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AETNA BETTER HEALTH ® Manual del Miembro del Programa del Seguro de Salud Infantil CHIP – Children’s Health Insurance Program Áreas de Servicio de Bexar y Tarrant Servicios al Miembro 1-866-818-0959 (Bexar) 1-800-245-5380 (Tarrant) Aetna Better Health cubre a los miembros de CHIP en los siguientes condados: Área de Servicio de Tarrant: Tarrant, Denton, Hood, Johnson, Parker y Wise Área de Servicio de Bexar: Atascosa, Bandera, Bexar, Comal, Guadalupe, Kendall, Medina y Wilson www.aetnabetterhealth.com/texas TX-15-04-18 Febrero de 2015 1 Aetna Better Health Manual del Miembro de CHIP / de CHIP Perinate Newborn / de CHIP Perinate Para aprender más, por favor llame al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar) www.aetnabetterhealth.com/texas Aetna Better Health cubre a los miembros en los siguientes condados: Área de Servicio de Tarrant: Condados Tarrant, Denton, Hood, Johnson, Parker, y Wise. Área de Servicio de Bexar: Condados Bandera, Bexar, Atascosa, Comal, Guadalupe, Kendall, Medina, y Wilson. Área de Servicio de Tarrant/Bexar – Febrero de 2015 TXA-15-04-18 2 Contenido SU MANUAL DEL MIEMBRO DE CHIP / DE CHIP PERINATE NEWBORN ...............................................................................1 SERVICIOS AL MIEMBRO......................................................................................................................................................... 1 CÓMO FUNCIONA SU PLAN O EL PLAN DE SU HIJO/A ...............................................................................................................2 SOBRE EL PLAN DE SU HIJO/A ............................................................................................................................................... 2 NÚMEROS IMPORTANTES ....................................................................................................................................................... 3 AVISO DE PRIVACIDAD DE AETNA BETTER HEALTH ............................................................................................................... 4 TARJETAS DE IDENTIFICACIÓN (ID) DEL MIEMBRO ..............................................................................................................6 INFORMACIÓN DEL PROVEEDOR DE CUIDADO PRIMARIO ................................................................................................10 INFORMACIÓN DEL PLAN DE INCENTIVOS PARA MÉDICOS .................................................................................................. 12 INFORMACIÓN DEL PLAN DE SALUD ................................................................................................................................... 12 BENEFICIOS .............................................................................................................................................................................12 LÍMITE DEL COSTO COMPARTIDO ........................................................................................................................................ 27 MEDICAMENTOS ..................................................................................................................................................................... 34 SERVICIOS PARA LA VISTA................................................................................................................................................... 38 SERVICIOS DENTALES .................................................................................................................................................................. 39 BENEFICIOS EXTRA OFRECIDOS ................................................................................................................................... 39 CUIDADO DE LA SALUD Y OTROS SERVICIOS .................................................................................................................... 40 SALUD DEL COMPORTAMIENTO ................................................................................................................................................. 45 SALUD DE LA MUJER ............................................................................................................................................................ 46 OTROS SERVICIOS PARA LOS MIEMBROS .......................................................................................................................... 47 DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS MIEMBROS ................................................................................................ 47 COBERTURA DEL PLAN ................................................................................................................................................................ 50 SEGURIDAD DE LOS MIEMBROS .......................................................................................................................................... 51 PROCESO DE QUEJAS ........................................................................................................................................................... 52 PROCESO DE APELACIONES ................................................................................................................................................ 53 PROCESO DE APELACIÓN EXPEDITA .................................................................................................................................. 53 ORGANIZACIÓN INDEPENDIENTE DE REVISIÓN (IRO) ................................................................................................. 54 INFORMACIÓN SOBRE FRAUDE............................................................................................................................................ 55 SUBROGACIÓN ....................................................................................................................................................................... 55 TXA-15-04-18 3 Introducción Su Manual del Miembro de CHIP / de CHIP Perinate / de CHIP Perinate Newborn Este manual es una guía para ayudarle a conocer su plan/el plan de su hijo/a: Aetna Better Health. Si usted tiene preguntas sobre sus beneficios/los beneficios de su hijo/a o lo que está cubierto, por favor consulte la sección de beneficios. Si usted no puede encontrar la respuesta a su/s pregunta/s en este manual, use nuestro sitio web www.aetnabetterhealth.com/texas, o llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación/la tarjeta de identificación de su hijo/a. Nosotros con gusto le ayudaremos. Consejos para los miembros Conserve este manual y cualquier información adicional del manual para uso futuro. Anote sus números de identificación o los de su hijo/a en el frente de este libro o en otro lugar seguro. Siempre lleve consigo su tarjeta de identificación o la de su hijo/a. Conserve el nombre y número de su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a cerca del teléfono. Use la Sala de Emergencias del Hospital (ER por sus siglas en inglés) sólo en caso de emergencia. ¿Tiene Preguntas o Necesita Ayuda Entendiendo / Leyendo el Manual del Miembro? Nosotros contamos con personal que habla inglés y español y que puede ayudarle a entender este manual. También contamos con servicios para las personas que tienen problemas para leer, problemas auditivos o de la vista, o para aquellas que hablan un idioma distinto al inglés o español. Usted puede pedir el Manual del Miembro en audio, en otros idiomas, Braille o en letra grande. Si usted necesita una cinta de audio o un CD, nosotros se lo enviaremos por correo. Para obtener ayuda, visite nuestro sitio web www.aetnabetterhealth.com/texas o llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a. Servicios al Miembro Departamento de Servicios al Miembro Estamos disponibles por teléfono de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a para: Preguntar sobre sus beneficios y cobertura o la de su hijo/a. Cambiar su domicilio o número de teléfono o el de su hijo/a. Cambiar de proveedor de cuidado primario o el de su hijo/a. Pedir más información sobre cómo registrar una queja. Llame a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a con preguntas sobre citas, horarios o para recibir atención después de las horas laborales. Información y Recursos del Plan en Línea Obtenga información 24 horas al día, 7 días de la semana en nuestro sitio web www.aetnabetterhealth.com/texas. Usted puede encontrar información y respuestas a sus preguntas sin tener qué llamarnos. El sitio web le permite: Ver boletines informativos para los miembros. Ver Preguntas y Respuestas sobre el Programa CHIP (incluyendo servicios perinatales). TXA-15-04-18 4 Buscar en nuestro directorio de proveedores médicos y hospitales de Aetna en su área. Obtener información sobre distintos temas de salud. Recurso del Directorio de Proveedores Nuestro Directorio de Proveedores tiene una lista de todos los tipos de proveedores en la red, así como sus nombres, domicilios, números de teléfono, especialidad, educación, certificaciones de la Junta, idiomas que hablan, edades a las que proveen servicio y más. El directorio más reciente siempre estará en www.aetnabetterhealth.com/texas. Llame a Servicios al Miembro si necesita ayuda para localizar a un profesional de la red o si desea que nosotros le enviemos una copia impresa. Eligibilidad y Beneficios A través de Aetna Better HealthSM nos complace ofrecerles a usted o a su hijo/a todos los beneficios ofrecidos por el programa de seguro médico infantil del estado de Texas, Children’s Health Insurance Program (o "CHIP") además de beneficios más amplios y de valor agregado. En este Manual del Miembro se incluye información sobre elegibilidad y beneficios. Usted escogió a su doctor o clínica o los de su hijo/a cuando se inscribió a Aetna Better Health. Este doctor o clínica que usted escogió es su proveedor de cuidado primario o el de su hijo/a y actuará como la puerta hacia la atención de todas sus necesidades para el cuidado de su salud o las de su hijo/a. Aquí hay algunas cosas importantes que necesita hacer para ayudarnos a darles a usted o a sus hijos la mejor atención: Revise la tarjeta de identificación para asegurar que la información sea correcta. El nombre de su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a aparecerá en la tarjeta de Aetna Better Health. Haga cualquier cita necesaria y familiarícese con su Proveedor de Cuidado Primario o con el de su hijo/a. Llame para hacer una cita con su Proveedor de Cuidado Primario o con el de sus hijos y dígales que usted o su hijo/a es miembro de Aetna Better Health. Llame al Proveedor de Cuidado Primario cuando usted o su hijo/a necesiten atención. Siga los consejos del Proveedor de Cuidado Primario. Lleve consigo en todo momento su tarjeta de identificación de Aetna Better Health o la de su hijo/a. Use la Sala de Emergencias del Hospital (ER por sus siglas en inglés) sólo en caso de emergencia. Cómo Funciona Su Plan o el de Su Hijo/a Cosas Básicas Usted elije a un Proveedor de Cuidado Primario de nuestra larga lista de doctores para usted o para su hijo/a. Usted puede escoger a un Proveedor de Cuidado Primario distinto para cada niño/a en su familia. Usted irá o llevará a su hijo/a a ver a su Proveedor de Cuidado Primario para la atención de rutina y preventiva o cuando se necesite otro tipo de atención, como para una enfermedad o lesión. Su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a le enviará a ver a un especialista o coordinará su atención médica cuando sea necesario. Usted paga copagos por ciertos servicios médicos en el momento de su visita a su doctor o al de su hijo/a. Usted/su hijo/a tienen cobertura en caso de emergencia. Sobre el Plan de su Hijo/a Como miembro de Aetna Better Health, usted puede solicitar y recibir la siguiente información para su hijo/a: Nombres, domicilios, números de teléfono e idiomas que hablen (además de inglés) nuestros doctores de la red y una identificación de aquellos doctores que no estén aceptando a pacientes nuevos. La información se proveerá para doctores de cuidado primario, especialistas y hospitales en su área de servicio. Cualquier limitación en su libertad de elección entre los doctores de su red o la de su hijo/a. Los derechos y las responsabilidades del miembro. Información sobre los procedimientos de quejas, apelaciones y revisiones independientes. La cantidad, la duración y el enfoque de los beneficios disponibles bajo el contrato asegurarán que usted sepa cuáles son los beneficios de su hijo/a. Cómo obtener beneficios, incluyendo los requisitos de autorización para su hijo/a. Cómo puede usted obtener beneficios, incluyendo de doctores fuera de la red y/o límites a dichos beneficios. Cómo se proveen las coberturas después de horas laborales y de emergencia, y los límites a dichos beneficios, TXA-15-04-18 5 incluyendo: Lo que constituyen los servicios de emergencia para una condición médica de emergencia y servicios posteriores a la estabilización. El hecho de que no necesita una autorización previa para los servicios de atención de emergencia. Cómo obtener servicios de emergencia, incluyendo el uso del número de teléfono 911. Las ubicaciones de cualquier entorno de emergencia y otros lugares en los que los doctores y hospitales proveen servicios de emergencia cubiertos bajo el contrato. Su derecho a usar a cualquier hospital u otro entorno para la atención de emergencia para su hijo/a. Reglas para después de la estabilización. Norma sobre referencias para atención especializada y para otros beneficios no provistos por el Proveedor de Cuidado Primario de su hijo/a. Directrices de la práctica de Aetna Better Health. Certificado de Cobertura Acreditable Si usted necesita un comprobante de la cobertura de CHIP de su hijo/a para ayudar a inscribir a su hijo/a en otro plan de seguro, por favor llámenos al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar). También puede escribir a: Aetna Better Health Attention: Member Advocate PO Box 569150 Dallas, Texas 75356-9150 Con gusto le proveeremos un certificado de cobertura acreditable si lo solicita. Números Importantes Su número de identificación de CHIP o el de su hijo/a Nombre de su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a Domicilio de su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a Teléfono de su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a En caso de emergencia, llame al 911 ó a la línea local de emergencias. Visite el siti o w eb: www.aetnabetterhealth.com/texas Llámenos: Servicios al Miembro de Aetna Better Health Larga distancia gratuita: Área de Servicio de Tarrant: 1-800-245-5380 Área de Servicio de Bexar: 1-866-818-0959 Hay servicios de intérprete de inglés/español disponibles Horario de Servicios al Miembro: Lunes a viernes de 8 a.m. a 5 p.m. Después del horario laboral: Deje un mensaje en el buzón de correo de voz Escríbanos: Aetna Better Health Attention: Aetna Better Health Member Services PO Box 569150 Dallas, TX 75356-9150 TTY: Para personas sordas o con problemas auditivos, por favor llame a través de la línea de relevo TTY Relay of Texas al 1-800-735-2989 y pídales que llamen a la línea de Servicios al Miembro de Aetna Better Health. TXA-15-04-18 6 Números de Teléfono Importantes CHIP / CHIP Perinate Newborn / CHIP Perinate Línea de Salud® Informada (información de salud de una enfermera registrada) 24 horas al día, 7 días de la semana 1-800-556-1555 Línea de Ayuda de CHIP/ CHIP Perinate Newborn / CHIP Perinate 1-800-647-6558 Los siguientes beneficios aplican sólo a CHIP/ CHIP Perinate Newborn Servicios para la Vista Block Vision Services 1-800-879-6901 Servicios para la Salud del Comportamiento (incluye salud mental y abuso de substancias)* 24 horas al día, 7 días de la semana Organizaciones de Atención Dental Administrada de CHIP DentaQuest MCNA Dental 1-800-245-5380 (Tarrant) 1-866-818-0959 (Bexar) 1-800-508-6775 1-800-494-6262 *Para la atención para la salud del comportamiento, llámenos al número en su tarjeta de identificación. Si su hijo/a tiene un a emergencia de la salud del comportamiento, llévele a la Sala de Emergencias más cercana. Usted o alguien a nombre de su hijo/a deberá llamarnos al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar) para informarnos que su hijo/a tuvo una emergencia. (Hay personal disponible que habla tanto inglés como español.) Aviso de Privacidad de Aetna Better Health Este aviso de privacidad le informa cómo se puede usar y compartir la información de su salud. También indica lo que usted debe hacer para verla. Por favor lea cuidadosamente esta carta. Por favor llámenos si tiene alguna pregunta sobre este aviso. ¿Qué hacemos con su información de salud? En ocasiones necesitamos ver su información de salud para contestar a sus preguntas. Para ayudar a hacernos cargo de usted: Nosotros podemos usar la información de su salud para ayudar con el cuidado de su salud. También la usamos para decidir qué servicios cubren sus beneficios. Nosotros podemos informarle sobre los servicios que usted puede obtener. Esto podría ser vacunas, revisiones, o exámenes médicos. También le podemos recordar sobre sus citas. Nosotros podemos compartir la información de su salud con otras personas que le provean atención. Esto podría ser doctores, hospitales, farmacias, y otros. Nosotros podemos tener un sitio web en el cual los doctores y otros que le proveen atención, pueden ver la información de su salud a través de la Internet. Si usted ya no está con nuestro plan, con su autorización, nosotros le daremos la información sobre su salud a su nuevo doctor. Familia y amigos: Nosotros podemos proveerles la información de su salud a su familia o a un/a amigo/a que esté ayudando con su atención o ayudando a pagar por su atención. Por ejemplo: Si usted tiene un accidente, es posible que nosotros necesitemos hablar con una de estas personas. Por favor díganos si usted no desea que les proveamos la información de su salud a su familia o a un/a amigo/a. Nuestro domicilio y número de teléfono están al final de esta carta. Para pagos: Nosotros podemos dar la información de su salud a otros que pague por su atención. Su doctor debe darnos una forma de reclamaciones que contenga la información de su salud. Nosotros también podemos utilizar la información de su salud para revisar la atención que su doctor le provee. También podemos revisar su uso de los servicios de salud. Operaciones para el cuidado de la salud: Nosotros podemos usar la información de su salud para ayudarnos a hacer nuestro trabajo. Nosotros podemos usar la información de su salud para: Promoción de salud y enfermedades Administración de casos Asuntos legales Mejoramiento de la calidad TXA-15-04-18 Contabilidad y auditoria 7 Prevención de fraude Administración del seguro Administración y planeación del negocio Un/a administrador/a de casos puede trabajar con su doctor o con otros que le provean atención. El administrador de casos puede decirle sobre programas o sitios que puedan ayudarle con su problema de salud. Propósitos Públicos: Nosotros podemos usar o dar la información de su salud por algunas razones públicas. Tales como: Requerido por la Ley: En ocasiones, las leyes federales, estatales o locales necesitan que nosotros les demos la información de su salud a otros. Para la compensación a los trabajadores, si usted se lesiona en el trabajo Seguridad Pública: Nosotros podemos dar la información de su salud para propósitos de seguridad pública y policiacos. Si nos dan una orden de registro o una solicitud de testimonio del gran jurado Para ayudarlos a nombrar o encontrar a alguien Para detener el daño a alguien Por otras razones Investigación: Nosotros podemos usar la información de su salud para investigación. Le pediremos su autorización antes de hacer esto. Nos aseguraremos de que nadie sabrá que es la información de su salud. Supervisión: A nosotros nos pueden revisar agencias estatales y federales para asegurar que sus doctores estén haciendo un buen trabajo y que nosotros estemos haciendo un buen trabajo. Cuando estas agencias realizan sus verificaciones, pueden pedir información sobre nuestros miembros y nosotros debemos permitirles ver la información de nuestros miembros. Disputas: Nosotros podemos dar la información de su salud si es requerido en una demanda o en un asunto legal. Información Sobre Drogas o Alcohol: Nosotros podemos tener información sobre su tratamiento para la adicción a drogas o alcohol. Nosotros no compartiremos esta información con otros excepto con su consentimiento, si es necesario en una emergencia médica o si es requerido por ley o por una corte. Usos de su información: Al inscribirse al plan, usted nos permite usar la información de su salud para las razones que hemos descrito en esta carta. ¿Cuáles son sus derechos? Derecho de ver la información de su salud: Usted tiene el derecho de ver la información de su salud y obtener una copia de la misma. Para obtener una copia de la información de su salud, escríbanos al domicilio que se encuentra al final de esta carta. Usted puede pedir sus registros médicos. Llame al consultorio de su doctor o a la instalación para el cuidado de la salud donde le trataron para obtener una copia de dichos registros. Derecho de solicitar un cambio en su información: Si usted ve su información y nota que algo no está bien, puede pedirnos que lo cambiemos. Para pedirnos que cambiemos su información, por favor escríbanos al domicilio que se encuentra al final de esta carta. Usted debe decirnos claramente lo que desea cambiar. Derecho de obtener una lista de personas o de grupos que tengan una copia de la información de su salud: Usted tiene el derecho de obtener una lista de las personas y grupos a los cuales les hayamos provisto información sobre su salud. Si usted desea obtener dicha lista, por favor escríbanos al domicilio al final de esta carta. Derecho de solicitar una manera segura de estar en contacto con usted: Si usted cree que la manera en la que nos mantenemos en contacto con usted no es segura, por favor háganoslo saber. Nosotros haremos lo que podamos para estar en contacto con usted de una manera que sea más privada. Derecho de pedir atención especial para la información de su salud: Nosotros podemos usar la información de su salud en las formas que estipulamos en esta carta. Usted puede pedirnos que no usemos su información en estas maneras. No estamos obligados a acceder a ello, pero lo pensaremos cuidadosamente. Si accedemos con respecto a cómo desea que usemos la información de su salud, se lo diremos. TXA-15-04-18 8 Si desea pedir este cambio, por favor escríbanos al domicilio al final de esta carta. Derecho de recibir una copia física en papel de esta carta: Usted tiene el derecho a una copia física en papel de esta carta. Para obtener una copia de esta carta, visite nuestro sitio web www.aetnabetterhealth.com/texas. También puede pedir una copia. Escríbanos al domicilio al final de esta carta. Nosotros le enviaremos una copia por correo. ¿Nosotros cambiaremos esta carta? Por ley, nosotros debemos mantener privada la información de su salud. Debemos hacer lo que decimos en esta carta. También tenemos el derecho de cambiar esta carta. Si cambiamos esta carta, los cambios se aplicarán a toda su información que esté en nuestro poder actualmente o en el futuro. Usted puede obtener una copia de la carta más reciente en nuestro sitio web www.aetnabetterhealth.com/texas ¿Qué tal si usted tiene preguntas? Si usted tiene alguna pregunta sobre este aviso o sobre cómo usamos o compartimos información, por favor póngase en contacto con Servicios al Miembro de Aetna Better Health al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar). Nuestra oficina abre de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Usted también puede escribirnos a: Aetna Better Health PO Box 569150 Dallas, TX 75356-9150 Si usted siente que sus derechos de privacidad han sido violados – como se explica en este Aviso –puede quejarse con Aetna Better Health o con la Secretaría de Servicios Humanos y para la Salud a través de la Oficina de Derechos Civiles (OCR por sus siglas en inglés). Para registrar una queja, por favor comuníquese con Servicios al Miembro, o usted puede comunicarse con el Oficial de Privacidad de Aetna Better Health. Por favor recuerde que nosotros no tomaremos cualquier acción contra usted por registrar una queja. Éste es uno de sus derechos. Si nuestra investigación de su queja confirma que ha habido una violación a su privacidad a través de las acciones de uno de nuestros empleados o contratistas, nosotros tomaremos una acción disciplinaria contra el empleado del contratista que haya causado dicha infracción. Tarjetas de Identificación (ID) del Miembro Cuando usted o su hijo/a se inscriben con nosotros, usted o su hijo/a obtendrán una tarjeta de identificación de nosotros. Usted o su hijo/a no recibirán una tarjeta de identificación nueva cada mes. Si usted nos llama para cambiar a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a, o si cambia el copago de usted o el de su hijo/a, usted o su hijo/a recibirán una tarj eta de identificación nueva. Cómo leer su tarjeta: La tarjeta de identificación lista el nombre y el/los número/s telefónico/s de su Proveedor de Cuidado Primario o del de su hijo/a. Mostrará información de copagos, si usted tiene qué pagar por los servicios. El reverso de la tarjeta de identificación tiene números telefónicos importantes para que usted llame si necesita ayuda. Por favor asegúrese de que su información o la de su hijo/a en su tarjeta de identificación sea la correcta. Cómo usar su tarjeta: Siempre lleve consigo su tarjeta o la de su hijo/a cuando vaya a ver al doctor. Usted la necesitará para recibir atención para la salud tanto para usted como para su hijo/a. Usted debe mostrarla cada vez que usted o su hijo/a reciban servicios. Cómo reemplazar su tarjeta o la de su hijo/a si se pierde o se la roban: Por favor llame de inmediato a nuestro Departamento de Servicios al Miembro para que le podamos enviar otra tarjeta de identificación. TXA-15-04-18 9 Ejemplo de Una Tarjeta de Identificación de Aetna Better Health CHIP THE FOLLOWING WAS NOT TRANSLATED BECAUSE IT’S A COPY OF AN EXISTING DOCUMENT XAetna Chtklren's HeaHh lnsur<n:e Progr.m TDI rc Better Health Rs1<¥ l!ll(!i$ TTY'1-*18-1 MEMBER NAME MEMBERID· EFF DATE: PCP. PCP EFFECTIVE DATE Alarataty Colefl1ge RldliN S10591 RxPC» ADV RxGRP Rx$301 PI>Mi»«i!t Us.> ()lly 1.8718143311 9 MEMBER NOMBRE: MEMBERID. EFFECTlVO PC'P TEL PCP PCP TEl£· FECHA. DEEFECTIVID.AO CONEL PCP Doclo r's Office V1s: Emergency Room: HospaI lnp atient: Prescnplion Genenc Drugs: Hosp al Outp atient: Prescnpllo n Brand Drugs: No copoyments apply fot well chl7d or well baby immunj;zation visl)s. Vis11a OficJna del Doctor: Sala de emergencia: Pac1ente intenrado: Med1camentos 9 enericosde receta: Pac1ente af uera delnospita!: Medicamer4os de receta de ma1ca: Co-p111JUifO ltlfPp/klllt pant •x8m•m•• bi@n o d• trino visitas paravacuRas. DirectlmstorV<Alatto DolnAn Emergency nshucclme5 eo caso de emergencia. 