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SOCIEDAD PERUANA
DE MEDICINA LEGAL
LA RESPONSABILIDAD LEGAL
MEDICA FRENTE AL PACIENTE
MOISÉS PONCE MALAVER
Médico Legista – Psiquiatra
LIMA PERU
PROBLEMAS MEDICO LEGALES
ORIGEN
•Mala Relación Médico Paciente
•Ausencia de Consentimiento Informado
•Manejo Inadecuado de la Historia Clínica
•Comentarios Antiéticos por parte de los
colegas
___________________________________
•Síndrome de Tomás
• Incremento de Profesionales del derecho
especialistas en Responsabilidad
Profesional
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
ACTO MEDICO
Dr. Moisés Ponce Malaver
DEFINICION
Es un concepto en evolución, por razones
del avance científico y tecnológico y por
los profesionales que participan en él.
1.- Ley General de Salud. Ley 26842
2.- Código de Etica y Deontología del
Colegio Médico del Perú.
Dr. Moisés Ponce Malaver
LEY GENERAL DEL SALUD
Artículo 24.- La expedición de recetas, certificados e informes
directamente relacionados con la atención de pacientes, la ejecución
de intervenciones quirúrgicas, la prescripción o experimentación de
drogas, medicamento o cualquier producto, sustancia o agente
destinado al diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades,
se reputan actos del ejercicio profesional de la medicina y están
sujetos a la vigilancia de los Colegios Profesionales correspondiente.
Artículo 25.- Toda información relativa al acto médico que se realiza,
tiene carácter reservado. El profesional de la salud, el técnico o el
auxiliar que proporciona o divulga, por cualquier medio, información
relacionada al acto médico en el que participa o del que tiene
conocimiento, incurre en responsabilidad civil o penal, según el caso,
sin perjuicio de las sanciones que correspondan en aplicación de los
respectivos Códigos de Etica Profesional.
Dr. Moisés Ponce Malaver
LEY GENERAL DE SALUD
LEY 26842
Los profesionales, técnicos y
auxiliares a que se refiere este Capítulo,
son responsables por los daños y
perjuicios que ocasionen al paciente por
el ejercicio negligente, imprudente e
imperito de sus actividades.
Artículo 36.-
Dr. Moisés Ponce Malaver
CODIGO DE ETICA Y DEONTOLOGIA
El acto médico es toda acción o disposición que realiza el
medico en el ejercicio de la profesión médica. Han de
entenderse por tal, los actos de diagnóstico, terapéutica y
pronóstico que realiza el médico, en la atención integral
de pacientes, así como los que se deriven directamente de
éstos. Los actos médicos mencionados son de exclusivo
ejercicio del profesional médico.
Dr. Moisés Ponce Malaver
DEFINICION DE ACTO MEDICO
El acto médico constituye en esencia una acción galénica
en la cual el médico orienta su dinámica acción hacia un
objeto - sujeto, que lo solicita o necesita de su ayuda en su
lucha por la preservación , dos valores excelsos de la
especie humana, la vida y la salud.
Dr. Alberto Perales . Academia Peruana de Medicina.
La Relación Médico Paciente es la base del Acto Médico
Dr. Moisés Ponce Malaver
ACTO MEDICO
Existe un nuevo entorno del Acto Médico y la
intervención de terceros (sistemas de salud, gerencia de
salud, etc.)
“El proceso diagnóstico por la presión de la
productividad y por el poco tiempo disponible, disminuye
la exactitud, con la cual el coste probablemente aumente
pero en el largo plazo, convirtiéndose en factor de
cronicidad, lo cual altera la relación Médico Paciente.
Dr. Moisés Ponce Malaver
¿ACTOS MEDICOS?
ACTO DE SALUD - ACTO SANITARIO
ACTO DE SALUD: Acto multiprofesional y a veces
multisectorial.
ACTO MEDICO: Toda acción que el médico realiza con
su paciente (“cuidar, tratar”), con conocimientos
actualizados y con libertad de juicio clínico en beneficio
del paciente y que cuente con el consentimiento de éste.
Dr. Moisés Ponce Malaver
“TIPOS DE ACTOS MEDICOS”
1. Acto Médico
2. Acto Obstétrico
3. Acto Odontológico
4. Acto ......etc.
“Todos son actos de Salud o Sanitarios, sólo uno es Acto
Médico”
La salud es patrimonio de la sociedad y no es
responsabilidad exclusiva de un profesional.
Existe la necesidad de sistematización legal de la
Atención de Salud (Sanitaria) en General.
Dr. Moisés Ponce Malaver
DERECHO Y MEDICINA
El Derecho se interesa más por la medicina, teniendo en
cuenta su desarrollo científico y tecnológico y ello incide
en su regulación legal.
A mayor Desarrollo Mayor riesgo de producción de daño
o muerte.
La sistematización jurídica del ejercicio profesional
significa un progreso y una ventaja para el profesional
al concretar Derechos y Deberes y evitar litigios
evitando hacer un profesional inseguro y al paciente una
persona vulnerable.
Dr. Moisés Ponce Malaver
EL DERECHO Y EL PACIENTE
El ordenamiento jurídico sitúa el centro de atención en el
paciente perjudicado y basándose en un criterio de
Solidaridad Social, se tiende a objetivar la
responsabilidad con el fin de que siempre haya una
indemnización a disposición del que ha sufrido el daño.
Consecuencia: MEDICINA DEFENSIVA
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSBAILIDAD PROFESIONAL
MEDICO
PACIENTE
ABOGADO
En la Ley General de Salud el término Paciente o
Enfermo ha desaparecido hoy es Usuario de los
Servicios de Salud (Art. 15º)
Dr. Moisés Ponce Malaver
RELACION MEDICO PACIENTE
ANTES:
AHORA
Paciente - Enfermo
Relación Médico Paciente
Usuario
Relación Clínica:
Usuario - Sanitario
(Profesional de la Salud)
USUARIO: No siempre es un paciente, puede ser una
persona sana, que acude con fines preventivos.
SANITARIO: (PROFESIONAL DE LA SALUD): no se
refiere al personal médico sino a otros profesionales:
enfermeras, fisioterapeutas, técnicos de laboratorio,
auxiliares, etc.
