Download ÿþ2 0 1 1
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
CONSTANCIA DE RECEPC\ON DE NOT1ACACION NomIntv Apellidos: _6,.G'~_t:JyoLA DlI.'Doc.dsldanLN" _ o~32U. CQl{VInc:utD: i: RIm& FechI, : +---- --.__ .--..-----.---- SEDE CENTRAL +- ; ~E¿H~':OOO:3ci~;6~;~6ii-0011Q5 "..--.-- . HO~~~; ~ 15; í7 7--------------~- Emriresa colocar sello de recepcí6n SUNAT ~¿of~Q;V~ Visto el expediente N° OOO-ADSODT-2011152947-1, presentado por la empresa SECURITY SIGNS & SYSTEMS DE PERÚ SAC, identificada con RUC N° 20507858156, sobre clasificación arancelaria del producto denominado comercialmente "PLACAS DE ALUMINIO CON DISPOSITIVO RFID". CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la información proporcionada por el interesado, el producto denominado "PLACAS DE ALUMINIO CON DISPOSITIVO RFID" se presenta en cajas de cartón con 50 unidades por caja; son placas de aluminio de 1.0 mm de espesor, composición EN AW-1200, pureza entre 9799% de aluminio, el lado anverso recubierto con una lámina retro reflectiva, el lado reverso pre tratado y barnizado con laca de protección ante la interperie, tiene un dispositivo RFID integrado, chip electrónico pasivo EPC, clase 1, Gen 2, UHF. Es una materia prima para la manufactura de placas de rodaje vehicular; Que de acuerdo a lo señalado por la División de Laboratorio Central de la Intendencia de la Aduana Marítima del Callao, el producto presenta las siguientes características: Descri ción Manufactura metálica de 1.05 mm de espesor, barnizado en un lado y pintura reflectiva en el tiene lado, otro inscripción por embutido de letra y números, tiene perforaciones para 4 chip un ajuste y electrónico tipo RFID. __ SUt.tAT ~_.---- tJ - o 8- -Zz"'14 En •••"" odes . ¥o Composición Química Aluminio sin alear Si 0,152% Fe 0,501% Cu 0,001% Mn 0,002% Mg 0,001% Zn 0,009% Ni 0,002% Cr 0,001% Pb 0,003% Sn 0,002% Ti 0,011 % Ag 0,001% Bi 0,002% Ca 0,001% Cd 0,005% Sr 0,002% Zr 0,001% Co 0,002% V 0,005% Ga 0,006% Al Balance Uso Placa de rodaje vehicular. Revestimiento: Poliéster con pintura reflectiva Conclusión : Es una placa metálica, de aluminio sin alear, con revestimiento reflectivo por una cara, tiene incorporado un chip electrónico, se usa como placa de rodaje vehicular. Que la clasificación arancelaria de las mercancías, se rige por los principios contenidos en las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura; (4) ~_+ .------------------_ ... - ---- ... _------------ --~-------, Que de conformidad a los principios establecidos en la Primera Regla General para la Interpretación de la Nomenclatura "Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo"; Que la Sección XV, en el Capitulo 76, Partida 76.06, comprende a las chapas de aluminio de espesor superior a 0,2 mm, obtenidas por laminado en caliente o en frío, incluso recortadas, perforadas, revestidas, etc.; siempre que estos trabajos no le confieran el carácter de artículos o manufacturas comprendidas en otra parte, según la Nota 1 d)/76; y, la Sección XVI, en el Capítulo 85, Partida 85.23, comprende a los dispositivos de almacenamiento de datos a base de semiconductores; Que el producto presentado, es una placa de matrícula para vehículo, la cual presenta inscripciones de letras y números y las características esenciales que deben figurar en las placas de matrícula que se fijan permanentemente a los vehículos automóviles para su identificación, correspondiéndole por consiguiente clasificarse en el Capítulo 83, Partida 83.10, que contiene a las placas indicadoras, placas rotulo, placas de direcciones y placas similares, cifras, letras y signos diversos, de metal común, entendiéndose en la Nomenclatura como metal común, entre otros metales, al aluminio, de acuerdo a la Nota 3/XVI; por lo que se excluye de la Partida 76.06, así como de considerarse en la Partida 85.23, por no ser un soporte a base de semiconductores para la grabación de datos; sino una placa de matrícula vehicular con un chip pasivo de RFOI incorporado, para la lectura digital del serial grabado en el chip; Que para la determinación de la subpartida se debe tomar en consideración la Sexta Regla General para la Interpretación de la Nomenclatura que dispone "la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de <~i~\)s:Noi;~:vc':. ',.0;...../~~\}~~ t'i~ ~ ('.l., del ,qr,,~/?~~ (j "", ••. '" {;? 'Q.¡ c::; ~ J .~~~ .,,~~ las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Reg/~ también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contra no"; ?.~, ~~ ¿;.~ Que la partida 83.10 comprende entre otros tipos de placas; a las placas de matrícula para vehículos, debiendo por consiguiente el l11''' ~$ producto presentado, clasificarse en la subpartida nacional 8310.00.00.00, en A~ aplicación de la 1ra y 6ta Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas aprobado por O.S. 017-2007-EF; E <l~:;;.os.:::~$" Estando a los documentos siguientes, cuyos 'j~~ ~ '~~¡.")contenidos se encuentran vertidos en los considerandos de la presente resolución: ~! ~-rso IIJ ~& 4tQC4OA ~ Rwti':.t4'í +---- ---- - ----- ----- -_.._~------ - .... _-+ sUNAT SEDE CEHTRAL : RulxN~: 0003AOOOOi2011-0011ü5 FECHA ; 09/08/2011 (5) HORA 1----------------;.-----------.-------.-+ SUNAT ~¿ dl~ QJ1íaoúmal - Informe N° 750-2011-SUNAT/3D0500 de la División de Laboratorio Central de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao, e - Informe N° 735-2011-SUNAT-3A1500 de la División de Gestión del Arancel Integrado de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera; De conformidad con el Art. 139° inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM, y estando a la delegación de firma prevista en el Memorándum N° 48-2011-SUNAT/ 3AOOOO; SE RESUELVE: Artículo 1°._ Clasifíquese al producto denominado comercialmente "PLACAS DE ALUMINIO CON DISPOSITIVO RFID", en la subpartida nacional 8310.00.00.00 del Arancel de Aduanas, aprobado por D.S. 0172007-EF, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Articulo 2°._ La presente Resolución será de aplicación obligatoria por las Intendencias de Aduana de la República y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el portal de la SUNAT. Articulo 3°._ La presente Resolución tiene efectos solo para fines de clasificación arancelaria y no autoriza el despacho del bien clasificado, el mismo que deberá sujetarse a las normas vigentes aplicables a los regímenes y destinos especiales aduaneros. Regístrese, comuníquese, transcríbase publíquese. WILFRED MADERA MADERA Jefe de la División dé Gestión del Arancellnlegrado Por' ANDRES JAVIER GARCIA RIVERA INTENDENCIA NACIONAl. DE TECNICAADUANERA SECURITY SIGNS & SYSTEMS DE PERÚ SACo (RUC W 20507858156) CAL. KAPALA MZA. A LOTE. 15 LIMA - LIMA - LURIN. (DOMICILIO FISCAL) y