111case 01emergency call 911 cr go1o1he closest emergency 'com .Aller teatment, cayour child's PCPwl1hln 241'10Uisoras soonas poSSible. En caso ell eme1gencla,ilama al911o vaya a Ia sala de emergencia ms cerca-a.Despu6s derecibr tatarniento,uame at PCP de su hijo dellii'O de 24 hcras o tan p-onlo como seaposible. Fa addAfonat inlormation rega-dingemerg;ncy senrices, Para mas lnlormact6n1llbre wvicios de erorrgencia, avo·Cllreler'irseal Mault paa lvllentros. please refer 1o )00 member hardbocA< Envie redamaciones a es1e lireccilin. ClaiMs ilg Certer P.O.8ox&o93: l'l'ilenix, IU.Z5r.2 MadaliWS10lllis unss: ClaWS l'l'oi:HSilg Ceree< P.o. eoxum Phoeohr, IU. lliiU Payor tD:lBit2 Payor10: JJ69? TXA-15-04-18 Wentlel'SEmces I SEM:los para Wientros:1 5-SIU Bell<Mcral HealliSalld lolerlal:1 s.5l:lll 24 oo.rs/7 ClaySpa- weet 1 24 hCras del cw.ietee1as re ta semana FCirmed Lttei!Sea re sakidrtlrmada1: 51i-1555 Block01 Texas, Savi:es lne lllleade SEM:ios pa-a IAlerNlros de lliOo:k \1sion 01 Texas, he.:1 00.37!1-1111 10 Ejemplo de Una Tarjeta de Identificación de Aetna Better Health CHIP Perinate Newborn THE FOLLOWING WAS NOT TRANSLATED BECAUSE IT’S A COPY OF AN EXISTING DOCUMENT ember Sa'vk:es I Sa'vk:IO& para IAierrO'os:1.m8-24 30 Eietr<NUall-llai\ISal\«lMerilal.1.-4DW5-6300 24 tn.rs 17 daySpe- wee!. / 24 haasdel <Wilete <las Ill ta senana tbmed H?alfl tlle/lna Ill ri:rlmada:1 51i -fScSS Iliad< \1sion d lela$, he 8ENtes In!? /I.Jl93de Sa'vk:IOspwa WienO'os Ill Iliad< lo1Siond r-. rrc ·1.:111l t7s..&!lt1 Rslaf T!!Xas TTY 1.-e.?ls.a:t MEMBERNM'E MEMBERID MEMBER NOr-.t3RE: MEMBERIO, EFF DATE: EFFECllVO. Los copagos no son aplicables. Co-pays do not apply. slrucciones en casodeemellJencla. Diredmsfor\"'latto DolnAn EmellJency In case ot emeryency call 911 r:r g> to lhe closest emerg91cy rmm. En caso da emergencla,nama ar 911o11aya a Ia sara de emerg!tlcia m& cerc<f'\a. Fr:r acttonalinformation rega-dlngemerg.Jncy services, pleasererer to you rnember han:tbook. Para mas irt1Drmacl6n oobre servlclos de etTIEI'gencia, avr:r da rererirse alManualpara Mlemt:ros. Maildafmsto 1llilDJress: Envie redamacionl!6 a este drea:iln. Claims Processilg Certer P.o. Box li093 c illl$ A'or:e &ilg Cmer Phoenix, Al 35032 Pay !I'ID:ll692 P. O.Box6893 Photflbc, Al :51131 Paya I D: ll692 TXA-15-04-18 11 Phanna:y Couerage RldltN 610691 RxPOI ADV RxGRP Rx3rol IMO>Iy 1.117174.33fl Ejemplo de Una Tarjeta de Identificación de Aetna Better Health CHIP Perinate (<185% FPL) THE FOLLOWING WAS NOT TRANSLATED BECAUSE IT’S A COPY OF AN EXISTING DOCUMENT Ejemplo de Una Tarjeta de Identificación de Aetna Better Health CHIP Perinate (186% - 200% FPL) THE FOLLOWING WAS NOT TRANSLATED BECAUSE IT’S A COPY OF AN EXISTING DOCUMENT TXA-15-04-18 12 Información del Proveedor de Cuidado Primario para Miembros de CHIP/CHIP Perinate Las referencias de “usted”, “mi”, o “yo” aplican si usted es miembro de CHIP. Las referencias de “mi hijo/a” aplican si su hijo/a es miembro de CHIP o miembro de CHIP Perinate. Papel del Proveedor de Cuidado Primario ¿Qué es un Proveedor de Cuidado Primario (PCP)? Un Proveedor de Cuidado Primario es el proveedor primario de atención para la salud de su hijo/a. Su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a le proveerá o hará los arreglos para toda la atención médica que usted o su hijo/a necesiten. Su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a puede hacerse cargo de los problemas médicos de rutina. En ocasiones, usted o su hijo/a pueden tener un problema que deba ser manejado por un especialista. El Proveedor de Cuidado Primario puede hacer arreglos para que usted o su hijo/a vea al especialista adecuado. El Proveedor de Cuidado Primario aprobará el que usted o su hijo/a vean al especialista con una referencia y le dirá cómo hacer una cita. Si usted o su hijo/a necesitan ser admitidos al hospital, su Proveedor de Cuidado Primario puede hacer los arreglos para usted o su hijo/a. Nuestra meta es su buena salud o la de su hijo/a. Le instamos para que usted o su hijo/a vean a su Proveedor de Cuidado Primario para recibir servicios de cuidado preventivo dentro de los siguientes sesenta (60) días ó tan pronto como sea posible. Esto ayudará a su doctor a conocerle a usted o a su hijo/a para poder ayudarle a planear para sus futuras necesidades de atención médica o las de su hijo/a. Comenzar con su doctor también puede ayudar a prevenir retrasos en la atención cuando usted o su hijo/a se enfermen. Recuerde que usted y el Proveedor de Cuidado Primario son los miembros más importantes de su equipo de cuidado para la salud o el de su hijo/a. Eligiendo a Su Proveedor de Cuidado Primario o el de Su Hijo/a ¿Una Clínica Puede Ser Mi Proveedor de Cuidado Primario (PCP) o el de Mi Hijo/a? Su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a puede ser una clínica. Algunos de los doctores que usted también puede escoger como su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a son: doctores familiares; pediatras (para niños/as); obstetras/ginecólogos (OB/GYNs por sus siglas en inglés) (doctor de la mujer); doctores generales (GPs por sus siglas en inglés); enfermeras practicantes médicas avanzadas (ANPs por sus siglas en inglés); Clínicas de Salud Federalmente Calificadas (FQHCs por sus siglas en inglés); y Clínicas Rurales de Salud (RHCs por sus siglas en inglés). Para obtener más información sobre Proveedores de Cuidado Primario, por favor lea nuestro Directorio de Proveedores. Usted debe elegir para usted o para su hijo/a, a un Proveedor de Cuidado Primario que esté en nuestra red. Usted puede obtener una copia del directorio en www.aetnabetterhealth.com/texas o llamando al número de larga distancia gratuita listado en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a. ¿Un especialista puede alguna vez ser considerado como un PCP? Usted/su hijo/a pueden continuar viendo a su Proveedor de Cuidado Primario actual si dicho Proveedor de Cuidado Primario aparece en nuestro Directorio de Proveedores. Hay ocasiones en las que nosotros podríamos permitir que un especialista sea su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a. Visitando a Su Proveedor de Cuidado Primario o el de Su Hijo/a ¿Qué Necesito Llevar Conmigo a la Cita con Mi Doctor o con el de Mi Hijo/a? Usted debe llevar los siguientes artículos con usted cuando vaya a la cita con su doctor o con el de su hijo/a: Tarjeta de identificación Los registros de las inmunizaciones (vacunas), y Papel para tomar notas sobre la información que obtenga del doctor. ¿Qué Tal Si Decido Llevar a Mi Hijo/a a Otro Doctor que No Sea Mi Proveedor de Cuidado Primario o el de Mi Hijo/a? Usted tendrá qué acudir a su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a para la mayoría de los servicios para la salud o es posible que usted tenga qué pagar por los servicios. TXA-15-04-18 13 ¿Qué Tipo de Atención No Requiere que Yo o Mi Hijo/a Vayamos Primero a Ver a Un Proveedor de Cuidado Primario? Para los siguientes tipos de atención, usted no tiene qué acudir primero a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a: Emergencias Obstetra/Ginecólogo “OB/GYN” Salud del Comportamiento Cuidado de los Ojos de Rutina Revisiones Médicas y Dentales de Texas Health Steps Para más información, por favor visite nuestra página web www.aetnabetterhealth.com/texas o llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o la de su hijo/a. Cambiando a Su Proveedor de Cuidado Primario o el de Su Hijo/a ¿Cómo Puedo Cambiar a Mi Proveedor de Cuidado Primario o el de Mi Hijo/a? Usted puede cambiar a su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a llamándonos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o la de su hijo/a. Para una lista de doctores y clínicas, por favor consulte nuestro Directorio de Proveedores. Usted puede ver esto en línea en www.aetnabetterhealth.com/texas. ¿Cuántas Veces Puedo Cambiar a Mi Proveedor de Cuidado Primario o al de Mi Hijo/a? No hay límite a la cantidad de veces que usted puede cambiar a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a. Usted puede cambiar a los Proveedores de Cuidado Primario llamándonos al número de larga distancia gratuita 1-800245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar), ó escribiendo a: Aetna Better Health Attention: Aetna Better Health Member Services PO Box 569150 Dallas, TX 75356-9150 ¿Cuándo Entrará en Vigor Un Cambio de Proveedor de Cuidado Primario? Si usted cambia a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a, usted o su hijo/a recibirán una tarjeta de identificación nueva. La nueva tarjeta de identificación tendrá el nombre, domicilio y número de teléfono del nuevo Proveedor de Cuidado Primario, así como la fecha de vigencia de su nuevo Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a. El cambio de Proveedor de Cuidado Primario entrará en vigor el mismo día en el que usted nos llame para cambiar a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a. ¿Hay Alguna Razón por la Cual Se Pueda Denegar Una Solicitud de Cambio de Proveedor de Cuidado Primario? En algunos casos, su solicitud de cambiar a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a puede ser denegada. Su petición puede ser denegada si: El Proveedor de Cuidado Primario que usted eligió para usted o su hijo/a no está aceptando a pacientes nuevos. El Proveedor de Cuidado Primario que usted eligió para usted o su hijo/a ya no es parte de nuestro Plan de Salud. ¿Un Proveedor de Cuidado Primario Me Puede Cambiar a Mí o a Mi Hijo/a a Otro Proveedor de Cuidado Primario por Incumplimiento? Un Proveedor de Cuidado Primario puede solicitar que usted o su hijo/a elijan a un nuevo Proveedor de Cuidado Primario por las siguientes razones: Usted o su hijo/a frecuentemente faltan a las citas y no llaman al Proveedor de Cuidado Primario para informárselo. Usted no sigue los consejos de su Proveedor de Cuidado Primario o del de su hijo/a. ¿Qué Tal Si Mi Proveedor de Cuidado Primario o el de Mi Hijo/a Deja la Red de Aetna Better Health? Si su doctor o el doctor de su hijo/a dejan nuestra red, nosotros le enviaremos una carta informándole a qué Proveedor de Cuidado Primario nuevo hemos elegido para usted o su hijo/a. Si usted no está contenta con el nuevo Proveedor de Cuidado Primario, llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o la de su hijo/a y díganos a qué Proveedor de Cuidado Primario desea. Si usted o su hijo/a están recibiendo tratamientos médicamente necesarios, usted o su hijo/a podrán quedarse con dicho doctor si él o ella está dispuesto/a a continuar viéndole a usted o a su hijo/a. Cuando nosotros encontremos a un nuevo Proveedor de Cuidado Primario en nuestra lista, quien le pueda proporcionar a usted o a su hijo/a el mismo tipo de atención, nosotros cambiaremos a su TXA-15-04-18 14 Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a. Atención Después de Horas Laborales ¿Cómo Obtengo Atención Médica Después de que Cierre el Consultorio de Mi Proveedor de Cuidado Primario o el de Mi Hijo/a? Si usted o su hijo/a se enferman durante la noche o en un fin de semana y no pueden esperar para recibir atención médica, llame a su Proveedor de Cuidado Primario o Proveedor Perinatal o al de su hijo/a para pedirle consejo. Su Proveedor de Cuidado Primario o Proveedor Perinatal o el de su hijo/a u otro doctor están listos para ayudar por teléfono 24 horas al día, 7 días de la semana. Usted también puede llamar a la Línea de Salud Informada de 24 horas® al 1-800-556-1555 para hablar con una enfermera registrada, para que le ayude a decidir qué hacer. Información del Proveedor para Miembros de CHIP Perinate Visitando a Su Proveedor Perinatal ¿Qué Necesito Llevar Conmigo a la Cita con Un Proveedor Perinatal? Usted debe llevar los siguientes artículos consigo cuando vaya a la cita con su doctor: Tarjeta de identificación de Aetna Better Health. Una lista de todos los medicamentos de prescripción y sin prescripción que usted tome. Papel para tomar notas sobre la información que usted reciba del doctor. Eligiendo a Su Proveedor Perinatal ¿Una Clínica Puede Ser Un Proveedor Perinatal? Si usted ha estado recibiendo servicios de cuidado para la salud en una clínica y desea continuar yendo ahí, por favor elija a uno de los doctores en la clínica como su Proveedor Perinatal. El Proveedor Perinatal que usted elija necesita estar listado en nuestro Directorio de Proveedores. Algunos de los proveedores entre los que usted también puede escoger para que sean su Proveedor Perinatal son: obstetras/ginecólogos (doctores de la mujer); Clínicas Locales de Salud Pública, Clínicas de Salud Federalmente Calificadas (FQHCs por sus siglas en inglés); y Clínicas Rurales de Salud (RHCs por sus siglas en inglés). ¿Cómo Elijo a Un Proveedor Perinatal? Por favor consulte nuestro Directorio de Proveedores para obtener más información sobre Proveedores Perinatales. Usted debe elegir a un Proveedor Perinatal que sea parte de nuestra red Aetna Better Health CHIP Perinate. Usted puede obtener una copia del Directorio de Proveedores en www.aetnabetterhealth.com/texas o llamándonos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación. ¿Qué Tan Pronto Me Pueden Ver Después de Contactar a Un Proveedor Perinatal para Hacer Una Cita? A usted le debe ver un Proveedor Perinatal dentro de 2 semanas de haber pedido una cita. Si usted tiene problemas obteniendo una cita, por favor llámenos al 1-800-359-5613. ¿Puedo Permanecer con Un Proveedor Perinatal Si No Está con la Red Aetna Better Health CHIP Perinate? Si cuando usted se inscriba ya ha pasado la 24ª semana del embarazo, podrá permanecer bajo el cuidado de su Proveedor Perinatal actual. Si usted lo prefiere, puede elegir a un Proveedor Perinatal que esté en nuestra red, siempre y cuando el doctor acceda a tratarle. Nosotros estamos disponibles para ayudarle con los cambios de doctores. Atención Después de Horas Laborales ¿Cómo Obtengo Atención Después de las Horas Laborales? Si usted se enferma durante la noche o en un fin de semana y no puede esperar para recibir atención médica, llame a su Proveedor Perinatal. Su Proveedor Perinatal o de su hijo/a u otro doctor están listos pa ra ayudar por teléfono 24 horas al día, 7 días de la semana. Usted también puede llamar a la Línea de Salud Informada de 24 horas ® al 1-800556-1555 para hablar con una enfermera registrada, para que le ayude a decidir qué hacer. Recuerde llevar consigo su tarjeta de identificación de CHIP Perinate en todo momento. TXA-15-04-18 15 Planes de Incentivos para Médicos Un plan de incentivos para médicos, recompensa a los doctores por aquellos tratamientos que reduzcan o limiten los servicios para las personas cubiertas por CHIP. Por el momento, Aetna Better Health no tiene un plan de incentivos para médicos. Información del Plan de Salud Cambiando Su Plan de Salud o el de Su Hijo/a PARA MIEMBROS DE CHIP ¿Qué Tal Si Quiero Cambiar de Planes de Salud? Se permite que usted cambie de plan de salud: Por cualquier motivo dentro de 90 días de la inscripción en CHIP y una vez después de eso; Por causa en cualquier momento; Si usted se muda a un área de prestación de servicios distinta durante el período de reinscripción anual de CHIP. ¿A Quién Debo Llamar? Para más información, llame a CHIP al número de larga distancia gratuita 1-800-647-6558. ¿Cuántas Veces Puedo Cambiar de Planes de Salud? No hay límite con respecto a cuántas veces usted se puede cambiar de planes de salud. ¿Cuándo Entrará en Vigor el Cambio a Mi Plan de Salud? Si usted llama para cambiar su plan de salud en ó antes del día 15 del mes, el cambio se llevará a cabo el primer día del siguiente mes. Si llama después del día 15 del mes, el cambio se llevará a cabo el primer día del segundo mes después de eso. Por ejemplo: Si usted llama antes del 15 de abril, su cambio se llevará a cabo el 1º de mayo. Si usted llama después del 15 de abril, su cambio se llevará a cabo el 1º de junio. ¿Puede Pedir Aetna Better Health que Se Me Dé de Baja de Su Plan de Salud por Incumplimiento, etc.? Usted o su hijo/a pueden ser desafiliados de nuestro plan si: Usted o su hijo/a cumplen 19 años de edad. Usted no vuelve a inscribirse a sí mismo/a o a su hijo/a al final del período de elegibilidad de 12 meses. Usted o su hijo/a se mudan permanentemente fuera del área de servicio. Usted o su hijo/a se inscriben en otro plan de salud o hay un cambio en el estatus del seguro médico (por ejemplo: cobertura por el seguro del empleador). Usted continúa yendo o llevando a su hijo/a a la sala de emergencias cuando usted o su hijo/a no tienen una emergencia. Usted continúa yendo o llevando a su hijo/a a otro doctor o clínica sin obtener primero la aprobación de su Proveedor de Cuidado Primario o del de su hijo/a. Usted o sus hijos/as muestran un patrón de comportamiento perturbador o abusivo que no esté relacionado con una condición médica. Usted o su hijo/a se pierden muchas visitas sin avisarle a su doctor o al de su hijo/a de antemano. Usted permite que alguien más use su tarjeta de identificación o la de su hijo/a. Usted frecuentemente no sigue el consejo de su doctor o el de su hijo/a. PARA MIEMBROS DE CHIP PERINATE Atención: Si usted cumple con ciertos requisitos de ingresos, su bebé se cambiará a Medicaid y obtendrá 12 meses de cobertura continua de Medicaid desde la fecha del nacimiento de su bebé. Su bebé seguirá recibiendo servicios a través del Programa CHIP si usted cumple con los requisitos de CHIP Perinate. Su bebé recibirá 12 meses de cobertura continua de CHIP Perinate a través de su plan de salud, a partir del mes de la inscripción como un/a niño/a por nacer. TXA-15-04-18 16 ¿Qué Tal Si Quiero Cambiar de Plan de Salud? Una vez que usted escoja un plan de salud para su hijo/a por nacer, su hijo/a debe permanecer en este plan de salud hasta que termine la cobertura de CHIP Perinate de su hijo/a. La cobertura de 12 meses de CHIP Perinate comienza cuando su hijo/a por nacer se inscriba a CHIP Perinate y continúa después del nacimiento de su hijo/a. Si usted vive en un área con más de un plan de seguro médico CHIP, y usted no escoge un plan dentro de 15 días de haber recibido el paquete de inscripción, HHSC escogerá un plan de salud para su hijo/a por nacer y le enviará información sobre dicho plan de salud. Si HHSC elige un plan de salud para su hijo/a por nacer, usted tendrá 90 días para elegir otro plan de salud si no está conforme con el plan que elija HHSC. Si usted tiene hijos/as cubiertos/as por CHIP, podrían cambiar sus planes de salud una vez que se le apruebe a usted para la cobertura de CHIP Perinate. Cuando un miembro de la familia es aprobado para la cobertura de CHIP Perinate y escoge un plan de salud perinatal, todos los niños/as de la familia que estén inscritos en CHIP deberán inscribirse al plan de salud proporcionando los servicios de CHIP Perinate. Los niños/as deben permanecer con el mismo plan de salud hasta el final del período de inscripciones de los miembros de CHIP Perinate, o al final del período de inscripción de los otros niños/as, lo que ocurra al último. En ese momento, usted puede escoger un plan de salud distinto para los niños/as. Usted puede pedir cambiar de plan de salud: por cualquier motivo dentro de 90 días de la inscripción en CHIP Perinate; si usted se muda a un área distinta de prestación de servicios; y por causa en cualquier momento. ¿A Quién Debo Llamar? Para más información, llame al número de larga distancia gratuita 1-800-647-6558. ¿Cuántas Veces Puedo Cambiar de Planes de Salud? No hay límite con respecto a cuántas veces se puede usted cambiar de planes de salud. ¿Cuándo Entrará en Vigor el Cambio a Mi Plan de Salud? Si usted llama para cambiar su plan de salud en ó antes del día 15 del mes, el cambio se llevará a cabo el primer día del siguiente mes. Si llama después del día 15 del mes, el cambio se llevará a cabo el primer día del segundo mes después de eso. Por ejemplo: Si usted llama antes del 15 de abril, su cambio se llevará a cabo el 1º de mayo. Si usted llama después del 15 de abril, su cambio se llevará a cabo el 1º de junio. ¿Puede Pedir Aetna Better Health que Se Me Dé de Baja de Su Plan de Salud por Incumplimiento, etc.? Usted o su hijo/a pueden ser desafiliados de nuestro plan si: Usted o su hijo/a cumplen 19 años de edad. Usted no vuelve a inscribirse a sí mismo/a o a su hijo/a al final del período de elegibilidad de 12 meses. Usted o su hijo/a se mudan permanentemente fuera del área de servicio. Usted o su hijo/a se inscriben en otro plan de salud o hay un cambio en el estatus del seguro médico (por ejemplo: cobertura por el seguro del empleador). Usted continúa yendo o llevando a su hijo/a a la sala de emergencias cuando usted o su hijo/a no tienen una emergencia. Usted continúa yendo o llevando a su hijo/a a otro doctor o clínica sin obtener primero la aprobación de su Proveedor de Cuidado Primario o del de su hijo/a. Usted o sus hijos/as muestran un patrón de comportamiento perturbador o abusivo que no esté relacionado con una condición médica. Usted o su hijo/a se pierden muchas visitas sin avisarle a su doctor o al de su hijo/a de antemano. Usted permite que alguien más use su tarjeta de identificación o la de su hijo/a. Usted frecuentemente no sigue el consejo de su doctor o el de su hijo/a. Inscripción Simultánea de Miembros de la Familia en CHIP y CHIP Perinate y la Cobertura de Medicaid para Ciertos Recién Nacidos Si usted tiene hijo/as inscritos/as en el Programa CHIP, permanecerán en el Programa CHIP, pero se les pasará a Aetna Better Health. Los copagos, el costo compartido y las cuotas de inscripción aún son aplicables a dichos niños/as inscritos/as en el Programa CHIP. Un/a niño/a inscrito/a en CHIP Perinate se cambiará a Medicaid para recibir 12 meses de cobertura continua de Medicaid, a partir de la fecha de nacimiento, si el/la niño/a es parte de y vive con una familia con un ingreso en o TXA-15-04-18 17 por debajo del 185% del Nivel Federal de Pobreza (FPL por sus siglas en inglés). Un/a niño/a por nacer continuará recibiendo cobertura a través del Programa CHIP como recién nacido/a, CHIP Perinate Newborn después del nacimiento, si el/la niño/a es parte de y vive con una familia con un ingreso superior del 185% al 200% del Nivel Federal de Pobreza “FPL”. Beneficios para Miembros de CHIP/CHIP Perinate Newborn Las referencias de “usted”, “mi”, o “yo” aplican si usted es miembro de CHIP. Las referencias de “mi hijo/a” aplican si su hijo/a es miembro de CHIP o miembro de CHIP Perinate Newborn. ¿Cuáles son mis beneficios de CHIP? No hay un máximo de por vida en los beneficios; sin embargo, un período de 12 meses ó limitaciones de por vida aplican a ciertos servicios, como se especifica en la siguiente tabla. Los copagos son aplicables hasta que una familia alcance el máximo específico de costo compartido. ¿Cómo obtengo estos servicios / Cómo obtengo estos servicios para mi hijo/a? Usted debe ver a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a para preguntar sobre los servicios médicos. Para aprender más sobre cómo obtener éstos u otros servicios, por favor use el sitio web (www.aetnabetterhealth.com/texas) o llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o la de su hijo/a. ¿Hay límites a cualquier servicio cubierto? No hay un máximo de por vida en los beneficios; sin embargo; el período de 12 meses ó las limitaciones de por vida aplican a ciertos servicios, como se especifica en la siguiente tabla. Programa de Beneficios Aetna Better Health provee los servicios de CHIP detallados a continuación. No hay un máximo de por vida en los beneficios; sin embargo; el período de inscripción de 12 meses ó las limitaciones de por vida aplican a ciertos servicios, como se especifica en la siguiente tabla. TXA-15-04-18 18 Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Copagos* Servicios Agudos Generales para Paciente Interno y de Rehabilitación en el Hospital para Paciente Interno Requiere autorización para la atención que no sea de emergencia y la atención después de la estabilización de una condición de emergencia. $15 de copago por admisión para paciente interno. Los servicios incluyen: Servicios proporcionado por el Médico del Hospital o el Proveedor de Servicios. Alojamiento y comida en cuarto semiprivado (o privado si es médicamente necesario según lo certifique la persona atendiéndole). Atención general de enfermería. Servicio especial de enfermería cuando sea médicamente necesario. Cuidado Intensivo (ICU por sus siglas en inglés) y servicios. Comidas y dietas especiales para pacientes. Salas de operaciones, recuperación y otras de tratamiento. Anestesia y administración (componente técnico de la instalación). Vendajes quirúrgicos, bandejas, enyesados, férulas. Drogas, medicamentos y productos biológicos. Productos de sangre o sangre que no se provean de forma gratuita al paciente y su administración. Rayos x, imágenes y otros exámenes radiológicos (componente técnico de la instalación). Servicios de laboratorio y patología (componente técnico de la instalación) Pruebas de diagnóstico con máquinas (EEGs, EKGs, etc.). Servicios de oxígeno y de terapia de inhalación. Radiación y quimioterapia. Acceso a centros perinatales del Nivel III designados por DSHS u hospitales que cuenten con niveles equivalentes de atención. Instalación dentro de la red o fuera de la red y servicios médicos para una madre y su/s recién nacido/s durante un mínimo de 48 horas después de un parto vaginal sin complicaciones y 96 horas después de un parto sin complicaciones por cesárea. Hospital, médico y servicios médicos relacionados, tales como anestesia, asociados con el cuidado dental. TXA-15-04-18 Requiere autorización para una instalación dentro de la red o fuera de la red y servicios médicos para una madre y su/s recién nacido/s después de 48 horas posteriores a un parto vaginal sin complicaciones y 96 horas posteriores a un parto sin complicaciones por cesárea. 19 Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Servicios como paciente interno asociados con (a) un aborto espontáneo o (b) un embarazo no viable (embarazo molar, embarazo ectópico, o un feto que haya fallecido en el útero). Los servicios como paciente interno asociados con un aborto espontáneo o un embarazo no viable incluyen, pero no están limitados a: procedimientos de dilación y raspado (D&C por sus siglas en inglés); medicamentos administrados por el proveedor apropiado; ultrasonidos; y examen histológico de las muestras de tejido. Servicios de ortodoncia pre-quirúrgicos o post-quirúrgicos para tratamiento médicamente necesario de anomalías cráneo-faciales que requieran intervención quirúrgica y que sean realizadas como parte de un plan de tratamiento propuesto y claramente delineado para tratar: fisuras de los labios y/o del paladar; o - graves desviaciones traumáticas esqueléticas y/o cráneo-faciales congénitas; o asimetría facial severa secundaria a defectos esqueléticos, condiciones congénitas de síndromes y/o crecimiento de un tumor o su tratamiento. Implantes quirúrgicos. Otros artículos artificiales de ayuda, incluyendo implantes quirúrgicos. Los servicios como paciente interno para una mastectomía y reconstrucción de los senos incluyen: todas las etapas de reconstrucción del seno afectado; cirugía y reconstrucción del otro seno para producir un aspecto simétrico; y tratamiento de complicaciones físicas de la mastectomía y tratamiento de linfedemas. Los dispositivos implantables están cubiertos bajo los servicios como paciente interno y paciente externo y no cuentan hacia el límite de equipo DME en el periodo de 12 meses. TXA-15-04-18 20 Copagos* Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Instalaciones de Enfermería Especializada (Incluye Hospitales de Rehabilitación) Requiere autorización y una prescripción del médico. 