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Señor JUZGADO xxxxxxx Medellín REFERENCIA: RADICADO: ACCIONANTE: AFECTADO: CONTRA: INCIDENTE DE DESACATO ACCION DE TUTELA. xxxxxxx XXXXXXXX XXXXXXXX E.P.S-S (SAVIA SALUD) INCIDENTE PARA ESTABLECER SANCIÓN Yo XXXXXXXX, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada como aparece al pie de mi firma, obrando como agente oficiosa de mi hijo XXXXXXXX, acudo a su despacho a presentar incidente para establecer sanción dentro de las diligencias de la referencia. PRETENSIONES INICIALES POR EL INCUMPLIMIENTO DE LA TUTELA HASTA LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE ESTE INCIDENTE Por el solo hecho de que la E.P.S-S (SAVIA SALUD), ha demorado desde el fallo que tutelo fechado el día xx de Mayo de 20xx y varios días después, en el cumplimiento de dicho fallo y por este solo hecho, y en atención a lo dispuesto en el Artículo 52 y 53 del Decreto 2591/91 y la Jurisprudencia de la Corte Constitucional en la Sentencia T- 459 de Junio de 2003 solicito: 1. Ordenar el arresto por una (1) semana del representante legal de la EPS-S. 2. Multar con 10 salarios mínimos a la EPS-S 3. Compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigue la posible comisión del delito de FRAUDE A RESOLUCION JUDICIAL o la que hubiere lugar, por parte del señor DIRECTOR DE LA EPS-S 4. Condenar en costas y perjuicios a la EPS-S PRETENSIONES SI EVENTUALMENTE DENTRO DEL TRAMITE DE ESTE DESACATO LA ENTIDAD DEMANDADA CUMPLE EL FALLO Si luego de presentado el incidente y debido a la presión del instrumento jurídico EPS-S, y con la notificación del trámite del desacato y en atención a lo dispuesto en el Artículo 52 y 53 del Decreto 2591/91 y la Jurisprudencia de la Corte Constitucional en la Sentencia T-459 de Junio de 2003 solicito: 1. Ordenar el arresto por dos (2) semanas del representante legal de la EPS-S 2. Multar con 15 salarios mínimos a la EPS-S 3. Compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigue la posible comisión del delito de FRAUDE A RESOLUCION JUDICIAL o la que hubiere lugar, por parte del señor DIRECTOR NACIONAL DE LA EPS-S. 4. Condenar en costas y perjuicios a la EPS-S. PRETENSIONES SI LUEGO DE LLEVADO A CABO EL TRAMITE DEL DESACATO, LA ENTIDAD DEMANDADA TODAVÍA NO HA CUMPLIDO EL FALLO DE TUTELA Si luego de presentado el incidente y ni siquiera con la presión de estar en tramite el mismo, la ARS no cumple y se llega a la etapa procesal de fallar el incidente y en atención a lo dispuesto en el Artículo 52 y 53 del Decreto 2591/91y la Jurisprudencia de la Corte Constitucional en la Sentencia T- 459 de Junio de 2003 solicito: 1. Ordenar el arresto por tres (3) semanas del representante legal de la EPS-S. 2. Multar con 20 salarios mínimos a la EPS-S. 3. Compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigue la posible comisión del delito de FRAUDE A RESOLUCION JUDICIAL o la que hubiere lugar, por parte del señor DIRECTOR NACIONAL DE LA EPS-S. 4. Condenar en costas y perjuicios a la EPS-S HECHOS 1. Que según fallo de tutela dado por el Juez, se ORDENA a la ALIANZA MEDELLÍN ANTIOQUIA EPS SAS (SAVIA SALUD), para que en un término que no puede exceder de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta providencia, LE AUTORICE Y SUMINISTRE al menor XXXXXXXX, la EVALUACION Y MANEJO INTERDISCIPLINARIO EN LA FUNDACION INTEGRAR O EN OTRA INSTITUCION PRESTADORA DEL SERVICIO. 2. SE ORDENA a la ALIANZA MEDELLIN ANTIOQUIA EPS SAS (SAVIA SALUD), prestarle al menor XXXXXXXX, la ATENCION INTEGRAL que se derive de las patologías que actualmente presenta “AUTISMO EN LA NIÑEZ, TRASTORNO GENERALIZADO DEL DESARROLLO NO ESPECIFICADO, TRASTORNO DE LA CONDUCTA NO ESPECIFICADO”, este o no incluido en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado POSS. 3. SE ORDENA a la ALIANZA MEDELLIN ANTIOQUIA EPS SAS (SAVIA SALUD), que en un término no superior a cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a emitir una orden exonerando al menor XXXXXXXX de la obligación de cancelar copagos t/o cuotas de recuperación causados por las atenciones médicas prescritas por el galeno tratante, que llegase a requerir para el tratamiento de la patología “AUTISMO EN LA NIÑEZ, TRASTORNO GENERALIZADO DEL DESARROLLO NO SPECIFICADO, TRASTORNO DE LA CONDUCTA NO ESPECIFICADO” que padece, por lo expuesto en la parte motiva. 