual Operativo del FODESAF para el ejercicio económico del 2005” y la “Guía de evaluación ex-ante de los Programas sociales que soliciten financiamiento a FODESAF”, con el fin de analizar los programas sociales, revisar la estructura orgánico funcional de la DESAF y establecer un enfoque 8 de gerencia por resultados. No obstante, los esfuerzos realizados hasta la fecha deben continuar, por lo que es fundamental que el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, brinde todo el apoyo requerido por la DESAF para la culminación de este proyecto, efectuando las gestiones pertinentes para la obtención de los recursos humanos y financieros que se necesiten . 3. CONCLUSIONES. De conformidad con los resultados expuestos, el presupuesto presentado por FODESAF para el ejercicio económico del 2005, se aprueba por un monto de ¢97.133.885.7 miles, según lo indicado en el punto 2.1 de este informe. Se improbaron las transferencias para dos de los programas, ya que no se presentó la información necesaria para su análisis, además la aprobación de otros programas quedó condicionada a que la DESAF verifique que las unidades ejecutoras cumplan con las disposiciones emitidas por esta Contraloría General en diferentes informes. A pesar de la importancia que reviste el establecer un adecuado procedimiento para la asignación de recursos del FODESAF, en virtud de que cada vez son menores las asignaciones propuestas por el gobierno, la distribución realizada por la DESAF al igual que en años anteriores, se fundamentó en el procedimiento tradicional, basado en los montos solicitados por las unidades ejecutoras, los montos asignados el año anterior, los topes definidos por la Secretaria Técnica de la Autoridad Presupuestaria y las proyecciones de ingresos del Fondo, sin considerar los estudios técnicos realizados por los funcionarios de la DESAF sobre los anteproyectos de presupuesto de los diferentes programas para la distribución de los recursos. No obstante lo anterior, esta Contraloría General reconoce los esfuerzos de la DESAF a efecto de mejorar la formulación presupuestaria, por lo que se espera que la asignación de los recursos se efectúe con base en dicha formulación y considerando también los criterios técnicos precitados. Es fundamental para lograr lo anterior, que se continúe con los proyectos de Fortalecimiento para la Gestión del FODESAF y Reestructuración que se están realizando en esa Dirección, los cuales necesitan para su culminación del apoyo del Ministro de Trabajo y Seguridad Social mediante la consecución de los recursos humanos y materiales que se requieren. 9 4. DISPOSICIONES. De conformidad con las competencias asignadas en los artículos 4 y 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General Nro. 7428, y 12 de la Ley General de Control Interno Nro. 8292, se emiten las siguientes disposiciones, las cuales son de acatamiento obligatorio, por lo que su incumplimiento no justificado constituye causal de responsabilidad administrativa, civil o penal, según corresponda. 4.1 AL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Girar las instrucciones necesarias y velar para que se cumplan las siguientes disposiciones e informar a esta Contraloría General, en los próximos quince días hábiles, las medidas adoptadas para su cumplimiento y en un plazo de tres meses los avances en su efectiva implementación: a) Realizar con base en la información contenida en el Plan Anual Operativo y en los criterios técnicos emitidos por la DESAF para cada programa, producto del análisis de los anteproyectos de los presupuestos para el 2005, una revisión de los montos asignados en este documento a las diferentes unidades ejecutoras de los programas financiados por convenio. De ser procedente hacer los ajustes que correspondan mediante un documento presupuestario que se deberá presentar para la aprobación de esta Contraloría General, o en su defecto manifestar por escrito ante esta Oficina, las razones que sustentan el mantener el monto propuesto. Ver punto 2.2., incisos b) y c). b) Eliminar por completo la práctica de otorgar el visto bueno a programas ejecutados por convenio, sin considerar los criterios técnicos que emiten los funcionarios de la DESAF. En relación con este tema y sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, se deberá remitir en un plazo de 15 días hábiles después de recibido este informe, un listado con las deficiencias determinadas en cada uno de los programas aprobados, que se ejecutan por convenio, y señalar cual es el procedimiento que va a seguir la DESAF para garantizarse que las unidades ejecutoras subsanen dichas debilidades. Se recuerda la necesidad de que la DESAF, como administradora del Fondo, exija a las unidades ejecutoras el cumplimiento de sus disposiciones. Ver punto 2.2, inciso c). c) Realizar los ajustes pertinentes al presupuesto de egresos, trasladando los montos improbados a la partida de Asignaciones Globales y remitir el documento corregido a esta Oficina. Ver punto 2.1.2. 10 d) Brindar el apoyo necesario, en recursos humanos y materiales, para el logro de los objetivos del proyecto “Fortalecimiento del FODESAF y la DESAF”. Ver punto 2.2., inciso d). 4.2. A LA AUDITORÍA INTERNA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en este informe y comunicar, tanto al Ministro de Trabajo y Seguridad Social como a esta Contraloría General, los resultados de los estudios que efectúe, a mas tardar el 31 de marzo del 2005.