60 días por cada período con un límite de 12 meses. Los servicios incluyen, pero no están limitados a lo siguiente: Alojamiento y comida en cuarto semiprivado. Servicios regulares de enfermería. Servicios de rehabilitación. equipo proporcionado por la instalación. TXA-15-04-18 21 Copagos* Ninguno Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Hospital para Pacientes Externos, Hospital de Rehabilitación Integral para Pacientes Externos, Clínica (incluyendo Centro de Salud) y Centro Ambulatorio para el Cuidado de la Salud Puede requerir autorización previa y prescripción del médico. $0 de copago por medicamentos genéricos. $3 de copago por medicamentos de marca. Los servicios incluyen, pero no están limitados a, los siguientes servicios provistos en una clínica o sala de emergencias de un hospital, en una clínica o centro de salud, en un departamento de emergencias basado en un hospital o en un entorno de atención para la salud ambulatorio: Exámenes radiológicos, imágenes, rayos x, (componente técnico). Servicios de laboratorio y patología (componente técnico). Exámenes de máquinas de diagnóstico. Servicios en instalaciones quirúrgicas ambulatorias. Drogas, medicamentos y productos biológicos. Enyesados, férulas, vendajes. Servicios preventivos para la salud. Terapia física, ocupacional y del habla. Diálisis renal. Servicios respiratorios. Radiación y quimioterapia. Productos de sangre o sangre que no se proveen gratuitamente al paciente y la administración de dichos productos. Instalaciones y servicios médicos relacionados, tales como anestesia, asociados con la atención dental, cuando se proveen en una instalación quirúrgica ambulatoria con licencia. Servicios como paciente externo asociados con (a) un aborto espontáneo o (b) un embarazo no viable (embarazo molar, embarazo ectópico, o un feto que haya fallecido en el útero). Los servicios como paciente externo asociados con un aborto espontáneo o un embarazo no viable incluyen, pero no están limitados a: procedimientos de dilación y raspado (D&C por sus siglas en inglés); medicamentos administrados por el proveedor apropiado; ultrasonidos; y - examen histológico de las muestras de tejido. TXA-15-04-18 Copagos* 22 Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Servicios de ortodoncia pre-quirúrgicos o post-quirúrgicos para tratamiento médicamente necesario de anomalías cráneo-faciales que requieran intervención quirúrgica y que sean realizadas como parte de un plan de tratamiento propuesto y claramente delineado para tratar: fisuras de los labios y/o del paladar; o - graves desviaciones traumáticas esqueléticas y/o cráneo-faciales congénitas; o asimetría facial severa secundaria a defectos esqueléticos, condiciones congénitas de síndromes y/o crecimiento de un tumor o su tratamiento. Implantes quirúrgicos. Otros artículos artificiales de ayuda, incluyendo implantes quirúrgicos. Los servicios como paciente externo provistos en un hospital para pacientes externos y centros ambulatorios para el cuidado de la salud para una mastectomía y reconstrucción de los senos, como sea clínicamente apropiado, incluyen: todas las etapas de reconstrucción del seno afectado; cirugía y reconstrucción del otro seno para producir un aspecto simétrico; y tratamiento de complicaciones físicas de la mastectomía y tratamiento de linfedemas. Los dispositivos implantables están cubiertos bajo los servicios como paciente interno y paciente externo y no cuentan hacia el límite de equipo DME en el periodo de 12 meses. TXA-15-04-18 23 Copagos* Beneficio Cubierto por CHIP Servicios de Médico/Profesional Extensor de Médico Los servicios incluyen pero no están limitados a los siguientes: Exámenes de bienestar infantil y servicios preventivos para la salud (incluyendo pero no limitado a revisiones de la vista y del oído, así como vacunas) recomendados por la Academia Americana de Pediatría. Visitas al consultorio médico, servicios para paciente interno y externo. Laboratorio, rayos x, servicios de imágenes y de patología, incluyendo al componente técnico y/o la interpretación profesional. Medicamentos, productos biológicos y materiales administrados en el consultorio médico. Prueba de alergias, suero e inyecciones. Componente profesional (para paciente interno y externo) de servicios quirúrgicos, incluyendo: Cirujanos y asistentes de cirujanos para procedimientos quirúrgicos, incluyendo la atención de seguimiento apropiada Administración de la anestesia por un médico (que no sea el cirujano) o CRNA segunda opinión sobre la cirugía cirugía el mismo día realizada en un hospital sin pasar ahí la noche procedimientos invasivos de diagnóstico tales como revisiones endoscópicas Los servicios de médico basados en el hospital (incluyendo a los componentes técnicos y de interpretación realizados por el médico). Los servicios médicos y profesionales para una mastectomía y reconstrucción de los senos incluyen: todas las etapas de reconstrucción del seno afectado; cirugía y reconstrucción del otro seno para producir un aspecto simétrico; y tratamiento de complicaciones físicas de la mastectomía y tratamiento de linfedemas. Servicios médicos dentro o fuera de la red para una madre y su/s recién nacido/s durante un mínimo de 48 horas después de un parto vaginal sin complicaciones y 96 horas después de un parto sin complicaciones por cesárea. TXA-15-04-18 Limitaciones Puede requerir autorización para la referencia de especialidad de un PCP a un especialista dentro de la red. Requiere autorización para todas las referencias de especialidad fuera de la red. 24 Copagos* $3 de copago por visita al consultorio. Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Copagos* Servicios médicos que sean médicamente necesarios para apoyar a un dentista proporcionando servicios dentales a un/a miembro de CHIP, tales como anestesia, o sedación intravenosa (IV). Servicios médicos asociados con (a) un aborto espontáneo o (b) un embarazo no viable (embarazo molar, embarazo ectópico, o un feto que haya fallecido en el útero). Los servicios médicos asociados con un aborto espontáneo o embarazo no viable incluyen, pero no están limitados a: procedimientos de dilación y raspado (D&C por sus siglas en inglés); medicamentos administrados por el proveedor apropiado; ultrasonidos; y examen histológico de las muestras de tejido. Servicios de ortodoncia pre-quirúrgicos o post-quirúrgicos para tratamiento médicamente necesario de anomalías cráneo-faciales que requieran intervención quirúrgica y que sean realizadas como parte de un plan de tratamiento propuesto y claramente delineado para tratar: fisuras de los labios y/o del paladar; o - graves desviaciones traumáticas esqueléticas y/o cráneo-faciales congénitas; o asimetría facial severa secundaria a defectos esqueléticos, condiciones congénitas de síndromes y/o crecimiento de un tumor o su tratamiento. Servicios de Centros de Parto Cubre servicios de parto provistos por un centro de partos con licencia. Limitado a los servicios de la instalación (por ejemplo, la labor de parto y el parto). Ninguno Servicios Provistos por Una Enfermera Partera Certificada o por Un Médico en Un Centro de Partos con Licencia. Cubre servicios prenatales, de parto y posparto en un centro de partos con licencia. Ninguno. TXA-15-04-18 25 Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Puede requerir autorización previa y prescripción del médico. Equipo Médico Duradero (DME por sus siglas en inglés), Dispositivos de Prótesis y Suministros Médicos Desechables $20,000 por cada periodo con un límite de 12 meses para Equipo Médico Duradero, prótesis, dispositivos y suministros médicos desechables (dispositivos implantables, suministros para diabéticos y equipo que no cuente contra este máximo). Los servicios cubiertos incluyen Equipo Médico Duradero (DME por sus siglas en inglés) (equipo que puede soportar el uso repetitivo y es principal y habitualmente utilizado para servir un propósito médico, generalmente no es útil para una persona en ausencia de una enfermedad, lesión o discapacidad, y es apropiado para su uso en el hogar), incluyendo dispositivos y suministros que sean médicamente necesarios, y necesarios para una o más actividades de la vida cotidiana, y apropiados para ayudar con el tratamiento de una condición médica, incluyendo pero no limitado a: Aparatos ortopédicos y órtesis. Dispositivos dentales. Dispositivos prostéticos tales como ojos artificiales, extremidades, aparatos ortopédicos, y prótesis externas del seno. Anteojos de prótesis y lentes de contacto para el tratamiento de enfermedades oftalmológicas severas. Otros artículos artificiales de ayuda, incluyendo implantes quirúrgicos. Los dispositivos implantables están cubiertos bajo los servicios como paciente interno y paciente externo y no cuentan hacia el límite de equipo DME en el periodo de 12 meses. Suministros médicos desechables específicos de diagnóstico, incluyendo fórmulas especiales y suplementos dietéticos de prescripción específicos de diagnóstico. TXA-15-04-18 26 Copagos* Ninguno. Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Requiere autorización previa y prescripción del médico. Servicios de la Salud en el Hogar y en la Comunidad Servicios que se proporcionan en el hogar y en la comunidad, incluyendo pero no limitado a: Infusión en el hogar. Terapia respiratoria. Visitas de enfermería privada (R.N., L.V.N.). Visitas de enfermería especializada tal como se define para fines de la salud en el hogar (puede incluir a una R.N. o L.V.N.). Ayudante para la salud en el hogar cuando se incluye como parte de un plan de atención durante un período de visitas de expertos que hayan sido aprobadas. Terapia del habla, física y ocupacional. Ninguno. Los servicios no tienen el propósito de reemplazar a la persona a cargo del/la niño/a ni de proveer alivio para la persona cuidándole. Las visitas de enfermería especializada son proporcionadas a nivel intermitente y no tienen la intención de proveer servicios de enfermería especializada las 24 horas. Los servicios no tienen la intención de sustituir la hospitalización, reemplazar los servicios de instalaciones de enfermería especializada o para paciente interno las 24 horas. Servicios de Salud Mental para Pacientes Internos Requiere autorización previa para los servicios que no sean de emergencia. Los servicios para la salud mental, incluyendo enfermedades mentales serias, proporcionadas en un hospital psiquiátrico independiente, unidades psiquiátricas de hospitales generales de atención aguda, e instalaciones operadas por el estado, incluyendo pero no limitado a: No requiere una referencia del PCP. Cuando los servicios psiquiátricos como paciente interno son ordenados por una corte con jurisdicción competente bajo las disposiciones de los Capítulos 573 y 574 del Código de Salud y Seguridad de Texas, relacionadas con el internamiento en instalaciones psiquiátricas ordenado por la corte, la orden de la corte sirve como una determinación vinculante de la necesidad médica. Cualquier modificación o terminación de los servicios debe ser presentada a la corte con jurisdicción sobre el asunto para la determinación. Pruebas neuropsicológicas y psicológicas. TXA-15-04-18 Copagos* 27 $15 de copago para paciente interno. Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Copagos* Servicios para la Salud Mental para Paciente Externo Puede requerir autorización previa. $3 de copago por visita al consultorio. Los servicios para la salud mental, incluyendo enfermedades mentales graves, provistos como paciente externo, incluyendo pero no limitados a: No requiere una referencia del PCP. Cuando los servicios psiquiátricos como paciente externo son ordenados por una corte con jurisdicción competente bajo las disposiciones de los Capítulos 573 y 574 del Código de Salud y Seguridad de Texas, relacionadas con el internamiento a instalaciones psiquiátricas ordenado por la corte, la orden de la corte sirve como una determinación vinculante de la necesidad médica. Cualquier modificación o terminación de los servicios debe ser presentada a la corte con jurisdicción sobre el asunto para la determinación. Las visitas pueden ser proporcionadas en una variedad de entornos basados en la comunidad (incluyendo basados en la escuela y el hogar) o en una instalación operada por el estado. Pruebas neuropsicológicas y psicológicas. TXA-15-04-18 28 Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Un Proveedor Calificado para la Salud Mental – Servicios Comunitarios (QMHP-CS por sus siglas en inglés), es definido por el Departamento de Servicios de Salud del Estado de Texas (DSHS por sus siglas en inglés) en el Título 25 T.A.C., Parte I, Capítulo 412, Subcapítulo G, División 1), §412.303(48). L o s QMHPCSs deberán ser proveedores trabajando a través de una Autoridad Local de Salud Mental bajo contrato con DSHS o una entidad por separado bajo contrato con DSHS. Los QMHP-CSs deberán ser supervisados por un profesional de la salud mental con licencia o por un médico, y deberán proveer servicios en conformidad con los estándares de DSHS. Dichos servicios incluyen habilidades de capacitación individual y en grupo (que pueden ser componentes de intervenciones, como tratamiento diurno y servicios en el hogar, educación del paciente y de la familia, y servicios para crisis. Administración de Medicamentos. Tratamientos de rehabilitación diurnos. Servicios de tratamiento residencial. Servicios sub-agudos para pacientes externos (hospitalización parcial o tratamiento de rehabilitación diurno). Capacitación de habilidades (desarrollo de habilidades psico-educativas). Requiere autorización previa para los servicios que no sean de emergencia. Servicios de Tratamiento para el Abuso de Substancias como Paciente Interno No requiere una referencia del PCP. Los servicios de tratamiento para el abuso de substancias como paciente interno incluyen, pero no están limitados a: Servicios de tratamiento para el abuso de substancias como paciente interno y residencial, incluyendo desintoxicación y estabilización de la crisis, así como los programas de rehabilitación residencial de 24 horas. TXA-15-04-18 Copagos* 29 $15 de copago para paciente interno. Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Copagos* Servicios de Tratamiento para el Abuso de Substancias como Paciente Externo Puede requerir autorización previa. $3 de copago por visita al consultorio. No requiere una referencia del PCP. Los servicios de tratamiento para el abuso de substancias como paciente externo incluyen, pero no están limitados a lo siguiente: Servicios de prevención e intervención que sean proporcionados por proveedores médicos y no médicos, como revisión para la detección, evaluación y referencia para los trastornos de dependencia de sustancias químicas. Servicios intensivos para paciente externo. Hospitalización parcial. Servicios intensivos para paciente externo se definen como un servicio organizado que no es residencial proveyendo terapia estructurada individual y en grupo, servicios educativos, y habilidades para la vida que consista de por lo menos 10 horas por semana durante cuatro a 12 semanas, pero menos de 24 horas al día. El servicio de tratamiento para paciente externo se define como consistiendo de por lo menos una a dos horas por semana proporcionando terapia estructurada individual y en grupo, servicios educativos y capacitación para la vida. Servicios de Rehabilitación Requiere autorización previa y prescripción del médico. Ninguno. Requiere autorización previa y prescripción del médico. Ninguno. Los servicios de rehabilitación y habilitación (el proceso de proveer a un/a niño/a con los medios para alcanzar los hitos del desarrollo apropiados para su edad a través de terapia o tratamiento) incluyen, pero no están limitados a los siguientes: Terapia física, ocupacional y del habla. Evaluación del desarrollo. Servicios de Atención de Hospicio Los servicios incluyen, pero no se limitan a: Servicios de cuidado paliativo, incluyendo servicios médicos y apoyo, para aquellos niños que tienen seis meses o menos de vida, a fin de mantener cómodos a los pacientes durante las últimas semanas y meses previos a su muerte. Los servicios de tratamiento, incluyendo al tratamiento de la enfermedad mortal, no se ven afectados por elegir los servicios de cuidado de hospicio. TXA-15-04-18 Los servicios aplican al diagnóstico de hospicio. Hasta un máximo de 120 días con una expectativa de vida de 6 meses. Los pacientes eligiendo los servicios de hospicio pueden cancelar esta elección en cualquier momento. 30 Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones Servicios de Emergencia, incluyendo Hospitales de Emergencia, Médicos, y Servicios de Ambulancia Copagos* No requiere autorización para los servicios posteriores a la estabilización. $3 de copago por la Sala de Emergencias en un caso que no sea de emergencia. Requiere autorización. Ninguno. El Plan de Salud puede limitar razonablemente el costo de los armazones/lentes. $3 de copago por visita al consultorio. El Plan de Salud no puede requerir una autorización como condición de pago para condiciones de emergencia o de labor de parto o de parto. Los servicios cubiertos incluyen: Los servicios de emergencia basados en la definición que una persona prudente dé a la condición de salud de emergencia. Habitación en el departamento de emergencia de un hospital y servicios auxiliares y servicios de hospital 24 horas al día, 7 días de la semana, tanto por proveedores dentro de la red como fuera de la red. Revisiones médicas de detección. Servicios de estabilización. Acceso a centros de trauma del Nivel I y del Nivel II designados por DSHS u hospitales que reúnan niveles equivalentes de atención para servicios de emergencia. Transporte de emergencia terrestre, aéreo y acuático. Servicios dentales de emergencia, limitados a una mandíbula fracturada o dislocada, daño traumático a los dientes, y la remoción de quistes. Trasplantes Los servicios cubiertos incluyen: Usando las directrices actualizadas de la Administración de Alimentos y Medicamentos, todos los trasplantes de órganos y tejido humano no experimentales, y todas las formas no experimentales de trasplantes de córnea, médula ósea y célula madre periférica, incluyendo los gastos médicos del donante. Beneficio para la Vista Los servicios cubiertos incluyen: Un examen de los ojos para determinar la necesidad y la prescripción de lentes correctivos por cada periodo de 12 meses, sin autorización. Un par de anteojos que no sean prótesis por cada periodo de 12 meses. TXA-15-04-18 No requiere autorización para lentes protectores y de policarbonato cuando sean médicamente necesarios como parte de un plan de tratamiento para enfermedades cubiertas del ojo. 31 Beneficio Cubierto por CHIP Limitaciones No requiere autorización para 12 visitas durante un periodo límite de 12 meses (sin importar la cantidad de servicios o modalidades que se hayan provisto en una visita). Servicios Quiroprácticos Los servicios cubiertos no requieren prescripción de un médico y se limitan a la subluxación de la columna vertebral. Programa para Dejar el Tabaco No requiere autorización para visitas adicionales. No requiere autorización. Cubre hasta $100 por un programa aprobado por el plan durante un período límite de 12 meses. El Plan de Salud define un programa aprobado por el plan. Copagos* $3 de copago por visita al consultorio. Ninguno. Puede estar sujeto a requisitos del formulario. Servicios de Valor Agregado Ninguno Línea de Enfermeras Los miembros de Aetna CHIP tienen acceso a la Línea de Enfermeras de Aetna (Línea de Salud Informada), 24 horas al día, 7 días de la semana. Los servicios provistos son: - Respuestas a las preguntas del cuidado de la salud - Información general de la salud - Evaluación de los síntomas actuales - Consejo para el cuidado en el hogar, si es apropiado - Dirección al sitio más apropiado de atención Para los miembros que no hablen inglés, se proveen servicios de traducción de idiomas. Exámenes físicos deportivos. Programa para dejar de fumar que incluye evaluación, asesoría, y terapia farmacológica (productos de reemplazo a la nicotina). TXA-15-04-18 Programa para Dejar de Fumar • Debe ser un/a miembro de 12 años de edad ó mayor para la evaluación y asesoría; de 18 años de edad ó mayor para los productos de reemplazo a la nicotina, a menos que éstos sean prescritos por un médico. • $200 por un periodo de 12 meses (además del beneficio estándar de CHIP de $100/12 meses). 32 Beneficio Cubierto por CHIP Programa de control de peso que incluye asesoría familiar con un nutricionista/dietista. Beneficio de lentes de contacto que incluye un examen de ajuste con beneficios adicionales a ser aplicados hacia la compra de lentes de contacto para corregir la vista. Hay un descuento del 20% disponible para lentes no desechables. • Se proveerán pañales gratis ($50) a las miembros embarazadas de CHIP quienes completen 10 visitas prenatales y 1 visita de postparto. Limitaciones Programa de Control de Peso • Debe ser un/a miembro de 12 a 19 años de edad. • Con un Índice de Masa Corporal (BMI por sus siglas en inglés) mayor del 85º percentil. • Se requiere la precertificación. Copagos* . Lentes de Contacto • Debe ser un/a miembro de 12 a 18 años de edad. • $100 por cada periodo de 12 meses. • Deben ser médicamente necesarios. Programa “Promises” • Las miembros deben estar embarazadas, completar todas las visitas requeridas para recibir el premio de incentivo. • Límite 1 premio de incentivo por parto. * Los copagos no son aplicables a los servicios preventivos ni a la asistencia relacionada con el embarazo. TXA-15-04-18 33 ¿Qué Servicios No Están Cubiertos? Los servicios que no están cubiertos por CHIP se llaman “Exclusiones”. A continuación se listan las exclusiones. Tratamientos para pacientes internos o externos para la infertilidad o servicios reproductivos que no sean atención prenatal, trabajo de parto y parto, y atención relacionada con dolencias, enfermedades, o anormalidades relacionadas con el sistema reproductivo. Medicamentos anticonceptivos prescritos sólo con el fin de la atención de la salud reproductiva primaria y preventiva (Ejemplo: No pueden prescribirse para la planificación familiar). Artículos de comodidad personal, incluyendo pero no limitado a juegos de atención personal provistos en la admisión al hospital, teléfono, televisión, fotografías de bebés recién nacidos, comidas para los invitados del paciente y otros artículos que no sean requeridos para el tratamiento específico de la enfermedad o lesión. Procedimientos o servicios experimentales y/o de investigación médica, quirúrgicos u otros para el cuidado de la salud que generalmente no sean empleados o reconocidos dentro de la comunidad médica. Esta exclusión es una determinación adversa y es elegible para ser revisada por una Organización Independiente de Revisión. Tratamiento o evaluaciones requeridas por terceros, incluyendo pero no limitado a, aquellas de escuelas, del empleo, para poder volar, campamentos, seguros o la corte. Dispositivos dentales exclusivamente para propósitos cosméticos. Servicios privados de enfermería cuando se realizan sobre una base de paciente interno o en un centro de enfermería especializada. Dispositivos de reemplazo de un órgano mecánico, incluyendo, pero no limitado a un corazón artificial. Servicios y suministros de hospital cuando el confinamiento es únicamente para propósitos de pruebas de diagnóstico, a menos que de otra forma estén pre-autorizados por el plan de salud. Revisión de detección de la próstata y mamografías. Cirugía electiva para corregir la vista. Procedimientos gástricos para bajar de peso. Cirugía cosmética y servicios únicamente con fines cosméticos. Servicios fuera de la red que no hayan sido autorizados por el plan de salud excepto para atención de emergencia y servicios médicos para una madre y su/s recién nacido/s por un mínimo de 48 horas después de un parto vaginal sin complicaciones y 96 horas después de un parto sin complicaciones por cesárea. Servicios, suministros, reemplazos de alimentos o suplementos provistos para el control de peso o el tratamiento de la obesidad, a excepción de los servicios asociados con el tratamiento para la obesidad mórbida como parte de un plan de tratamiento aprobado por el plan de salud. Medicamentos prescritos para la pérdida o ganancia de peso. Servicios de acupuntura, naturopatía e hipnoterapia. Vacunas únicamente para viajes al extranjero. Cuidado de los pies de rutina, como el cuidado higiénico. Diagnóstico y tratamiento de pies débiles, con esguinces, o planos y el corte o la remoción de callos, callosidades y uñas de los pies (esto no se aplica a la extracción de raíces de uñas o tratamiento quirúrgico de condiciones subyacentes de los callos, las callosidades o uñas encarnadas). El reemplazo o la reparación de dispositivos de prótesis y equipo médico duradero debido a mal uso, abuso o pérdida cuando se confirme por el/la miembro o el proveedor. Zapatos ortopédicos correctivos. Artículos de conveniencia. Medicamentos sin prescripción. Aparatos ortopédicos utilizados principalmente para fines deportivos o recreativos. Cuidado de custodia (atención que ayuda a un/a niño/a con las actividades de la vida cotidiana, como ayuda caminando, acostándose y levantándose de la cama, bañándose, vistiéndose, alimentándose, yendo al baño, con la preparación de dietas especiales y la supervisión de medicamentos que generalmente son auto administrados o provistos por los padres de familia. Esta atención no requiere la atención permanente de personal médico o paramédico entrenado.) Esta exclusión no se aplica a hospicio. Servicio de limpieza. Servicios de instalaciones públicas y atención a las condiciones que la ley federal, estatal o local requieran que sean proporcionados en una instalación pública o atención provista mientras se encuentre bajo la custodia de las autoridades judiciales. Servicios o suministros recibidos de un/a enfermero/a, que no requieran la habilidad y capacitación de un/a enfermero/a. Entrenamiento de la vista y terapia para la vista. No se cubre el reembolso por los servicios de terapia física, terapia ocupacional o terapia del habla basados en la escuela, excepto cuando sea ordenado por un Médico/Proveedor de Cuidado Primario. Gastos no médicos de donantes. TXA-15-04-18 34 Gastos incurridos como un donante de un órgano cuando el destinatario no esté cubierto bajo este plan de salud. Cobertura mientras viaje fuera de los Estados Unidos y de los Territorios de los Estados Unidos (incluyendo Puerto Rico, Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte, Guam y Samoa Americana). Sus Costos de Desembolso ¿Cuánto Tengo Qué Pagar por Mi Atención a la Salud o la de Mi Hijo/a? Usted podría tener que pagar un copago cuando usted o su hijo/a reciban ciertos servicios cubiertos. Consulte la tabla de copago a continuación para una lista completa de las cantidades a pagar. Su tarjeta de identificación o la de su hijo/a le mostrará la cantidad de su copago. ¿Qué Son Copagos? ¿A Cuánto Ascienden y Cuándo los Tengo Qué Pagar? La tabla a continuación lista el copago de CHIP de acuerdo a la cantidad de ingresos de su familia. Los copagos se pagan al doctor o a la farmacia en el momento del servicio. No se pagan copagos por las visitas de bienestar infantil o por vacunas. Los copagos no se aplican a los miembros de CHIP Perinate Newborn. Su tarjeta de identificación o la de su hijo/a muestran los copagos que debe pagar. Muestre su tarjeta de identificación o la de su hijo/a cuando tenga una visita en el consultorio, cuando vaya a la sala de emergencias, o cuando le surtan una prescripción. Tabla de Copagos para los Miembros de CHIP Niveles Federales de Pobreza (FPLs) Nativo Americanos y Nativos de Alaska Visitas al Consultorio Visitas a la Sala de Emergencias Estancias en Medicamentos Medicamentos el Hospital de de como Prescripción Prescripción Paciente (Genéricos) (de Marca) Interno $0 $0 $0 $0 $0 En ó Bajo el 100% $3 $3 $15 $0 $3 101%-150% $5 $5 $35 $0 $5 151%-185% $20 $75 $75 $10 $35 186%-200% $25 $75 $125 $10 $35 Tope del Costo Compartido $0 5% de los ingresos familiares netos 5% de