Dr. Moisés Ponce Malaver
ASPECTOS LEGALES
Conjunto de normas legales que regulan la
relación entre el profesional de salud y el
paciente (usuario), siendo de estricto
cumplimiento y que tiende a garantizar
una atención basada en criterios
universales pre-establecidos
(lex artis ad hoc)
ASPECTOS LEGALES

Ninguna intervención en salud está librada
al libre criterio de quienes intervienen en la
atención de sus problemas de salud.

Los profesionales que ofrecen sus servicios
tienen como límite la ley y como guía
orientadora los preceptos éticos.

Ante un conflicto entre la ley y la moral
deben orientarse por los principios bioéticos
para superar estos dilemas.
EL TRABAJO EN EL EQUIPO DE SALUD
Roles interdependientes y responsabilidades compartidas
“Es responsabilidad
de todos el realizar
un servicio”
Gerente
Médico
“Es responsabilidad
PACIENTE
USUARIO
Individual el
Profesional
realizarlo
de la salud
conforme a lo
Logística
prescrito”
Auditor
Enfermera
PRESUPUESTOS DE
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

Paciente legalmente bajo la tutela de la
Institución Hospitalaria.

Realización de un acto incorrecto o dejar de
hacer una actividad que debió de realizarse

Producción de un daño (lesión, muerte,
sufrimiento).

Relación de causalidad entre el evento y el
daño
DELITOS CULPOSOS
1. Conducta imprudente por inobservancia de las
reglas de la profesión (Lex Artis)
(Infracción del Deber Objetivo de Cuidado)
2. Producción de un resultado Dañoso
3. El resultado Dañoso previsible y evitable.
4. Causalidad: Conducta imprudente-resultado
dañoso.
5. Imputa el daño objetivamente a la conducta del
médico
Dr. Moisés Ponce Malaver
DEBER OJETIVO DE CUIDADO
Deber objetivo = Material
“No actúa con los especiales deberes objetivos de cuidado
que está obligado a observar y cumplir” en todo
momento de la relación Médico paciente, desde su
primera entrevista, examen clínico, diagnóstico,
tratamiento, hasta el alta.
“Debe guardar o cuidar la forma en que realiza el acto
médico; porque la forma adecuada es la que configura
el Deber Objetivo de Cuidado, con el que está obligado
a actuar”
Dr. Moisés Ponce Malaver
¿PORQUE ES OBJETIVO EL DEBER DE
CUIDADOS?
Porque es el cuidado que necesariamente DEBIO
REALIZAR.
Es lo que cualquier médico responsable y prudente
realizaría en la misma situación (previsibilidad
objetiva).
Dr. Moisés Ponce Malaver
PRINCIPIO DE LA CONFIANZA
Resulta conforme al deber de cuidado la conducta
en cualquier actividad compartida; mantiene la
confianza de que el otro se comportará conforme al
deber de cuidado, mientras no exista razón
suficiente para dudar o creer lo contrario.
Ejemplo: Se confía en que el instrumental está
esterilizado, salvo evidencia en contrario.
PREVISIBILIDAD OBJETIVA
Quien realiza un acto o hace algo, está obligado a
considerar todas las consecuencia de la acción que
comprenda un juicio razonable objetivo, eran de
previsible producción, en todo caso EVITABLES
“DEBE PREVEER LAS CONSECUENCIAS DE SU
ACTUACION PORQUE PARA ELLO SE HA
PREPARADO”
NORMAS O REGLAS DE CUIDADO:
“Cumplir cuidados específicos establecidos en Protocolos
de Atención, ROF, MOF, advertencia de los productos,
etc. (indiciaria de Lex Artis)
Dr. Moisés Ponce Malaver
DEBER SUBJETIVO DE CUIDADOS
SUBJETIVO: Preparación del Profesional
“Capacidad Profesional individual”
“Conocimiento y conciencia de las propias habilidades y
destrezas”:
* CULPA CONSCIENTE: Sabe que ha realizado un
acto lesivo pero confía en que no ha de producirse
* CULPA INSCONSCIENTE: No prevé la situación.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD DEL JEFE DE SERVICIO
1. Organiza la actividad Técnica y Administrativa del
Servicio que dirige.
2. Ordena y Asigna tareas
3. Controla
_________________________________________________
4. Designa un Jefe de Equipo (¿apto o no?
_________________________________________________
“La calidad de los médicos del Servicio no responsabiliza
al Jefe del mismo porque no ha participado en su
ingreso”.
“No es responsable por la técnica(quirúrgica) que
utiliza”.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD DEL JEFE DE SERVICIO
ES RESPONSABLE:
1. Cuando acepta realizar en el servicio determinadas
prestaciones sin la infraestructura necesaria.
2. Dispone que Médicos de su Servicio realicen
prestaciones no estando capacitados.
3. Autoriza el tratamiento o Técnicas Nuevas sin la
debida aceptación científica.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD DEL JEFE DE EQUIPO
ES RESPONSABLE:
1. Por lo que esta bajo su control + su tarea de Médico
2. Mantener un Orden: Organiza y Coordina
3. ¿Identidad del Paciente?
4. ¿Técnica Quirúrgica?
“LA RESPONSABILIDAD COMIENZA CUANDO
TERMINAN LAS DISCUSIONES CIENTIFICAS”
“CUANTO MAS PREVISIBLE ES UN HECHO, MAS
RESPONSABLE SE ES”.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD POR LOS
PRODUCTOS MEDICOS
Cuando el medicamento causa un daño al paciente no
sólo por su falta de eficacia, sino también por los
defectos o efectos colaterales que atentan contra la
seguridad del paciente que los consume.
•Fabricante
•Proveedor
•Distribuidor
•Dueño de la Licencia
•Almacenamiento
•Indicaciones
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
INEFICACIA DEL MEDICAMENTO
Es cuando el medicamento no logra
conseguir los resultados que para su
salud esperaban el paciente y su médico.
•Vacuna que no inmuniza
•Antibiótico que no corta la infección.
Dr. Moisés Ponce Malaver
INEFICACIA DE LOS EXAMENES DE
LABORATORIO
Es cuando el Informe no es exacto, lo que
generaría una equivocación en el diagnóstico
o en el tratamiento.