4. Que señor Juez la EPS-S SAVIA SALUD me está incumpliendo con el fallo de tutela dado por usted ya que debido a la condición de salud de mi hijo, requiere de la realización de sus terapias de REHABILITACION INTEGRAL en una institución especializada en AUTISMO y la más indicada para brindarle dicho apoyo terapéutico a mi hijo es la FUNDACION INTEGRAR. 5. Que señor Juez la solicitamos a la EPS-S SAVIA SALUD la autorización de las terapias de REHABILITACION INTEGRAL para mi hijo en la FUNDACION PROGRESAR, por lo cual la EPS-S nos da una orden autorizada es para la FUNDACION HOSPITALARIA INFANTIL NOEL – CLINICA NOEL para una VALORACION INTERDISCIPLINARIA INTEGRAL y eso fue todo. 6. Que señor Juez en la FUNDACION HOSPITALARIA INFANTIL NOEL – CLINICA NOEL no es una institución especializada en el manejo de personas con AUTISMO, por lo cual estoy colocando este incidente de desacato para que la EPS-S nos brinde una INSTITUCION ESPECIALIZADA en AUTISMO como lo es la FUNDACION INTERAR que es la más indicada para llevar todo el proceso terapéutico que requiere mi hijo. 7. Que conforme al Artículo 52 del Decreto 2591 de 1991 la persona que incumpla una orden de un Juez proferida en sede de TUTELA incurrirá en desacato sancionable con arresto hasta de seis (6) meses y multa hasta de 20 salarios mínimos mensuales, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiera lugar; las cuales se encuentran regladas por el Articulo 454 del Código Penal, el cual preceptúa que quien por cualquier medio se sustraiga al cumplimiento de la obligación impuesta en resolución judicial incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes 8. Por todo lo anterior estoy colocando este incidente de desacato, para que haga cumplir señor JUEZ a la EPS SAVIA SALUD lo ordenado por usted en el fallo inicial. 9. El fallo es de cumplimiento inmediato, en caso de omisión no justificada, podrá iniciarse incidente de desacato, sin perjuicio de las demás acciones penales a que halla lugar. Que requiere JURISPRUDENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL La Corte Constitucional mediante la Sentencia T-459 de 2003 se pronunció con relación al incumplimiento tardío de una sentencia de tutela, en los siguientes términos. “Teniendo en cuenta que este incidente tiene como objeto no sólo lograr la efectiva materialización de los derechos fundamentales afectados, sino el de verificar si la persona o autoridad a la cual se le dio la orden de tutela la ha incumplido y establecer si es del caso imponer o no la sanción respectiva, la necesaria consecuencia del incumplimiento y demostrada la responsabilidad del sujeto es la imposición de la sanción. Así las cosas, si durante el trámite del incidente y antes de que se decida en forma definitiva, el obligado cumple con lo ordenado por el juez constitucional, no por ello se excluye la posibilidad de aplicar la sanción por desacato. Esta se impone como consecuencia directa del incumplimiento a una orden de un juez, lo cual es independiente al hecho de que con posterioridad se verifique la observancia de la orden y se restablezca el derecho vulnerado”. (negrillas, subrayas y ampliado fuera de texto) Mas adelante agrega: “Como puede observarse el daño causado con esta actitud de las EPS y en ocasiones (sic) por algunos pacientes que no han recibido educación al respecto, es CATASTRÓFICO A NIVEL PERSONAL, FAMILIAR, Y DE LA COLECTIVIDAD EN GENERAL.” DERECHO - Se sustenta este incidente para establecer sanción en lo dispuesto en el Artículo 52 y 53 del Decreto 2591/91. La remisión al procedimiento civil se encuentra en el Artículo 4 del Decreto 306/92. - Los incidentes se encuentran reglados en el procedimiento civil en los Artículos 61, 135, 137, 139 PRUEBAS Documental: 1. Fotocopia del fallo del juzgado. 2. Fotocopia Orden autorizada para la Clínica Noel NOTIFICACIONES A la EPS-S SAVIA SALUD: xxxxx Yo recibiré notificaciones en la Secretaria de su despacho ó en los teléfonos: xxxxx Con todo respeto le ruego al Señor juez darle el trámite a dicha petición. Atentamente, XXXXXXXX C.C. xxxxx