los ingresos familiares netos familiares netos 5% de los ingresos familiares netos 5% de los ingresos familiares netos Límite del Costo Compartido ¿Qué Son los Topes del Costo Compartido? La Guía del Miembro que usted recibió de nosotros cuando se inscribió al Programa CHIP tiene una forma para ayudarle a darle seguimiento a sus gastos de CHIP. Para asegurar que usted no sobrepasará su límite de costos compartidos, por favor liste sus gastos de CHIP en dicha forma. La carta de bienvenida en el paquete de inscripción le informa cuándo puede usted enviar la forma a CHIP. Si usted pierde su carta de bienvenida, por favor llame a la Línea de Ayuda de CHIP al 1-800-6476558. Ellos le informarán cuál es su límite de costos compartidos. No se requieren copagos para los miembros de CHIP Perinate Newborn. Cuando usted llegue a su tope anual por el término de la cobertura, por favor envíe la forma al agente de inscripciones “CHIP Enrollment Broker” y ellos nos lo informarán. Nosotros le enviaremos una tarjeta de miembro nueva. Esta nueva TXA-15-04-18 35 tarjeta mostrará que no hay copagos pagaderos cuando su hijo/a reciba los servicios. Si usted necesita ayuda entendiendo los copagos, por favor visite nuestro sitio web www.aetnabetterhealth.com/texas, o llámenos al número de larga distancia gratuita que aparece en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a. ¿Cuáles Son los Beneficios de CHIP Perinate Newborn? Aetna Better Health provee los beneficios de CHIP Perinate Newborn detallados a continuación. No hay un máximo de por vida en los beneficios; sin embargo, las limitaciones del periodo de inscripción de 12 meses ó de por vida aplican a ciertos servicios, como se especifica en la siguiente tabla. Los copagos no se aplican a los miembros de Aetna Better Health CHIP Perinate Newborn. ¿Cómo Obtengo Estos Servicios para Mi Hijo/a? Usted debe ver al proveedor de cuidado primario de su hijo/a para preguntar sobre los servicios médicos. Para aprender más sobre cómo obtener éstos u otros servicios, por favor use el sitio web (www.aetnabetterhealth.com/texas) o llámenos al número de larga distancia gratuita en la tarjeta de identificación de su hijo/a. ¿Qué Beneficios Recibe Mi Bebé al Nacer? Su bebé recibirá los mismos beneficios que el resto los miembros de CHIP, a excepción de que no habrá copagos mientras esté en CHIP Perinate. TXA-15-04-18 36 Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Limitaciones Servicios Agudos Generales para Paciente Interno y de Rehabilitación en el Hospital para Paciente Interno Requiere autorización para la atención que no sea de emergencia y la atención después de la estabilización de una condición de emergencia. Los servicios incluyen: Servicios proporcionado por el Médico del Hospital o el Proveedor de Servicios. Alojamiento y comida en cuarto semiprivado (o privado si es médicamente necesario según lo certifique la persona atendiéndole). Atención general de enfermería. Servicio especial de enfermería cuando sea médicamente necesario. Cuidado Intensivo (ICU por sus siglas en inglés) y servicios. Comidas y dietas especiales para pacientes. Salas de operación, recuperación y otras de tratamiento. Anestesia y administración (componente técnico de la instalación). Vendajes quirúrgicos, bandejas, enyesados, férulas. Drogas, medicamentos y productos biológicos. Productos de sangre o sangre que no se provean de forma gratuita al paciente y su administración. Rayos x, imágenes y otros exámenes radiológicos (componente técnico de la instalación). Servicios de laboratorio y patología (componente técnico de la instalación). Pruebas de diagnóstico con máquinas (EEGs, EKGs, etc.). Servicios de oxígeno y de terapia de inhalación. Radiación y quimioterapia. Acceso a centros perinatales del Nivel III designados por DSHS u hospitales que cuenten con niveles equivalentes de atención. Instalación dentro de la red o fuera de la red y servicios médicos para una madre y su/s recién nacido/s durante un mínimo de 48 horas después de un parto vaginal sin complicaciones y 96 horas después de un parto sin complicaciones por cesárea. Hospital, médico y servicios médicos relacionados, tales como anestesia, asociados con el cuidado dental. Requiere autorización para una instalación dentro de la red o fuera de la red y servicios médicos para una madre y su/s recién nacido/s después de 48 horas posteriores a un parto vaginal sin complicaciones y 96 horas posteriores a un parto sin complicaciones por cesárea. TXA-15-04-18 37 Copagos Ninguno. Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Limitaciones Copagos Implantes quirúrgicos. Otros artículos artificiales de ayuda, incluyendo implantes quirúrgicos. Los servicios como paciente interno para una mastectomía y reconstrucción de los senos incluyen: todas las etapas otro seno para producir un aspecto simétrico; y tratamiento de complicaciones físicas de la mastectomía y tratamiento de linfedemas. Los dispositivos implantables están cubiertos bajo los servicios como paciente interno y paciente externo y no cuentan hacia el límite de equipo DME en el periodo de 12 meses. Servicios de ortodoncia pre-quirúrgicos o post-quirúrgicos para tratamiento médicamente necesario de anomalías cráneo-faciales que requieran intervención quirúrgica y que sean realizadas como parte de un plan de tratamiento propuesto y claramente delineado para tratar: fisuras de los labios y/o del paladar; o graves desviaciones traumáticas esqueléticas y/o cráneo-faciales congénitas; o asimetría facial severa secundaria a defectos esqueléticos, condiciones congénitas de síndromes y/o crecimiento de un tumor o su tratamiento. Requiere autorización y una prescripción del médico. Instalaciones de Enfermería Especializada (Incluye Hospitales de Rehabilitación) 60 días por cada período con un límite de 12 meses. Los servicios incluyen, pero no están limitados a lo siguiente: Alojamiento y comida en cuarto semiprivado. Servicios regulares de enfermería. Servicios de rehabilitación. Suministros médicos y uso de aparatos y equipo proporcionado por la instalación. TXA-15-04-18 38 Ninguno. Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Limitaciones Hospital para Pacientes Externos, Hospital de Rehabilitación Integral para Pacientes Externos, Clínica (incluyendo Centro de Salud) y Centro Ambulatorio de Cuidado de la Salud Puede requerir autorización previa y prescripción del médico. Los servicios incluyen, pero no están limitados a, los siguientes servicios provistos una clínica o sala de emergencias de un hospital, en una clínica o centro de salud, en un departamento de emergencias basado en un hospital o en un entorno de atención para la salud ambulatorio: Exámenes radiológicos, imágenes, rayos x, (componente técnico). Servicios de laboratorio y patología (componente técnico). Exámenes de máquinas de diagnóstico. Servicios en instalaciones quirúrgicas ambulatorias. Drogas, medicamentos y productos biológicos. Enyesados, férulas, vendajes. Servicios preventivos para la salud. Terapia física, ocupacional y del habla. Diálisis renal. Servicios respiratorios. Radiación y quimioterapia. Productos de sangre o sangre que no se proveen gratuitamente al paciente y la administración de dichos productos. Instalaciones y servicios médicos relacionados, tales como anestesia, asociados con la atención dental, cuando se proveen en una instalación quirúrgica ambulatoria con licencia. Implantes quirúrgicos. Otros artículos artificiales de ayuda, incluyendo implantes quirúrgicos. Los servicios como paciente externo provistos en un hospital para pacientes externos y centros ambulatorios para el cuidado de la salud para una mastectomía y reconstrucción de los senos, como sea clínicamente apropiado, incluyen: todas las etapas de reconstrucción del seno afectado; cirugía y reconstrucción del otro seno para producir un aspecto simétrico; y tratamiento de complicaciones físicas de la mastectomía y tratamiento de linfedemas. TXA-15-04-18 39 Copagos Ninguno. Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Limitaciones Copagos Los dispositivos implantables están cubiertos bajo los servicios como paciente interno y paciente externo y no cuentan hacia el límite de equipo DME en el periodo de 12 meses. Servicios de ortodoncia pre-quirúrgicos o post-quirúrgicos para tratamiento médicamente necesario de anomalías cráneo-faciales que requieran intervención quirúrgica y que sean realizadas como parte de un plan de tratamiento propuesto y claramente delineado para tratar: fisuras de los labios y/o del paladar; o - graves desviaciones traumáticas esqueléticas y/o cráneo-faciales congénitas; o - asimetría facial severa secundaria a defectos esqueléticos, condiciones congénitas de síndromes y/o crecimiento de un tumor o su tratamiento. Servicios de Médico/Profesional Extensor de Médico Los servicios incluyen pero no están limitados a los siguientes: Exámenes de bienestar infantil y servicios preventivos para la salud (incluyendo pero no limitado a revisiones de la vista y del oído, así como vacunas) recomendados por la Academia Americana de Pediatría. Visitas al consultorio médico, servicios para paciente interno y externo. Laboratorio, rayos x, servicios de imágenes y de patología, incluyendo al componente técnico y/o la interpretación profesional. Medicamentos, productos biológicos y materiales administrados en el consultorio médico. Prueba de alergias, suero e inyecciones. Componente profesional (para paciente interno y externo) de servicios quirúrgicos, incluyendo: Cirujanos y asistentes de cirujanos para procedimientos quirúrgicos, incluyendo la atención de seguimiento apropiada Administración de la anestesia por un médico (que no sea el cirujano) o CRNA segunda opinión sobre la cirugía cirugía el mismo día realizada en un hospital sin pasar ahí la noche procedimientos invasivos de diagnóstico tales como revisiones endoscópicas TXA-15-04-18 Puede requerir autorización para la referencia de especialidad de un PCP a un especialista dentro de la red. Requiere autorización para todas las referencias de especialidad fuera de la red. 40 Ninguno. Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Limitaciones Copagos Los servicios de médico basados en el hospital (incluyendo a los componentes técnicos y de interpretación realizados por el médico). Los servicios médicos y profesionales para una mastectomía y reconstrucción de los senos incluyen: todas las etapas de reconstrucción del seno afectado; cirugía y reconstrucción del otro seno para producir un aspecto simétrico; y tratamiento de complicaciones físicas de la mastectomía y tratamiento de linfedemas. Servicios médicos dentro o fuera de la red para una madre y su/s recién nacido/s durante un mínimo de 48 horas después de un parto vaginal sin complicaciones y 96 horas después de un parto sin complicaciones por cesárea. Servicios médicos que sean médicamente necesarios para apoyar a un dentista proporcionando servicios dentales a un/a miembro de CHIP, tales como anestesia, o sedación intravenosa (IV). Servicios de ortodoncia pre-quirúrgicos o post-quirúrgicos para tratamiento médicamente necesario de anomalías cráneo-faciales que requieran intervención quirúrgica y que sean realizadas como parte de un plan de tratamiento propuesto y claramente delineado para tratar: fisuras de los labios y/o del paladar; o - graves desviaciones traumáticas esqueléticas y/o cráneo-faciales congénitas; o asimetría facial severa secundaria a defectos esqueléticos, condiciones congénitas de síndromes y/o crecimiento de un tumor o su tratamiento. Servicios Provistos por Una Enfermera Partera Certificada o por Un Médico en Un Centro de Partos con Licencia TXA-15-04-18 Cubre los servicios proporcionados a un/a recién nacido/a inmediatamente después del parto. 41 Ninguno. Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Equipo Médico Duradero (DME por sus siglas en inglés), Dispositivos de Prótesis y Suministros Médicos Desechables Limitaciones Puede requerir autorización previa y prescripción del médico. Ninguno. $20,000 por cada periodo con un límite de 12 meses para Equipo Médico Duradero, prótesis, dispositivos y suministros médicos desechables (suministros para diabéticos y equipo que no cuente contra este máximo). Los servicios cubiertos incluyen Equipo Médico Duradero (DME por sus siglas en inglés) (equipo que puede soportar el uso repetitivo y es principal y habitualmente utilizado para servir un propósito médico, generalmente no es útil para una persona en ausencia de una enfermedad, lesión o discapacidad, y es apropiado para su uso en el hogar), incluyendo dispositivos y suministros que sean médicamente necesarios, y necesarios para una o más actividades de la vida cotidiana, y apropiados para ayudar con el tratamiento de una condición médica, incluyendo pero no limitado a: Aparatos ortopédicos y órtesis. Dispositivos dentales. Dispositivos prostéticos tales como ojos artificiales, extremidades, aparatos ortopédicos, y prótesis externas del seno. Anteojos de prótesis y lentes de contacto para controlar una enfermedad oftálmica severa. Aparatos auditivos. Suministros médicos desechables específicos de diagnóstico, incluyendo fórmulas especiales y suplementos dietéticos de prescripción específicos de diagnóstico. (Vea el adjunto A) Requiere autorización previa y prescripción del médico. Servicios de la Salud en el Hogar y en la Comunidad Los servicios no tienen el propósito de reemplazar a la persona a cargo del/la niño/a ni de proveer alivio para la persona cuidándole. Servicios que se proporcionan en el hogar y en la comunidad, incluyendo pero no limitado a: Infusión en el hogar. Terapia respiratoria. Visitas de enfermería privada (R.N., L.V.N.). Visitas de enfermería especializada tal como se define para fines de la salud en el hogar (puede incluir a una R.N. o L.V.N.). Ayudante para la salud en el hogar cuando se incluye como parte de un plan de atención durante un período de visitas de expertos que hayan sido aprobadas. Terapia del habla, física y ocupacional. TXA-15-04-18 Copagos Las visitas de enfermería especializada son proporcionadas a nivel intermitente y no tienen la intención de proveer servicios de enfermería especializada las 24 horas. Los servicios no tienen la intención de sustituir la hospitalización, reemplazar los servicios de instalaciones de enfermería especializada o para paciente interno las 24 horas. 42 Ninguno. Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Limitaciones Requiere autorización previa para los servicios que no sean de emergencia. Servicios de Salud Mental para Pacientes Internos No requiere una referencia del PCP. Los servicios para la salud mental, incluyendo enfermedades mentales serias, proporcionadas en un hospital psiquiátrico independiente, unidades psiquiátricas de hospitales generales de atención aguda, e instalaciones operadas por el estado, incluyendo pero no limitado a: Cuando los servicios psiquiátricos como paciente interno son ordenados por una corte con jurisdicción competente bajo las disposiciones de los Capítulos 573 y 574 del Código de Salud y Seguridad de Texas, relacionadas con el internamiento en instalaciones psiquiátricas ordenado por la corte, la orden de la corte sirve como una determinación vinculante de la necesidad médica. Cualquier modificación o terminación de los servicios debe ser presentada a la corte con jurisdicción sobre el asunto para la determinación. Pruebas neuropsicológicas y psicológicas. TXA-15-04-18 43 Copagos Ninguno. Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Servicios para la Salud Mental para Paciente Externo Los servicios para la salud mental, incluyendo enfermedades mentales graves, provistos como paciente externo, incluyendo pero no limitados a: Limitaciones Puede requerir autorización previa. No requiere una referencia del PCP. Cuando los servicios psiquiátricos como paciente externo son ordenados por una corte con jurisdicción competente bajo las disposiciones de los Capítulos 573 y 574 del Código de Salud y Seguridad de Texas, relacionadas con el internamiento a instalaciones psiquiátricas ordenado por la corte, la orden de la corte sirve como una determinación vinculante de la necesidad médica. Cualquier modificación o terminación de los servicios debe ser presentada a la corte con jurisdicción sobre el asunto para la determinación. Las visitas pueden ser proporcionadas en una variedad de entornos basados en la comunidad (incluyendo basados en la escuela y el hogar) o en una instalación operada por el estado. Pruebas neuropsicológicas y psicológicas. Administración de medicamentos. Tratamientos de rehabilitación diurnos. Servicios de tratamiento residencial (hospitalización parcial o tratamiento de rehabilitación diurno). Un Proveedor Calificado para la Salud Mental – Servicios Comunitarios (QMHP-CS por sus siglas en inglés), es definido por el Departamento de Servicios de Salud del Estado de Texas (DSHS por sus siglas en inglés) en el Título 25 T.A.C., Parte I, Capítulo 412, Subcapítulo G, División 1), §412.303(48). Los QMHP-CSs deberán ser proveedores trabajando a través de una Autoridad Local de Salud Mental bajo contrato con DSHS o una entidad por separado bajo contrato con DSHS. Los QMHPCSs deberán ser supervisados por un profesional de la salud mental con licencia o por un médico, y deberán proveer servicios en conformidad con los estándares de DSHS. Dichos servicios incluyen habilidades de capacitación individual y en grupo (que pueden ser componentes de intervenciones, como tratamiento diurno y servicios en el hogar, educación del paciente y de la familia, y servicios para crisis. Capacitación de habilidades (desarrollo de habilidades psico-educativas. TXA-15-04-18 44 Copagos Ninguno. Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Limitaciones Servicios de Tratamiento para el Abuso de Substancias como Paciente Interno Requiere autorización previa para los servicios que no sean de emergencia. Ninguno. No requiere una referencia del PCP. Los servicios incluyen, pero no están limitados a: Servicios de tratamiento para el abuso de substancias como paciente interno y residencial, incluyendo desintoxicación y estabilización de la crisis, así como los programas de rehabilitación residencial de 24 horas. Servicios de Tratamiento para el Abuso de Substancias como Paciente Externo Copagos Puede requerir autorización previa. Ninguno. No requiere una referencia del PCP. Los servicios incluyen, pero no están limitados a: Servicios de prevención e intervención que sean proporcionados por proveedores médicos y no médicos, como revisión para la detección, evaluación y referencia para los trastornos de dependencia de sustancias químicas. Servicios intensivos para paciente externo. Hospitalización parcial. Servicios intensivos para paciente externo se definen como un servicio organizado que no es residencial proveyendo terapia estructurada individual y en grupo, servicios educativos, y habilidades para la vida que consista de por lo menos 10 horas por semana durante cuatro a 12 semanas, pero menos de 24 horas al día. El servicio de tratamiento para paciente externo se define como consistiendo de por lo menos una a dos horas por semana proporcionando terapia estructurada individual y en grupo, servicios educativos y capacitación para la vida. Servicios de Rehabilitación Requiere autorización previa y prescripción del médico. Habilitación (el proceso de proveer a un/a niño/a con los medios para alcanzar los hitos del desarrollo apropiados para su edad a través de terapia o tratamiento) incluyen, pero no están limitados a los siguientes: Terapia física, ocupacional y del habla. Evaluación del desarrollo. TXA-15-04-18 45 Ninguno. Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Limitaciones Servicios de Atención de Hospicio Requiere autorización previa y prescripción del médico. Los servicios incluyen, pero no se limitan a: Servicios de cuidado paliativo, incluyendo servicios médicos y apoyo, para aquellos niños que tienen seis meses o menos de vida, a fin de mantener cómodos a los pacientes durante las últimas semanas y meses previos a su muerte. Los servicios de tratamiento, incluyendo al tratamiento de la enfermedad mortal, no se ven afectados por elegir los servicios de cuidado de hospicio. Ninguno. Los servicios aplican al diagnóstico de hospicio. Hasta un máximo de 120 días con una expectativa de vida de 6 meses. Los pacientes eligiendo los servicios de hospicio pueden cancelar esta elección en cualquier momento. Servicios de Emergencia, incluyendo Hospitales de Emergencia, Médicos, y Servicios de Ambulancia No requiere autorización para los servicios posteriores a la estabilización. El Plan de Salud no puede requerir una autorización como condición de pago para condiciones de emergencia o de labor de parto o de parto. Los servicios cubiertos incluyen, pero no se limitan a: Los servicios de emergencia basados en la definición que una persona prudente dé a la condición de salud de emergencia. Habitación en el departamento de emergencia de un hospital y servicios auxiliares y servicios de hospital 24 horas al día, 7 días de la semana, tanto por proveedores dentro de la red como fuera de la red. Revisiones médicas de detección. Servicios de estabilización. Acceso a centros de trauma del Nivel I y del Nivel II designados por DSHS u hospitales que reúnan niveles equivalentes de atención para servicios de emergencia. Transporte de emergencia terrestre, aéreo y acuático. Servicios dentales de emergencia, limitados a una mandíbula fracturada o dislocada, daño traumático a los dientes, y la remoción de quistes. TXA-15-04-18 Copagos 46 Ninguno. Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Limitaciones Trasplantes Copagos Requiere autorización. Ninguno. El Plan de Salud puede limitar razonablemente el costo de los armazones/lentes. Ninguno. Los servicios cubiertos incluyen pero no se limitan a lo siguiente: Usando las directrices actualizadas de la Administración de Alimentos y Medicamentos, todos los trasplantes de órganos y tejido humano no experimentales, y todas las formas no experimentales de trasplantes de córnea, médula ósea y célula madre periférica, incluyendo los gastos médicos del donante. Beneficio para la Vista Los servicios incluyen: Un examen de los ojos para determinar la necesidad y la prescripción de lentes correctivos por cada periodo de 12 meses, sin autorización. Un par de anteojos que no sean prótesis por cada periodo de 12 meses. Servicios Quiroprácticos Los servicios cubiertos no requieren prescripción de un médico y se limitan a la subluxación de la columna vertebral. No requiere autorización para lentes protectores y de policarbonato cuando sean médicamente necesarios como parte de un plan de tratamiento para enfermedades cubiertas del ojo. No requiere autorización para 12 visitas durante un periodo límite de 12 meses (sin importar la cantidad de servicios o modalidades que se hayan provisto en una visita). Ninguno. No requiere autorización para visitas adicionales. Programa para Dejar el Tabaco No requiere autorización. Cubre hasta $100 por un programa aprobado por el plan durante un período límite de 12 meses. El Plan de Salud define un programa aprobado por el plan. Servicios de Administración de Casos y de Atención Estos servicios incluyen alcance, información, administración de casos, coordinación de la atención y referencias comunitarias. TXA-15-04-18 Ninguno. Puede estar sujeto a requisitos del formulario. 47 Ninguno. Beneficio Cubierto para CHIP Perinate Newborn Limitaciones Servicios de Valor Agregado Ninguno. Línea de Enfermeras Los miembros de Aetna CHIP tienen acceso a la Línea de Enfermeras de Aetna (Línea de Salud Informada), 24 horas al día, 7 días de la semana. Los servicios provistos son: - Respuestas a las preguntas del cuidado de la salud - Información general de la salud - Evaluación de los síntomas actuales - Consejo para el cuidado en el hogar, si es apropiado - Dirección al sitio más apropiado de atención Para los miembros que no hablen inglés, se proveen servicios de traducción de idiomas. TXA-15-04-18 Copagos 48 ¿Qué Servicios No Están Cubiertos? Los servicios que no están cubiertos por CHIP Perinate Newborns se llaman “Exclusiones”. A continuación se listan las exclusiones. Experimentales o en investigación médicos, quirúrgicos u otros procedimientos salud o servicios que generalmente no son empleados o reconocidos dentro de la comunidad médica. Esta exclusión es una determinación adversa y es elegible para la revisión por una organización independiente de revisión Tratamientos para pacientes internos o externos para la infertilidad o servicios reproductivos que no sean atención prenatal, trabajo de parto y parto, y atención relacionada con dolencias, enfermedades, o anormalidades relacionadas con el sistema reproductivo. Medicamentos anticonceptivos prescritos sólo con el fin de la atención de la salud reproductiva primaria y preventiva (Ejemplo: No pueden prescribirse para la planificación familiar). Artículos de comodidad personal, incluyendo pero no limitado a juegos de atención personal provistos en la admisión al hospital, teléfono, televisión, fotografías de bebés recién nacidos, comidas para los invitados del paciente y otros artículos que no sean requeridos para el tratamiento específico de la enfermedad o lesión. Procedimientos o servicios experimentales y/o de investigación médica, quirúrgicos u otros para el cuidado de la salud que generalmente no sean empleados o reconocidos dentro de la comunidad médica. Esta exclusión es una determinación adversa y es elegible para ser revisada por una Organización Independiente de Revisión (como se describe en: D, “Revisión Externa por una Organización Independiente de Revisión”). Tratamiento o evaluaciones requeridas por terceros, incluyendo pero no limitado a, aquellas de escuelas, del empleo, para poder volar, campamentos, seguros o la corte. Servicios privados de enfermería cuando se realizan sobre una base de paciente interno o en un centro de enfermería especializada. Dispositivos de reemplazo de un órgano mecánico, incluyendo, pero no limitado a un corazón artificial. Servicios y suministros de hospital cuando el confinamiento es únicamente para propósitos de pruebas de diagnóstico, a menos que de otra forma estén pre-autorizados por el Plan de Salud. Revisión de detección de la próstata y mamografías. Cirugía electiva para corregir la vista. Procedimientos gástricos para bajar de peso. Cirugía cosmética y servicios únicamente con fines cosméticos. Dispositivos dentales exclusivamente para propósitos cosméticos. Servicios fuera de la red que no hayan sido autorizados por el Plan de Salud excepto para atención de emergencia y servicios médicos para una madre y su/s recién nacido/s por un mínimo de 48 horas después de un parto vaginal sin complicaciones y 96 horas después de un parto sin complicaciones por cesárea. Servicios, suministros, reemplazos de alimentos o suplementos provistos para el control de peso o el tratamiento de la obesidad, a excepción de los servicios asociados con el tratamiento para la obesidad mórbida como parte de un plan de tratamiento aprobado por el Plan de Salud. Medicamentos prescritos para la pérdida o ganancia de peso. Servicios de acupuntura, naturopatía e hipnoterapia. Vacunas únicamente para viajes al extranjero. Cuidado de los pies de rutina, como el cuidado higiénico (el cuidado de rutina de los pies no incluye el tratamiento de una lesión o complicaciones de la diabetes). Diagnóstico y tratamiento de pies débiles, con esguinces, o planos y el corte o la remoción de callos, callosidades y uñas de los pies (esto no se aplica a la extracción