•Error de Interpretación
•Componentes utilizados
•Confusión de la identidad del paciente
•Olvido del tecnólogo
•Daño al paciente al tomar la muestra
Dr. Moisés Ponce Malaver
CONSENTIMIENTO INFORMADO E
INFORMACION AL PACIENTE
El paciente / usuario tiene derecho a ser informado y
tomar decisiones sobre la prestación de uno o varios
servicios de salud.
•Libertad de Desarrollo
•Libertad de Conciencia
•Derecho a la Información veraz e imparcial
•Respeto a la Dignidad Humana.
Dr. Moisés Ponce Malaver
MEDICINA DEL SIGLO XXI
ASPECTOS MEDICOS
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
•ASPECTOS : * LEGALES : Ley 26842, C.P., C.C.
* MEDICOS : Lex Artis Ad Hoc.
* ETICOS
: A.M.M. Y C.M.P.
* ADMINISTRATIVOS: Laborales
* USUARIO: Indecopi
•PROCEDIMIENTO MEDICO LEGAL
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
" MEDICO "
Indoeuropeo : MED
: " Cuidar un enfermo "
Pensar , reflexionar.
Mensurar, pesar.
MEDEAR : " Brindar o prodigar cuidados "
" TRAER O LLEVAR ALIVIO O REMEDIO "
MEDENS : MEDICO : " El que brinda cuidados "
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
" MAL PRAXIS "
•Sajón : MALPRACTISE : " Tratamiento Ilegal o
indebido" , " Inmoralidad "
•Lat.
: Mal - malus
: " Contrario a lo debido "
•Grieg. : Praxis ( Praktikos )
: " Práctica "
" MALA PRACTICA "
" USO ILEGAL O INDEBIDO DE UNA
CIENCIA, ARTE U OFICIO "
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
" IATROGENIA "
•Grieg.
: Iatros : Curar
Génesis : Origen
" ORIGINADO EN EL ARTE DE CURAR "
Después de haber cumplido con todas las reglas de
la profesión; es inevitable o imprevisible.
IATROPATOGENIA:
TRASTORNO, ENFERMEDAD O DEFICIENCIA
ORIGINADA EN EL ARTE DE CURAR
Dr. Moisés Ponce Malaver
EJERCICIO DE LA MEDICINA
SALUD BIEN JURIDICO TUTELADO
Inalienable, ¿Imprescriptible?
ESTADO
DERECHO
RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA
Declaraciones de la Asociación Médica Mundial
Cod. de Neuremberg
Decl. de Helsinski
MINSA
MP-FN
PJ
PENAL
CIVIL
Decl. de Ginebra
I.M.L.
Cod. Int. de Etica Médica
Decl. de Lisboa
Cod. Ètica y Deont. C.M.P.
Decl.Neglig. Médica
Decl. de Huacachina
RESPONSABILIDAD MEDICA
" ACTO MEDICO "
LEY GENERAL DE SALUD
LEY Nº 26842
• ELEMENTOS :
* MEDICO (PROFESIONAL): "Deber de cuidados " Art. 22º al 36º
* PACIENTE/USUARIO: "Derecho al Tratamiento". Art. 1º al 21º
* INSTITUCION : " Deber de provisión ". Art. 37º al 48º
•
FASES :
1º- ANAMNESIS
2º- EXAMEN CLINICO
3º- INDICACIONES
: Historia Clínica. Art. 29º.
: Lex Artis ad hoc.
: Tratamiento. Art. 24º y 26º.
Hospitalización.
Alta
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
DERECHOS DE LOS PACIENTES
•Respeto a su personalidad, dignidad e intimidad.
•Confidencialidad.
•Intimidad.
•No ser objeto de experimentación.
•No ser discriminado en razón de su enfermedad.
•Ser informado en forma completa y continuada sobre
su enfermedad.
•Consentimiento informado.
•Informe de Alta , Epicrisis o Historia Clínica.
•Atención de Emergencia.
•Tratamiento y Rehabilitación en discapacidad física ,
mental o sensorial.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
" DEBERES DE LOS MEDICOS "
•Ejercicio Profesional: Titulación , Colegiatura y Registro
Nacional de Especialistas. Art.22º
•Secreto Profesional. Art.25º
•Informar al paciente sobre el diagnóstico y tratamiento.
Obtener el Consentimiento Informado Art. 27º
•Confección de la Historia Clínica. Art.29º
•Denunciar : Heridas, Suceso de Tránsito y Aborto. Art. 30º
•Expedir el Certificado de Defunción. Art.31º
•Informar : Enf. de declaración obligadas. Art. 32
•Ejercer la profesión en el área del título. Art.35º
•Son responsables por los daños y perjuicios que ocasionen al
paciente por el ejercicio NEGLIGENTE, IMPRUDENTE e
IMPERITO de sus actividades. Art.. 36°
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
"DEBERES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD "
•Cumplir con la Acreditación. Art. 37º , 38º y 42º
•Prestar Atención de Emergencia. art. 39º
•Informar sobre las características de servicio. Art. 40º
•Consignar la voluntad de donar órganos. Art. 41º
•Director Denuncia delitos. Art. 43
•Entregar Informe de Alta, Epicrisis o Historia Clínica. Art..
44º
•Es SOLIDARIAMENTE RESPONSABLE por los daños y
perjuicios que ocasionan al paciente, derivados del
ejercicio NEGLIGENTE, IMPRUDENTE o IMPERITO de
las actividades de los Profesionales, Técnicos o Auxiliares
que se desempeñan en éste con relación de dependencia.
art.. 48º
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
•ETIMOLOGIA :
Lat. RESPONDEO - DERE : Responder, comparecer,
reclamar. Estar colocado en frente.
•CONCEPTO :
Es la calidad de responsable y la obligación de
reparar y satisfacer por sí mismo o por otro, toda
pérdida, daño o perjuicio que se ocasiona; implica
aceptar las consecuencias de un acto realizado con
capacidad (discernimiento), voluntad (intención) y
dentro de un marco de libertad.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
ELEMENTOS :
• Acción u Omisión.