de raíces de uñas o tratamiento quirúrgico de condiciones subyacentes de los callos, las callosidades o uñas encarnadas). El reemplazo o la reparación de dispositivos de prótesis y equipo médico duradero debido a mal uso, abuso o pérdida cuando se confirme por el/la miembro o el proveedor. Zapatos ortopédicos correctivos. Artículos de conveniencia. Medicamentos sin prescripción. Aparatos ortopédicos utilizados principalmente para fines deportivos o recreativos. Órtesis que se utiliza principalmente para fines deportivos o recreativos. Cuidado de custodia (atención que ayuda a un/a niño/a con las actividades de la vida cotidiana, como ayuda caminando, acostándose y levantándose de la cama, bañándose, vistiéndose, alimentándose, yendo al baño, con la preparación de dietas especiales y la supervisión de medicamentos que generalmente son auto -administrados o provistos por los padres de familia. Esta atención no requiere la atención permanente de personal médico o paramédico entrenado.) Esta exclusión no se aplica a hospicio. Servicio de limpieza. Servicios de instalaciones públicas y atención a las condiciones que la ley federal, estatal o local requieran que sean proporcionados en una instalación pública o atención provista mientras se encuentre bajo la custodia de las autoridades TXA-15-04-18 49 judiciales. Servicios o suministros recibidos de un/a enfermero/a, que no requieran la habilidad y capacitación de un/a enfermero/a. Entrenamiento de la vista y terapia para la vista. No se cubre el reembolso por los servicios de terapia física, terapia ocupacional o terapia del habla basados en la escuela, excepto cuando sea ordenado por un Médico/PCP. Gastos no médicos de donantes. Gastos incurridos como un donante de un órgano cuando el destinatario no esté cubierto bajo este plan de salud. Cobertura mientras viaje fuera de los Estados Unidos y de los Territorios de los Estados Unidos (incluyendo Puerto Rico, Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte, Guam y Samoa Americana). Beneficios de los Miembros de CHIP Perinate ¿Cuáles Son los Beneficios Perinatales de Mi Hijo/a Por Nacer? Aetna Better Health provee los servicios de CHIP Perinate como se indica a continuación. No hay un máximo de por vida en los beneficios; sin embargo, aplica un período de 12 meses ó limitaciones de por vida aplican a ciertos servicios, como se especifica en la siguiente tabla. Los copagos no son aplicables a los miembros de CHIP Perinate. Beneficio Cubierto de CHIP Perinate (Niño/a Por Nacer) Servicios Agudos Generales para Paciente Interno Limitaciones Ninguno. Los servicios incluyen: Servicios cubiertos médicamente necesarios provistos por el hospital. Salas de operaciones, recuperación y para otro tratamiento. Anestesia y administración (componente técnico de la instalación). Los servicios quirúrgicos médicamente necesarios están limitados a los servicios que estén relacionados directamente con el parto del/la niño/a nonato/a (por nacer) y los servicios relacionados con un aborto espontáneo o un embarazo no viable (embarazo molar, embarazo ectópico, o un feto que haya fallecido en el útero). Servicios como paciente interno asociados con (a) un aborto espontáneo o (b) un embarazo no viable (embarazo molar, embarazo ectópico, o un feto que haya fallecido en el útero). Los servicios como paciente interno asociados con un aborto espontáneo o un embarazo no viable incluyen, pero no están limitados a: procedimientos de dilación y raspado (D&C por sus siglas en inglés); medicamentos administrados por el proveedor apropiado; ultrasonidos; y examen histológico de las muestras de tejido. TXA-15-04-18 Copagos 50 Para los miembros de CHIP Perinate en familias con un ingreso en o por debajo del 185% del Nivel Federal de Pobreza, los cargos de la instalación no son un beneficio cubierto; sin embargo, los cargos por servicios profesionales asociados con la labor de parto con parto, son un beneficio cubierto. Para los miembros de CHIP Perinate en familias con un ingreso más alto del 185% al, e incluyendo el 200% del Nivel Federal de Pobreza, los beneficios están limitados a los cargos por servicios profesionales y los cargos de la instalación asociados con la labor de parto con parto hasta el nacimiento. Beneficio Cubierto de CHIP Perinate (Niño/a Por Nacer) Hospital Integral para Pacientes Externos, Clínica (Incluyendo Centro de Salud) y Centro Ambulatorio para el Cuidado de la Salud Limitaciones Puede requerir autorización previa y prescripción del médico. Los servicios incluyen los siguientes servicios provistos en la clínica o sala de emergencias de un hospital, en una clínica o centro de salud, en un departamento de emergencias basado en un hospital o en un entorno de atención para la salud ambulatorio: Exámenes radiológicos, imágenes, rayos x, (componente técnico). Servicios de laboratorio y patología (componente técnico). Exámenes de máquinas de diagnóstico. Drogas, medicamentos y productos biológicos que sean de prescripción médicamente necesarios y medicamentos inyectados. Servicios como paciente externo asociados con (a) un aborto espontáneo o (b) un embarazo no viable (embarazo molar, embarazo ectópico, o un feto que haya fallecido en el útero). Los servicios como paciente externo asociados con un aborto espontáneo o un embarazo no viable incluyen, pero no están limitados a: procedimientos de dilación y raspado (D&C por sus siglas en inglés); medicamentos administrados por el proveedor apropiado; ultrasonidos; y examen histológico de las muestras de tejido. TXA-15-04-18 51 Los servicios de laboratorio y radiológicos están limitados a aquellos servicios que estén directamente relacionados con la atención previa al parto y/o al parto del/la miembro de CHIP Perinate cubierto/a hasta su nacimiento. El ultrasonido del útero embarazado es un beneficio cubierto por el programa CHIP Perinate cuando sea médicamente indicado. El ultrasonido puede ser indicado cuando se sospecha que existan defectos genéticos, embarazos de alto riesgo, retardo del crecimiento fetal, conformación de edad gestacional, aborto espontáneo o embarazo no viable. La amniocentesis, cordocentesis, transfusión fetal intrauterina (FIUT por sus siglas en inglés) y guía ultrasónica para la amniocentesis, la cordocentesis y la transfusión FIUT son beneficios cubiertos del programa CHIP Perinate con un diagnóstico apropiado. Copagos Ninguno. Beneficio Cubierto de CHIP Perinate (Niño/a Por Nacer) Limitaciones Las pruebas de laboratorio del programa CHIP Perinate están limitadas a: pruebas de estrés, pruebas de estrés por contracciones, hemoglobina o hematocrito repetidas una vez por trimestre y en las semanas 32-36 del embarazo; ó conteo completo de la sangre (CBC por sus siglas en inglés), análisis de la orina para revisar la proteína y la glucosa a cada visita; revisión del tipo de RH y anticuerpos; se repite la revisión de anticuerpos para el Rh negativo de la mujer a las 28 semanas, seguida por la administración de inmunoglobulina RHO si es indicado; título de anticuerpos de la rubeola, serología para sífilis, antígeno superficial de la hepatitis B, citología cervical, prueba de embarazo, prueba de gonorrea, cultivo de orina, prueba de anemia drepanocítica, prueba de tuberculosis (TB), revisión de detección de anticuerpos del virus de inmunodeficiencia humano (VIH), prueba de clamidia, otras pruebas de laboratorio no especificadas pero que se consideren médicamente necesarias, y la revisión de múltiples marcadores para detectar defectos tubo neurales (si la cliente inicia su atención entre las 16-20 semanas del embarazo); otras pruebas de laboratorio como sea indicado de acuerdo a la condición médica de la cliente Los servicios quirúrgicos asociados con (a) un aborto espontáneo o (b) un embarazo no viable (embarazo molar, embarazo ectópico, o un feto que haya fallecido en el útero) son un beneficio cubierto. TXA-15-04-18 52 Copagos Beneficio Cubierto de CHIP Perinate (Niño/a Por Nacer) Servicios de Médico/Profesional Extensor de Médico Limitaciones Puede requerir autorización para la referencia de especialidad de un PCP a un especialista dentro de la red. Los servicios incluyen pero no están limitados a lo siguiente: Los servicios médicos médicamente necesarios están limitados a la atención prenatal y de postparto y/o al parto del/la niño/a nonato/a cubierto/a hasta su nacimiento. Visitas al consultorio médico, servicios para paciente interno y externo. Laboratorio, rayos x, servicios de imágenes y de patología, incluyendo al componente técnico y/o la interpretación profesional. Medicamentos, productos biológicos y materiales administrados en el consultorio médico que sean médicamente necesarios. Componente profesional (para paciente interno y externo) de servicios quirúrgicos, incluyendo: Cirujanos y asistentes de cirujanos para procedimientos quirúrgicos directamente relacionados con la labor de parto con el parto del/la niño/a nonato/a cubierto/a hasta su nacimiento. Administración de la anestesia por un médico (que no sea el cirujano) o CRNA, Procedimientos invasivos de diagnóstico relacionados con la labor de parto con el parto del/la niño/a nonato/a. Servicios de cirugía asociados con (a) un aborto espontáneo o (b) un embarazo no viable (embarazo molar, embarazo ectópico, o un feto que haya fallecido en el útero). Los servicios de médico basados en el hospital (incluyendo a los componentes técnicos y de interpretación realizados por el médico). Componente Servicios de Centrosprofesional de Parto asociado con (a) un aborto espontáneo o (b) un embarazo no viable (embarazo molar, embarazo ectópico, o un feto que haya fallecido en el útero). Los servicios profesionales asociados con un aborto espontáneo o un embarazo no viable incluyen, pero no están limitados a: procedimientos de dilación y raspado (D&C por sus siglas en inglés); medicamentos administrados por el proveedor apropiado; ultrasonidos; y examen histológico de las muestras de tejido. TXA-15-04-18 53 Copagos Ninguno. Requiere autorización para todas las referencias de especialidad fuera de la red. Componente profesional de ultrasonido del útero embarazado cuando sea médicamente indicado, cuando se sospecha que existan defectos genéticos, embarazos de alto riesgo, retardo de crecimiento fetal, o conformación de la edad gestacional. Componente profesional de amniocentesis, cordocentesis, transfusión fetal intrauterina (FIUT por sus siglas en inglés) y guía ultrasónica para la amniocentesis, la cordocentesis y la transfusión FIUT. Cubre servicios de parto provistos por un centro de partos con licencia. Limitado a los servicios de la instalación (por ejemplo, la labor de parto y el parto). Aplica sólo a los miembros de CHIP Perinate (niños/as nonatos/as) con ingresos del 186% al 200% del Límite Federal de Pobreza. Ninguno. Beneficio Cubierto de CHIP Perinate (Niño/a Por Nacer) Servicios para la Familia y Suministros para el Cuidado Prenatal y Pre-embazo Limitaciones No requieren autorización previa. Límite de 20 visitas prenatales y dos (2) visitas de postparto (máximo dentro de 60 días) sin documentación de una complicación del embarazo. Las visitas más frecuentes pueden ser necesarias en embarazos de alto riesgo. Las visitas prenatales de alto riesgo no están limitadas a 20 visitas por embarazo. Se debe mantener documentación apoyando la necesidad médica en los archivos del médico y ésta está sujeta a una revisión retrospectiva. Los servicios cubiertos están limitados a una visita inicial y a las visitas subsiguientes de atención prenatal (antes del parto), lo cual incluye: Una visita cada cuatro semanas para las primeras 28 semanas del embarazo; una visita cada dos a tres semanas de las semanas 28 a la 36 del embarazo; y una visita semanal desde la semana 36 hasta el parto. Se permiten visitas más frecuentes como sea médicamente necesario. La visitas después de la visita inicial deben incluir: historial interino (problemas, estatus maternal, estatus fetal), examen físico (peso, presión arterial, altura uterina, posición y tamaño del feto, ritmo cardiaco del feto, extremidades), y pruebas de laboratorio (análisis de la orina para revisar la proteína y la glucosa a cada visita; hematocrito o hemoglobina repetidas una vez por trimestre y en las semanas 32-36 del embarazo; se ofrece la revisión de múltiples marcadores para detectar anomalías fetales a las 16-20 semanas del embarazo; se repite la revisión de anticuerpos para el Rh negativo de la mujer a las 28 semanas, seguida por la administración de inmunoglobulina Rho si es indicado; revisión de detección de la diabetes gestacional a las 24-28 semanas del embarazo; y otras pruebas de laboratorio como sea indicado de acuerdo a la condición médica de la cliente). TXA-15-04-18 54 Copagos Ninguno. Beneficio Cubierto de CHIP Perinate (Niño/a Por Nacer) Servicios de Emergencia, incluyendo Hospitales de Emergencia, Médicos, y Servicios de Ambulancia Limitaciones Copagos Ninguno. El Plan de Salud no puede requerir una autorización como condición de pago para condiciones de emergencia o de labor de parto o de parto. Los servicios cubiertos están limitados a aquellos servicios de emergencia directamente relacionados con el parto del/la niño/a nonato/a cubierto/a hasta su nacimiento. Los servicios posteriores al parto o complicaciones resultantes en la necesidad de servicios de emergencia para la madre del/la miembro de CHIP Perinate no son un beneficio cubierto. Los servicios de emergencia basados en la definición que una persona prudente le dé a la condición de salud de emergencia. Revisiones médicas de detección para determinar la emergencia cuando estén directamente relacionadas con el parto del/la niño/a nonato/a cubierto/a. Servicios de estabilización relacionados con la labor de parto y el parto del/la niño/a nonato/a cubierto/a. El transporte de emergencia terrestre, aéreo y acuático para el parto y un parto amenazado son beneficios cubiertos. Servicios de emergencia asociados con (a) un aborto espontáneo o (b) un embarazo no viable (embarazo molar, embarazo ectópico, o un feto que haya fallecido en el útero). Servicios de Administración de Casos Estos servicios cubiertos incluyen alcance, información, administración de casos, coordinación de la atención y referencias comunitarias. Los servicios de administración de casos son un beneficio cubierto para el/la niño/a nonato/a. Servicios de Coordinación de Atención Ninguno. Ninguno. Los servicios de coordinación de atención son un beneficio cubierto para el/la niño/a nonato/a. Beneficios de Medicamentos Los servicios deben ser médicamente necesarios para el/la niño/a nonato/a. Los servicios incluyen, pero no están limitados a lo siguiente: • Medicamentos y productos biológicos para paciente externo, incluyendo medicamentos y productos biológicos para paciente externo dispensados por la farmacia y administrados por el proveedor; y • Medicamentos y productos biológicos provistos en un entorno para paciente interno. TXA-15-04-18 55 Ninguno. ¿Cómo obtengo estos servicios? Usted debe ver a su Proveedor Perinatal para preguntar sobre los servicios médicos. Para aprender más sobre cómo obtener éstos u otros servicios, por favor use el sitio web (www.aetnabetterhealth.com/texas) o llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a. ¿Qué Servicios No Están Cubiertos? Para los niños en CHIP Perinate de familias con ingresos en ó por debajo del 185% del Nivel Federal de Pobreza (FPL por sus siglas en inglés), los cargos de las instalaciones para pacientes internos no son un beneficio cubierto si está asociado con la admisión inicial de recién nacido/a perinatal. “La admisión Inicial de Recién Nacido/a Perinatal” significa la hospitalización asociada con el nacimiento. Los tratamientos para pacientes internos y externos que no sean de cuidado prenatal, de labor de parto con parto, y de atención de postparto relacionados con los niños nonatos cubiertos hasta el nacimiento. Los servicios relacionados con niños prematuros, labor de parto falso u otra labor de parto que no resulte en el parto son servicios excluidos. Servicios para la salud mental de pacientes internos. Servicios para la salud mental de pacientes externos. Equipo médico duradero u otros dispositivos correctivos médicamente relacionados. Suministros médicos desechables. Servicios de salud en el hogar y la comunidad. Servicios de cuidado de enfermería. Servicios dentales. Servicios de tratamiento de abuso de substancias para pacientes internos y servicios de tratamiento residencial para el abuso de substancias. Servicios de tratamiento para el abuso de substancias para pacientes externos. Terapia física, terapia ocupacional y servicios para personas con trastornos del habla, auditivos y del lenguaje. Cuidado de hospicio. Servicios de instalación de enfermería especializada y de rehabilitación de hospital. Servicios de emergencia que no sean aquellos directamente relacionados con el parto de un/a niño/a nonato/a cubierto/a. Servicios de trasplante. Programas para dejar el tabaco. Servicios quiroprácticos. Transporte médico que no esté directamente relacionado con la labor de parto o la amenaza de parto y/o el parto del/la niño/a nonato/a cubierto/a. Artículos de comodidad personal, incluyendo pero no limitado a juegos de atención personal provistos en la admisión al hospital, teléfono, televisión, fotografías de bebés recién nacidos, comidas para los invitados de la paciente y otros artículos que no sean requeridos para el tratamiento específico relacionado con la labor de parto y el parto, o la atención de postparto. Procedimientos o servicios experimentales y/o de investigación médica, quirúrgicos u otros para el cuidado de la salud que generalmente no sean empleados o reconocidos dentro de la comunidad médica. Esta exclusión es una determinación adversa y es elegible para ser revisada por una Organización Independiente de Revisión. Tratamiento o evaluaciones requeridas por terceros, incluyendo pero no limitado a, aquellas de escuelas, del empleo, para poder volar, campamentos, seguros o la corte. Servicios privados de enfermería cuando se realizan sobre una base de paciente interno o en un centro de enfermería especializada. Dispositivos de reemplazo de un órgano mecánico, incluyendo, pero no limitado a un corazón artificial. Servicios y suministros de hospital cuando el confinamiento es únicamente para propósitos de pruebas de diagnóstico y no como parte de la labor de parto y el parto. Revisión de detección de la próstata y mamografías. Cirugía electiva para corregir la vista. Procedimientos gástricos para bajar de peso. Cirugía cosmética y servicios únicamente con fines cosméticos. TXA-15-04-18 56 Servicios fuera de la red que no hayan sido autorizados por el Plan de Salud excepto para la atención de emergencia relacionados con la labor de parto o la amenaza de parto y/o el parto del/la niño/a nonato/a cubierto/a. Servicios, suministros, reemplazos de alimentos o suplementos provistos para el control de peso o el tratamiento de la obesidad. Medicamentos prescritos para la pérdida o ganancia de peso. Servicios de acupuntura, naturopatía e hipnoterapia. Vacunas únicamente para viajes al extranjero. Cuidado de los pies de rutina, como el cuidado higiénico. Diagnóstico y tratamiento de pies débiles, con esguinces, o planos y el corte o la remoción de callos, callosidades y uñas de los pies (esto no se aplica a la extracción de raíces de uñas o tratamiento quirúrgico de condiciones subyacentes de los callos, las callosidades o las uñas encarnadas). Zapatos ortopédicos correctivos. Artículos de conveniencia. Medicamentos sin prescripción. Aparatos ortopédicos utilizados principalmente para fines deportivos o recreativos. Cuidado de custodia (atención que ayuda a un/a niño/a con las actividades de la vida cotidiana, como ayuda caminando, acostándose y levantándose de la cama, bañándose, vistiéndose, alimentándose, yendo al baño, con la preparación de dietas especiales y la supervisión de medicamentos que generalmente sean auto-administrados o provistos por una persona cuidándole. Esta atención no requiere la atención permanente de personal médico o paramédico capacitado.) Servicio de limpieza. Servicios de instalaciones públicas y atención a las condiciones que la ley federal, estatal o local requieran que sean proporcionados en una instalación pública o atención provista mientras se encuentre bajo la custodia de las autoridades judiciales. Servicios o suministros recibidos de un/a enfermero/a, que no requieran la habilidad y capacitación de un/a enfermero/a. Entrenamiento de la vista y terapia para la vista. No se cubre el reembolso por los servicios de terapia física, terapia ocupacional o terapia del habla basados en la escuela. Gastos no médicos de donantes. Gastos incurridos como donante de un órgano. Cobertura mientras viaje fuera de los Estados Unidos y de los Territorios de los Estados Unidos (incluyendo Puerto Rico, Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte, Guam y Samoa Americana). Sus Costos de Desembolso ¿Cuánto Tengo Qué Pagar por el Cuidado de la Salud de Mi Hijo/a Nonato/a bajo CHIP Perinate? No se requieren copagos ni costo compartido para los servicios listados en la sección de beneficios de este manual. Si tiene preguntas por favor llame al número de larga distancia gratuita de Servicios al Miembro que está en su tarjeta de identificación. ¿Yo Tendré Qué Pagar Por los Servicios que No Sean Un Beneficio Cubierto? Si el servicio no es un beneficio cubierto listado en la sección de beneficios de este manual, usted tendrá qué pagar por el servicio. Si usted tiene cualquier pregunta, por favor llame al número de larga distancia gratuita de Servicios al Miembro en su tarjeta de identificación. Facturación del Proveedor ¿Qué Tal Si Recibo Una Factura de Mi Proveedor Perinatal? ¿A Quién Llamo? ¿Qué Información Necesitarán? Nosotros sólo pagaremos por los servicios cubiertos listados previamente en este manual del miembro. Si usted recibe un servicio del proveedor perinatal que no esté cubierto, usted puede tener qué pagar. Si usted TXA-15-04-18 57 siente que no debería haber recibido la factura o si necesita ayuda para entender la factura, por favor llame al número de larga distancia gratuita de Servicios al Miembro que está en su tarjeta de identificación. Nosotros ayudaremos explicándole la factura. Nosotros podemos hablar con el consultorio del doctor a su nombre para explicarles sus beneficios. También podemos ayudarle a hacer arreglos de pago para la factura. Cuando usted nos llame, por favor tenga su tarjeta de identificación y la factura del doctor consigo. Nosotros necesitamos esta información para poder ayudarle rápidamente. Medicamentos del/la Miembro de CHIP/CHIP Perinate Newborn ¿Cuáles Son Mis Beneficios de Medicamentos de Prescripción? ¿Cómo Obtengo Mis Medicamentos/los Medicamentos de Mi Hijo/a? CHIP cubre la mayoría de sus medicamentos o los de su hijo/a que su doctor dice que necesitan. Su doctor o el de su hijo/a emitirán una prescripción para que usted la lleve a la farmacia, o puede enviar la prescripción por usted. Las exclusiones incluyen: medicamentos anticonceptivos prescritos solamente para el propósito de prevenir el embarazo y medicamentos para bajar o subir de peso. Es posible que usted tenga qué pagar un copago por cada prescripción surtida, dependiendo de sus ingresos. ¿Cómo Puedo Encontrar Una Farmacia de la Red? Usted puede encontrar una farmacia de la red en una de dos maneras. Visite nuestro sitio web www.aetnabetterhealth.com/texas y entonces busque una farmacia en su área. Llame a Servicios al Miembro al número de larga distancia gratuita 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar). Pídale al representante que le ayude a encontrar una farmacia de la red en su área. ¿Qué Tal Si Voy a Una Farmacia que No Sea Parte de la Red? Las prescripciones surtidas en otras farmacias que no sean parte de la red de Aetna Better Health no se cubrirán. Todas las prescripciones se deben llenar en una farmacia de la red. ¿Qué Debo Llevar a la Farmacia? Usted necesitará llevar la prescripción que su doctor o el de su hijo/a le haya emitido. También deberá mostrar su tarjeta de identificación de Aetna Better Health Plan o la de su hijo/a. ¿Algunos Medicamentos Deben Ser Pre-aprobados – Autorización Previa? Aetna Better Health debe aprobar algunos medicamentos en nuestra lista de medicamentos antes de que nosotros los cubramos. Hacemos esto a través de la autorización previa o de la Terapia a Pasos. La autorización previa es una aprobación que Aetna Better Health - TX requiere para ciertos servicios y medicamentos. ¿Qué Es la Terapia a Pasos? Algunos medicamentos no son aprobados a menos que se haya probado antes otro medicamento. La cobertura de Terapia a Pasos (ST por sus siglas en inglés) requiere que se pruebe otro medicamento antes de que se cubra un medicamento solicitado. Cuando usted reciba una prescripción nueva, pregúntele a su proveedor si nosotros necesitamos aprobar la medicina antes de que usted pueda obtenerla. Si lo hacemos, pregunte si hay otro medicamento que usted pueda usar, el cual no necesite aprobación. Cuando nosotros tenemos qué aprobar su medicamento, su proveedor debe llamar a Aetna Better Health – TX por usted. Nosotros revisaremos la petición de aprobar su medicamento. Si el farmacéutico no puede comunicarse con Aetna Better Health – TX para asegurarse de que TXA-15-04-18 58 está aprobada, su farmacéutico le puede dar un suministro temporal de tres (3) días de la nueva prescripción. Nosotros le comunicaremos a usted por escrito si no aprobamos la solicitud. También le diremos cómo iniciar el proceso de apelación/quejas. ¿Qué Tal Si No Puedo Obtener el Medicamento que la Orden de Mi Doctor o el de Mi Hijo/a Haya Aprobado? Si no puede contactar a su doctor o al de su hijo/a para que apruebe una prescripción, es posible que usted o su hijo/a puedan obtener un suministro de emergencia para tres días del medicamento. Para pedir ayuda con sus medicamentos y para volver a surtirlos, llame a Aetna Better Health al 1-800-2455380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar). ¿Qué Tal Si No Puedo Obtener el Medicamento que Prescribió Mi Doctor o el de Mi Hijo/a? Si el medicamento que su doctor siente que usted necesita no está en nuestro formulario y usted no puede tomar cualquier otro medicamento excepto por el prescrito, su doctor puede solicitar una excepción. Su doctor tendrá qué llenar una forma de solicitud y enviarnos los registros médicos para apoyar la solicitud para una excepción. ¿A Quién Debo Llamar Si Tengo Problemas Obteniendo Mis Medicamentos o los de Mi Hijo/a? Si usted tiene problemas obteniendo sus medicamentos, llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a. ¿Qué Tal Si Pierdo Mis Medicamentos o los de Mi Hijo/a? Si usted ha perdido sus medicamentos, llámenos al número de larga distancia gratuita de su tarjeta de identificación o de la de su hijo/a. ¿Qué Tal Si Necesito que Se Me Entreguen Mis Medicamentos o los de Mi Hijo/a? Si usted o su hijo/a toman medicamentos para una condición de salud continua, usted/su hijo/a pueden hacer que sus medicamentos se les envíen por correo a su hogar. CVS Health es su farmacia de servicio por correo. Si usted elige esta opción, su medicamento llegará justo a su puerta. Usted puede programar las veces que se vuelvan a surtir sus medicamentos y comunicarse con farmacéuticos si tiene preguntas. Aquí están algunas otras características de la entrega a domicilio. Los farmacéuticos revisan cada orden por seguridad. Usted puede pedir que se le vuelvan a surtir los medicamentos por correo, por teléfono, en línea, o puede inscribirse para surtidos automáticos. Usted puede hablar con los farmacéuticos por teléfono. Es fácil comenzar a usar el servicio por correo Elija UNA de las siguientes tres formas de usar el servicio por correo para un medicamento que usted/su hijo/a tomen de manera continua: Llame al número de larga distancia gratuita de FastStart ® al 1-800-875-0867, de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. (tiempo central). Un representante le hará saber cuáles de sus prescripciones o de las de su hijo/a pueden surtirse a través de la farmacia de servicios por correo CVS Caremark Mail Service Pharmacy. CVS Health entonces contactará a su doctor o al de su hijo/a para pedirle una prescripción y para enviarle el medicamento a usted. Cuando usted llame, asegúrese de tener: - Su tarjeta de miembro de Aetna Better Health o la de su hijo/a - El nombre y apellido y el número de teléfono de su doctor - Su información de pago y el domicilio postal o la de su hijo/a TXA-15-04-18 59 Visite www2.caremark.com/faststart/cda/index.html. Empezar a usar el servicio por correo en línea es una forma rápida y sencilla de comenzar a usar el servicio por correo. Una vez que provea la información solicitada, CVS Caremark se comunicará con su doctor o el de su hijo/a para una prescripción nueva. Si usted aún no se ha inscrito en www.caremark.com/wps/portal, asegúrese de tener su tarjeta de identificación de miembro o la de su hijo/a a la mano cuando se registre por primera vez. Llene y envíe una forma de servicio de pedidos por correo. Si usted ya tiene una prescripción, puede enviarla a CVS Caremark con una forma llena de pedidos de servicio por correo. Si usted no tiene una forma de pedidos, puede imprimir una en línea o puede solicitar una llamando gratuitamente al 1-855-271-6603. Por favor tenga la siguiente información con usted cuando llene la forma: - Su tarjeta de miembro de Aetna Better Health o la de su hijo/a - Su domicilio postal o el de su hijo/a, incluyendo el código postal - El nombre y apellido y número de teléfono de su doctor o del de su hijo/a - Una lista de sus alergias y de otras condiciones de salud o las de su hijo/a - El número de su tarjeta de crédito o de débito. Usted también puede pagar por medio de cheque, de cheque electrónico, cobrándole después por medio de Bill Me Later®, o por medio de giro. - Para más información sobre copagos, llámenos al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-8180959 (Bexar). - La prescripción original de su doctor o el de su hijo/a. Si usted/su hijo/a necesitan volver a surtir su medicamento de prescripción de inmediato, pídale a su doctor que emita dos prescripciones para su medicamento a largo plazo o el de su hijo/a: Uno para un suministro a corto plazo (30 días ó menos) que pueda llenarse en una farmacia participante de la red, Y Uno para el suministro de días máximos permitidos por su plan, con tantos surtidos como sea necesario. Adjunte esta prescripción junto con la forma de pedidos de servicio por correo. ¿Qué Tal Si Necesito o Si Mi Hijo/a Necesita un Medicamento Sin Prescripción? La farmacia no puede darle a usted un medicamento sin prescripción como parte de sus beneficios de CHIP o los de su hijo/a. Si usted o su hijo/a necesitan un medicamento sin prescripción, usted tendrá qué pagar por el mismo. ¿Qué Tal Si Yo o Mi Hijo/a Necesitamos Más de 34 Días de Un Medicamento de Prescripción? La farmacia sólo puede darle a usted tanto medicamento como usted ó su hijo/a necesiten para 34 días. Para cualquier otra pregunta por favor llame a Aetna Better Health al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866818-0959 (Bexar). ¿Qué Tal Si Yo o Mi Hija Necesitamos Píldoras Anticonceptivas? La farmacia no puede darles a usted o a su hija píldoras anticonceptivas para prevenir el embarazo. Usted/su hija sólo pueden obtener píldoras anticonceptivas si son necesarias para tratar una condición médica. ¿Cómo obtengo o reviso una lista de farmacéuticos? Aetna Better Health cubre los medicamentos incluidos en la Lista de Medicamentos Preferidos de los Proveedores de Medicamentos. Ésta es la lista de medicamentos que nosotros cubrimos cuando son médicamente necesarios. Esta lista fue incluida en su Paquete de Bienvenida. Aetna Better Health no paga por los medicamentos que no hayan sido aprobados por la Administración Federal de Medicamentos (FDA por sus siglas en inglés). TXA-15-04-18 60 Usted puede encontrar una lista de sus medicamentos visitando cualquiera de los siguientes sitios web www.aetnabetterhealth.com/texas o www.txvendordrug.com. Ahí usted encontrará los medicamentos en la Lista de Medicamentos Preferidos y aquellos que no son preferenciales con las razones por las cuales no puede obtener los agentes no preferenciales. Medicamentos de CHIP Perinate ¿Cuáles Son los Beneficios de los Medicamentos de Prescripción de Mi Hijo/a por Nacer? CHIP cubre la mayoría de los medicamentos que necesita su hijo/a nonato/a. Si usted tiene preguntas sobre qué medicamentos están cubiertos para su hijo/a por nacer, llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación. ¿Cómo Puedo Obtener Mis Medicamentos? CHIP Perinate cubre la mayoría de los medicamentos que el doctor de su hijo/a nonato/a dice que necesita. Su doctor emitirá una prescripción para que usted la lleve a la farmacia, o puede enviar la prescripción por usted. No se requieren copagos para los miembros de CHIP Perinate. ¿Cómo Puedo Encontrar Una Farmacia de la Red? Usted puede encontrar una farmacia de la red en una de dos maneras. Visite nuestro sitio web www.aetnamedicaid.com y entonces busque una farmacia en su área. Llame a Servicios al Miembro al número de larga distancia gratuita 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar). Pídale al representante que le ayude a encontrar una farmacia de la red en su área. ¿Qué Tal Si Voy a Una Farmacia que No Sea Parte de la Red? Las prescripciones surtidas en otras farmacias que no sean parte de la red de Aetna Better Health no se cubrirán. Todas las prescripciones se deben llenar en una farmacia de la red. ¿Qué Debo Llevar a la Farmacia? Usted necesitará llevar la prescripción que su doctor o el de su hijo/a le haya emitido. También deberá mostrar la tarjeta de identificación de Aetna Better Health Plan de su hijo/a. ¿Algunos Medicamentos Deben Ser Pre-aprobados – Tener Autorización Previa? Aetna Better Health debe aprobar algunos medicamentos en nuestra lista de medicamentos antes de que nosotros los cubramos. Hacemos esto a través de la autorización previa o de la Terapia a Pasos. La autorización previa es una aprobación que Aetna Better Health - TX requiere para ciertos servicios y medicamentos. ¿Qué Es la Terapia a Pasos? Algunos medicamentos no son aprobados a menos que se haya probado antes otro medicamento. La cobertura de Terapia a Pasos (ST por sus siglas en inglés) requiere que se pruebe otro medicamento antes de que se cubra un medicamento solicitado. Cuando usted reciba una prescripción nueva, pregúntele a su proveedor si nosotros necesitamos aprobar la medicina antes de que usted pueda obtenerla. Si lo hacemos, pregunte si hay otro medicamento que usted pueda usar, el cual no necesite aprobación. Cuando nosotros tenemos qué aprobar su medicamento, su proveedor debe llamar a Aetna Better Health – TX por usted. Nosotros revisaremos la petición de aprobar su medicamento. Si el farmacéutico no puede comunicarse con Aetna Better Health – TX para asegurarse de que está aprobada, su farmacéutico le puede dar un suministro temporal de tres (3) días de la nueva prescripción. Nosotros le comunicaremos a usted por escrito si no aprobamos la solicitud. También le diremos cómo iniciar el proceso de apelación/quejas. TXA-15-04-18 61 ¿Qué Tal Si No Puedo Obtener el Medicamento que la Orden del Doctor de Mi Hijo/a Ha Aprobado? Si no se puede contactar a su doctor o al de su hijo/a para que apruebe una prescripción, es posible que su hijo/a pueda obtener un suministro de emergencia del medicamento. Para pedir ayuda con sus medicamentos y para volver a surtirlos, llame a Aetna Better Health al 1-800-2455380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar). ¿Qué Tal Si No Puedo Obtener el Medicamento que Prescribió el Doctor de Mi Hijo/a? Si el medicamento que su doctor siente que usted necesita no está en nuestro formulario y usted no puede tomar cualquier otro medicamento excepto por el prescrito, su doctor puede solicitar una excepción. Su doctor tendrá qué llenar una forma de solicitud y enviarnos los registros médicos para apoyar la solicitud para una excepción. ¿Qué Tal Si Necesito que Se Me Entreguen Mis Medicamentos? Si usted toma medicamentos para una condición de salud continua, puede hacer que sus medicamentos se le envíen por correo a su hogar. CVS Health es su farmacia de servicio por correo. Si usted elige esta opción, su medicamento llegará justo a su puerta. Usted puede programar las veces que vuelva a surtir sus medicamentos y comunicarse con farmacéuticos si tiene preguntas. Aquí están algunas otras características de la entrega a domicilio. Los farmacéuticos revisan cada orden por seguridad. Usted puede pedir que se le vuelvan a surtir los medicamentos por correo, por teléfono, en línea, o puede inscribirse para surtidos automáticos. Usted puede hablar con los farmacéuticos por teléfono. Es fácil comenzar a usar el servicio por correo Elija UNA de las siguientes tres formas de usar el servicio por correo para un medicamento que usted tome de manera continua: Llame al número de larga distancia gratuita de FastStart ® al 1-800-875-0867, de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. (Tiempo Central). Un representante le hará saber cuáles de sus prescripciones o las de su hijo/a pueden surtirse a través de la farmacia de serv icios por correo CVS Caremark Mail Service Pharmacy. CVS Caremark entonces contactará a su doctor para pedirle una prescripción y para enviarle el medicamento a usted. Cuando usted llame, asegúrese de tener: - Su tarjeta de miembro de Aetna Better Health - El nombre, apellido, y el número de teléfono de su doctor - Su información de pago y el domicilio postal Visite www.caremark.com/faststart. Empezar a usar el servicio de correo en línea es una forma rápida y sencilla de comenzar a usar el servicio por correo. Una vez que provea la información solicitada, CVS Caremark se comunicará con su doctor para una prescripción nueva. Si usted aún no se ha inscrito en www.caremark.com, asegúrese de tener su tarjeta de identificación de miembro a la mano cuando se registre por primera vez. Llene y envíe una forma de servicio de pedidos por correo. Si usted ya tiene una prescripción, puede enviarla a CVS Caremark con una forma llena de pedidos de servicio por correo. Si usted no tiene una forma de pedidos, puede imprimir una en línea o puede solicitar una llamando gratuitamente al 1-855-271-6603. Por favor tenga la siguiente información con usted cuando llene la forma: - Su tarjeta de miembro de Aetna Better Health - Su domicilio postal, incluyendo el código postal - El nombre, apellido, y número de teléfono de su doctor - Una lista de sus alergias y de otras condiciones de salud TXA-15-04-18 62 - Su prescripción original del doctor Si usted necesita volver a surtir su medicamento de prescripción de inmediato, pídale a su doctor que emita dos prescripciones para su medicamento a largo plazo: Uno para un suministro a corto plazo (30 días ó menos) que pueda llenarse en una farmacia participante de la red, Y Uno para el suministro de días máximos permitidos por su plan, con tantos surtidos como sea necesario. Adjunte esta prescripción junto con la forma de pedido de servicio por correo. ¿A Quién Debo Llamar Si Tengo Problemas Obteniendo Mis Medicamentos? Si usted tiene problemas obteniendo sus medicamentos, llame al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación. ¿Qué Tal Si Pierdo Mis Medicamentos? Si usted ha perdido sus medicamentos, llámenos al número de larga distancia gratuita de su tarjeta de identificación. ¿Qué Tal Si Necesito o Si Mi Hijo/a Necesita Un Medicamento Sin Prescripción? La farmacia no puede darle a usted un medicamento sin prescripción como parte de sus beneficios de CHIP o los de su hijo/a. Si usted necesita un medicamento sin prescripción, usted tendrá qué pagar por el mismo. ¿Qué Tal Si Mi Hijo/a Necesita Más de 34 Días de Un Medicamento de Prescripción? La farmacia sólo puede darle a usted tanto medicamento como lo necesite su hijo/a para 34 días. Para cualquier otra pregunta por favor llame a Aetna Better Health al 1 -800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-8180959 (Bexar). Servicios para la Vista – Sólo para CHIP/CHIP Perinate Newborn ¿Cómo Obtengo Servicios de Cuidado para los Ojos para Mí o para Mi Hijo/a? Superior Vision proveerá servicios para la vista, exámenes y anteojos. Superior Vision le ayudará para que usted o su hijo/a reciban la atención que necesitan mientras se coordinan con nosotros. Si usted o su hijo/a necesitan servicios para la vista, por favor llame a Superior Vision al 1-800-879-6901. Servicios Dentales – Sólo para CHIP/CHIP Perinate Newborn ¿Cómo Obtengo Servicios Dentales para Mi Hijo/a? El plan dental CHIP de su hijo/a provee servicios dentales incluyendo servicios que ayudan a prevenir la caries dental y servicios que solucionan problemas dentales. Llame al plan dental CHIP de su hijo/a para aprender más sobre los servicios que ofrecen. Aetna Better Health ofrece servicios emergencias dentales que su hijo/a recibirá en un hospital. Esto incluye los servicios proporcionados por el doctor y otros servicios puedan necesitarse, como anestesia. ¿Qué Beneficios Extra Obtiene Un/a Miembro de Aetna Better Health? ¿Qué Beneficios Extra Ofrece Aetna Better Health? Los miembros de Aetna Better Health obtienen los siguientes servicios de valor agregado y beneficios adicionales: Servicios de Valor Agregado Línea de Salud Informada “Informed Health Line™” – 1-800-556-1555 – Usted puede hablar con una TXA-15-04-18 63 enfermera 24 horas al día, 7 días de la semana. La enfermera puede ayudarle con sus preguntas o a decidir qué hacer con respecto a sus necesidades de salud. Sólo su doctor puede dar consejos médicos o medicamentos. Las enfermeras de la Línea de Salud Informada pueden dar información sobre más de 5,000 temas de salud. Llame primero a su doctor con cualquier pregunta o inquietud sobre sus necesidades del cuidado de la salud. Exámenes Físicos Deportivos – Los miembros de Aetna Better Health pueden hacerse un examen físico deportivo al año. Programa para Dejar de Fumar – Aetna Better Health ofrecerá beneficios para dejar de fumar, incluyendo evaluación y asesoría para los miembros de CHIP de 12 años de edad y mayores. Productos de reemplazo de nicotina a los miembros de CHIP de 18 años de edad y mayores, a menos que sean prescritos por un doctor. Programa de Control de Peso (sólo para miembros CHIP) Aetna Better Health ofrecerá programas de control de peso, incluyendo asesoría familiar con un nutricionista/dietista para aquellos/as miembros que no estén embarazadas de 12 a 19 años de edad. Programa de Lentes de Contacto – Aetna Better Health ofrecerá un beneficio para lentes de contacto, incluyendo un examen para ajustárselos, con beneficios adicionales a ser aplicados hacia la compra de lentes de contacto para corregir la vista de los miembros de 12 a 18 años de edad. Programa Promise (SM) – (sólo para miembros de CHIP y CHIP Perinate) Aetna Better Health ofrecerá un programa de recompensas para las mujeres embarazadas que completen por lo menos 10 visitas prenatales y 1 visita de postparto. Los pañales se le enviarán después de que complete sus visitas. Usted necesitará llamarnos al número de larga distancia gratuita que está en su tarjeta de identificación para reclamar su regalo. Beneficios Extra Boletín Informativo Gratuito – Usted recibirá un boletín informativo por correo con información sobre temas de salud para ayudar a su hijo/a. Administración de Casos (todos los planes de CHIP) y Administración de Enfermedades (sólo CHIP/CHIP Perinate Neonatal) – Enfermeras le proveen información sobre la inquietudes de la salud de su hijo/a y ayudan a coordinar los servicios para aquellos miembros que tengan enfermedades crónicas o complejas. ¿Cómo Puedo Obtener Estos Beneficios para Mí, para Mi Hijo/a, o para Mi Hijo/a que No Ha Nacido? Usted no tiene qué ir a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a a obtener estos servicios. Si usted tiene preguntas o necesita ayuda con estos servicios, visite el sitio web (www.aetnabetterhealth.com/texas) o llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o la de su hijo/a. ¿Qué Clases de Educación de la Salud Ofrece Aetna Better Health? Nosotros trabajamos con nuestros socios comunitarios para poner a la disposición clases gratuitas o a bajo costo para padres, madres y niños/as. Algunos temas de salud incluyen: Asientos de Seguridad en el Auto Seguridad Contra el Envenenamiento Concienciación Sobre las Drogas y el Alcohol Cuidado Prenatal Inmunizaciones/Vacunas Enfermedades Transmitidas Sexualmente Mortandad de Bebés Para Dejar de Fumar Nutrición Prevención de Embarazos de Adolescentes Salud Oral Concienciación Sobre la Vista Condición Física Control de Peso TXA-15-04-18 64 Por favor llámenos para más información. Por favor consulte con su doctor antes de comenzar cualquier programa de bienestar o de salud nuevo. ¿Qué Otros Servicios o Programas Están Disponibles para Mí o para Mi Hijo/a? Hay otros servicios que no son parte de Aetna Better Health. Es posible que usted o su hijo/a también puedan obtener algunos de estos servicios o programas: Programa de Intervención de la Infancia Temprana (ECI por sus siglas en inglés) – El programa ECI provee servicio a niños de 0 a 3 años cuyo desarrollo está retrasado. Algunos de los servicios para los niños son: pruebas de revisión, terapia física, ocupacional, del habla y del lenguaje, así como actividades para ayudar a los niños a aprender mejor. Administración de Casos de Enfermedad Mental o de Retraso Mental (MHMR por sus siglas en inglés) – Se provee coordinación de atención para ayudar a las personas a accesar otros servicios necesarios. Programa de Nutrición Suplementaria para Mujeres, Bebés y Niños (WIC) – WIC puede ayudar a las mujeres embarazadas y a niños menores de 5 años a obtener alimentos nutritivos, educación nutricional, y asesoría. Red de Información y Referencias de Texas (TIRN por sus siglas en inglés) – El número de teléfono es 211. Ésta es una llamada telefónica gratuita que puede ayudarle a encontrar a Servicios Humanos y de Salud en su área local. Cuidado de la Salud y Otros Servicios Las referencias de “usted”, “mi”, o “yo” aplican si usted es miembro de CHIP. Las referencias de “mi hijo/a” aplican si su hijo/a es miembro de CHIP o miembro de CHIP Perinate Newborn. ¿Qué Significa Médicamente Necesario? Los servicios cubiertos para los miembros de CHIP, los miembros de CHIP Perinate Newborn, y los miembros de CHIP Perinate, deben cumplir con la definición de “Médicamente Necesario” de CHIP. Un/a miembro de CHIP Perinate es un/a niño/a que aún no ha nacido (nonato/a). Medicamente necesario significa: (1) Servicios del Cuidado de la Salud que: a) sean razonables y necesarios para prevenir enfermedades o condiciones médicas, o para proveer revisiones de detección temprana, intervenciones y/o tratamientos para condiciones que causen sufrimiento o dolor, que causen deformidad física o limitaciones en el funcionamiento, que amenacen con causar o que empeoren una discapacidad, que causen enfermedad o dolencia a un/a miembro o que pongan la vida en peligro; b) sean proporcionados en las instalaciones apropiadas y a los niveles apropiados de atención para el tratamiento de las condiciones de salud de un/a miembro; c) sean consistentes con las directrices y los estándares de la práctica del cuidado de la salud que sean respaldadas por organizaciones de atención médica profesionalmente reconocidas o por agencias gubernamentales; d) sean consistentes con el diagnóstico del/la miembro; e) no sean más intrusivos o restrictivos de lo necesario para proveer un equilibrio apropiado de seguridad, eficacia y eficiencia; f) no sean experimentales ni investigativos; y g) no sean principalmente para la conveniencia del/la miembro o del proveedor; y (2) Servicios para la Salud del Comportamiento que: a) sean razonables y necesarios para el diagnóstico o tratamiento de un trastorno de la salud mental o de dependencia de substancias químicas, o para mejorar, mantener, o prevenir el deterioro del TXA-15-04-18 65 funcionamiento que resulte de dicho trastorno; b) estén en conformidad con las directrices y los estándares clínicos de la práctica del cuidado de la salud del comportamiento que sean aceptados profesionalmente; c) sean proporcionados en el entorno más apropiado y menos restrictivo en el cual los servicios se puedan proporcionar con seguridad; d) sean el nivel de servicio o de suministro más apropiados que se puedan proporcionar con seguridad; e) no se puedan omitir sin afectar adversamente la salud mental y/o física del/la miembro o la calidad de la atención otorgada. f) no sean experimentales ni investigativos; y g) no sean principalmente para la conveniencia del/la miembro o del proveedor. Atención Médica de Rutina ¿Qué es la Atención Médica de Rutina? ¿Qué Tan Pronto Puedo Esperar que Me Vean a Mí o a Mi Hijo/a? Atención Médica de Rutina es la atención que no sea de emergencia ni de urgencia que usted o su hijo/a reciben de su Proveedor de Cuidado Primario, Proveedor Perinatal u otro profesional del cuidado de la salud. CHIP/CHIP Perinate Newborn El Proveedor de Cuidado Primario que usted eligió para usted o su hijo/a se llama su “hogar médico” y le ayudará con toda su atención médica o la de su hijo/a. Su Proveedor de Cuidado Primario le proveerá a usted o a su hijo/a revisiones regulares y tratamiento cuando sea necesario. Su Proveedor de Cuidado Primario ordenará medicamentos de prescripción y suministros médicos. Su Proveedor de Cuidado Primario también le enviará a usted o a su hijo/a a un especialista si es necesario. Un especialista puede ser su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a si así es decidido por su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a y nosotros. Es importante que usted siga los consejos de su Proveedor de Cuidado Primario o del de su hijo/a y que tome parte en las decisiones sobre su cuidado de la salud o el de su hijo/a. Cuando usted o su hijo/a necesiten atención, llame al número de teléfono del Proveedor de Cuidado Primario en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a. El consultorio del doctor o la clínica harán una cita para usted o su hijo/a. Es muy importante que usted acuda a sus citas o a las de su hijo/a. Si usted no puede acudir a la cita, por favor llame a su doctor o al de su hijo/a para informárselos. Su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a deben poder verle a usted o su hijo/a dentro de dos (2) semanas después de que usted pida una cita de atención de rutina ó dentro de ocho (8) semanas después de que usted pida una cita para un examen físico o para una revisión de bienestar. CHIP Perinate El Proveedor Perinatal que usted elija le ayudará con toda su atención médica prenatal. Si Proveedor Perinatal llegará a conocerle y realizará revisiones regulares tanto de usted como de su hijo/a que aún no ha nacido. Este tipo de atención se conoce como atención médica de rutina. Su Proveedor Perinatal le proveerá prescripciones para medicamentos y suministros médicos, y la enviará a un especialista si es necesario durante su embarazo. Es importante que usted siga los consejos de su Proveedor Perinatal y que participe en la toma de decisiones relacionadas con su embarazo. Cuando usted necesite ayuda, llame a su Proveedor Perinatal. Alguien en el consultorio del doctor o la clínica le dará una cita. Es muy importante que usted acuda a sus citas. Su Proveedor Perinatal debe poder verla dentro de dos (2) semanas después de que usted pida la cita de atención de rutina. Llame temprano para hacer sus citas. Si usted no puede acudir a su cita, llame al Proveedor Perinatal para informárselo. Atención Médica de Urgencia TXA-15-04-18 66 ¿Qué Es la Atención Médica de Urgencia? ¿Qué Tan Pronto Puedo Esperar que Me Vean a Mí o a Mi Hijo/a? La Atención de Urgencia es cuando usted o su hijo/a tienen un problema médico que no sea una emergencia, como un resfriado, tos, cortadas pequeñas, quemaduras menores o moretones. Usted primero debe llamar a su Proveedor de Cuidado Primario o Proveedor Perinatal de su hijo/a al número de teléfono que aparece en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a. Si desea hablar con una enfermera, usted puede llamar a la Línea de Salud Informada al 1-800-556-1555. La enfermera puede ayudarle a decidir si usted o su hijo/a tienen qué ir a la sala de emergencias. Muchas enfermedades no necesitan tratarse en la sala de emergencias. Un resfriado, tos, urticaria, cortadas pequeñas, quemaduras menores o moretones no son buenas razones para ir a la sala de emergencias. Si usted o su hijo/a necesitan atención de urgencia, el Proveedor de Cuidado Primario o el Proveedor Perinatal le verán a usted ó a su hijo/a dentro de 24 horas después de que usted pida la atención. Atención de Emergencia ¿Qué Es la Atención Médica de Emergencia? ¿Qué Tan Pronto Puedo Esperar que Me Vean a Mí o a Mi Hijo/a? CHIP/CHIP Perinate Newborn ¿Qué Es Una Emergencia, Una Condición Médica de Emergencia y Una Condición de Emergencia de la Salud del Comportamiento? La atención de emergencia es un servicio cubierto por CHIP. La atención de emergencia se provee para condiciones médicas de emergencia y condiciones de emergencia de la salud del comportamiento. “Condición Médica de Emergencia” significa una condición médica severa que ha comenzado recientemente, incluyendo pero no limitada a dolor severo que una persona prudente, que posea un conocimiento promedio de medicina y salud, crea que la condición, enfermedad o lesión del/la niño/a, sea de tal naturaleza que no obtener atención de inmediato podría resultar en: poner en grave peligro la salud del/la niño/a; grave discapacidad de sus funciones corporales; seria disfunción de cualquier órgano corporal o parte; seria desfiguración; o en el caso de una miembro embarazada de CHIP, grave peligro a la salud de la miembro de CHIP o de su hijo/a nonato/a. Una “Condición de Emergencia de la Salud del Comportamiento” significa cualquier condición, sin importar la naturaleza o causa de dicha condición, que en la opinión de un individuo que posea un conocimiento promedio de salud y medicina: requiera intervención inmediata y/o atención médica sin la cual el/la miembro presentaría un peligro inmediato a sí mismo/a o a otras personas; o que haga que el/la miembro sea incapaz de controlarse, sabiendo o entendiendo las consecuencias de sus acciones. ¿Qué Son los Servicios de Emergencia y/o la Atención de Emergencia? “Servicios de Emergencia” y/o “Atención de Emergencia” significan aquellos servicios para el cuidado de la salud proporcionados en el departamento de emergencias de un hospital de la red o fuera de la red, en una instalación independiente para emergencias médicas, o en otra instalación comparable por médicos, TXA-15-04-18 67 proveedores, o el personal de la instalación dentro de la red o fuera de la red, para evaluar y estabilizar Condiciones Médicas de Emergencia o Condiciones de Emergencia de la Salud del Comportamiento. Los servicios de emergencia también incluyen cualquier examen de evaluación médica u otra evaluación