• Voluntaria (Consciente) o Involuntaria (Inconciente ) que produce un resultado dañoso
• Antijuridicidad.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
RESPONSABILIDAD JURIDICA :
Es la obligación de las personas imputables de dar
cuenta ante la justicia por los actos realizados
contrarios a la ley y a sufrir sus consecuencias
legales.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL :
Se adquiere cuando el profesional por culpa ha
ocasionado un daño en la persona que ha requerido
sus servicios.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
DEFINICION
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DE LOS
MEDICOS :
Es la OBLIGACION de los Médicos de dar cuenta
ante la sociedad por los actos realizados en la
práctica profesional, cuya naturaleza y resultados
sea CONTRARIOS A SUS DEBERES , por
incumplimiento de los MEDIOS Y CUIDADOS
adecuados en la ASISTENCIA de un paciente.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
" MEDIOS "
1.- Defectuoso o insuficiente Examen del Paciente.
2.- Errores groseros de Diagnóstico y Tratamiento.
3.- Daños causados por el uso indebido ( o en mal
estado ) de cosas ( aparatos y/o instrumental ) y
medicamentos.
4.- Omisión de las Pautas esenciales para el
diagnóstico de una enfermedad.
5.- Falta de control hacia los auxiliares del médico y
los daños que éstos culposamente puedan ocasionar.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDA MEDICA
CAUSALIDAD
Relación CAUSA - EFECTO (Médico-Daño/Muerte )
•Directa.
•Próxima.
•Principal.
Se considera los riesgos: de la profesión, del
paciente, reacciones imprevistas o anormales del
paciente.
No hay delito si el daño o la muerte se produce por
culpa de la propia víctima o de terceros.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL: LEGISLACION
LEY Nº 27669. LEY DEL TRABAJO DE LA ENFERMERA (O)
LEY Nº 27853. LEY DE TRABAJO DE LA OBSTETRIZ
LEY Nº 27878. LEY DEL TRABAJO DEL CIRUJANO DENTISTA
LEY N° 28173. LEY DEL TRABAJO DEL QUÍMICO
FARMACEUTICO DEL PERU
LEY Nº 28369. LEY DEL TRABAJO DEL PSICÓLOGO
LEY N° 28456. LEY DEL TRABAJO DEL PROFESIONAL DE LA
SALUD TECNÓLOGO MÉDICO "
LEY Nº 28561. LEY QUE REGULA EL TRABAJO DE LOS
TÉCNICOS Y AUXILIARES ASISTENCIALES DE SALUD
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL: REGLAMENTOS
1.- REGLAMENTO DE LA LEY DEL TRABAJO DE LA
ENFERMERA (O). DECRETO SUPREMO Nº 004-2002-SA
2.- REGLAMENTO DE LA LEY DE TRABAJO DE
LA OBSTETRIZ. DECRETO SUPREMO Nº 008-2003-SA
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
TIPOS DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
1.- RESP. PENAL
( SANCIÓN )
2.- RESP. CIVIL
(INDEMNIZACIÓN)
3.- RESP. ETICA
( C.M.P.)
4.- RESP. ADMINISTRATIVA ( LABORAL )
5.- RESP. MORAL
(CONCIENCIA)
Sanción social : " MALA FAMA "
Dr. Moisés Ponce Malaver
EL DERECHO
Es Regla ordenadora de las actividades de los
hombres que viven en sociedad, en relación
con los demás hombres que la constituyen, y
que tienden a regular su conductas sobre la
base de la Justicia, con miras a la
tranquilidad, paz y seguridad entre ellos y
aun mayor bienestar general y que es
impuesta por la autoridad social, aun con el
empleo de la fuerza si ello es necesario”
(Eduardo Novoa Montreal, Chile 1960).
DERECHO Y RESPONSABILIDAD
CIVIL
 Es la obligación impuesta por la Ley, para reparar
los daños que ella u otras a su cargo hayan
causado en perjuicio de otras personas o de sus
bienes.
 Desprendiéndose de lo anterior que la
Responsabilidad Civil de los Profesionales de la
Salud es la obligación que impone la ley a estos
profesionales, para reparar el daño que hayan
causado a otras personas en el ejercicio de su
profesión, ya sea a titulo de Dolo o de Culpa.
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
Es la que se origina sin la necesidad de una relación contractual, está
regulada en el Código Civil de Peruano de 1984 en los Art. 1969 al
1988:
Art. 1969. Aquel que por dolo o culpa causa un daño a otro esta
obligado a indemnizarlo. El descargo por dolo o culpa corresponde
al autor.
Art. 1970. Aquel que mediante un bien riesgoso o peligroso, o por el
ejercicio de una actividad riesgosa o peligrosa, causa daño a otro,
esta obligado a repararlo.
Art. 1978. También es responsable del daño aquel que incita o ayuda
a causarlo. El grado de responsabilidad será determinado por el juez
de acuerdo a las circunstancias
LA RESPONSABILIDAD
EXTRACONTRACTUAL
Art. 1981.
Aquel que tenga a otro bajo sus órdenes responde por el
daño causado por este último, si ese daño se realizo en el
ejercicio del cargo o en el cumplimiento del servicio
respectivo.
Art. 1986.
Son nulos los convenios que excluyan o limiten
anticipadamente la responsabilidad por dolo o por culpa
inexcusable .
EL DERECHO PENAL
 Es la parte del Derecho que se encarga de
proteger determinados bienes que un Estado
considerada que son de especial valía y que por
tanto deben de ser protegidos y el que los
vulnera esta sujeto a una sanción denominada
Pena.
 La Vida y la Salud que son los bienes,
Jurídicamente protegidos por la Ley Penal y los
profesionales de la Salud están más vinculados
a ellos.
HOMICIDIO CULPOSO
Art. 111. El que por culpa ocasiona la
muerte de una persona, será reprimida
con Pena privativa de la Libertad no
mayor …… o con prestación de Servicio
comunitario……
LESIONES CULPOSAS
Art. 124° El que por culpa causa a otro un daño en el
cuerpo o en la salud….
Cuando son varias las víctimas del mismo hecho o
el delito resulte de la inobservancia de reglas
técnicas, de profesión, de ocupación o de industria,
la pena privativa de la libertad ,,,,,,,
EXPOSICIÓN O
ABANDONO PELIGROSOS

Art. 125°
El que expone a peligro de muerte o de grave
e inminente daño a la salud o abandona en
iguales circunstancias a un menor de edad o a
una persona incapaz de valerse por sí misma
que están legalmente bajo su protección o que
se hallen de hecho bajo su cuidado será
reprimido con pena privativa de la libertad
…..