requeridas por la ley estatal o federal que sean necesarios para determinar si existe una Condición Médica de Emergencia o una Condición de Emergencia de la Salud del Comportamiento. ¿Qué Tan Pronto Puedo Esperar que Me Vean a Mí o a Mi Hijo/a? Independientemente del plan CHIP en el que usted/es esté/n inscrito/s. A usted se le debe ver de inmediato si usted o su hijo/a necesitan atención de emergencia. Si usted se encuentra dentro o fuera de una de nuestras áreas de servicio, le pedimos que siga las directrices de abajo cuando usted crea que usted o su hijo/a necesiten atención de emergencia. Llame al 911 ó a la línea de emergencia local o vaya a la instalación de emergencia más cercana. Si un retraso no sería perjudicial para su salud o la de su hijo/a, llame a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a. Infórmele a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a tan pronto como sea posible después de que reciba tratamiento. Tan pronto como se estabilice su condición de salud o la de su hijo/a, la instalación de emergencias debería llamar a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a para obtener información sobre su historial médico o el de su hijo/a. Si usted o su hijo/a son admitidos a una instalación como paciente interno, usted, un/a pariente o una amistad debería informárselo a su nombre, a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a tan pronto como sea posible. Algunas buenas razones por las cuales acudir a la sala de emergencias son: peligro de perder la vida o una extremidad fuertes dolores de pecho envenenamiento o sobredosis de medicamentos asfixia o problemas respiratorios posibles huesos rotos diarrea incontrolada o vómito sangrado profuso heridas o quemaduras serias desmayo no poder moverse repentinamente (parálisis) víctima de ataque violento (violación sexual, atraco, una herida de puñal o de bala) usted o su hijo/a tienen pensamientos sobre causarse daño a sí mismos o a otros está a punto de dar a luz a su bebé PARA LOS MIEMBROS DE CHIP PERINATE ¿Qué Es Una Emergencia y Una Condición Médica de Emergencia? Un/a miembro de CHIP Perinate se define como un/a niño/a por nacer. La atención de emergencia es un servicio cubierto si está directamente relacionada con el parto del/la niño/a nonato/a hasta su nacimiento. Se proporciona atención de emergencia para las siguientes Condiciones Médicas de Emergencia: Examen de evaluación médica para determinar la emergencia cuando esté directamente relacionada con el parto del/la niño/a nonato/a cubierto/a; Servicios de estabilización relacionados con la labor de parto con parto del/la niño/a nonato/a cubierto/a; Transporte de emergencia terrestre, aéreo y acuático para la labor de parto y la labor de parto amenazada es un beneficio cubierto; Transporte de emergencia terrestre, aéreo y acuático para una emergencia asociada con (a) un TXA-15-04-18 68 aborto espontáneo o (b) un embarazo no viable (embarazo molar, embarazo ectópico, o un feto que haya fallecido en el útero) es un beneficio cubierto; Límites al beneficio: Los servicios posteriores al parto o complicaciones resultando en la necesidad de servicios de emergencia para la madre del/la miembro de CHIP Perinate no son un beneficio cubierto. ¿Qué Son los Servicios de Emergencia y/o la Atención de Emergencia? “Servicios de Emergencia” y/o “Atención de Emergencia” son servicios cubiertos para paciente interno y externo provistos por un proveedor que esté calificado para proveer tales servicios y que sean necesarios para evaluar o estabilizar una Condición Médica de Emergencia, incluyendo los servicios de atención posteriores a la estabilización relacionados con la labor de parto y parto del/la niño/a nonato/a. ¿Qué Tan Pronto Puedo Esperar que Me Vean a Mí o a Mi Hijo/a? Independientemente del plan CHIP en el que usted/es esté/n inscrito/s. A usted se le debe ver de inmediato si usted o su hijo/a necesitan atención de emergencia. Si usted se encuentra dentro o fuera de una de nuestras áreas de servicio, le pedimos que siga las directrices de abajo cuando usted crea que usted o su hijo/a necesiten atención de emergencia. Llame al 911 ó a la línea de emergencia local o vaya a la instalación de emergencia más cercana. Si un retraso no sería perjudicial para su salud o la de su hijo/a, llame a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a. Infórmele a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a tan pronto como sea posible después de que reciba tratamiento. Tan pronto como se estabilice su condición de salud o la de su hijo/a, la instalación de emergencias debería llamar a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a para obtener información sobre su historial médico o el de su hijo/a. Si usted o su hijo/a son admitidos a una instalación como paciente interno, usted, un/a pariente o una amistad debería informárselo a su nombre, a su Proveedor de Cuidado Primario o al de su hijo/a tan pronto como sea posible. Algunas buenas razones por las cuales acudir a la sala de emergencias son: peligro de perder la vida o una extremidad fuertes dolores de pecho envenenamiento o sobredosis de medicamentos asfixia o problemas respiratorios posibles huesos rotos diarrea incontrolada o vómito sangrado profuso heridas o quemaduras serias desmayo no poder moverse repentinamente (parálisis) víctima de ataque violento (violación sexual, atraco, una herida de puñal o de bala) usted o su hijo/a tienen pensamientos sobre causarse daño a sí mismos o a otros está a punto de dar a luz a su bebé Atención Dental de Emergencia Para miembros de CHIP y de CHIP Perinate Newborn ¿Los Servicios para Emergencias Dentales Están Cubiertos? Aetna Better Health pagará por algunos servicios de emergencias dentales proporcionados en un hospital, en un centro de atención urgente, o en un entorno quirúrgico ambulatorio, como el servicio para: Tratamiento de una mandíbula dislocada. Tratamiento a una lesión traumática en los dientes y las estructuras de apoyo. TXA-15-04-18 69 Remoción de quistes. Tratamiento de abscesos orales de origen dental o en las encías. Tratamiento para anomalías craneo-faciales. Medicamentos para cualquiera de las condiciones anteriores. Aetna Better Health también cubre servicios dentales que su hijo/a reciba en un hospital, un centro de atención de urgencia, o en un entorno de un centro de cirugía ambulatoria. Esto incluye servicios del doctor y otros servicios que su hijo/a podría necesitar, como anestesia. ¿Qué Hago Si Yo Necesito o Mi Hijo/a Necesita Atención Dental de Emergencia? Durante el horario normal de oficina, llame al Dentista Principal de su hijo/a para averiguar cómo obtener servicios de emergencia. Si su hijo/a necesita servicios dentales de emergencia después de que hayan cerrado el consultorio de su Dentista Principal, llámenos al número de larga distancia gratuita 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar). ¿Qué Son los Servicios Posteriores a la Estabilización? “Los Servicios de Atención Posteriores a la Estabilización” son servicios cubiertos por CHIP que mantienen su condición estable después de haber recibido atención médica de emergencia. Atención de Seguimiento Después de Una Emergencia Usted o su hijo/a pueden necesitar atención de seguimiento después de acudir a la sala de emergencias. Si es así, haga una cita con su Proveedor de Cuidado Primario o con el de su hijo/a. No regrese a la sala de emergencias (a menos que sea una emergencia). No regrese a ver al doctor que le haya tratado a usted o a su hijo/a en el hospital a menos que su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a se lo indiquen. Atención Después de Horas Laborales ¿A Quién Llamo para Obtener Atención Médica Después de que Cierre el Consultorio de Mi Proveedor de Cuidado Primario o Proveedor Perinatal de Mi Hijo/a? Si el consultorio de su Proveedor de Cuidado Primario o Proveedor Perinatal de su hijo/a está cerrado y usted o su hijo/a se enferman durante la noche o en un fin de semana y no pueden esperar para recibir atención médica, llame a su Proveedor de Cuidado Primario o al Proveedor Perinatal de su hijo/a para pedirle consejo. Su Proveedor de Cuidado Primario o Proveedor Perinatal de su hijo/a u otro doctor están listos para ayudar por teléfono 24 horas al día, 7 días de la semana. Usted también puede llamar a la Línea de Salud Informada de 24 horas ® al 1-800-556-1555 para que le ayuden a decidir qué hacer. Obteniendo Atención Cuando Viaje ¿Qué Tal Si Yo Me Enfermo o Mi Hijo/a Se Enferma Cuando Estemos Fuera de la Ciudad o Viajando? Si usted o su hijo/a necesitan atención médica cuando estén viajando, llámenos al número de larga distancia gratuita 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al -866-818-0959 (Bexar) y nosotros le ayudaremos a encontrar un doctor. Si usted o su hijo/a necesitan servicios de emergencia cuando estén viajando, vaya a un hospital cercano, entonces llámenos al número de larga distancia gratuita 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar). ¿Qué Tal Si Yo o Mi Hijo/a Estamos Fuera del Estado? Si usted o su hijo/a necesitan atención médica cuando estén viajando, llámenos al número de larga distancia gratuita 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al -866-818-0959 (Bexar) y nosotros le ayudaremos a encontrar un doctor. Si usted o su hijo/a necesitan servicios de emergencia cuando estén viajando, vaya a un hospital cercano, entonces llámenos al número de larga distancia gratuita 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar). ¿Qué Tal Si Yo o Mi Hijo/a Estamos Fuera del País? Los servicios médicos provistos fuera del país no están cubiertos por CHIP. TXA-15-04-18 70 ¿Qué Tal Si Yo o Mi Hijo/a Necesitamos Ver a Un Doctor Especial (Especialista)? Su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a puede enviarle a otro doctor si usted o su hijo/a necesitan un tipo especial de cuidado que no pueda proveerle su Proveedor de Cuidado Primario. Su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a le dirán si usted o su hijo/a necesitan ver a un especialista. Usted no debe acudir a otro doctor para recibir servicios si su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a no acuerda hacer una referencia. Si usted o su hijo/a ven a un especialista sin una referencia, es posible que usted tenga qué pagar por los servicios. ¿Qué Tan Pronto Puedo Esperar que Me Vea o que Vea a Mi Hijo/a Un Especialista? Después de obtener una referencia de su Proveedor de Cuidado Primario o del de su hijo/a, usted debe poder acudir o llevar a su hijo/a a ver a un especialista dentro de tres (3) semanas para una cita de rutina; dentro de 24 horas para citas de atención urgente. ¿Qué Tal Si Mi PCP Quiere Ver a Un Proveedor que No Esté en la Red de Aetna Better Health? Si su PCP quiere que usted vea a un proveedor que no esté en la red de Aetna Better Health, él o ella deben solicitar autorización previa de Aetna Better Health. Usted podrá acudir a un proveedor no participante sólo si: La atención es necesaria, Y No hay proveedores de Aetna Better Health que puedan proveer la atención, Y Aetna Better Health ha aprobado la atención. Aetna Better Health tiene el derecho de decidir dónde puede usted obtener servicios cuando no haya un proveedor de Aetna Better Health disponible para proveer la atención. El proveedor no participante que planee proveerle atención debe asegurarse de que su PCP obtenga la autorización previa para proveer los servicios. Llámenos al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar) con cualquier pregunta. Usted puede ver a cualquier proveedor en cualquier momento en caso de una emergencia o para los servicios de planificación familiar. ¿Qué Tal Sobre la Cobertura de Nueva Tecnología? Nosotros siempre estamos viendo nuevos procedimientos y servicios médicos para asegurar que usted reciba atención médica segura, actualizada y de alta calidad. Un equipo de doctores revisa los nuevos métodos de cuidado de la salud y decide si deben convertirse en servicios cubiertos. Los servicios y tratamientos de investigación y de estudios de investigación no son servicios cubiertos. Para decidir si la nueva tecnología será un beneficio o un servicio cubiertos, Nosotros: Estudiaremos el propósito de cada tecnología. Revisaremos la literatura médica. Determinaremos el impacto de una nueva tecnología. Desarrollaremos directrices sobre cómo y cuándo usar la tecnología. Explicación de Pre-certificación, de Referencias, y de Médicamente Necesario ¿Qué Es la Pre-certificación? Algunos servicios necesitan ser aprobados antes de que sean proporcionados. Su doctor o el de su hijo/a deben conseguir esta aprobación de nosotros antes de que usted o su hijo/a sean tratados. Usted o su doctor o el de su hijo/a pueden preguntarnos si un servicio o tratamiento requiere una aprobación. ¿Qué Es Una Referencia? Una referencia es una aprobación de su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a para que usted o su hijo/a reciban atención cubierta de especialidad y tratamiento de seguimiento. Puntos Importantes Sobre las Referencias: TXA-15-04-18 71 Usted debe hablar con su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hijo/a con respecto a la referencia para saber qué servicios de especialista pueden recibir usted o su hijo/a y por qué. Sólo algunos de los beneficios pueden ser accesados directamente. Si el especialista sugiere más tratamientos o pruebas, es posible que usted necesite otra referencia de su Proveedor de Cuidado Primario o del de su hijo/a. Si usted o su hijo/a necesitan otra referencia y no la obtienen, es posible que usted tenga qué pagar. Usted no puede pedir referencias para los servicios de un especialista después de que usted o su hijo/a vayan a ver a un especialista. Usted debe recibir la referencia de su Proveedor de Cuidado Primario o del de su hijo/a primero, antes de buscar la atención especializada (excepto en caso de emergencia). ¿Qué Servicios No Necesitan Una Referencia? Los siguientes servicios no requieren una referencia y pueden accesarse directamente: Atención de emergencia. Atención de obstetricia/ginecología (OB/GYN por sus siglas en inglés). Servicios de salud del comportamiento (salud mental y abuso de alcohol y de drogas). Sólo para los miembros de CHIP y CHIP Newborn. ¿Qué Tal Si Necesito Servicios que No Estén Cubiertos por CHIP Perinate? Llame a su Proveedor Perinatal para preguntarle sobre maneras de obtener servicios que no estén cubiertos por CHIP Perinate. ¿Cómo Puedo Pedir Una Segunda Opinión? Usted puede obtener una segunda opinión sobre el uso de cualquier servicio para el cuidado de la salud de un proveedor de la red. Si un proveedor de la red no está disponible, usted puede ver a un proveedor fuera de la red. No hay costo alguno para que usted obtenga una segunda opinión. Para aprender más sobre cómo pedir una segunda opinión, por favor llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o la de su hijo/a. Salud del Comportamiento – Sólo CHIP/CHIP Perinate Newborn ¿Cómo Obtengo Ayuda Si Yo Tengo / Mi Hijo/a Tiene Problemas de la Salud del Comportamiento (Salud Mental), o con Alcohol o Drogas? Aetna Better Health le ayudará a obtener los servicios para la salud del comportamiento que usted o su hijo/a necesiten (Ejemplo: tratamiento o atención para un trastorno o enfermedad mental, para el abuso de alcohol y/o abuso de substancias). Nosotros ofrecemos muchas clases de ayuda para la salud mental. La vida puede ser muy estresante. Si usted siente que usted o su hijo/a necesitan ayuda, puede llamar a uno de nuestros proveedores para la salud mental de la red para programar una visita. Si usted tiene preguntas, llame al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar). Nosotros podemos ayudarle a encontrar lo que usted necesite. ¿Necesito Una Referencia para Esto? Usted no necesita una referencia de su doctor (PCP) o del de su hijo/a para obtener ayuda para la salud mental. Salud de la Mujer Atención de Obstetricia y Ginecológica ATENCIÓN MIEMBROS TXA-15-04-18 72 ¿Qué Tal Si Yo o Mi Hija Necesitamos Atención de Obstetricia/Ginecología? ¿Tengo el Derecho de Elegir a Un Obstetra/Ginecólogo (OB/GYN)? Usted tiene el derecho de escoger a un obstetra/ginecólogo (OB/GYN por sus siglas en inglés) para usted o su hija sin una referencia de su Proveedor de Cuidado Primario o del de su hija. Un obstetra/ginecólogo puede proveerle: una revisión de bienestar de la mujer cada año; atención relacionada con el embarazo; atención para cualquier condición médica femenina; una referencia a un doctor especial (especialista) dentro de la red. Aetna Better Health les permite a usted o a su hija escoger a su propio obstetra/ginecólogo, pero este doctor debe estar en la misma red que su Proveedor de Cuidado Primario o el de su hija. ¿Cómo Escojo a Un Proveedor de OB/GYN/Perinatal? Revise nuestro Directorio de Proveedores para encontrar a un Proveedor OB/GYN/Perinatal para usted o su hija. Usted puede obtener una copia del Directorio de Proveedores en línea en www.aetnabetterhealth.com/texas o llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o en la de su hija para recibir ayuda encontrando a un ginecólogo/obstetra. Si Yo No Escojo a Un Obstetra/Ginecólogo, ¿Puedo Tener Acceso Directo? Usted tiene el derecho de escoger a un obstetra/ginecólogo de nuestra red para usted/su hija sin una referencia de su Proveedor de Cuidado Primario. ¿Necesitaré Una Referencia? Usted tiene el derecho de escoger a un Proveedor OB/GYN/Perinatal de nuestra red para usted/su hija sin una referencia de su Proveedor de Cuidado Primario. Después de Contactar a Mi Proveedor OB/GYN/Perinatal o el de Mi Hija para Hacer Una Cita, ¿Qué Tan Pronto Me/la Pueden Ver? Si usted o su hija están embarazadas, usted/ella debería verse dentro de dos (2) semanas de la inscripción/solicitud ó para la 12ª semana de su embarazo. Si usted o su hija no están embarazadas, se les debería de ver dentro de tres (3) semanas de haber pedido una cita . ¿Mi Hija o Yo Podemos Quedarnos Con Un Proveedor OB/GYN/Perinatal que No Esté Con Aetna Better Health? Si usted o su hija ya pasaron las 24 semanas de embarazo cuando se inscriban, podrán permanecer bajo el cuidado de su Proveedor OB/GYN/Perinatal actual. Si usted o ella lo eligen, pueden escoger a un Proveedor OB/GYN/Perinatal que esté en nuestra red, siempre y cuando el doctor acceda a tratarles. Nosotros estamos disponibles para ayudar con los cambios de doctores . ¿Qué Tal Si Yo o Mi Hija Estamos Embarazadas? ¿A Quién Necesito Llamar? Llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o en el de su hija tan pronto como sepa que usted o su hija estén embarazadas. Usted o su hija deben solicitar de inmediato los servicios de Medicaid. Su bebé o el de su hija se inscribirán en Medicaid desde el nacimiento hasta el año de edad si usted o ella se inscriben en Medicaid mientras estén embarazadas. (No es aplicable a las miembros de CHIP Perinate Newborn). Si usted o su hija no se inscriben en Medicaid mientras estén embarazadas, usted/ella tendrán qué solicitar la cobertura para su recién nacido/a después de su nacimiento. Por favor note que podría haber una brecha en la cobertura de su bebé. ¿Qué Otros Servicios/Actividades/Educación Ofrece Aetna Better Health a las Mujeres Embarazadas? TXA-15-04-18 73 Administración de Casos Se provee administración de casos a las miembros que estén embarazadas. Nuestros administradores de casos ayudan a las miembros a obtener los servicios que ellas puedan necesitar. Nosotros también podemos ayudarle a obtener referencias cuando sea necesario. Educación Prenatal Nosotros les enviaremos por correo un paquete prenatal a todas las mujeres embarazadas. El paquete contiene información sobre cómo mantenerse saludable durante el embarazo y una lista de las clases de parto y mucho más. Otros Servicios a los Miembros Necesidades de Atención Especial para la Salud ¿A Quién Llamo Si Tengo o Si Mi Hijo/a Tiene Necesidades Especiales para el Cuidado de la Salud y Necesito que Alguien Me Ayude? Nuestros administradores de casos están listos para ayudar a coordinadas los servicios para los niños con necesidades especiales del cuidado de la salud. Usted o su hija también pueden hacer que su atención para la salud sea provista por un especialista si usted o su hija tienen necesidades especiales para el cuidado de la salud. Si usted o su hija tienen necesidades especiales para el cuidado de la salud y necesitan que alguien las ayude, por favor llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o en la de su hija para aprender más. Notificación a Servicios al Miembro ¿Qué Tengo Qué Hacer Si Me Mudo o Si Mi Hijo/a Se Muda? Tan pronto como usted tenga su nuevo domicilio, déselo a la oficina local de beneficios de HHSC y al Departamento de Servicios al Miembro de Aetna Better Health llamando al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1866-818-0959 (Bexar). Antes de obtener servicios de CHIP en su nueva área, usted debe llamar a Aetna Better Health, a menos que necesite servicios de emergencia. Usted continuará recibiendo atención a través de Aetna Better Health hasta que HHSC cambie su domicilio. Servicios de Intérprete ¿Alguien Puede Interpretar para Mí Cuando Hable Con Mi Doctor o el de Mi Hijo/a? ¿A Quién Debo Llamar para Un Intérprete? Nuestro personal de Servicios al Miembro habla tanto inglés como español. Nosotros contamos con una línea de idiomas si usted no habla inglés ni español. Si usted necesita a un intérprete, llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a. En el momento de su llamada, nosotros conseguiremos a un intérprete que hable su idioma quien se pondrá en la línea. Las personas sordas ó con discapacidades auditivas pueden llamar a la línea de larga distancia gratuita TTY al 1-800-7352989. ¿Cómo Puedo Tener a Un Intérprete en Persona en el Consultorio del Proveedor? ¿Con Cuánta Anticipación Debo Llamar? Nosotros podemos ayudarle si usted necesita que un intérprete vaya con usted al consultorio de su doctor o al de su hijo/a. Tan pronto como usted sepa la fecha de su cita o la de su hijo/a, por favor llámenos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o la de su hijo/a. Le pedimos que nos avise con 72 horas de anticipación que necesita a un intérprete. Facturas del Proveedor ¿Qué Tal Si Recibo Una Factura de Mi Doctor? ¿A Quién Llamo? ¿Qué Información Necesitarán? TXA-15-04-18 74 Como padre, madre o custodio, usted debe pagar por los copagos para el cuidado de su hijo/a. Si usted siente que no debería haber recibido una factura o si necesita ayuda para entender la factura, llámenos al número de larga distancia gratuita que aparece en la tarjeta de identificación de su hijo/a. Nosotros le ayudaremos explicándole la factura. Podemos hablar con la oficina del doctor a su nombre para explicarles los beneficios de su hijo/a. También podemos ayudarle a hacer arreglos para que se pague la factura. Cuando usted nos llame, por favor tenga la tarjeta de identificación de su hijo/a y la factura del doctor con usted. Nosotros necesitaremos la información para poder ayudarle rápidamente. ¿Qué Tal Si Recibo Una Factura de Mi Proveedor Perinatal? ¿A Quién Debo Llamar? ¿Qué Información Necesitarán? Nosotros sólo pagaremos por los servicios cubiertos listados previamente en este manual del miembro. Si usted recibe un servicio de su Proveedor Perinatal que no esté cubierto, es posible que usted tenga qué pagar por él. Si usted siente que usted no debería haber recibido la factura o si necesita ayuda para entender la factura, por favor llame al número de larga distancia gratuita de Servicios al Miembro en su tarjeta de identificación. Nosotros le ayudaremos explicándole la factura. Podemos hablar con la oficina del doctor a su nombre para explicarles sus beneficios. También podemos ayudarle a hacer arreglos para que se pague la factura. Cuando usted nos llame, por favor tenga su tarjeta de identificación y la factura del doctor con usted. Nosotros necesitaremos la información para poder ayudarle rápidamente. Derechos y Responsabilidades del Miembro Para los Miembros de CHIP y CHIP Perinate Newborn Derechos del Miembro 1. Usted tiene el derecho de obtener información precisa y fácil de entender para ayudarle a tomar buenas decisiones sobre el plan de salud de su hijo/a, los doctores, hospitales y de otros proveedores. 2. Su plan de salud debe informarle si usa a una “red limitada de proveedores”. Éste es un grupo de doctores y otros proveedores que sólo refieren a los pacientes a otros doctores que están en el mismo grupo. Una “Red limitada de proveedores” significa que usted no puede ver a todos los doctores que están en su plan de salud. Si su plan de salud usa a “redes limitadas”, usted debe verificar que el Proveedor de Cuidado Primario de su hijo/a y cualquier doctor especialista a quien le gustaría ver formen parte de la misma “red limitada”. 3. Usted tiene el derecho de saber cómo se les paga a sus doctores. Algunos reciben un pago fijo sin importar qué tan frecuentemente le visite usted. Otros reciben pago basándose en los servicios que le proveen a su hijo/a. Usted tiene el derecho de saber a cuánto ascienden dichos pagos y cómo funcionan. 4. Usted tiene el derecho de saber cómo el plan de salud decide si un servicio está cubierto y/o es médicamente necesario. Usted tiene el derecho de saber acerca de las personas en el plan de salud que deciden esas cosas. 5. Usted tiene el derecho de saber los nombres de los hospitales y de otros proveedores en su plan de salud así como sus domicilios. 6. Usted tiene el derecho de elegir de una lista de proveedores del cuidado de la salud que sea lo suficientemente grande para que su hijo/a pueda obtener el tipo correcto de atención cuando su hijo/a la necesite. 7. Si un doctor dice que su hijo/a tiene necesidades especiales para el cuidado de la salud o una discapacidad, usted puede usar a un especialista como el Proveedor de Cuidado Primario de su hijo/a. Pregúntele a su plan de salud sobre esto. TXA-15-04-18 75 8. Los niños que son diagnosticados con una discapacidad o con necesidades especiales para el cuidado de la salud tienen el derecho de recibir atención especial. 9. Si su hijo/a tiene problemas médicos especiales, y el doctor que su hijo/a está viendo deja su plan de salud, su hijo/a podrá continuar viendo a dicho doctor durante tres meses y el plan de salud debe continuar pagando por dichos servicios. Pregúntele a su plan cómo funciona esto. 10. Su hija tiene el derecho de ver a un obstetra/ginecólogo (OB/GYN por sus siglas en inglés) participante sin una referencia de su Proveedor de Cuidado Primario y sin consultar primero a su plan de salud. Pregúntele a su plan cómo funciona esto. Algunos planes pueden hacer que usted elija a un obstetra/ginecólogo antes de ver a dicho doctor sin una referencia. 11. Su hijo/a tiene el derecho de servicios de emergencia si usted cree razonablemente que la vida de su hijo/a está en peligro, o que su hijo/a sería gravemente lesionado/a sin recibir tratamiento de inmediato. La cobertura de emergencias está disponible sin tener qué consultar primero a su plan de salud. Usted tendrá qué pagar un copago dependiendo de sus ingresos. Los copagos no se aplican a los miembros de CHIP Perinate. 12. Usted tiene el derecho y la responsabilidad de tomar parte en todas las decisiones sobre el cuidado de la salud de su hijo/a. 13. Usted tiene el derecho de hablar por su hijo/a con respecto a todas las opciones de tratamiento. 14. Usted tiene el derecho de obtener una segunda opinión de otro doctor en su plan de salud con respecto al tipo de tratamiento que necesita su hijo/a. 15. Usted tiene el derecho de que se le trate en forma justa por su plan de salud, doctores, hospitales y otros proveedores. 