OMISIÓN DE SOCORRO Y
EXPOSICION A PELIGRO
Art. 126°
El que omite prestar socorro a una persona
que ha herido o incapacitado, poniendo en
peligro su vida o su salud…….
FORMA AGRAVADA
Art. 129° En los casos del Art. 125, si resulta
lesión grave o muerte y estas pudieron ser
previstas, la pena será privativa de la
libertad …..

VIOLACIÓN DEL SECRETO
PROFESIONAL
Art.165° El que, teniendo información por razón de su
estado, oficio, empleo, profesión o ministerio de secretos
cuya publicación pueda causar daño, los revela sin
consentimiento del interesado, será reprimido con pena
privativa de la libertad, no mayor de dos años y con
sesenta a ciento veinte días de multa.
EJERCICIO ILEGAL DE LA
MEDICINA
Art. 290.
Será reprimido con pena privativa de la libertad
….(*) el que simulando calidad de médico u otra
profesión de las ciencias médicas, que sin tener
título profesional, realiza cualquiera de las
acciones siguientes:
(*): 2 – 4 años: lesión leve
4 – 8 años: lesión grave
6 – 10 años: Muerte
EJERCICIO ILEGAL DE LA
MEDICINA
Art. 290.
1) Anuncia, emite diagnósticos, prescribe, administra o
aplica cualquier medio supuestamente destinado al
cuidado de la salud, aunque obre de modo gratuito.
2) Expide dictámenes o informes destinados a sustentar el
diagnóstico, la prescripción o la administración a que se
refiere el inciso 1.
EJERCICIO ILEGAL DE LA
MEDICINA
Art. 364. (PARTICIPACION: Cesión de Diploma):
El Profesional que ampara con su firma el trabajo de
quien no tiene título para ejercerlo, será reprimido con
pena privativa de la libertad no mayor de cuatro
años…
EJERCICIO ILEGAL DE LA
MEDICINA
Art. 362. (SIMULACION DE CARGO O FUNCION)
El que, públicamente, ostenta insignias o distintivos de una
función o cargo que no ejerce o se arroga grado académico,
titulo profesional u honores que no le corresponden, será
reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de
un año o con prestación de servicio comunitario de diez a
veinte jornadas
EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA
Art. 363. (TITULO FALSO)
El que ejerce profesión sin reunir los requisitos legales
requeridos, será reprimido con pena privativa de libertad
no menor de dos ni mayor de cuatro años.
El que ejerce profesión con falso título, será reprimido con
pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de
seis años.
La pena será no menor de cuatro ni mayor de ocho años, si
el ejercicio de la profesión se da en el ámbito de la función
pública o prestando servicios al Estado bajo cualquier
modalidad contractual
EJERCICIO MALICIOSO Y DESLEAL DE
LA MEDICINA (CHARLATANISMO)
Art. 291. El que, teniendo título, anuncia o promete la
curación de enfermedades a término fijo o por medios
secretos o infalibles, será reprimido con pena privativa
de la libertad no mayor de dos años o con prestación
de servicio comunitario de veinte a cincuenta y dos
jornadas.
CERTIFICADO MEDICO FALSO
Art. 431. El médico que maliciosamente expide un
certificado falso respecto a la existencia o no existencia,
presente o pasada de enfermedades físicas o mentales, será
reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de
tres años
Cuando se haya dado la falsa certificación con el objeto
de que se admita o interne a una persona en un hospital
para enfermos mentales, la pena será privativa de la
libertad no menor de tres ni mayor de seis años
El que hago uso malicioso…las mismas penas.
SECUESTRO

Art. 152. será reprimido con pena privativa de la
libertad no menor de 20 años ni mayor de 30 años
el que sin derecho, motivo ni facultad justificada,
prive a otro de su libertad personal, cualquiera sea
el móvil, el propósito, la modalidad, circunstancia
o tiempo que el agraviado sufra la privación o
restricción de su libertad.
La pena será no menor de 30 años, cuando:
 2) Se pretexte enfermedad mental inexistente en el
agraviado
RESONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
ASPECTOS MEDICOS LEGALES
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
CULPA MEDICA
•DEFINICION : Es una infracción a una obligación
preexistente fijada por ley o por contrato.
•DELIMITACION :
* DOLO
: existe intención deliberada.
* CULPA
: falta la intención pero hay descuido
(negligencia), desconocimiento (impericia) o falta de
previsión (imprudencia).
* CASO FORTUITO : los hechos ocurren al azar ,
son una consecuencia extraordinaria o excepcional
de la acción.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
FORMAS DE CULPA MEDICA
•Impericia : " No saber "
Impericia de Origen: " Nunca lo conoció "
Impericia de Olvido: "Aprendió, aplicó y se olvidó"
Impericia de Práctica : " Sabe la teoría "
•Imprudencia : " Arriesgar demasiado "
•Negligencia : " Descuido , omisión "
•Inobservancia de Reglamentos : " Menosprecio a las
normas ”
LOS OJOS NO VEN LO QUE LA MENTE NO SABE
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
IMPERICIA
• ETIMOLOGIA : Lat. IN
PERITIA
: sin
: pericia.
• DEFINICION : Es la falta total o parcial de
conocimientos técnicos, experiencia o habilidad
mínimos o básicos, necesarios para el correcto
ejercicio de una profesión, y no estar actualizado.
•RELACIONES : * Impericia y Terapéuticas
* Impericia y Cirugía.
* Impericia y Anestesiología.
* Impericia y error.
INCRIMINACION:
"PREVISIBILIDAD DE UN RESULTADO"
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
IMPERICIA: EJEMPLOS
• Ligar el Intestino Delgado en lugar de la Trompa de
Falopio
• Errores groseros de apreciación
• Examen insuficiente del paciente
• Equivocaciones inexcusables
• Desconocer técnicas comunes
• Desconocer los cuidados post operatorios
• Desconocer que exámenes pre operatorios
• Desconocer síntomas de alguna enfermedad
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RESPONSABILIDAD MEDICA
IMPRUDENCIA
•ETIMOLOGIA :
lat. IN
: sin
PRUDENTIA : prudencia.
•DEFINICION : Es realizar un acto sin las debidas
precauciones, contrario a lo que el sentido común
aconseja , emprender actos inusitados , hacer más
de lo debido . Es actuar sin cautela , cordura o
moderación.
•INCRIMINACION : " PREVISIBILIDAD DEL
RESULTADO POR EMPRENDER ACCIONES PARA
LAS CUALES EL MEDICO SE SABÍA INCAPAZ".
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RESPONSABILIDAD MEDICA
IMPRUDENCIA : EJEMPLOS
• Transfundir sangre sin establecer grupo sanguíneo, HIV,
VDRL, Hepatitis.
• Dejar gasa o instrumental en cavidad abdominal.
• Realizar actos innecesarios : Histerectomía abdominal Apendicectomía profiláctica.
• Transmitir enfermedades contagiosas, medico o
instrumental.
• Hacer operaciones o amputaciones con diagnóstico de
cáncer sólo con examen clínico.
• Aplicar anestesia halogenada, como primera elección a
una embarazada.
• Atender un parto con sólo examen de la madre, sin
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control fetal.
RESPONSABILIDAD MEDICA
NEGLIGENCIA
ETIMOLOGIA : Lat. NEGLIGO : descuido.
NEC - LEGO : dejo pasar.
DEFINICION : Es el descuido, omisión , falta de
aplicación o diligencia en la ejecución de un acto
médico. Es hacer menos , dejar de hacer o hacer lo
que no se debe, en suma es no guardar la precaución
necesaria por el acto que se realiza.
IMPRUDENCIA Y NEGLIGENCIA SON LAS CARAS
DE UNA MISMA MONEDA
INCRIMINACION: es la imprevisión por parte del
Dr. Moisés Ponce Malaver
médico de un resultado previsible.
RESPONSABILIDAD MEDICA
NEGLIGENCIA : EJEMPLOS
• No sujetar al paciente a la mesa de operaciones o camilla.
• Examen médico insuficiente cuando se ingiere sustancias
tóxicas o venenos.
• No controlar al paciente en el post operatorio.
• No advertir de los efectos colaterales.
• No informar al paciente o familiares sobre riegos,
secuelas, etc. de donantes y receptores.
• No controlar con regularidad la temperatura de la
incubadora y del respirador artificial.
• Dar de alta a un paciente con fractura sin radiografía de
control.
• No ordenar la biopsia ante la sospecha de cáncer.
• Olvidarse de retirar gasa o instrumental de cavidad
abdominal.
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RESPONSABILIDAD MEDICA
NEGLIGENCIA : EJEMPLOS
• Falta de aplicación de sueros y vacunas en heridas
contaminadas.
• Atender un parto sin control del estado del feto.
• Abandonar un enfermo ( huelga, guardia o emergencia).
• Abandono de guardia.
• No atender al paciente ( Huelga)
• No concurrir al llamado en caso de emergencia.
• No esperar en casos graves el relevo por otro médico.
• Omisiones o defectos y falta de evoluciones en la Historia
clínica.
• No dejar constancia escrita sobre: autorizaciones, alergias,
exámenes auxiliares, tratamiento, consentimiento, etc.
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RESPONSABILIDAD MEDICA
INOBSERVANCIA DE REGLAMENTOS
•DEFINICION: Es el incumplimiento de una
exigencia u orden verbal o escrita dispuesta por un
superior con la finalidad de prever un daño en el
paciente.
•RELACIONES : Suele circunscribirse a la esfera
administrativa sino ocasiona daño al paciente.
•INCRIMINACION : Por la actitud de indiferencia o
menosprecio de las normas o reglamentos .
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RESPONSABILIDAD MEDICA
INOBSERVANCIA DE REGLAMENTOS: EJEMPLOS
• Omisión o defectos en la confección de la historia clínica.
• Realizar el Residente (o interno) actos no autorizados o
sin la debida supervisión.
• Recetar productos milagrosos.
• Abandono del puesto de trabajo y centro laboral sin
autorización. Abandono de la guardia.
• No obtener el consentimiento informado, autorizaciones,
etc.
• Abandonar sin dejar sustituto: incubadoras, respiradores,
etc.
•No fiscalizar las tareas del personal auxiliar que debe
cumplir con las indicaciones médicas.
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RESPONSABILIDAD MEDICA
PREVENCION : MEDIDAS GENERALES Y ESPECIFICAS
•IMPERICIA : Actualización y Recertificación Médica.
Acreditación de las facultades de Medicina.
Currícula uniforme.
•IMPRUDENCIA Y NEGLIGENCIA :
Derechos de los Pacientes.
Deberes del Médico.
Manuales de Normas y Procedimientos.
Protocolos de Atención.
Ley General de Salud.
Declaraciones de la Asoc. Médica Mundial.
Código de Etica y Deontología del C.M.P.
•INOBSERVANCIA DE REGLAMENTOS :
Cumplir con las Normas de la Institución.
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RESPONSABILIDAD MEDICA
RECOMENDACIONES
1º.- Examinar a las mujeres en presencia de otra mujer.
2º.- No suspender el " Acto Médico "
3º.- En Caso de " juicios " , buscar Asesoría Legal.
4º.- Nunca concurrir a una Delegación P.N.P., Fiscalía o
Juzgado sin Asesoría de su abogado.
5º.- Aprender sus Deberes y Derechos.
6º.- Respetar las Normas Legales y Eticas.
7º.- Realizar " Reuniones de Auditoría " en los Servicios.
8º.- Actualizarce en aspectos Médico Legales.
9º.- Protocolizar sus atenciones.
10º.- Obtener un Seguro contra acciones legales por
Responsabilidad Profesional.
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RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
ASPECTOS ÉTICOS
Dr. Moisés Ponce Malaver
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Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
" JURAMENTO HIPOCRATICO "
•" Considerar tan queridos para mí como mis padres a mis
profesores "
•" Prescribiré regímenes para el bien de mis pacientes
según mi capacidad y juicio y nunca haré daño a nadie " .
•" No prescribiré para complacer a nadie una droga mortal
ni le daré consejos que puedan causar su muerte ".
•" Tampoco daré pesarios a la mujer para que aborte....".
•" No practicaré la talla......sino que dejaré esta operación
para los especializados en este arte ".