16. Usted tiene el derecho de hablar con los doctores de su hijo/a y con otros proveedores en privado, y que los registros médicos de su hijo/a sean mantenidos en privado. Usted tiene el derecho de revisar y copiar los registros médicos de su hijo/a y pedir que se hagan cambios a dichos registros. 17. Usted tiene el derecho de un proceso justo y rápido para resolver problemas con su plan de salud y con los doctores, hospitales y otros que provean servicios a su hijo/a que sean parte del plan. Si su plan de salud dice que no pagará por un servicio cubierto o beneficio que el doctor de su hijo/a cree que sea médicamente necesario, usted tiene el derecho de que otro grupo, fuera del plan de salud, le diga si cree que el doctor o el plan de salud estaban en lo correcto. 18. Usted tiene el derecho de saber que los doctores, hospitales y otros que se hagan cargo de su hijo/a le pueden asesorar sobre el estado de salud de su hijo/a, de la atención médica y el tratamiento. Su plan de salud no puede impedirles que le provean esta información, incluso si la atención o el tratamiento no es un servicio cubierto. 19. Usted tiene el derecho de saber que usted es sólo responsable por pagar los copagos permitidos por los servicios cubiertos. Los doctores, hospitales, y otros no pueden requerir que usted pague cualquier otra cantidad por los servicios cubiertos. 20. Usted tiene el derecho de recibir información sobre la organización, sus servicios, sus profesionales y proveedores, así como los derechos y las responsabilidades de los miembros. 21. Usted tiene el derecho de que se le trate con respeto y reconocimiento a su dignidad y su derecho a privacidad. TXA-15-04-18 76 22. Usted tiene el derecho de hacer reclamaciones o apelaciones sobre la organización o la atención que provee. 23. Usted tiene el derecho de hacer recomendaciones con respecto a la norma de derechos y responsabilidades de los miembros de la organización. Responsabilidades del Miembro: Tanto usted como su plan de salud tienen un interés en ver que la salud de su hijo/a mejore. Usted puede ayudar asumiendo estas responsabilidades. 1. Usted debe tratar de seguir hábitos saludables. Anime a su hijo/a a mantenerse lejos del tabaco y a comer una dieta saludable. 2. Usted debe involucrarse en las decisiones del doctor sobre los tratamientos de su hijo/a. 3. Usted debe trabajar junto con los doctores de su plan de salud y otros proveedores para escoger tratamientos para su hijo/a a los cuales todos hayan accedido. 4. Si usted tiene un desacuerdo con su plan de salud, primero debe tratar de resolverlo usando el proceso de quejas del plan de salud. 5. Usted debe aprender sobre de lo que su plan de salud cubre y no cubre. Lea su Manual del Miembro para entender cómo funcionan las reglas. 6. Si usted hace una cita para su hijo/a, debe tratar de llegar al consultorio del doctor a tiempo. Si no puede acudir a la cita, asegúrese de llamar para cancelarla. 7. Si su hijo/a es miembro de CHIP, usted es responsable por pagar lo que le deba a su doctor y otros copagos de los proveedores. Si su hijo/a está recibiendo servicios de CHIP Perinate, usted no tendrá copago alguno para dicho/a niño/a. 8. Usted debe reportar el mal uso de los servicios de CHIP o de CHIP Perinate por parte de los proveedores del cuidado para la salud, de otros miembros, o de los planes de salud. 9. Usted debe hablar con su proveedor con respecto a los medicamentos que sean prescritos. 10. Usted debe proveer aquella información (a la medida que sea posible) que la organización y sus profesionales y proveedores necesiten para proveerle atención. 11. Usted debe entender sus problemas de salud y participar al mayor grado posible en el desarrollo de metas para el tratamiento a las que se hayan convenido mutuamente. Si usted cree que se le ha tratado injustamente o se le ha discriminado, llame el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos al número de larga distancia gratuita 1-800-368-1019. Usted también puede ver información sobre la Oficina de Derechos Civiles de HHS en línea en www.hhs.gov/ocr. Para los Miembros de CHIP Perinate Derechos del Miembro 1. Usted tiene el derecho de obtener información precisa y fácil de entender para ayudarle a tomar buenas decisiones sobre el plan de salud de su hijo/a por nacer, doctores, hospitales y otros proveedores. TXA-15-04-18 77 2. Usted tiene el derecho de saber cómo se les paga a los Proveedores Perinatales. Algunos pueden recibir un pago fijo sin importar qué tan frecuentemente los visite usted. Otros reciben pago basándose en los servicios que le proveen a su hijo/a. Usted tiene el derecho de saber a cuánto ascienden dichos pagos y cómo funcionan. 3. Usted tiene el derecho de saber cómo decide el plan de salud si un servicio Perinatal está cubierto y/o es médicamente necesario. Usted tiene el derecho de saber acerca de las personas en el plan de salud que deciden esas cosas. 4. Usted tiene el derecho de saber los nombres de los hospitales y de otros proveedores perinatales en el plan de salud, así como sus domicilios. 5. Usted tiene el derecho de elegir de una lista de proveedores del cuidado de la salud que sea lo suficientemente grande para que su hijo/a nonato/a (por nacer) pueda obtener el tipo correcto de atención cuando sea necesario. 6. Usted tienes el derecho de servicios Perinatales de emergencia si usted cree razonablemente que la vida de su hijo/a por nacer está en peligro, o que su hijo/a nonato/a sería gravemente lesionado/a sin recibir tratamiento de inmediato. La cobertura de este tipo de emergencias está disponible sin tener qué consultar primero al plan de salud. 7. Usted tiene el derecho y la responsabilidad de tomar parte en todas las decisiones sobre el cuidado de la salud de su hijo/a por nacer. 8. Usted tiene el derecho de hablar por su hijo/a por nacer sobre todas las opciones de tratamiento. 9. Usted tiene el derecho de que se le trate en forma justa por el plan de salud, doctores, hospitales y otros proveedores. 10. Usted tiene el derecho de hablar con su proveedor perinatal en privado, y que sus registros médicos sean mantenidos en privado. Usted tiene el derecho de revisar y copiar sus registros médicos y de pedir que se hagan cambios a dichos registros. 11. Usted tiene el derecho de un proceso justo y rápido para resolver problemas con su plan de salud y con los doctores, hospitales y otros que provean servicios perinatales al/la niño/a por nacer. Si su plan de salud dice que no pagará por un servicio perinatal cubierto o beneficio que el doctor de su hijo/a crea que es médicamente necesario, usted tiene el derecho de que otro grupo, fuera del plan de salud, le diga si cree que el doctor o el plan de salud estaban en lo correcto. 12. Usted tiene el derecho de saber que los doctores, hospitales y otros proveedores de servicios perinatales pueden darle información sobre el estado de su salud y el de su hijo/a nonato/a, sobre la atención médica, o el tratamiento. Su plan de salud no puede impedirles que le provean esta información, incluso si la atención o el tratamiento no es un servicio cubierto. Responsabilidades del Miembro Tanto usted como su plan de salud tienen un interés en que su bebé nazca saludable. Usted puede ayudar asumiendo estas responsabilidades. 1. Usted debe tratar de seguir hábitos saludables. Manténgase lejos del tabaco y coma una dieta saludable. 2. Usted debe involucrarse en las decisiones sobre la atención para su hijo/a nonato/a (por nacer). TXA-15-04-18 78 3. Si usted tiene un desacuerdo con su plan de salud, primero debe tratar de resolverlo usando el proceso de quejas del plan de salud. 4. Usted debe aprender sobre de lo que su plan de salud cubre y no cubre. Lea su Manual del Miembro del Programa CHIP Perinate para entender cómo funcionan las reglas. 5. Usted debe tratar de llegar al consultorio del doctor a tiempo. Si no puede acudir a la cita, asegúrese de llamar para cancelarla. 6. Usted debe reportar el mal uso de los servicios de CHIP Perinate por parte de los proveedores del cuidado para la salud, de otros miembros, o de los planes de salud. 7. Usted debe hablar con su proveedor con respecto a los medicamentos que sean prescritos. Si usted cree que se le ha tratado injustamente o que se le ha discriminado, llame el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos al número de larga distancia gratuita 1-800-368-1019. Usted también puede ver información sobre la Oficina de Derechos Civiles de HHS en línea en www.hhs.gov/ocr. Cobertura del Plan ¿Cómo Funciona la Renovación? Volviendo a Calificar para CHIP Es importante renovar su cobertura o la de su hijo/a de CHIP/Children’s Medicaid cada doce (12) meses para prevenir un lapso en la cobertura. En su décimo mes de cobertura, HHSC le enviará por correo un paquete de renovación que contiene una solicitud con parte de su información ya incluida. Actualice la información como sea necesario. Conteste todas las preguntas que estén en blanco. Asegúrese de enviar copias de por lo menos un talón del cheque de nómina u otro documento que muestre los ingresos y gastos de cada miembro de la familia. Firme y feche la solicitud, y envíela usando el sobre con el domicilio de retorno y franqueo pagado. La falta de información o de documentos puede causar un retraso en el proceso de su solicitud. Llame a 1877-KIDS-NOW (1-877-543-7669) para que le ayuden a renovar su cobertura. ¿Cuándo Termina la Cobertura de CHIP Perinate? ¿El Estado Me Enviará Algo Cuando Termine Mi Cobertura de CHIP Perinate? La cobertura de CHIP Perinate termina el último día del mes del nacimiento del bebé. Sí. El Estado le enviará una carta indicándole cuándo termina su cobertura. ¿Cómo Funciona la Renovación? Miembros de Aetna Better Health CHIP Perinate Newborn Usted deberá recibir por correo un paquete de renovación del Estado durante el 10º mes de cobertura de su hijo/a. Dicho paquete incluirá una solicitud de renovación, una carta pidiéndole información sobre sus ingresos y deducciones actuales, y un sobre con franqueo pagado. Usted debería de: Revisar la información en la solicitud de renovación. Actualizar cualquier información como sea necesario. Adjuntar sus verificaciones de ingresos y deducciones actuales. Firmar y fechar la solicitud. TXA-15-04-18 79 Revisar su elección de plan de salud. Devolver la solicitud y otros documentos antes de la fecha de vencimiento. La solicitud de renovación se vence el 1er día del 11º mes de cobertura. Es importante que usted pague la cuota de inscripción de su hijo/a a tiempo, para que no haya cualquier lapso en la cobertura. Para más información, por favor llame a la Línea de Ayuda de CHIP al 1-800-647-6558. ¿Mi Bebé Recibe Beneficios al Nacer? Sí, su hijo/a recibirá los mismos beneficios que el resto de los miembros de CHIP, a excepción de que no habrá copagos mientras esté en CHIP Perinate. ¿Puedo Escoger al PCP de Mi bebé Antes de que Nazca? ¿A Quién Debo Llamar? ¿Qué Información Necesitan? Sí. Usted puede seleccionar a un PCP antes de que nazca su bebé. Usted puede hacerlo llamando a nuestro Departamento de Servicios al Miembro al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar), y pidiendo un Directorio de Proveedores de Aetna Better Health CHIP Perinate Newborn. Recuerde: El PCP será aquella persona a la que usted llamará cuando su hijo/a necesite atención. El PCP de su hijo/a de Aetna Better Health CHIP o Aetna Better Health CHIP Perinate Newborn también es parte de una “red”. Cuando usted elija a este PCP, también está eligiendo la red de dicho PCP. Esto significa que usted no deberá llevar a su hijo/a a cualquier otro proveedor que no esté en red de su PCP, incluso si dicho proveedor esté listado en el Directorio de Proveedores de Aetna Better Health CHIP y Aetna Better Health CHIP Perinate Newborn. Busque en su Directorio de Proveedores de Aetna Better Health CHIP y Aetna Better Health CHIP Perinate Newborn los nombres, domicilios y números de teléfono de los Proveedores de Cuidado Primario de Aetna Better Health CHIP y de Aetna Better Health CHIP Perinate Newborn ó llame Servicios al Miembro a los números de larga distancia gratuita 1-800-245-5380 (Tarrant) ó 1-866-818-0959 (Bexar) para que le provean ayuda. También puede ver o imprimir una copia del Directorio de Proveedores en www.aetnabetterhealth.com/texas. Seguridad de los Miembros Nosotros estamos dedicados a educar a nuestros miembros con respecto a la seguridad de la salud. La investigación muestra que La mayoría de los errores médicos pueden prevenirse al participar activamente en su cuidado de la salud y en el de su hijo/a. Aquí hay algunos consejos importantes: Participe en todas las decisiones sobre el cuidado de su salud o la de su hijo/a. Es más probable que usted sepa lo que usted y su proveedor pueden hacer para mejorar y/o mantener su salud o la de su hijo/a si usted se envuelve con el cuidado de su salud o la de su hijo/a. Haga preguntas. Usted tiene el derecho de cuestionar a cualquier persona que esté involucrada con su atención o en la de su hijo/a. Asegúrese de que su proveedor o el de su hijo/a sepa sobre todos los medicamentos que usted o su hijo/a estén tomando, incluyendo medicamentos de prescripción y sin prescripción, así como suplementos dietéticos, como vitaminas y hierbas. Pida que éstos se anoten en su archivo o en el de su hijo/a. Asegúrese de que su doctor o el de su hijo/a sepa si usted o su hijo/a tienen alergias o malas reacciones a los medicamentos. Esto puede ayudar a evitar que usted reciba medicamentos que podrían perjudicarle a usted o a su hijo/a. Pida información sobre su tratamiento médico o el de su hijo/a en un idioma que usted entienda. Asegúrese de saber todo lo básico, como la dosis del medicamento, interacción de medicamentos, efectos secundarios y por qué se está recomendando un medicamento en particular y/o un tratamiento. TXA-15-04-18 80 Proceso de Quejas Quejas ¿Qué Debo Hacer Si Tengo Una Queja? ¿A Quién Debo Llamar? Nosotros queremos ayudar. Si usted tiene una queja, por favor llámenos a los números de larga distancia gratuita 1-800-245-5380 (Tarrant) ó 1-866-818-0959 (Bexar) para informarnos sobre su problema. Un Defensor de Servicios al Miembro de Aetna Better Health puede ayudarle a registrar una queja. Sólo llame al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar). La mayoría del tiempo, podremos ayudarle de inmediato, o a lo sumo, en unos cuantos días. ¿Alguna Persona de Aetna Better Health Puede Ayudarme a Presentar Una Queja? El Defensor de los Miembros puede ayudarle a registrar una queja. El Defensor de los Miembros pondrá su inquietud por escrito. Usted también puede enviar una queja por escrito al Defensora de los Miembros a: Aetna Better Health Attention: Member Advocate PO Box 569150 Dallas, TX 75356-9150 1-800-245-5380 (Tarrant) ó 1-866-818-0959 (Bexar) ó 214-200-8140 ¿Cuánto Tiempo Se Llevará el Procesamiento de Mi Queja? ¿Cuáles Son los Requisitos y Plazos de Tiempo para Registrar Una Queja? Cuando nosotros recibamos una queja de usted, le enviaremos una carta dentro de cinco (5) días para informarle que la recibimos. Nosotros le enviaremos otra carta dentro de treinta (30) días de la fecha en la que recibimos su queja, la cual le dará los resultados. ¿Si No Estoy Satisfecho/a Con el Resultado, A Quién Más Puedo Contactar? Si usted no está contento/a con el resultado de su queja, puede llamarnos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a para solicitar una apelación. Usted también puede solicitar una apelación a la resolución de una queja escribiendo a: Aetna Better Health Attention: Member Advocate PO Box 569150 Dallas, TX 75356-9150 1-800-245-5380 (Tarrant) ó 1-866-818-0959 (Bexar) ¿Tengo el Derecho de Reunirme Con Un Panel de Apelaciones de Quejas? Dentro de cinco (5) días de haber recibido su solicitud para una apelación, el Defensor de los Miembros le enviará una carta para informarle que su apelación nos llegó. El Panel de Apelaciones revisará la información presentada y considerará su caso o el de su hijo/a. No es un tribunal de justicia. Usted tiene el derecho de presentarse ante el Panel de Apelaciones en un lugar determinado para hablar sobre la apelación que nos envió por escrito. Cuando nosotros tomemos una decisión sobre su apelación, le enviaremos una respuesta por escrito dentro de treinta (30) días después de que nosotros hayamos recibido la apelación. Si usted no está satisfecho/a con la respuesta a su queja, también puede presentar una queja con el Departamento de Seguros de Texas llamando al número de larga distancia gratuita 1-800-252-3439. Si usted desea hacer su solicitud por escrito, envíela a: Texas Department of Insurance Consumer Protection PO Box 149091 Austin, TX 78714-9091 TXA-15-04-18 81 Si usted puede ingresar a la Internet, puede enviar su queja por correo electrónico a http://www.tdi.texas.gov/consumer/complfrm.html Proceso de Apelaciones Apelación ¿Qué Puedo Hacer Si Mi Doctor Pide Un Servicio o Medicamento para Mí/Mi Hijo/a que Estén Cubiertos pero Aetna Better Health lo Deniega o lo Limita? Si nosotros denegamos o limitamos la solicitud de su doctor para un servicio cubierto para usted o su hijo/a, usted tiene el derecho de hacer una apelación. Usted o su doctor pueden enviarnos más información para mostrar por qué usted no está de acuerdo con la decisión. Usted puede llamarnos y solicitar una apelación. El Defensor de los Miembros pondrá la información por escrito y se la enviará a usted para que la revise. Una apelación por escrito puede enviarse a: Aetna Better Health Attention: Member Advocate PO Box 569150 Dallas, TX 75356-9150 ¿Cómo Me Enteraré de que los Servicios Han Sido Denegados? Si se deniegan los servicios de su hijo/a, usted y el doctor de su hijo/a recibirán una carta que les indica la razón de la denegación. La carta también le dirá cómo presentar una apelación y cómo solicitar una revisión por una Organización Independiente de Revisión (IRO por sus siglas en inglés). ¿Cuáles Son los Plazos de Tiempo para el Proceso de Apelaciones? Usted puede apelar una decisión de denegar servicios en cualquier momento después de que se haya informado la decisión. El plazo de tiempo para la resolución de la apelación dependerá de los servicios que fueron denegados. Si usted o su hijo/a están en el hospital o ya están recibiendo servicios que están siendo limitados o denegados, usted puede llamar y pedir una apelación expedita. El proceso de la apelación expedita se explica a continuación. Para una apelación estándar, el Defensor de los Miembros le enviará una carta dentro de cinco (5) días de haber recibido su solicitud de apelación para informarle que la recibimos. Nosotros le enviaremos toda la información disponible a un doctor que no haya participado en la primera decisión. Usted recibirá una respuesta por escrito a su apelación dentro de treinta (30) días después de que hayamos recibido la apelación. ¿Cuándo Tengo el Derecho de Solicitar Una Apelación? Si usted no está de acuerdo con la decisión que tomamos nosotros, puede pedirnos una apelación. Usted no tiene el derecho a una apelación si los servicios que ha pedido no están cubiertos bajo el programa de CHIP o si se realiza un cambio a la ley estatal o federal que afecte a los miembros de CHIP. ¿Mi Solicitud Tiene Qué Hacerse por Escrito? Su solicitud no tiene qué ser por escrito. Usted puede solicitar una apelación llamándonos al número de larga distancia gratuita listado en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a y pedir hablar con el Defensor de los Miembros. Nosotros escribiremos lo que usted nos diga y se lo enviaremos para que usted lo revise. ¿Alguna Persona de Aetna Better Health Me Puede Ayudar a Registrar Una Apelación? Usted puede obtener ayuda registrando una apelación llamándonos al número de larga distancia gratuita que aparece en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a, o enviándola por escrito a: Aetna Better Health Attention: Member Advocate TXA-15-04-18 82 PO Box 569150 Dallas, TX 75356-9150 El Defensor de los Miembros escuchará su apelación y le informará cuáles son las reglas. El Defensor de los Miembros contestará sus preguntas y verá que se le trate en forma justa. Proceso de Apelaciones Expeditas Apelación Expedita ¿Qué Es Una Apelación Expedita? Una apelación expedita o acelerada es cuando el plan de salud tiene qué tomar una decisión rápida basada en la condición de su salud, y cuando tomarse el tiempo para una apelación estándar podría poner en peligro su vida o su salud. ¿Cómo Solicito Una Apelación Expedita? Usted puede pedir una apelación expedita llamándonos a los números de larga distancia gratuita 1-800-2455380 (Tarrant) ó 1-866-818-0959 (Bexar). Una apelación expedita por escrito puede enviarse a: Aetna Better Health Attention: Member Advocate PO Box 569150 Dallas, TX 75356-9150 ¿Mi Solicitud Tiene Qué Hacerse por Escrito? Su solicitud no tiene qué hacerse por escrito. Usted puede pedir una apelación expedita llamándonos al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a. ¿Cuáles Son los Plazos de Tiempo para Una Apelación Expedita? El plazo de tiempo para la resolución de su solicitud de una apelación expedita se basará en su condición de emergencia médica, procedimiento o tratamiento, pero no se tomará más de un (1) día hábil a partir de la fecha en la que nosotros recibamos toda la información necesaria para revisar su apelación. ¿Qué Pasa Si Aetna Better Health Deniega la Solicitud a Una Apelación Expedita? Si usted pide una apelación expedita que no envuelva una emergencia, una estancia en el hospital o servicios que ya se están proveyendo, a usted se le informará que la revisión de la apelación no puede apresurarse. Nosotros continuaremos trabajando en la apelación y le contestaremos dentro de treinta (30) días a partir del momento en el que hayamos recibido su apelación. Si usted no está de acuerdo con esta decisión, puede pedir una revisión externa por una Organización Independiente de Revisión (IRO por sus siglas en inglés). El procedimiento para solicitar una revisión por una organización IRO se explica a continuación. Usted también puede registrar una queja con el Departamento de Seguros de Texas llamando al número de larga distancia gratuita 1-800-252-3439 ó escribiendo a: Texas Department of Insurance Consumer Protection PO Box 49091 Austin, TX 78714-9091 Fax: (512) 475-1771 Sitio web: http://www.tdi.state.tx.us Domicilio electrónico: ConsumerProtection@tdi.state.tx.us ¿Quién Me Puede Ayudar a Registrar Una Apelación? Usted puede solicitar una apelación llamándonos al 1-800-245-5380 (Tarrant) ó al 1-866-818-0959 (Bexar) y pidiendo hablar con el Defensor de los Miembros, o escribiendo a: TXA-15-04-18 83 Aetna Better Health Attention: Member Advocate PO Box 569150 Dallas, TX 75356-9150 El Defensor de los Miembros escuchará su apelación y le informará cuáles son las reglas. El Defensor de los Miembros contestará sus preguntas y verá que se le trate en forma justa. Organización Independiente de Revisión (IRO) ¿Qué Es Una Organización Independiente de Revisión (IRO por sus siglas en inglés)? Una organización IRO no tiene conexión alguna con nosotros o con los doctores que participaron previamente en su tratamiento o en las decisiones tomadas por nosotros sobre los servicios que no se proveyeron. ¿Cómo Solicito Una Revisión por Una Organización Independiente de Revisión? Usted puede pedir una revisión por una organización IRO rellenando la forma de solicitud de revisión por una Organización Independiente de Revisión “Request For A Review By An Independent Review Organization”, la cual se le envió adjunta a la carta con la decisión. Usted tendrá quince (15) días a partir de la fecha en la que usted reciba la carta con nuestra decisión para regresárnosla. Una vez que nosotros recibamos la forma llena, le informaremos al Departamento de Seguros de Texas (TDI por sus siglas en inglés) sobre su solicitud de una revisión por la organización IRO. La revisión independiente no le costará a usted cantidad alguna. Si usted necesita ayuda llenando la forma de la organización IRO, por favor llame al número de larga distancia gratuita en su tarjeta de identificación o en la de su hijo/a. Nosotros con gusto le ayudaremos. ¿Cuáles Son los Plazos de Tiempo para Este Proceso? El tiempo estándar para el proceso de la organización IRO no debería tomar más de veinte (20) días de calendario de la fecha en la que la organización IRO reciba toda su información. Si usted tiene una condición de salud de emergencia, el proceso de la organización IRO no debería tomar más de ocho (8) días de calendario de la fecha en la que la organización IRO reciba toda su información. Información Sobre Fraude ¿Quiere Reportar Derroche, Abuso o Fraude de CHIP? Infórmenos si usted cree que un doctor, dentista, farmacéutico de una farmacia, otros proveedores de cuidado para la salud, o una persona recibiendo beneficios de CHIP están haciendo algo malo. Hacer algo malo puede ser derroche, abuso o fraude, lo cual es contra la ley. Por ejemplo, díganos si usted cree que alguien: Está cobrando por servicios que no fueron provistos o necesarios. No dice la verdad con respecto a una condición médica para recibir tratamiento médico. Está permitiendo que otra persona use su tarjeta de identificación de CHIP. Está usando la tarjeta de identificación de CHIP de otra persona. No está diciendo la verdad sobre la cantidad de dinero o recursos que tiene a fin de obtener los beneficios. TXA-15-04-18 84 Para reportar derroche, abuso o fraude de CHIP, elija uno de lo siguiente: Llame a la Línea Directa de OIG al 1-800-436-6184; Visite el sitio web https://oig.hhsc.state.tx.us/ bajo la casilla “I WANT TO” haga clic en “Report Fraud, Waste, or Abuse” (Reporte Fraude, Desperdicio o Abuso) para completar la forma en línea; o Usted puede reportarlo directamente a su plan de salud: Aetna Better Health Attention: SIU Coordinator PO Box 569150 Dallas, TX 75356-9150 1-888-761-5440 Para reportar derroche, abuso o fraude, reúna tanta información como sea posible. Cuando reporte a un proveedor (un doctor, dentista, consejero, etc.) incluya: Nombre, domicilio y número de teléfono del proveedor. Nombre y domicilio de la instalación (hospital, casa de descanso, agencia para la salud en el hogar, etc.). El número de Medicaid del proveedor y de la instalación, si usted lo tiene. Tipo de proveedor (doctor, dentista, terapeuta, farmacéutico, etc.). Nombres y números de teléfono de otros testigos que puedan ayudar en la investigación. Fecha de los eventos. Resumen de lo que sucedió. Cuando reporte a una persona que recibe beneficios incluya: El nombre de la persona. Fecha de nacimiento de la persona, número de Seguro Social, o número de caso si usted lo tiene. La ciudad en la que vive la persona. Detalles específicos sobre el derroche, el abuso o el fraude. Subrogación ¿Qué Es Una Subrogación? Nosotros podríamos pedir el pago de gastos médicos para tratar una lesión o enfermedad que haya sido causada por alguien más. Ésta es una disposición del “derecho de subrogación”. Bajo nuestro derecho de subrogación, nos reservamos el derecho de recuperar el costo de los beneficios médicos pagados cuando otra persona sea (o podría ser) responsable por haber causado la enfermedad o lesión de usted. Nosotros podemos pedir recuperar el costo de los gastos médicos de usted, si usted recibe los gastos de la otra parte. TXA-15-04-18 85 TXA-15-04-18 86 87 Información Personal Mi Número de Identificación de Miembro Mi PCP (Médico de Cuidado Primario) / Proveedor Prenatal Número de Teléfono de Mi PCP / Proveedor Prenatal www.aetnabetterhealth.com/texas