• Todo cuanto llegara a saber en el ejercicio de mi
profesión...., lo mantendré secreto y no lo revelaré nunca ".
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
DECLARACION DE GINEBRA
•Yo solemnemente me comprometo a consagrar mi vida
al servicio de la humanidad.
•Daré a mis profesores el respeto y gratitud que se
merecen.
•Respetaré los secretos que me confíen aún después de
que el paciente haya muerto.
•Mis colegas serán mis hermanos.
•Mantendré el más grande respeto por la vida humana ,
desde el momento de la concepción.
•Hago estas promesas libremente y bajo mi honor.
Dr. Moisés Ponce Malaver
JURAMENTO DE FLORENCE NIGHTINGALE
JURAMENTO DE LA ENFERMERA
Juro solemnemente ante Dios y en presencia de esta asamblea:
Llevar una vida digna y ejercer mi profesión con fidelidad a la misma.
Me abstendré de todo cuanto sea nocivo o dañino, y no tomaré ni
suministraré sustancia alguna que sea perjudicial.
Haré cuanto esté a mi alcance para mantener y elevar el nivel de mi
profesión y consideraré confidencial toda información personal
que me sea revelada y todos los asuntos familiares de los que tenga
conocimiento en el ejercicio de mi profesión.
Con lealtad me esforzaré para ayudar al médico en su trabajo y
consagraré mi vida al bienestar de quienes están confiados a mi
cuidado.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
" CODIGO INTERNACIONAL DE ETICA MEDICA "
DEBERES DEL MEDICO EN GENERAL :
• " El Médico debe Certificar o Declarar únicamente lo que él
ha verificado personalmente ".
DEBERES DE LOS MEDICO HACIA LOS ENFERMOS :
•" Preservar la vida desde el momento de la concepción "
•" Preservar absoluto secreto en todo lo que se le haya
confiado o que él sepa por medio de una confidencia ".
DEBERES DE LOS MEDICOS ENTRE SI :
•"El médico no debe atraerse hacia sí los pacientes de sus
colegas ".
•"Observar los principios de la "DECLARACION DE
Dr. Moisés Ponce Malaver
GINEBRA ".
RESPONSABILIDAD MEDICA
" DECLARACION DE LISBOA "
DERECHOS DE LOS PACIENTES :
•El paciente tiene derecho a elegir libremente su médico
•El paciente tiene derecho a ser tratado por un médico que
goce de libertad para hacer juicios clínicos y éticos sin
ninguna interferencia exterior .
• Después de haber sido adecuadamente informado sobre el
tratamiento, el paciente tiene derecho a aceptarlo o rechazarlo
• El paciente tiene derecho a confiar en que su médico respete
la confidencialidad de todos los datos médicos y personales
que le conciernen .
•El paciente tiene derecho morir con dignidad .
•El paciente tiene derecho a recibir o rechazar la asistencia
espiritual y moral, incluso de un ministro de la religión
Dr. Moisés Ponce Malaver
apropiada.
RESPONSABILIDAD MEDICA
DECLARACION DE LOS DERECHOS DE LOS
PACIENTES - ANMMS
•A un trato humanitario, con respeto y afecto en
reconocimiento a su dignidad.
•A la información más completa sobre su estado de salud.
•A la confidencialidad.
•A decidir - aceptando o rehusando- sobre los medios
diagnósticos y terapéuticos que le sugiera su médico
tratante.
•A denunciar el irrespeto de sus derechos.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
LA BIBLIA : HONOR AL MEDICO
•1º.- Honra al médico porque lo necesitas....
•2º.- El médico caminará con la frente en alto y será
respetado por las autoridades.
•11º.- Ofrece incienso de suave olor....., y después da
lugar a que obre el médico.
•12º.- Pues para eso lo ha puesto el Señor; y no se aparte
de ti, porque su asistencia es necesaria.
•13º.- PUESTO QUE HAY UN TIEMPO EN QUE HAS
DE CAER EN LAS MANOS DE LOS MEDICOS.
•15º.- CAERÁ EN MANOS DEL MEDICO EL QUE PECA
EN PRESENCIA DE SU CREADOR.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
" ORACION DE MAIMONIDES "
•" Has que yo vea solamente al hombre en el que sufre ".
•" Que mi espíritu esté claro cerca del lecho del enfermo....".
•" Has que mis enfermos tengan confianza en mí y en mi arte,
que sigan mis consejos y prescripciones ".
•" Aleja de su lecho a los charlatanes.......".
•" Si los ignorantes me blasfeman y me calumnian, has que el
amor a mi arte, como una coraza me torne invulnerable para
que yo pueda perseverar en la verdad, sin mirar al prestigio,
el renombre y a la edad de mis enemigos ".
•" Préstame, mi dios, la indulgencia y la paciencia cerca de los
enfermos testarudos y groseros ".
•" Has que sea moderado en todo pero insaciable en el amor
por la ciencia ".
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
" DECALOGO MEDICO LEGAL "
1º.- El perito debe de actuar con la ciencia del médico , la
veracidad del testigo y la ecuanimidad del juez.
2º.- Es necesario abrir los ojos y cerrar los oídos.
3º.- La excepción puede ser de tanto valor como la regla.
4º.- Desconfiar de los signos patognomónicos.
5º.- Hay que seguir el Método Cartesiano.
6º.- No fiarse de la memoria.
7º.- Una autopsia no puede rehacerse.
8º.- Pensar con claridad para escribir con precisión.
9º.- El arte de las conclusiones consiste en la medida.
10º.- La ventaja de la Medicina Legal, está en no formar una
inteligencia exclusiva y estrechamente especializada.
NERIO ROJAS.
Dr. Moisés Ponce Malaver
DEBERES DEL MEDICO
1. Humanizar la atención
2. Saber oír al paciente
3. Conocer el Perfil psicológico del paciente
4. Explicar el diagnóstico y el tratamiento
5. Proponer opciones y dejar al paciente decidir
6. Actualizarse profesionalmente
7. Conocer con precisión los límites de la medicina
8. Estar disponible en las situaciones reales de urgencia
9. Ser un agente de cambios
10.Saber decir “no se”.
*Decálogo de la Asociación Médica y el Sindicato de los
Médicos de Mina Gerais
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
" DECALOGO DEL MEDICO RESPONSABLE "
1º.- Confeccionar la Historia Clínica en forma legible y
completa.
2º.- Obtener el Consentimiento Informado del Paciente
3º.- Proporcionar Indicaciones Claras y Precisas.
4º.- Buena Relación Médico - Paciente.
5º.- Contar con los conocimientos , experiencia y seguridad
emocional necesarios.
6º.- Solicitar la opinión de los especialistas.
7º.- Informar al paciente sobre su Diagnóstico, tratamiento y
Pronóstico.
8º.- Uniformizar la labor del Equipo Médico.
9º.- Supervisar las labores del Personal Auxiliar o Subalterno.
10º.-Evitar comentarios faltos de ética.
Dr. Moisés Ponce Malaver
DEBERES DEL BUEN PACIENTE
1. Respetar al médico como a un ser humano
2. Considerar al médico por sus cualidades profesionales
3. No exigir al médico lo imposible
4. No hacer juicios precipitados
6. Respetar los límites de la actuación del Médico
7. Ser un agente de cambios
8. No exigir al Médico estudios(exámenes auxiliares)
innecesarios
9. Buscar un Médico de su confianza
10. Considerar la responsabilidad profesional y ética de
la clase médica.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
PROCEDIMIENTO
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
FASE I :
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
•Recepción y Codificación.
•Designación de Médicos Legistas responsables.
•Trámite y Remisión del Pronunciamiento Médico
Legal.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
FASE II :
PROCEDIMIENTO MEDICO LEGAL
•CONFECCIONAR LA HISTORIA CLINICA
• Resumen de Historia Clínica : Protocolo de Estudio de
Responsabilidad Medica.
•Exámenes Auxiliares.
•PRONUNCIAMIENTO INDIVIDUAL DE CADA MÉDICO
LEGISTA.
•DISCUSIÓN EN JUNTA MÉDICA.
•PRESENTACIÓN CLÍNICA.
•CONFECCIÓN DEL INFORME MÉDICO LEGAL: PROTOCOLO DE
ESTUDIO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL.
•RATIFICACIÓN Y/O DEBATE PERICIAL.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
FASE III :
ANALISIS Y / O ESTUDIO DEL
EXPEDIENTE JUDICIAL
Es necesario conocer los móviles de la demanda o
denuncia
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
I.- RESUMEN DE HISTORIA CLINICA :
• Historia Clínica de Ingreso: - Emergencia
- Consultorio Externo.
* Fecha y hora de ingreso.
* Signos y síntomas motivo de la consulta.
* Diagnóstico de Ingreso.
* Plan: Diagnóstico y Terapéutico.
* Indicaciones :
Tratamiento.
Exámenes Auxiliares.
Hospitalización.
Alta.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
* Historia de Hospitalización:
* Fecha y hora de ingreso.
* Signos y síntomas motivo de la hospitalización.
* Plan Diagnóstico .
* Exámenes Auxiliares:
* Consentimiento informado.
* Interconsultas.
* Radiografía.
* Tomografía.
* Ecografía.
* Exámenes de laboratorio.
* Exámenes Especiales.
* Plan Terapéutico.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
•Intervenciones Quirúrgicas:
* Consentimiento informado
* Riesgo Quirúrgico.
* Riesgo anestesiológico.
* Antecedentes quirúrgicos.
* Tipo de Anestesia.
* Tipo y técnica quirúrgica.
* Reporte operatorio.
* Reporte de Anestesiología.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
• EVOLUCION : MEDICA Y DE ENFERMERIA.
* Fecha y hora.
* Evolución diaria .
* Supervisión del Plan Diagnóstico y Terapéutico.
* Complicaciones, concomitantes.
* Gráfica de Funciones Vitales.
CARACTERISTICAS:
- Fecha y hora
- Señalar signos y síntomas.
- Apreciación Médica.
- Plan a seguir.
- Indicaciones.
- Letra clara , legible .
- Firma con. C.M.P. , C.E.P y/o C.O.P, etc..
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
•AUTORIZACIONES Y RESULTADOS DE EXAMENES :
* Consentimiento Informado.
* Autorización de Hospitalización.
* Autorización de Exámenes Especiales.
* Autorización de Intervenciones Quirúrgicas.
* Constancia de Informe a Familiares.
* Resultados de Ayuda Diagnóstica.
* Resultados de Exámenes de Laboratorio
* Resultados de Interconsultas.
* Autorización de Alta.
* Constancia de Retiro Voluntario.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
II.- APRECIACION MEDICA:
Estudio del cuadro cuadro clínico, diagnóstico , tratamiento,
técnicas utilizadas, riesgos, complicaciones, precauciones ,
recomendaciones, resultados .
III.- APRECIACION MEDICO LEGAL :
Relación entre el paciente , diagnóstico, tratamiento ,
resultados y sus relaciones con el supuesto delito.
Análisis de los presupuestos del acto médico: cumplimiento
de los medios y cuidados. Cumplimiento de la Obligaciones
Médicas, Eticas y Legales.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
IV.- CONCLUSIONES :
1.- Si pudo o no evitar o prever el daño o perjuicio.
2.- Si fue cuidadoso diligente y prudente
3.- Si cumplió lo establecido o incurrió en
inobservancia, omisión u olvido de las pautas
establecidas
4.- Si era la única forma de interpretar el cuadro
clínico y dar tratamiento como lo hizo o existía otras
posibilidades.
Dr. Moisés Ponce Malaver
RESPONSABILIDAD MEDICA
VALORACION MEDICO LEGAL
IV.- CONCLUSIONES :
5.- Si contaba con los conocimientos y habilidades
necesarios para actuar en casos similares
6.- Si agotó todas las posibilidades técnicocientíficas para realizar un diagnóstico adecuado y
lógico.
7.- Si aplicó la terapéutica adecuada para proteger al
paciente
Dr. Moisés Ponce Malaver
¡MUCHAS GRACIAS!
Dr. Moisés Ponce Malaver
SOCIEDAD PERUANA
DE MEDICINA LEGAL
MOISÉS PONCE MALAVER
Médico Legista - Psiquiatra
E mail. medicinalegal@hotmail.com
moshehdoc@yahoo.com
Dr. Moisés Ponce Malaver